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TA CUN - 5828-(12-10-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 5828-(12-10-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

u flbONAL DOCENTE ¡EMPLEOS MUNICIPALES -Creacj6n La1Mmw m: m mirmm~ Snte U de Bogotá, D.C.,• Octubr. doc. (12) de mil novecntos flovnta y cinco gzp.4t.flt. No.,. 5828

Msgistrada Pnsnte: Ore.«M i5 UTAMM !a± j,O

Demandante G0$E1NAD01(A DE CUNDINAJIARCA

Observecionne. Le Gobernadora 4.1 Dpartamsnto de Cundinamarca en ejercicio da la tacultd que Le confiere el Nuaóret 10 4.1 Articulo 305 de la 0onstituci6n Politice en concordancia con .1 Articulo 118 y e... del Decreto 1333 de 1.986, rs.iti6 a esta ~ración el Acuerdo No. 007 4.1 29 do Abril de 1.995 proferido por .1 Concejo Jluntáipal de Tunas "Por medio del cual ma crean cincuenta (50) plazas para cargós da dooónt,s y se fijan los requtsitoa, derechos, deberes y prohibiciones de este personal que integrará la plnte por cuente del MunicipIo 4ø Punas, C~ dinamarca", pare que u decide sobre su valides. En lo pertinente .1 'acto ipugned.. del siguiente tenar: NACUERDO 0. 007 (ABRIL 29 DE 1995) "POR MEDIO DEL CUAL SI CREAN CINCUENTA (50) PIAZAB PARA CARGOS Di DOCVITZS y 69 FIJAN 'LOS REQUISITOS, DERECHOS,' DES RES Y PRO-

(ABRIL 29 DE 1995) "POR MEDIO DEL CUAL SI CREAN CINCUENTA (50) PIAZAB PARA CARGOS Di DOCVITZS y 69 FIJAN 'LOS REQUISITOS, DERECHOS,' DES RES Y PROHIBICIONES DE ESTE PERSONAL QUE INTEGRARA LA PLANTA POR CUENTA DEL MUNICIPIO DE FU$ZA CW4D114AIIARCA". "EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE ?UNZA, CUNDINAMARCA, en •j.rcioio de sus atribuciones Constitucionales Articulo 315 Numeral 7 y Legal., Ley 138 de Junio 2 de 1994 Articulo 91 Literal D Numeral 4; y

"C O 0 $ 1 D E R A 11 D OHoja No. 2

Expediente No. 5628 "- Que la planta 4e docentes el s.Ñioio de 1 Naci6n, el Depirtenento y el Municipio, qu. laboran en el Colegio Dipartamental Nacionalizado y Coocentrs.ioneá Escolares Públicas 4.1 Municipio, no as suficiente pra suplir las neccaidides de la localidad, por el volumen de población infantil y juvenil que requiere el soases a la @~cada büics., primaria, bsics secundarla y media vocacional y grados caró. - Que el 0~ de almeno, ha Ido un aumento debido a la expensión 4.l municipio y por ende la nicesidad de crear vás orados y ndm.ro de curios en básica primaria, b&sici secundaria, media vocaciOnal y cr.ación de grados cero, para lo cual se ns- - cusita psrsanal docente y poder atender la dsnds y es imperados y ndm.ro de curios en básica primaria, b&sici secundaria, media vocaciOnal y cr.ación de grados cero, para lo cual se ns- - cusita psrsanal docente y poder atender la dsnds y es imperativó de la A4.ini.traci6n Municipal proveer las condicionas paría asegurar y garantizar la formación Integral de los educandos, de aquellas instituciones que no tienen maustree. "- Que según sentencia de la Honorable Corte Censtituaiómal No. C-855 Decreto No. 872 de 1994 en aras de garantizar la plena vigencia de igualdad Juridica ente la ley por parte 4e los do. cante... docprends 1$ :rstifiaación de la prohibición ya consagrada en las leyes 60 de 1993 y 118 6. 1994, pare que el Estado continúe acudi.ndo al mecanismo de la contratación 6e docentes en forma t.mporél. "- Que según sentencia de Diruótiva Ministerial No. 002 de Emero 18 6. 1998, ae aiterii3isa la obligasión impuestO al nominador 4e incorporar ~la mayor celeridad posible a los docentes contratados sntss del 00 de Febriro de 104, siempre y cuando cmplan los requisitos legalas para su vinculación y de conformidad con las di.ponibil.i4sdes presupuestales, "- Que pera poder aimpitr con, dicha obligación, es necesario reglamentar los requisitos, derechos, deberes y prohibiciones 4.1 personal docente. "A C LI E R D A »ARTICULO PR11RO... Cr~ cincuenta (50) piases para cargos

