TA CUN - 5851-(19-10-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 5851-(19-10-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
VIATICOS /ALCALDE MUNICIPAL ..Asignaci6n salarial PINGAL DUWUSTMTIIO . mi i iiimm Santa F1 de BogotA, D.C., Octubre diecinueve (19) de sU n~- cientos noventa y cines (1 • 995) expediente No. 5851 Magistrada Ponsatez ara. OW =m IVJUZNEE BRR Dsandsntat GOBRNAD0A D CUNI?4AMAl(CA Observaciones. La Gcb.rnsdora del Departamento de Cun4inesa-ca en ejercicio de la facuttsd que le confiere .1 Numeral 10 de] Articulo 305 de le Gonstituc0n Póli tic. en concordancia con .1 Articulo 118 y s.s. del Decreto 1333 de 1.986 0 rsatti6 gota Co'porsoids el Muerdo No. 002 del 22 6. Mayo de 1.995 proferido por .1 Concejo Municipal de Sutatause "Por raedio del cual se establees le ssignsci6n civil pera el Alcalde 6.3. Municipio 6. !uttsss, y los geatos de rspr.eentci6n y vtAtieos a d.vengsr por el Alcalde y Tesorero", para que se decide sobre su valides. En la pertinente el acto ispugnado en del siguiente t.noi. "AIGUR3)O so. 002 (22 MAYU l95) "POR NSDIO DEL CUAL $E ESTABLECE LA AIIGNACI CIVIL PARA U.
ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SU?ATAXJRA, Y LOS GASTOS 11 REPRESENTA.-
CZONY VIAYXCOS A DEVENGAR POR EL ALCALDE Y EL TESORERO.
" cowcjo MUNICIPAL DE SUTATAUSA, EN.. 080 Dl 80$ FACULTADES LEGALES ESPRCIAJJEJITE LAS CØR?EMDAB POR £1. ARTICULO 32»0 NUNL RA!4 6 DI LA cONSflhUCXó$ NACIONAL Y LAS SEMALADAS EN LA LEY 136 1)5 10949 Y "CONSIDERANDO "A. Qu@ es deber 401 Conc.Jo Municipal establecer la asignsci6n civil para .1 cargo de la '~141 de este Nunloipte.ffaj lø. 2 Ezp.di.nta ti. 5$51 "L Que se deber del Concejo unicipsl setablacsr los Gastos de representación j viAticce para .1 Alcalde y .3 Tesorero del Municipio. "ACUIRDA "ARTICULO P1KERO.- Establecer 1 ssignsoi6n civil para al Alcalda del Municipio da $UTATAUSA art tres punto cinco (3.5) eslarios síniso. mensuales. "ARTICULO SEflWO,- Ssftalsr como Gastos 4 ftsprseentación para el Alcalde y .1 Tesorero di unictpio do Sutatatiza, lo al.-guiente; 14 ALCALDE MMCIPALa Uno punto cincuenta islarios síniso legal merausl. "- TSOURO 1 Caro punto Ciftcuant& salario mínimo legal sensual. "ARTICULO TERCZRO.- Señalar como vi4ti~ para si Alcalde del Municipio de Sutatausa, lo siguiente;
merausl. "- TSOURO 1 Caro punto Ciftcuant& salario mínimo legal sensual. "ARTICULO TERCZRO.- Señalar como vi4ti~ para si Alcalde del Municipio de Sutatausa, lo siguiente; "- ALCALDE MUNICIPAL: Un eslerio mínimo letal r,eneu,l, "ARTICULO CUARTO,- Entt4ndsse como salario básico del Alcalde la asignación de tres punto cinco (.5) salarios mininos ligalis weuUee. En ningún caso los gastos U. representación y vitt.tcos n iszi tasados como sueldo btco. "ARTICULOQUINTOgi presente ecurdo rige para la vi&.ncis del presente a!Io comprendida entre .3 primero (1) di Enero y .3 33. de Diciembre. Como florase violadas ee anotaron: el Articulo 910. Parógrat'o de la Ley 141 dw 1.4 r •3 Atículo 37 Parrato lo. de la Ley 136 de 1.994. 91 concepto de violación as .1 sIguiente: "3.. El Acto Adeinietrativo objeto de iapugnsciórs, Sn el articu'- l.e 3o. .sftsls coso vitioos para e1 Alcalde del Municipio de SUTATAUSA, Lo siguientes RAlosid. Municipal: Un islario minias legal mensual. 1.1. ¡1 parMrsfo del articulo 90, de la Ley 141 4. 1948. astableos $Hoja nos 3 ~diente No • 5851 4'. ..Desd. la fech, de la presente Ley ningGn funcionario o as-. pisado nacional tençirá derecho a viáticos peraanente.".
