TA CUN - 5748-(29-06-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 5748-(29-06-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
? TRIiNAL Al IflIISTRATIVO E a1DINAMARCA
SIO1 PRDIKRA-
'3 Santa Fe de Bogotá, D.C., veintinueve (29) de junio de mil novecientos noventa y cinco (1.996).
Magistrado Ponente: DRlO QUIÑONES FINILLA
Expediente No. 5748
Demandante : CONLO POVRDA PiRDOM0
Nulidad y Reetab1ec4tento del Derecho, La Señora COtSUELO POVEDA PERDOt4OP por intermedio de apoderado y en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho cozisagrda en el artículo 85 del C..0 A presentó demsnd en éste Tribunal'con el fin de obtener la nulidad de las Resolucione nibneros 008-84 del 29 de noviembre de 1.994' y 002-95A del 24 de enero de 1.995, proferidas por la Dirección Seccional del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación. Mediante lee Resoluciones, la citada entidad, declaró responsable a la demandante de conducta violatoria del régimen disciplinario vigente para los funcionarios y empleados de la Fiscalía General de la Nación, por faltas contra la-Moral y la Etica" por hechos sucedidos cuando prestaba sus servicios como Jefe de la Unidad de C.T..I de Fusagasugá y se le eencic)nó con multe de quince (15) días de sueldo. Además, la demandante eolióita, como restablecimiento-del derecho, ee le ordene reintegrar loe dineros que le fueron descontados en razón de la sanción disciplinaria(Exp. No 5748)
de sueldo. Además, la demandante eolióita, como restablecimiento-del derecho, ee le ordene reintegrar loe dineros que le fueron descontados en razón de la sanción disciplinaria(Exp. No 5748) De lo anterior es deduce que,, en éste caso se ejerce ].a acción de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral, y, por tanto, en aplicación del artículo 18 de]. decreto 2288 de 1.989, le competente para conocer del prcoeeo es la Sección Eøgunda de éste Tribunal En consecuencia se dispondrá remitir. el expediente a la Sección Segunda de seta Corporación, por competencia Por lo expuesto, RL TRIWNAL ADKII4iSTRMIV0 DE
cJNDI$AMARCA, SECCIOW PRIMERA,
R LS U E LV 1
Remítase este óxp.dientó a la $.ci6n Segunda. del Tribunal, por competencia. Déjense las constancias del caso
OPIESE Y NcftIFIQtIESE.
(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta Número 77).
BEATRIZ t1AiNRZ QUI$TI) 0t13A IMIS NAVARRETE BARRERO
MAOISTEAJ MAGIfBADA
DARlO QLflÑONICS PflLILLA
MAGISTRADO
ERO~ REY CANTOR
MAGXBTRADO
HRRU5IIItTO REYES VA~ $AGISRADO Ausente con excusa legal