reglamentar los requisitos, derechos, deberes y prohibiciones 4.1 personal docente. "A C LI E R D A »ARTICULO PR11RO... Cr~ cincuenta (50) piases para cargos de maestros, dátro 4o la planta de pareenil dOcente para el Municipio de Funza, aundinasóros. "ARTICULO SEGUNDO.- Inccrpórense a la s.i.s. los docentes vinculados el Municipio antes del 08 de Febrero de 1994. "ARTICULO TERCERO.- Xl presente acuerdo, establece ó$iaen Espoisl, para regular las condiciones de ingreso, ejercicio, estabilidad, ascenso y retiro de las personas que desampefian la profesión docente en los distinte@, niveles y modlidadea que integran el alítasa ."ttvo•. "ARTICULO CUARTO... Para la vinculación de docentes que no 5.00-. gi6 la fecha del 00 de Febrero de 1904 de acuerdo a la Directiva. Ministerial No. 00, 4. Enero 18 de 19959 tendz4n que meanbine, somete~ a las pruebes, .itr.vi.tss y revisión de entecedente, que hacen parte fundental de] cwso que ccavoca el. utioipl.o de Pufls., Cwdinassrea, de acuerdo a la norsativi-Hoja No. 3 Expediente no 5828 dad cansagrada en el Estatuto Docente, leyes, ordenanza y Acuerdo., previo soncepto solicitado el Ministerio de Educsct6n Rsc$.onal sobra catsgsrisaci6n del concurso. ARTICULO QUIRTO.- ..." "ARTISULO SEXTO.- "ARTICULO 8EPTINO.- ..."

Acuerdo., previo soncepto solicitado el Ministerio de Educsct6n Rsc$.onal sobra catsgsrisaci6n del concurso. ARTICULO QUIRTO.- ..." "ARTISULO SEXTO.- "ARTICULO 8EPTINO.- ..." "ARTICULO OCTAVO.- . . .' "ARTICULO HOVERO. — "ARTICULO DECXMO.- . COSO norasi violadas se anotaron: Articujós 3.3 y 815 Niasral 70. de la Constitucl6n Politica, Articulo 41 Numeral 3. de le Ley 136 4. 1.994, Articulo So. de la L.j 60 de 1.993 y Articulo 105 4. la Ley 115 de 1.994. El concepto de vialst6n se .1 siguiente;

01. Con la eprobaoidn del acuerdo objeto de iapugnaci6n, el Concejo Municipal y de PUNZA crea cincuenta (50) plisas para cargos de docentes y tija los requisitos, derechos, deber.s y prohibiciones de oes pireonal. 01.2. La Cossstitucidn Política, articulo 3159 dispones "Son atribusienos del ibais: N c .." $7• crear, suprimir o fusionar los espie.. 4e sus dependencias, s.ta1.r1es fUnciones •epecials y fijar sus .s.olumsntos con .rreglo a los acuerdos aorr.spsndisntes. 74o podrá crear obligaciones que exosdan 01 monto global fijado pera gastos de personal en si pr.mspuseto inicialmente aprobado.. "1.3. Por amdsto Constitucional, 1a facultad para crear esciones que exosdan 01 monto global fijado pera gastos de personal en si pr.mspuseto inicialmente aprobado.. "1.3. Por amdsto Constitucional, 1a facultad para crear espisos dsntro de sus dependencias radies en el respectivo Alcalde lItmiaip1, par tanto lo aprobado en el articulo primero del Acuerdo por, si Consejo de P'UNZA carece de tundeasato, en rezón y teniendo en cuenta que a 41 .61 1. coapete 4e mLmm general determinar la estructura de la Administración, lo que conileva a indicar las funciones de sus dependencias. "La sisas Corporación Edilicia cite como fundesto de Dorecho

