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TA CUN - 5916-(20-08-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 5916-(20-08-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

¶I!Iu 1YCUIÁRCA opotz1, veinte (20) de agosto de mil novecientos setna y e±s (1976). L1strado Ponente: DR. AIR-SILVA AUN Juicio ¡ro.5916. Actos Baleo. ActçrsÁNTONIO a JOi CiIARI = & El ;eior NOflO JO, -.E ClIVR1 FORERO, a través de m3!atrio iuticiu]. 1er€ne con'ttuido y en ejercicio de 18 CCi6fl de .1 uridieci6.n. ,consagrada en € i art. 67 del G.C.., ROlC1tt de. Corporaei6n tso d'1are la nulidad de la Resoiuei6xi iro. 01457 ele 17 lo nv rfire de 19710proferida por la Diree i6n do la Cjc Nacioxiul de 2revai6n social, mediente U cu1 e de1Hr6 la inubeistencia del nowbr5Litnto del actor del cargó de Director de la eccional de la Caja XJJ cional de Bolívar; y que como conseuenoia de dicha nulidad, se condene a la Nación a pagar al esftor GIAl FORRO,todos los que Idos , primas ,vacaciones y ceantfoa que se 'ayan oauaa do,tenendO en cuenta loe reajustes durante el tiempo en que estuviere fuera del servicio, teniendo como base inicial 11J. 5916 L MLMSMMUMWQMjmml En la desanda, se exponen loe siguientes: 'lo. El actor era funcionario inscrito y e oslafonado en la carrera administrativa, al serví - ob det la Caja iacional de Prviai6n Social, hasta

L MLMSMMUMWQMjmml En la desanda, se exponen loe siguientes: 'lo. El actor era funcionario inscrito y e oslafonado en la carrera administrativa, al serví - ob det la Caja iacional de Prviai6n Social, hasta el 17 de noviembre de 19719 fecha esta a partir do le cual se le deetituy6 mediante la Reeoluoi6n Nro. 01457 de la rdeaa fecha. 2o. Lø rascluoi6n anterior no se le fue no— tifioad$ al actor, y por supuesto tampoco se le pusieron en conocimiento loo recursos e que tenía der& cha aegdn la ley,' '30. Para la deatituci6n óel actor no ¡Be si. guié procedimiento previo alguno. o se formularon cargos, no se dió oportunidad de descargos ni di prá2 te de nuevas. Zo se reunid el comité de Personel,nl. este tuvo oportunidad de conocerlos 0 4o. J.m r soluai6n atecada no fue sometida $ rstiricecidn da la Junta Directiva de la Ceje Necio nal de Previsi6n.' Como nemas violadas por el acto acusado,, te mdi en les síguien esa artículos 13 del icretO 2400 de 1963; 26 y 28 di la Conetituoi6n acons1; 33 del I.creto 1732 de 1960 y Decreto 3074 de 1966. Le Ceje Xocional de previsidn ,a través de apoderado se hizo representar en juicio, para oponerse a los pedmentoe de la demandaJ . 5916 No encontrándose causal de nulidad que pueda invalir la

Le Ceje Xocional de previsidn ,a través de apoderado se hizo representar en juicio, para oponerse a los pedmentoe de la demandaJ . 5916 No encontrándose causal de nulidad que pueda invalir la actuación surtido en este juicio, se entra a decidirla previas lee siguientea, La Sala comparte fntegramente los planteamientos expue tos por su Colaborador Piscal en su vista de tondo,loe que trarli cribe a continuación coso pírte motiva de esta providencia.Dics sola 'Por medio del acto acusado se declara inaiete te al nombramiento de]. se2Ior ANTONIO JOSE CHIÁRX PORE 00, RO, de su cargo di Jefe de Oficina ( Director Beocional) Clase XI oategoxla 25 di la Caja Nacional de Pro visión Social, con feh 27 de noviembre de 1971' 'En el expediente obran pruebas tales como deolar1 cionee extrajticia1es en que constan irregularidades en el oomportaaiento del demandante, pero que no se mencionaron en si acto acusado el cual se limitd a clarar la inaubaistaricia del nombramiento'. » Consta además a tollos 34 y 35 que el actor fue Inscrito en período de prueba como Jefe de Oficina II -22 de la Gaje Nacional de Previsión el día 23 di jumio de 1970 y que el interesado solicité con fecha 30 di septiembre de 1970 inscripcidn en la carrera administrJJ tiva ante el ipartamento Administrativo del Servicio Civil. No aparecen las calificaciones de eervioi sensuales correspondientes, al período de prueba.'4 J 5916

septiembre de 1970 inscripcidn en la carrera administrJJ tiva ante el ipartamento Administrativo del Servicio Civil. No aparecen las calificaciones de eervioi sensuales correspondientes, al período de prueba.'4 J 5916 'La c1asificci6n que aparece en la inaoripci6n en período de prueba, de le constancia de folios 34 y 359 no es la =loma del acto acusado, como puede a— precisrare de la simple lectura de los dos documentos, lo que hace suponer que, el actor al ser inscrito t nía un cargo y al ser declarado insubsistente t.n.fa otro. Lo oic:to es que en el cargo que desempeñaba al produciree el acto enjuiciado no estaba emparadO por carrera administrativa, no solamente, po.ue no existe el acto que así lo acredite sino porque en su caroter de reotr 3eócionil de la Caja Nacíonal de Previai6n Socia1j. que ea un s'tab1ecimiento Tréblícop era un empleado cmetido al régimen de libro nombamin to y remocidn de conformidad con lo preceptuado en el artículo 30. del Decreto 2400 de 1968. "Por las bZOYØB razones anteriores este Despa— cho considera que deben denegars las pticionee de la demande, no sin antes hacer notar que la caducidad alegado por el apoderado de la Caja Nacional de Pre viei6m no es produjo en virtud de lo dispuesto en loe arte. 41 del Decreto 3135 de 1968 y 102 d.lDeortto 1848 de 1969, ya que tonto el poder, coso la demanda,

viei6m no es produjo en virtud de lo dispuesto en loe arte. 41 del Decreto 3135 de 1968 y 102 d.lDeortto 1848 de 1969, ya que tonto el poder, coso la demanda, actos con loe 'ua1es el demandante se di6 por notificj do del acto que deaanda por medio de este proceeo,fu.— ron presentados dentro de loe trminoe precitclos.' Por las conaidai aciones expuestas,, el fribuña]. Admjnie.- trativo de Cundinamarca, adztnielzndo Justicia en nombre de la Bepdblica de Colombia y por autoridad de la Ley,

I1GAN8E LAS PiJTXCIONES DE LA DFMAJDÁ.5

J - 5916 Aprobado en 2e816n de de agosto de 19769 cegún acta Nro.__ALVARO LOQPTL LUYA ZAMIII SILVA AMIN

MIGU;L ¡ITONXO CARDFNA$ CLARA ?W S0 1E CASTRO

JAI101 MOSSO8 GUARNIZO AL131RTO MO.i:NO GBZ

AQUILINO ROD IGUEZ PM)RAZA CARLOS OCTAVIO RODRIGtJ}Z

MARCO EMILIO CLLI3 B,, ario.

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