🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 5789-(30-07-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 5789-(30-07-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

R1BT1AI, A flISTi' TIVO DE C1thARCA Bogota, D.E., julio treinta (30) de m_1 novecientoa se1ene1s (197) -

Magistrado Ponentes Dr. AL: RTO MOE}O CCMEZ ,Ref.: Expediente 5709

Actos Nacionales t ~.~tivz Actor J!LI I'AZA GITADO. - --------__-------------- Cumplida a pertinente tramitaci6n, se procede a decidir el incidente de nulidad promovido por el seor apoderado de la Caja Nacional de Previaidn en su escrito de f3lioa 69 a 71. Considera el peticionario que se ha incurrido en nulidad constitucional de la actuaoi6n, por no haberse agregado al proc.- so el memorial contentivo de su alegato de concluai6n. sobre ese particular, ce solicitó en el término probatorio del incidente un ínorme de la ecretaría y ésta, al emitirlo (fi. 91), da cuenta que el dicho escrito no fue agregado alexpediente por cuanto que sgín el nmero de rodicci6n que mdic6 el memoria1ita al encabezarlo, él no venía dirigido a estejuicio. SE C N0 ILEU s En primer lugar, no Lay base ntn.:una para acceder al pedimento del sehor apoderado de la entidad der%ndada, siendo así que ¡,or Su propia culpa el 1eato de oonclusin mencionado no ce anexó a este expediente por h,.uber suministrado en 41 un minero de rdicaci6n diferente al que corresponde, como se deduce de la copia que de ece escrito obra a]. folio 74 y aiuienfes, ence anexó a este expediente por h,.uber suministrado en 41 un minero de rdicaci6n diferente al que corresponde, como se deduce de la copia que de ece escrito obra a]. folio 74 y aiuienfes, endontie se afira que el expediente es el radicado con el ntlmero 67899 cuundo en realidad correeponie al número 5789. Y aunque el .emandante es el mismo en ambos juicios, si el interesado respectivo emplea el sistema de identificarlos con el mimero de su zdjcaoi6u, aunque tal requisito no sea indispenable, debe hacerlo en forma correcta, para así evitar equívocos corno el aquí ocurrido.(5789) - 2No obt,tnte lo antrior, no enLuentra el cribunal inconveniente alguno n que la copia del escrito en mención forme parte del proeso y sea tenida en cuenta en la oportunidad corres pondiente, es decir, al desatar la litis mediante la respectivasentencia, eí a eI1aje lleyare, actitud ésta que se justifica en conaieraci6n a que le sola equivocacián de una cifra del número de radjaaci6n de un determinado proceso, que seguramente fue lo que ocurrió en este caso, no sería bese lo uficientevente a61ida pare desechar un escrito como el de que ee trata, rxime si se tjee en cuenta que en el texto de éste se hace expresa Mencí6n a las resclucines 5030 de 15 de noviembre de 1971 y 0004 del 18 de enero de 1973, eriands de la Caja Lcional de Previsión, que son precisamente las que se acusan de nulidad en este juicio, por lo

enero de 1973, eriands de la Caja Lcional de Previsión, que son precisamente las que se acusan de nulidad en este juicio, por lo ue el error de uue se habla aparece notorio, Ln seguido término, cabe obervar que dentro de las cau-. sies de nuliau que trae el artículo 113 del C.C.A,, no esté - center lada la que aquí e alega. Y en cumto a nulidad supralej&l tarnpoco, r.ueuto que no se trata de un escrito de pruetas sino de un alegato de oonclusi6n, que por regla general debe ser materia de eatudio en el fallo respectivo, no antes, de donde so InViero 4ue el derecho de defensa no ha sido vulnerado, pro aún conaideando que lo fue, la ouisi6n queda subsanada con la detrmineci6n que se adopta sobre que el escrito cuestionado, en la copla que allegó el interesado, debe agregarse al expediente paraque ;urta los efectos de]. caso. Por lo expuesto, S ULVE: 1.- jq0 E ACCfl)} al pedimento de nulidad a que ce ha hecho referencia. 2Conforme a lo expuesto en la parte motiva, la copia del alegato de conc1iaiún que obra a los o1ioa 74 a 78 9 juntocn su anexo, se rantendrdn a regadas a este proceso. 3.- En firtie este auto, vuelva el asunto al Despacho para proveer lo que sea portinene. (El proyecto de esta providencia fue djcutido y aprobado en sesión de sala efectuada en • ). C 6 -.-(5789) -- r;ieee y nottfÍquete.

ra proveer lo que sea portinene. (El proyecto de esta providencia fue djcutido y aprobado en sesión de sala efectuada en • ). C 6 -.-(5789) -- r;ieee y nottfÍquete.

ALVARO LLCO: !P. r Lt)U ZAIR & ILV A A7,111 miel kL £iTO' 10 Cl."i;fliS CMLA POo LF OATTO sUs.NA ONT rE EVEP'I ALB:TO O!JNO GOMEZ JAIME MO O (UTIZO EULI}O 1O1F IGWZ E fRAZA k;CQ tiio CELIS i.

Secretario

Consultar sobre este documento ...