Para ¿a expedición del Acuerdo el Articule 315 numeral l.. deHoja No. 4 Exsdient No. 8826 la Constitución Po3.itioa y el artículo 91 lit~ d) numeral 4 de la ley 126 de 1994, normas que se r.ft.'en a la acopetencia que tiene •i Alcalde para crear cargos dentro de sus dopendesojo... "1.4 • El Hosoilbi. Tribi Adainistrativo de Cundinimarca, sección Priaeré, Expediente 4118, Magistrado Ponente Dr. Ernesto Røy Cantor, sefa16 $ 0 044% 0 2. La Ley 60 de 1993, articulo sexto sefialas "2.1. La Ley 115 de 1904, articulo 105 dipones "2,2 • Como bien Se exprese so las normas transcritas, la vio-. culsción de losdecentes a lea entidades territoriales esté supeditada 4 .194 siguientes requisitos s

"2,2 • Como bien Se exprese so las normas transcritas, la vio-. culsción de losdecentes a lea entidades territoriales esté supeditada 4 .194 siguientes requisitos s "Aif las comí .3. Concejo Nunictp.1 de FUNZA, d.saonoci6 las normas i.galei qu. regulan la vincuiacl4n de docentes, .1 di.- poner en e] articulo segundo del Acto dssndedo, WInuplanae (sic) a la mies. leí docentes vinculados al ~41PIO entes del 08 de febrero 4 1994", significa ;to, que los docentes que hubieren tenido aiine vin4ulaó16n antes de la fsaha citada, pasan a integrarla planta de personal docente 4.l municipio, sin exigir otro Ñqui.ito; lo ánt.rior, tembLón, viene a contrastar m el principio ~tucional de "Igualdad" consagro..- do en e]. artIculo 13 4. 1 Carta, precepto que deja a todas las personas en igualdad ante la ley, lo que lea ecolleva a gosar de los sis~ derechos, ^llbwtj~ y oportunidades, litasción no previst, por el Concejo Itualcipal de PUNZA a1 disponer la vinculación directa de les docentes que vsniac prestando su servicio al sunicipio con afltelsctdn el $ de febrero de 1994, obviando las dss&i requisitos legales, so cons.cumis,, restrlaglendo y óssrtindo la oportwtidsd e igualdad para el occiso si trabajo 4.' equ.lios que aslan can los parónstx'os vi.g.nt.s y fijados en las normas invocadas.

trlaglendo y óssrtindo la oportwtidsd e igualdad para el occiso si trabajo 4.' equ.lios que aslan can los parónstx'os vi.g.nt.s y fijados en las normas invocadas. 4 3. La ley 136 es su articulo 410 dispones "Prohibiáiones. Es prohibido a ial Concejoez e..." "3. Intervenir en asuntes que no sean su cospeteocia, por medio de acusid.. D 4e resoluciones. - 0 3.1. ¡1 articulo tercero y siguiente. del Acuerdo desandado, estab3.c. Rigiasa especial, para regular lea condiciones 4. ingreso, .jereicLe, estabilidad, ascenso y retiro de ls. peri. sones que desesp&Ian la profesión decente en los distintos ni.- veles y modalidades que integren el sistema educativo".Hoja No. 5 xp.d.t.nt. No. 5828 Por lo anterior, se coligs que la Corporecidn Edilicia de TUNZA avoc una competencia q» no le corresponde • por cuanto a loe Concejos Municipales 561ó 1.s está permitido hacer lo que la Constituoi4á y 3a ley les atribuye, es decir, ea una cospetanda reglada, por tanto lo actuado en los artículos tercero y siguientes no tiene válidas, máxias que dichos tasas solo 10 c.t.n si legislador, se asl coso. el ESTATUTO DOCENTE Decrete Ley 2277 4. 1.079 y demás normas que lo han modificado y adicionado desarrollan todas las situaciones aducidas por al concejo 4. ?UNZM.

