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TA CUN - 5784-(05-10-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 5784-(05-10-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

iPliUL.LU 1J. tVi.%). 1 12!!. A11uTnL,ú UI T!1UICA Santa té 4. Sogot, DOC., Oot»bre e~ (5) dama f~lentos y cinco xpedi.nt. No. 5754 Nagistrada ponentei Dm. MM iis MVATI »&m~

Desandintet OOUMIIIDORA DE CUNDINMIARCA

Observaciones. La GObernadora del Dipsrtamerrto 4. Cundinnesrca en ejercicio de la facultad que 3. confIere Ii Numeral 30 del Articulo 305 di la Conatituci6i Po3.I tice en concordancia con 3. Art&oulo 118 y e... del Decreto 1331á 4. 1.938, resiti6 a este Csrperaci6n el. Acuerdo No. 033 del 12 di Mayo de 1.995 proferido pez' el Concejo Municipal 4. San Seraerdo "Por medio del cual es reglementan, se fijen y regulan las tesas, tarifa, y derechos por la prestacidn de 1cm serviolas adeinhetrativo y utilissct6n de los bienes del Municipio di San Nornardo", parS que u d.otda sobre su valides. En lo pertinente el soto i.pvgnado as del sIguiente tenor: "ACUERDO No. 013" (sAYO 12 DE 1993) "Pez' medio del cual ee reglamentan, e. fijan 7 regulen las tasas, tarifas y derechos por la prestación di los servicio administrativos y utilisacida 4e los bienes del Municipio d San Bernardo. "EL NONORASLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SER7 regulen las tasas, tarifas y derechos por la prestación di los servicio administrativos y utilisacida 4e los bienes del Municipio d San Bernardo. "EL NONORASLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SERNARDO, en uso 4e sus atribuciones Constitucionales y legales en espiciel las conferidas por lo. articulo. 313-314 di 1. Con.titucidn Nacional, artículo 58, literal 3, nusøsl ?- del estatuto Municipal, y la Ley 57 di 1995, artIculo 17.Hoja No. 2 Expediente No. 5784 ACUERDA 'ARTICULO PRIMR0: Destinase los siguientes valores par concepto da los servicios administrativos que presta si Municipio a saber: 0d• ... O e "Z. Avisos y tablero, por un valor de quinientos pesos monada legal ($500). Como norma violada se enot8: •1 Articulo 200 dei Decreto 1333 de 1.985. El concepto de vio3so160 es el siguiente: "3.. El Concejo Municipal de SAN URNANDO mediante .1 acuerdo ispugosdo establece en el articulo primero, literal g) coso serviste administrativo, "Avisos y tableros por un valor de quinientos posos moneda legal ($500.00) (sic)". 01.2. 11 articulo 200 4.1 Decreto 1333 4. 1988, caNela: "El i puesto de avisos y tableros, autorisado por la ley 97 de 1913 y la ley 84 de 1915 so liquidaré y cobraré todas las actividades crciale., industriales y de servicios come clemento

puesto de avisos y tableros, autorisado por la ley 97 de 1913 y la ley 84 de 1915 so liquidaré y cobraré todas las actividades crciale., industriales y de servicios come clemento del impuesto de Industria y' Comercio can une tarifa de un quinos por atonto (199) sobre el valor de dote, fijada por los Concejos inicip.las". "1.3. De 2.o anteriormente expuesto, se concluye que •l Concejo Municipl de SAN BERNARDO grava coso servicio Administrativo Le que la ley define como Impuesto de Avisos y Tableros, can el agravante de establecer una tarifa que no correspondo a]. (3.9%) sobre .1 valor del Impuesto de Industria y Comercio, como lo diep4xt .1 Decreto 1333 4. 1.986, por la tanto, 1 tarifa aprobada y la dsnominact6n dada en el literal g) del articulo primero del acto acusado contravióna abiertamente lo seNalado 6e manera taxativa en .1 articulo 200 de la norma invocada".Hoja No. 3 &xpadlants no. 184 A la solicitud si 1. di6 .1 trMit, legal correspondiente y, t CO.SCUIØCi, proceda la Sala resólv.z, previas las si- ¡zlantss C O R $2 D A C ¡ 0 II 8 $ Corresponde a la IsiS decidir sobrs la valides del Acuerdo No. 013 del 12 di Mayo de 1.995 proferido por a] concejo Nunictps.l

