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TA CUN - 5669-(31-08-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 5669-(31-08-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

ACUERDOS MUNICIPALES -Trámite de aprobación 1.R~IÁL ~KlsrUTIVG Li C t1LflIWAflCA / -SECCIOU PRIflRA3ar.ta Fé do Bogotá, ).C., Agosto treine y uno (31) de mil novecientos noventa y cinco xpe'1iwite No. 5669

Magistrada Ponunte: Dra. OLGA U88 NAVAtPt 1AJT!2Ifl

Dessndante: GOEJUAD0R DE CUNDINAMARCA observaciones.

El Gobernador del Tepertamento de Cundinaercc en ejercicio do la tacuited que le confiere el Nurnral 10 del Articulo 305 de la Constitución Polittce en concordancia con el Articulo 118 y s.s. del. Decreto 3333 de 1.986, reitti6 a este, Corpnraol6n l Vo. d )4 rc' rfr el Concejo Municipal de La Vega "Por medio del cual in estblecen las tariias, su1taa, sanciones y diosiciones varían, para loo desarrollos urbanisticos (Urbanizaciones, Conjuntos hebitaciorles, proyecto4 wquitectóutcoa y otros), cntro del territoro ii.i Mwt.o tte La Vagpara que re deciási sobre su valiEn lo pertinente el acto impugnado ce del alguíento teno: "/CURDO No. 048" (13 MAP. 1995) "Por medio del cual m^ lee tarifas, multas, sanciones y disposiciones verlas, pñrs los desarrollos urbanísticos (rhni':. royectoe arquit4ctonicos y otros), dentro del territorio de]. Municipio de La Ve-

"Por medio del cual m^ lee tarifas, multas, sanciones y disposiciones verlas, pñrs los desarrollos urbanísticos (rhni':. royectoe arquit4ctonicos y otros), dentro del territorio de]. Municipio de La Vega.

EL H0UORALE CONCEJO MUNICIPAL DE LA VEGA CUflDfl1AMARCA, en uso

de sus atribuciones legales que le confiere la Constitución Política de Colombia y las leyes 09 de 1989 y •1 Decreto 2626 deHoja No. 2 Expediente P40. 5669 "C O N S 1 D 9 R A U D O 'Que ea facultad del concejo Nunicipal crear y reglamentar las tarifas y sus correspondientes rubr, que graban lea actividades r acicnsdat con la aprobaci6n de desarrollos urbanisticos, la expedición de nomenclatura, y loe trteitss administrativos en la Oficina de Pleneaci6n Municipal, dentro de). 4unicip440. "Que el T4unicipio se ve en la imperiosa necesidad de establecer esta contribución con la finalidad de fortalecer el flaco Munij paz' nP) contar c uno recursos adicmaL.s, para ier rinvertii er vi nra;o deirrollo. "A C U E i O A MARTICIJL.O PRIMERO:... " "T 1ÇLJ,() SUC: 1, "ARTICULO TtJ4C0: ..," "A!TTCkTL() CUARTO: "Aftr1cvio QUINTO: ...' "ARTICULO SEXTO: CI ALclde !Odr& .t,r 1 uite sencion uica, tandoLac oegí4n le in-

"A!TTCkTL() CUARTO: "Aftr1cvio QUINTO: ...' "ARTICULO SEXTO: CI ALclde !Odr& .t,r 1 uite sencion uica, tandoLac oegí4n le intrao'in. 1' u. - Mui:as sucesivas de dtøz (10) salarios mínimos, mensuales legales cada una, para quienes parcelen, urbanicen o construyan sin licencia, requiriéndola, o cuanto ésta, haya cautado, o en contrav.nci6n a lo prcsptuac1 en sila, e4eme le. in arden policiva, la suspensi6n y sellamiento de 1^ obra y la suapensi6n de eervtc!os piiooi excepto cuando exista pruebo de la nabitaci5n parsanenta da personas en el predio. "b.-- Multas auccaivas de diez (10) salarios iumoa mencuales laiLgalos cata una, para quienes usen o doatincr. el inmueble a fin distinto si previsto en la respectiva Licencie o patente de funcionamiento, o para quienes usen el inmueble carecienco de efltando obligados a obtenerla, además de 1 orden policive de aellami.nto y le suepensi6n de servicios to cundo exista prueba de la hebitaci6n perme.entc ce personas en el predio, "o. - Demolición total o parcial del inmueble construido sin licencia y en contravención a les normas urbanísticas y la demolición de la parte del inmueble no autorizada o construida en contravenci6n e lo previsto en la licencie. -

