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TA CUN - 5983-(09-11-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 5983-(09-11-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

'PRESUPUESETO MUNICIPAL -Concepto de oficina de planeación TRIBWIL ADIMISTMTIVO DE cWIAAN -SEcCI PRIMERASanta ?4 de Bogotá, 1) • Noviembre nueve (9) de mil novecientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. 5083 Magiatrada Ponntez Ura. OLGA D= NAVARRETE $4PRERO

Demandante: GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA

Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que le confiere el Numeral 10 del Articulo 305 de la Conctituci6n Politice en concordancia con el Articulo 118 y s.s. del Decreto 1333 de 1.986, remitió a esta Corporación .l Acuerdo No. 10 del 23 de Abril de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Manta "Por medio del cual se modifica y aprueba el Presupuesto General paro la vigencia fiscal de 1995,39 para que me decida sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado es del siguiente tenor: "ACUERDO No. 10" (ABRIL 23 DE 1995) "Por medio del cual se modifica y aprueba el Presupuesto General para la vigencia fiscal de 1995" "EL CONCEJO MUNICIPAL DE MANTA "En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial lea consagradas en el numeral 10 de]. articulo 32 del Decreto No. 136 de 1994, y "C O U $ 1 D E R A N D O "Que esta Corporación fij6 mediante Acuerdo No. 004 del 4 de

cial lea consagradas en el numeral 10 de]. articulo 32 del Decreto No. 136 de 1994, y "C O U $ 1 D E R A N D O "Que esta Corporación fij6 mediante Acuerdo No. 004 del 4 de Diciembre de 1994, ml Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio para la vigencia de 1995.Hoja No. 2 Expediente No. 5983 "Que como consecuencia de la aplicación de le sentencia C-520 emitida por 1. Corte Constitucional, .1 21 de Noviembre de 1994 el CONPES SOCIAL en documento No. 033. de Febrero 10 de 1995 aspli6 loe sectores a loe cual se deben destinar loe recursos de la participación en loe Ingresos Corrientes de la Nación, observando los porcentajes sectoriales conforma al articulo 22 de la Ley 60 de 1993. "Que seta misma Corporaci6n aprobó mediante Acuerdo No. 09 del 20 de Abril di 1995 .1 Plan Operativo Anual de Inversiones para 1 vigencia fiscal de 1995. "Que dedan la condiciones anteriores y las 'variaciones legales anotadas, se hice necesario modificar .1 Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio de Manta para la vigencia fiscal de 1995, con estricta sujeción a La nueve normatividad;

"ACUERDA:

"PRIMERA PARTE "PRESUPUESTO Di RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL "Ai'ICU1.O P1UKE1G. Hod.í(f case y determinase el presupuesto de rentas y recursos de capital del Municipio de Manta para la vigencia fiscal del lo. de enero al 31 de diciembre de 1995 en

"Ai'ICU1.O P1UKE1G. Hod.í(f case y determinase el presupuesto de rentas y recursos de capital del Municipio de Manta para la vigencia fiscal del lo. de enero al 31 de diciembre de 1995 en la sume de QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL VEINTIOCHO PESOS ($533. 937 • 028.0), MOhEDA CORRIENTE, según .l siguiente detalle: "SiGUNL)A PAETE "EL PRESUPUESTO DE GASTOS "ARTICULO SEGUNDO. Modificase y aprópiese para atender los gastos de funcionamiento y de Inversión en el Presupuesto General del Municipio de Manta durante la vigencia fiscal comprendida entre .3 lo. de enero y el 31 de diciembre de 1995, la suma de

QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE

MiL VEINTIOCHO PESOS ($583.937.028.00), MONEDA CORRIKNTE,aegún

el siguiente detalle: "TERCERA PARTE "DISPOSICIONES GENERALES st Como norma violada se anotó: el Articulo 94 del Decreto 017 de 1,987.Hoja No, 3 Expediente No. 5983 El concepto de violación es al siguiente: "1. El concejo municipal de Manta aprob6 las modificaciones del presupuesto general de 1995, para lo cual era requisito de ley tener en ese momento el concepto de aprobación, con respecto el programa de Inversión Financiados con los ingresos corrientes de la nación. "2.1 El artículo 94 de]. Decreto 077 de 1987, prove (sic):