4. San Bernardo, teniendo como base .1 escrito Ø observaciones

Corresponde a la IsiS decidir sobrs la valides del Acuerdo No. 013 del 12 di Mayo de 1.995 proferido por a] concejo Nunictps.l

4. San Bernardo, teniendo como base .1 escrito Ø observaciones presentado por la s.fto Gobernadora del Departenintó de Cundinamarca.

La dsci.1n a tomar estorA d.liMtsda por la prstensi&i 4e la p.ticidn 4. la Gobernadora, los he~ enunciados en la ajena, la indiceiciAn de 1 norma violada y el concepto de vio].ci6n, como taabi4n las pruebas aportadas a la actuación.

El caro aducído por la vo: a (ube'nvori en mu oscri10 obe z,f1ere a que en el Literal s) del ftxt1eu1c Fnasro del Acuerdo No. 01.3 del 12 4. Mayo 4. 1.995 protenido por el Concejo Municipal Se 5in bernardo, se sfls16 el valor del Impuesto de "Avioe y Tableros, en la suma 4. $500.00"0 lo cual se violatorto del Articulo 200 d.l Decreto 1353 de l.9e6, puesto que no se splic6 el 15 sobra el vUor da todas las ectiidadeo com.rCL.les, industriales i de servicios cono coplennto del impuesto de industria y comE'cio, á"do sel el iiiuesto de avisos y tablero., sao que se indicó una &~ tija, lo cual no estA permitido en la Lay. ke siL como la Sala dealararé la nulidad del LLtói'l g) del

avisos y tablero., sao que se indicó una &~ tija, lo cual no estA permitido en la Lay. ke siL como la Sala dealararé la nulidad del LLtói'l g) del ArtLculo Prisircp al A~r4o Ro. 013 4.1 12 de Mayo de 1.995 del. Ccnc.jó Municipal de $en Uernardo, Por 1 expuesta, si INIBUNAL ADMINISTRATIVO DI mmxmu~eHoja No. 4 bxpdiente No. 5784 !CeTOfl PPTA, ¿injstrndo 5ustice. en noabre de la Rpb1i :to Clcbta y por Maridad 1e la Ley, TALLAs 1.- cIre. La rsu1áa4 dol Litoral ) riel ArtcuIo Primero 10 J. Aauer'k, sto. 01 dL 12 de Mayo de 1I95 proferido por e. Corcejo ~141t>41 do Son rnçi1a 'Por medí dei. Cual se reglamentan, se fijan y se regulan lea tomas, terifse y der.oho por la preataci6n de Las servcioa adeinistrstit; -r utiLi c.L6r do 1c 1e. uiçt e asr.. 2,- 1 re',tante d1 Avwrtic 4uisdo rieiar tl cual fue poterdo. .8.- ouniquese s ii; or (kbernadorn el 1)e.. partwiente, al seqor A1oald, al ,efcr Preetdentf del C~ cojo y1 ee&' Personero MunicIpal 4o sea Bernardo.

partwiente, al seqor A1oald, al ,efcr Preetdentf del C~ cojo y1 ee&' Personero MunicIpal 4o sea Bernardo. PIES!P 1V1, P-nila lo~ Y OLA?I. (Discutida y aprobado en sesi6n de la fecha, Acta No. 123 ).

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Magistrada MigistradaHoja No. 5 x~ate No. 5784 NRXIUTO RETIS VS 4$4j strado

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