cencia y en contravención a les normas urbanísticas y la demolición de la parte del inmueble no autorizada o construida en contravenci6n e lo previsto en la licencie. - "d1I4ultas sucesivas de dio, (10) salarios mínimo mensuales cada uno, par, quienes ocupen en forme permanente los par-QJft rio. 3 Expediente No, queu público", '.cnis Ver~ y bien' de uao phl1co ... " iJt "PPAGRAiO kn, 2.- 4# Coma normo violadas ee anotaron: el Artículo 150 Numeral 23 de la consuuci6n Politica, Artículos ; Literales ). ¿) y t:

la Uy de 1989 y el Articulo 41 Numeral 3 de

..j .jI (10 á• 8 El concepto de vio 6n ez 0 ntt "1. k1 acto administrativo el establecer en e). "ARTICULO SEXTO: ¿113..' drPi is tr -r ranco ur nirr' cae graduándolas'eg: 19 gravedec de l rci6r. :o.c c'fo:-cnc en el pu:'af 2) artículo f.) .t il.Sri nc1c.zr la c.cup4,cii o sin el :espectvo pír(> con unw mu).ta de (,) l.rnn minimos ríos 3fgnlei, sin teno1' en cuertti el ?rticulo 3o. cia la Ley /: el osar.; ". 4.. "Como se observe el Concejo de La Vega nc está extralimitando e1rctcio do sus funcionen n_ , tenemos en cuenta que la l

/: el osar.; ". 4.. "Como se observe el Concejo de La Vega nc está extralimitando e1rctcio do sus funcionen n_ , tenemos en cuenta que la l

un rroce1nlerto y nanci6n para talee efectos, inno solamente la Mencionada ley 9 /89 art. 8 nino también ji Ley 136/94 art. 41) numeral 3). I43 :io 1 'j jry ) r1 icuerue consa— gro: "Sin dar aplicación e,trir . ar'- cuJo ) Literal d) que establece outor1zaoin de cerr1ntc Ónicameni:e para parque zonas verdee donde lo trnsparerct 1el carroniento sea cia un cS ccnc inhinc. 4. 91 en el. artículo ) 0 u lo "Aol in cor-as la Corporac'n Admiriistretiva de te Vean estaría imponiendo une einci6n extrel1mtandoe por cuanto la ley 9/89 en muy clr. al establecer en el articulo %f) les sancionea, de donde podemos enotar que si cflchaa infracciones urbanísticahoja vio. 4 Pped3 ente Io. 55,fc ea presentan ti lascio anteric,rmarlce ramo. 1 " 'e. 'itr'; el ''i.»rk de ent1 tais jurUco san o. a-tfcu.i,D 12 tcie 2do conc c'eueal de mala con4ucta la que se sanciona con la perdida del empleo, la inata.Laci6n de servlcioe con violación de Lo ciLspueeto en el mes3clonao arla que se sanciona con la perdida del empleo, la inata.Laci6n de servlcioe con violación de Lo ciLspueeto en el mes3clonao articulo; contraviniendo sal la Constitución Nacional la cual sefala en el awtículo lio) numeral que correepoiÑe a o expedir los leyes que regirán el ejercicio de las funciones

le «ond e rende oie on el ejercici- ' esta trtbuci6n 610 le corresponderla al Cortes aJclar liás esu-

;• • í :iao iciC. spcct1v.

. tt.vo i o t?.nc de debe- ;1 í '!jr 1lr.e 'ti6 eldia 7 d marzo y

d&t., Ci de mtgzo, itfr1rgiert4o ab r-rte la Ly l3G/4 la cual iic en i 7) inciso 2do) que los proyeto!I de auerUo dtcn sar aomet~,,luis a de la plenctria de la copracifn cUa deauIn Je er boios en la comis16n; y según se sna]lza el 3ei' dia corresponderla al dan- ,i( Ct '.ijfii;tO ; 1(M 2 dLt; GCriorff F3t cr 11 rríct.. ; 1,J/4, .t un iL 3si Ci d€1. i(t( adjt1atrni,ivo. k •i. tO rle ee (le lj. çej tLi el frivo ral ia4n? A Im iolf.oíl.ud e lo 16 el trftlte lagtl core3:z'Ii'?r1te y,