tener en ese momento el concepto de aprobación, con respecto el programa de Inversión Financiados con los ingresos corrientes de la nación. "2.1 El artículo 94 de]. Decreto 077 de 1987, prove (sic): "Iii alcaide, dentro del término legal, presentar al concejo el proyecto de presupuesto municipal, acompeHdo del concepto definitivo de la oficina de Planesci6n sobre el cumplimiento de loe requisitos de que trata e]. artículo 90 da este decreto. "El concejo se abstendrá de darle trámite al proyecto de presupuesto cuando no vaya accimpafiado de dicho concepto". "2.1. El concejo municipal de Manta modificó el programa municipal dø inversiones de la actual vigencia con el acuerdo 09 de ebria 23 de 1995, el cual fue aprobado por la oficina de Planeatoi6n Departamental mediante oficio 2407 de junio 2 <te 1995, por tratarse de gastos de inversión de los ingresos corrientes de la nación, corno se exprese en la parte considerativa del acuerdo impugnado. "El acuerdo desandado, fue aprobado en sus dos debates reglamentarios los CUSB 16 y 23 de abril de 1995, en sesiones extraordinarias, como consta en el articulo septimo del mismo (folio 27), sin tener el concepto ietlr.ttivo de la oficina de planeeciAn con el cual se aprueba el programe de Inversión, requisito indispensable para darle trámite al proyecto de presupuesto. "De lo expuesto, se concluye que el concejo municipal aprobó las modificaciones al presupuesto general de la vigencia de 1995, haciendo caso omiso de la prohibición del. articulo 94 del

indispensable para darle trámite al proyecto de presupuesto. "De lo expuesto, se concluye que el concejo municipal aprobó las modificaciones al presupuesto general de la vigencia de 1995, haciendo caso omiso de la prohibición del. articulo 94 del decreto 77 de 1987, ya que el concepto requerido se emitió tan sólo el dos (2) di junio del presente a1o, lo que significa que se expidl& en forma irregular y por tanto carece de validez." A la solicitud se le di6 el trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede la Z&lia a xsolv•r, previas las siguientes CORSIDRACIONESz Corresponde a la Sala decidir sobro la validez del Acuerdo No. 10 <ial 23 de Abril de 1,995 proferido por el Concejo MunicipalFfoja No. 4 ~diente No. 3983 de Manta, teniendo como base el escrito de observaciones prosentado por la 'lora ..obernsdora del Departamento da Cundivamarca. La decisión a tomar estará delimitada por la pretensión de la petici6n de la Gobernadora, loe hechos enunciados en la misma, la indicacI6n do la norma violada y el concepto de violación, como también las pruebes aportadas a la actuación. li.n el caso que ocupa la atención de la Sala ue encuentra que el Cunctju Municipal de Manta al proferir ci Acuerdo No. 10 del 23 de Abril de 1.995 Infringió lo dispuesto en el Articulo 94 del Decreto 077 de 1.887, por cuanto entre los requisitos para tramitar el proyecto de presupuesto municipal está el de soompafiar el concepto de la Oficina de Planeación, lo cual como se

del Decreto 077 de 1.887, por cuanto entre los requisitos para tramitar el proyecto de presupuesto municipal está el de soompafiar el concepto de la Oficina de Planeación, lo cual como se apecia en el oricio viai&10 a folia 4 ' 4J del xpcdiente emitido por .1 Departamento Administrativo de Planeación de la Gobernación del Departamento de Cundinamarca, ¿roto tiene feche 2 de Junio cuando el acto impugnado fue expedido el 23 de Abril de 1.995, es decir, que no se allegó el aludido concepto junto con s.L proyecto, tal como lo dispone la norma acusada en el escrito de la señora Gobernadora del Departamento. Por ello, .1 Concejo Municipal de Manta no dobló darle traí,uite al mismo sin .1 lleno de loe requisitos exigidos. Es ami como la Sala declarará la nulidad del Acuerdo No. 10 del 23 de Abril do 1.995 proferido por el. Concejo Municipal de Kanta. Por lo expuesto, .1 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECC.LON PRIMERA, administrando justicia en nombre de la Repú- blica di Colombia y por autoridad de la Ley, FALtA: 1.- Declárase la nulidad de]. Acuerdo No. 10 del 23 de Abril de 1.995 proferido por .1 Concejo Municipal de Manta "Por me-Hoja No. 5 Expediente No. 8983 dio del cual se modifica y aprueba el Presupuesto General para la vigencia fiscal de 1.995". 2.- Comuníquese et.a decisi6n a la sellora Gobernadora del Departamento, al eator Alcalde, al seflor Presidente del Condio del cual se modifica y aprueba el Presupuesto General para la vigencia fiscal de 1.995". 2.- Comuníquese et.a decisi6n a la sellora Gobernadora del Departamento, al eator Alcalde, al seflor Presidente del Concejo y al softor Personero del Municipio de Manta. coi'i, oTxEIrVbf3E,CMAUQ~1t Y C'MPLASr. (Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 139 ).

tI.G ^ NAYAI(RETE MIWERO BEATRIZ MARTINEZ QflNTERO

Nagistrada Magistrada

DAflIO QUdiONE3 PIRILLA ORIMM REY CANTOR

Magistrado Magistrado

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