TA CUN - 5763-(22-06-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 5763-(22-06-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA'
SECCION PRIMERA
SANTAYR DE BOGOTA, D. C., veintidós (22) de junio de mil novecientos noventa y cinco (1995).
MAGISTRADO PONENTE: DR • HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXPEDIVITE N', 5 7 6 $ .- ACCION DE TUTELA.
SOLICITANTE : OLIVA MILLAN REYES.
CONTRA : Le ALCALDIA LOCAL DE SUBA.
En nombre propio, la Solicitante interpone la Acción de la Referencia "para que se me proteja por parte de Usted, .1 derecho de petición e información que consagra el articulo 23 de 1 Conatituct6n Política de Colombia, si cual me ha sido violado en varias ocasiones por parte de la Alcaldia Local de Suba, de acuerdo con loe siguientes HECHOS 01.- Desde haca varios aAos se vienen presentando cantidad de arbitrariedades con respecto e las asambleas general.s realizadas en la "Agrupación de Vivienda Nueva Tibabuyes Secto 5" en la cual resido y me he visto obligada a acudir a la autoridad competente aa cercana con el fin de impugnar las decisiones de dichas ssaabiess y es .1 momento que no as ha dado contestación a las peticiones formuladas a 1 Alcaldis Local di Suba. "Mediante oficio enviado a la Alcaldía Local de Suba del 27 de Abril de 1993 con número da radicación 2003 de fecha 29 de abril 4. 1993 ae impugne la asamblea general realizada .1 18 de abril de 1993 en la "Agrupac16n de Vivienda Nueva Tibabuyes Sector
Abril de 1993 con número da radicación 2003 de fecha 29 de abril 4. 1993 ae impugne la asamblea general realizada .1 18 de abril de 1993 en la "Agrupac16n de Vivienda Nueva Tibabuyes Sector 5", y en la cual nunca se obtuvo respuesta. 3.- Mediante oficie enviado a la Alcaldis Local de Subaiida1 26 de Abril de 1.994 con N. di radicación 4159 de fecha 3 de mayo de 1.994, se impugne la Asamblea general realizada el 24 de abril 4. 1.994 en la "Agrupación de Vivienda Nueva Tibabuyes Sector 5" y de la cual tampoco obtuvimos respuesta. 4.- En vista de ciertas irregularidades por parte de la adainistrsci6n, tanto para citar a la asamblea ordinaria como la forma en que se llevó a cabo, y el veto que se le dio a la mayoría de los prop tetar Los al negárseles el derecho el voto en la asamblea general realizada el 23 de abril de 1.995, procedi a enviar un oficio a la Alcaldis Local de Suba con fecha 26 de abril di 1.995 1 la cual fue radicada con el N • 3023 4.1 9 de mayo de 1.99S donde se impugne la Asamblea General y donde no me han dado ninguna respuesta.EXP. U'. 5763. - 2 - "5.- Informo a los señores Magistrados bajo la gravedad del juramento que no he solicitado otra tutela similar ante otro juez o tribunal judicial por ]o. mismo, hechos y contra la misa entidad respecto da estas peticione..
P E TI C 0t4 ES
que no he solicitado otra tutela similar ante otro juez o tribunal judicial por ]o. mismo, hechos y contra la misa entidad respecto da estas peticione.. P E TI C 0t4 ES "Primeras Solicito el s•fIor Juez ea se tutele el derecho fundmental de petición a información consagrado en el Artículo 23 de la Constitución Política da Colombia. "Segunda: Se obl~ por parte de su Despacho a la Alcaldía Local de Suba para que me di respuesta a las peticiones formuladas sobre las irregularidades ea las asambleas general., a que hago referencia en los oficios que adjunto a ente memorial. "Tercera: Con las previsiones de ley se obligue a la Alcaldía Local de Sube a resolver en forma oportuna todas las solicitudes que soliciten los propietarios de la "Agrupación de Vivienda Nueva Tibabuyes Sector 3". "Cuarta: De la decisión tomada solicitolo a los señores Magistrados oficiar a las autoridades oorre.pondi.ntes para que se cumpla dicha decisión; dentro de ellas: Alcaldía Mayor de Santafó de Bogotá, D.C. Procuraduria General da la Nación; Vigilancia Administrativa. Defensoria del Pueblo. Personería Distrital. ". PRUEBAS Aporta como pruebas fotocopias de las tres (3) comunicaciones y de parte de la Escritura de propiedad de su inmueble con el nombre de la Urbanización. CONSIDERA LA SALA Por orden del Magistrado Sustanciador se notificó la existencia de la Acción al sefor Alcalde Local de Suba, se le entregó fotocopia de la solicitud y se 10 pidió información al respecto.