te Ley 2277 4. 1.079 y demás normas que lo han modificado y adicionado desarrollan todas las situaciones aducidas por al concejo 4. ?UNZM. A la solicitud ae le di6 el tráaits legal #2pe~ente, y, en consecuencia, procede la Sala a resolver, previas las siguientes COSXDEACIoMJ$, Corresponde a la 5.1, decidir sobre ¿a validas del Muerdo No. 007 4.1 29 de Abril 49 1.995 proferido por el Concejo Municipal da Punas, teniendo coso bas el escrito 4e observaciones presentado por la sotiora Gobernadora del Departamento da Cundins-. seras. La decieidn a toser estará delimitad, por la pretensión 4e la p.ticián de la Gobernadora, loe hechos enunciado, en la sieso, la indicsci6ra de las normas violadas y .1 cOncepto de violaalón, como tambián las prubas apOrtadas a la actuación, Los cargos aducidos báaLcsa.nte son los siguientes: ta.o 315 lISRt. te. fimo -1P.tTlCA. La infracclAn.a este precepto legal es cierto, por cuanto la creaai6n 4e cargos en 1a Administración Municipal le corresponde por ley si burgoáaeatro aunicipsl, saf coso .1 sadsiasiento de funcionas. Por ello, •l Concejo Municipal de Funa al crear cincuenta cargo da docentes para integrar la planta del Ituni..Hoja No. 6 xpdLsnt. No. 5826

de funcionas. Por ello, •l Concejo Municipal de Funa al crear cincuenta cargo da docentes para integrar la planta del Ituni..Hoja No. 6 xpdLsnt. No. 5826 cipio de Punas. Es mal coso .1 Cabildo se atribuyó una comp.- tanela que esté reglada por 1. Ley y que edesis existen norias eapresaa para la vinculaciAn de docentes tales como la Ley 60 4. 1.993 y la Ley 115 4. 1.994, MYX1LO 41 MIRIL 3. I LA LNY 136 1 1.994. Rete noria a. refiere a las prohibiciones a los Concejo., entro las que se cuenta la no intervención en unto que no le casp.ten, por sedao d acue~ o resoluciones. Dentro del contto de esta acto administrativo ispugmado .1 Concejo Nunicipal de Punas se inis.t..uyó en lo que no 1e esté atribuido. Por ello, esto precepto tesbiAn fue infringido por .1 Concejo Nunicipal de Funse. Por todo lo anterior, se d.clarar'A la nulidad d.1 Acuerdo no. 007 del 29 de Abril de 1.995 proferido por .1 Concejo Municipal de lunas. Por lo expuesto, el ?RIUNAL 1 ADINt3T1ATIV0 DR CWWINM4ARCA, SCC10N P(UJIERA, administrando justicia en ncabro de la R.pGblica de Colombia y por autoridad de la Ley, 1 & LA 1.- DeclArase le nulidad del Acuerdo No. 007 dii 29 de Abril di 1.~ expedido por el Concejo Muidoipal do Tunas "Por

blica de Colombia y por autoridad de la Ley, 1 & LA 1.- DeclArase le nulidad del Acuerdo No. 007 dii 29 de Abril di 1.~ expedido por el Concejo Muidoipal do Tunas "Por medía del cual eo crean cincuenta (50) pisase pan, cargos de docentes y me fijan los requisitos, derechos, deberes y prohibiciones d• este personal que integr.x4 la planta por cuente del Municipio de Puras, Cudiniaro". 2.- Comuniquese esta decisión la aetor' Gobernadora 4.1. DepartElento, al s.for Alcalde, al ssfor Presidente 4.1 Con-Hoja No. 7 zp.dL.nt. No. 5820 cejo y al señor Pøreonero del Municipio de Fuma.

5PXZSZ. PiLJE$E, 0 wI¡os9 Y

(Discutido y aprobado en s.slM 4. 1 fecha. Acta No. 125 ).

D NIVAM&? AO UATNXZ $A?IZ Quin~

Nogieted?1 $ajistxsda &R1O WINI$$ PXN'LLA I4 TO my Cm~ W.gtstrado N.iistrdo Ausente con .xcuss isgal 1$$TO U$ YAIGA Magistrado

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