tableos $Hoja nos 3 ~diente No • 5851 4'. ..Desd. la fech, de la presente Ley ningGn funcionario o as-. pisado nacional tençirá derecho a viáticos peraanente.". "De la no~ transcrita ce infiere que .1 Concejo !unicips1 de SUTATAUSA está contrariando lo dtcpuesto en la citada dieposici6n, toda ves y en razón e que al sMIar al. Alcaide viAticas sensuales de un salario a,fnino legal, se está configurando .1 pago de viáticospermanentes. sin t.nar en cuenta las osracte.- viaticas propias de lo, viáticos coso son que deben originarw en comisiones do servicio, en las cuales el trabajador o e.-. pisado tenga que despiasarse d la sede habitual de trabajo. "La ra6n de esa prohibición es bien clara, ci la csu.ectn de loe viáticos tienen su origen en una comiei4n de servicio y seta tiene su 11ite , en cuento a la prolongsaL8n en .1 cu.epo, ¿os viáticos por <,.oneiUulente tienen iguinsnta esa .imit$ntø, as decir no pueden ser permanentes. -
112. JURISPRUDENCIA:. s090 N 0 2. XI siamo Acto Adoinlatrativo cuestionado,' determina la asigriscián clvii del Alcaide en un tres punta cinco (3.5) sala.- rio sinimos sensuales, y es el articulo 40. agrega que el ealirio básico del Alcalde ea la a.ignaci6n de tres punto cinco (3.5) y que enninn caso 1 - atoe de r.r.eenteot6n viá-
rio sinimos sensuales, y es el articulo 40. agrega que el ealirio básico del Alcalde ea la a.ignaci6n de tres punto cinco (3.5) y que enninn caso 1 - atoe de r.r.eenteot6n viá- ticos serán toasdoe 9ço suelo ti.co subrayado prolo "2.1. La ley 138 4e lV4, en el árttoulo $7 y Parágrafo preosptAs: "islarios y prestaciones $ .,. Loa Concejo. .efs1ar8n los s.Lgasotanes de los alcaldes de aduerdo con los sIguientes art tenos. • .4' "Parágrafo lo.- La asignación a que se refiere el presente articulo correspond, tanto al salario básico caso a los gastos de repres.xflaoión'. )e Lo .cpuesto es claro establaor que aegian lo dispuesto por la citada floras, el salario del Alcalde corresp~ tanto la asignación sensual más las gastos de r.pr.eentseiáfl; 4e lo cual se infier, que e]. Coscojo de SUTAtAUSA da aplicación Indebida a la ley, ¡1 ssfalar que en ningán caso los gastos de represastacián no serán to-dos caso sueldo básico. 0 2.2. Al respecto es iortsnte anotar algunas oønsld.raai cosa sc-e la ley 100 de 1083 de la reforma a la seguridad social, cual. es .1 ingreso Base de ootisaián para pensiones y salud, definiéndose sil: "Es la M~ de los valoras que constituyen salario y as determinan sil:Hoja No. 4 Expediente No. 151
cual. es .1 ingreso Base de ootisaián para pensiones y salud, definiéndose sil: "Es la M~ de los valoras que constituyen salario y as determinan sil:Hoja No. 4 Expediente No. 151 "Para Espitados ?Abiaoai ,, 0 "Teniendo en cuente lo anterior podases observar que el Concejo fluntcipsl de !U?ATAUSA al aprobar el Acto Adainietretivo objeto de demanda di6 indebida aplicscidn a tan normas que rigen la materia, sin tener en cuenta que le facultad que tienen los Concejos se reglada y en el ejercicio de la sisul deben acbaar dentro del srco que le. efl3.e 1. Constttuci6n y la L.i". A la !óliciud at 1, d16 el tr&d.te le;al corrosporcLterte y, e co concft, procde, la Sala a resolver, previa Isi siguien tea CO II SI DE R A C 1 0 IÇ E Correspoade a la Seis dectdit sobro la vslt4ez del Muerdo No. 002 del 22 de Mayo di 1.995 proferido por e]. Concejo micipl. de 3utatauss, teniendo cose bese si secrlto de observaciones presentido por la seora GoIez'rntdora del Departamento de CundiLa decisión a tusar estará deUaitada por la pret.iuii6n de 1 petición 4. 1. Gobernadora, los hechos enunciados en La sisas la tndtcación de las normas violadas y el ctcspto de viola. 3t&, CC-10 tmnhién lzs pruebas aprtx&!a le actuac6n.