k •i. tO rle ee (le lj. çej tLi el frivo ral ia4n? A Im iolf.oíl.ud e lo 16 el trftlte lagtl core3:z'Ii'?r1te y, 'n ornsecuerieJa, procede la S^1-w, e resolver, p!vas los siCUJ4IDEftACIONE5; Corre poid lm Cl cidir obre ta va1dez dl Acuerdo 10. 043 do.. 11 de Igarza b Orzarorido jor el Can-ceje Municipal de La Veqe, teniervo 'oo 1 e'cr&o le observaciones proaenta•io por ci señor Uobrnz4dor del Oepartamento de Cunnzir-- a. La decisi6n a tomar estará delimitada por la pretensi6n de la psticn del Gobernador, loe hechos enunciados en la misma, la i.icacin de la ror'rnas viclas y el concepto de violación, coso también lee pruebas aportadas a la actuación.Hoja No. 5 Expediente No. 569 Los cargos aducidos en el escrito de la eefora Gobernadora ataen al contenido del Parágrafo 2o. de]. Articulo 60.; del Literal ti) dei. Articulo io.; del. Artículo 9o. y del Inciso 2o. del Articulo 12 dei Acuerdo No. 04e del 13 de Marzo de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega. Loe tres primeros cargos por violación de la Ley 9 de 1.949 al contemplar procedimientos y canciones diferentes a las sealadas en dicha norma y el cuarto cargo por desconocer e]. Artículo

rido por el Concejo Municipal de La Vega. Loe tres primeros cargos por violación de la Ley 9 de 1.949 al contemplar procedimientos y canciones diferentes a las sealadas en dicha norma y el cuarto cargo por desconocer e]. Artículo 150 Numeral 23 de la Constituci6n Política, por cuanto corresponde al Congreso por medio de una ley e&'a1ar las causales de mala conducta y las sanciones a imponer a los servidores pCiblt008. Pero ocurre que (rente a tales cargos que corresponderían el estudio de la nulidad parcial del Acuerdo demandado, igualmente en el escrito de observaciones se plente6 la nulidad total por intracci6n al Artículo 73, Inciso 2o. de la Ley 13 de 1.94, a expedición irregular del acto al no haberse surtido dentro del término allí indicado, loe debate; da Ley. Copio la Sala encuentra que en efecto, según constancia de le Secretaría del Concejo, e]. primer debate en le Comiai6n respectiva se llevó a cabo el 7 de Marzo de 1.995 y el segundo debate en plenaria, el 9 de Marzo de 1.996, es decir, entre una y otra eesi6n no mediaron loe tres (3) días de que trate el Artículo 73, Inciso 2o. de la Ley 13C de 1.994, por Lo que se deduce que el acto fue expedido irregularmente conllevando su nulidad. Pinte tal eventualidad no se hace necesario el estudio de los cargos que tienden a la nulidad parcial del. acto. Por lo anterior, se declarará la nulidad total del Acuerdo No.

nulidad. Pinte tal eventualidad no se hace necesario el estudio de los cargos que tienden a la nulidad parcial del. acto. Por lo anterior, se declarará la nulidad total del Acuerdo No. 0411 del 13 de Marzo de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega.

Por lo expuesto, •l TRIBUNAL AÜMIflISTRATIVO DE CUNDINAMARCA,

SECCION PRIMERA, administrando Justicia en nombre de le RepC-Hoja No. 6 xp.d1onte No. 56 blica de Colombia y por autoridad de la Ley, YALt.A : 1.- Declárase la nulidad total del Acuerdo No. 04a del 13 de Marzo de 1.95 proferido por el Concejo Municipal de La Vega "Por medio del cual se establecen las tarifas, multas, sanciones y disposiciones varias, para loe desarrollos urbanfaticos (Urbanizaciones, Conjuntos hebitacionales, proyectos arquitectónicos y otros), dentro del trrttor10 del Municipio de La Vega". 2.- Comuníquese esta decisión al se%or Gobernador del Departamanto, al sefior Alcalde, el eeor Presidente del Concejo y a]. soflor Personero del Municipio de La Vega. copi, ?M1 =' cOnQUZSE Y cJIPLASE. (Discutido y aprobado en sesión de la feche. Acta No. 108 ).

BEATRIZ KART1W. QUINTERO OtIGA IJ3 KAYAR1ETE MW(EkO

Magistrada Matstrada

DARlO gIJIÑ(ES PINILLA ERNESTO RZY CAITOR

Magistrado Ma,istredo1oj4 No. 7 Expediente No. 5669

Magistrada Matstrada

DARlO gIJIÑ(ES PINILLA ERNESTO RZY CAITOR

Magistrado Ma,istredo1oj4 No. 7 Expediente No. 5669 IiIRJRTO REYLZ VABGA3 agi atrado

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