la Urbanización. CONSIDERA LA SALA Por orden del Magistrado Sustanciador se notificó la existencia de la Acción al sefor Alcalde Local de Suba, se le entregó fotocopia de la solicitud y se 10 pidió información al respecto. A Folio 18 se encuentra la respuesta recibida .121 de junio, a la con la cual se adjuntaron fotocopias de lo actuado, y que dice "Que en rezón da los trámites antecedentes con relación al registro y certificación de las P.rson.rias Jurídicas para el Edificio Bloque 35 Sector 8 Urbanización NUEVA TIBABUYES, ubicada en la calle 18 N. 111-A-.84 y Conjunto Residencial NUEVA TIBABUYE8 Sector 5 Ubicado en la carrera 112-8 N • 128-04 que comprende todo el Conjunto Rsidencia., les habla proferido las Resoluciones registradas con los tús.ro. 028 da 1.992 y 066 da septiembre 30 de 19910 respectivamente, sin .1 llano de los requisitos establecidos n el articulo 7. da] Decreto 1365 de 1.986, lo que de acuerdo con la controversia que fue suscitada entre la Administración del Bloque y la de todo e]. Conjunto, e.g6n escritos que obran al expediente fue establecido que ninguno de los actos adminetrativosEXP. N. 5763. 1 - 3profindos obran, conforme a la Ley y a los reglamentos, por lo cual se procedió a revocar mediante providencia de fecha febrero 13 di 1.995 la que se encuentra debidamente notificada. De acuerdo con el escrito de Tutela en el que se relacionen fueron presentadas peticiones las que aparecen radicadas con lo. números
cual se procedió a revocar mediante providencia de fecha febrero 13 di 1.995 la que se encuentra debidamente notificada. De acuerdo con el escrito de Tutela en el que se relacionen fueron presentadas peticiones las que aparecen radicadas con lo. números 1005 de abril di 1.993 y 4159 del 3 di mayo de 1.994, dentro de los contenidos se santiesta haberse impugnado la Asamblea General realizada por la agrupación de Vivienda Nueva Tibabuyes Sector NEW en al calidad de Alcalde Local de la fecha en la cual se instaure la Acción de Tutela, desconozco las causas y los motivos por los cuales no se 10 hubiera dado respuesta, por cuanto desconozco su paradero de las mismas y en razón a que la fecha han sobrepasado un tiempo superior a un año de haber sido radicadas. En lo relacionado con la petición radicada bajo N • 3023 de fecha 9 de mayo del presente año, en razón a la cantidad 8. Peticiones que a diario son presentadas, ha sido co.pletmente imposible dar la respuesta entre los términos establecidos, lo único que es cierto que a la fecha 16 di Junio del presente etio, ella se encontraba firmada para ser entregada a la peticionante OLIVA MILLAN, en 3.a que se le da respuesta de acuerdo con los hechos expuestos y las decisiones que fueron tomadas por la Alcaldia Local, con relación al Conjunto Residencial MUEVA TIBABUYES SECTOR 0", 4e cuyas actuaciones .1 Despecho 1a adjuntará fotocopia debidamente autenticada de 1.. Resolucione, mediante las cueles les fue registrado y certificado el registro de las Personeri as juridicas
0", 4e cuyas actuaciones .1 Despecho 1a adjuntará fotocopia debidamente autenticada de 1.. Resolucione, mediante las cueles les fue registrado y certificado el registro de las Personeri as juridicas pera e]. Edificio Bloque 35 y mencionado conjunto, los que entre si hacen parte integral del mismo y que Inexplicablemente les habla sido registrado y certificado das p.sonerf as lo que era completamente improcedente y aunado a lo anterior sin .1 lleno de los requisito., coso ha quedado en providencia de fecha 13 de febrero de 1995, la que se encuentra debidamente ejecutoriada. Por 3.0 anterior los procedimientos que sean efectuados por los propietario, del Conjunto, airón de la responsabilidad de los mismo., dada la revocatoria de los actos que hablan sido proferido. Por 3. Alcaldes de la época y dada la controversia que se había presentado, el Despacho procedió a resolver conforme a los exp.- dientes dentro de los cuales obraban las resoluciones y a tomar la decisión di fondo de la cual adjuntan fotocopia di la misma. En ó.to estado doy repuesta de Lo solicitado en el oficio atrás referenciado, y de otra parte mi permito manifestarle a los Honorables Magistrados 4. la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que el expediente queda a su disposición, el expediente relacionado con 3.0s asuntos de la petición y del mencionado Conjunto Residencial, en la Alcaldi a Local, Oficina de la Asesor!. Juridios, para la próctica de prueba, si lo estiman conducente o me . síø Revocadas como fueron las Resoluciones que daban Personeria Juni dice
cionado Conjunto Residencial, en la Alcaldi a Local, Oficina de la Asesor!. Juridios, para la próctica de prueba, si lo estiman conducente o me . síø Revocadas como fueron las Resoluciones que daban Personeria Juni dice a las Asociaciones de]. CONJUNTO RESIDENCIAL MUEVA TIBABUYES SECTOR E, y contestada le petición que al actual Alcalde Local le hizo la accionante sin que se encuentren las peticiones presentadas en las anteriores administraciones, no existe violación al Derecho de Petición e Información como Lo aduce 1 Solicitante.EXP. N. 5763. - 4En consecuencia e. negarA 1. Tutela Impetrada.
POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION
PRIMERA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, FALtA: PRIMERO.- NIEGASE LA TUTELA IMPETRADA POR LA SEÑORA OLIVA MILLAN REYES,
CONTRA EL SEÑOR ALCALDE LOCAL DE SUBA.
SECUNDO.- ORDENASE QUE EL CONTENIDO DE ESTE FALLO SEA NOTIFICADO mEaBA—
FICAMENTE A LAS PARTES EN REFERENCIA.
TERCERO.- REMITASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
PARA SU EVENTUAL REVISION, SI NO SE PRESENTA IMPUGNACION.
COPIESE, NOTIFIQUE8E Y CUMPLASE.
Discutido y aprobado en Sala de la fecha. ACTA N°. 0 7 4 .-
LOS MAQISTRABOS,
IZATRU MARTIllEE QtJITE OLGA UlES NAVANcfl ArIEO
Discutido y aprobado en Sala de la fecha. ACTA N°. 0 7 4 .-