petición 4. 1. Gobernadora, los hechos enunciados en La sisas la tndtcación de las normas violadas y el ctcspto de viola. 3t&, CC-10 tmnhién lzs pruebas aprtx&!a le actuac6n. El cargo aducido por la sitiare Gobernadora -4 5,09 escrito de obervacicnes se centre en que .1 Concejo miCip$1 4. Sutetausa establece un' unas rija sensual .l seNor Alcalde ceso viáticos, sin tmwr un cuenta qué deben originar.. • en ene casación de servicios, en la cual el tunciortario tenga que desplasarse 4e la sede bbltual ce trabajo, la que debe t,mr tut limite en cuanto a su prolongacidn en el en deCir, no pueden ser permanentes.Hoja Nc 5 1psdi.nte No. M51 Efectivsssnte .1 Acuerdo ipunado .at su WM~al Tercero, o.
- 1.1s como v53tjcos 4.1 AlcaIde del Nunicipio "un suisrio im1ni0 legal non.t3", o SSS que eutablase u~ m~ fija sensual.
Por ello del tasto referido 1e colilfi qu tal suas ,-Un paga fijo 7 no coso consecuencia 4e la cpesrsnsls de otreunstancis erentuales que den origen a tal reconooialaste por msyor e mo nor valor. maz'., en cuanto .1 cargo relacionado en el Articulo Cuarto 4.1 Acuerdo M. 002 dal 22 de Mayo 4 1.995 qu dispon. que "en ningún caso los gctos de representación y vi&ticos no aarón
maz'., en cuanto .1 cargo relacionado en el Articulo Cuarto 4.1 Acuerdo M. 002 dal 22 de Mayo 4 1.995 qu dispon. que "en ningún caso los gctos de representación y vi&ticos no aarón tomados coso sueldo bAsiáo", lo que rttl. ecn lo prc.ptuad, por la Ley 136 4. 1.994, Articulo 87 yParógrafo sobre que la adj. nsci6n de los Alcaldes corrspcnde tanto si salario bAsteo como a las gastas de representación. Ea qiaro entonces que el Concejo mLcipsi de $utatsues aet&- bleci6 perónetraa que letón regla~ en norma superior. Por tanto, se dóclararó 3a nulidad do lo.. Articulo. Tercero 7 Cuarto del Acuerdo No. 002 del 22 de Ayo da 1.808 proferido por e]. Concejo mioipsl de Sutstsuss. Por lo ixpuasto, el ?NIIUIIAL AIWI1STRAT1VO DE CUNDINAItACA, SECC1I wa~ o Justicia as nombre de 1 R~ bitas de Colombia y por autoridad de 1. Ley, FALLAs 1.- DeclArase 1 nulidad de los Articulas Tercero y Cuarto de] Acuerdo Mc. 002 4.1 22 4e hayo de 1.905 proferido par e]. Concejo udcipai, de Sutauwa "Por medio del. cual al sitebiso, icz s.ao16n civil para al. Alál.l4e del miciptó de Sutetausa, y los gstos de representación y viAticas a deConcejo udcipai, de Sutauwa "Por medio del. cual al sitebiso, icz s.ao16n civil para al. Alál.l4e del miciptó de Sutetausa, y los gstos de representación y viAticas a devengar por el Alcaide y el TNozéro".Hoja Ile. O xpediint. Ile. 501 2.- 91 restante contenido 41 Acuerdo qusdsx4 tal cuál tu. proferido. 3.- Oo~qu~ seta deci.i6n a la esflora Gobsrnador del Departsesnto, al esftor Alcaide, al sefici Presidente del Cmcojo y al seflor Pareocoro del Municipio do flutateuse. cou. mmwxz, cmuszqiz y cuoInme (Discutido y r'obado en eesi6n de la f.cha. Acta No. 120 ). ft 1$ NAVT IEA2MU $T1ZZ QUMW~ Maitrada Uagistra4
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Magistrado Magistrado Auíntó son siten.. legal hl_Io uvu vaa Hogietr4o