TA CUN - 5997-(09-11-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 5997-(09-11-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
COMISARIAS DE FAMILIA -Organización
T11I1 AUSI14lSTRATI DL UWDIJWIACA
-SZcCIO PRIKEM3&nta Fé de Bogotá, D.C., Noviembre nueve (9) de inil novecientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. 5997
Madatrada Ponente: Dra. OLGA IN!S FAVAPP= RAPRERO
Demandante: ALCALDE MAYOR 1)E SAXTA FL DE D(?GOrA Objeciones. iurx'puncie a &i eL catudio de ls Ib,jone3 presentadas por el ctcj AlzXe Tyr de tti bt; i Pi yocto de Acuerdo No, 10 de 1.995 "Por medio del cual se amplían Comisarias de Familia y se dictan otras disposiciones en desarrollo del Código de Xenor".
En el ebcrito reaez&ante e6tt , el c.o:- Jialde Mayor u uLA !1 got& expona susrzors c.;jir. así: "Este proyecto fue objetado por razones de ilegalidad, argumentándose que la determinación de le estructura de la administración y 1a6 funciones b:ics de sus entidades sólo pueden ser establecidas o reformadas por el Concejo a iniciativa del Alcalde. "También ea objetó, porque no es competencia del Concejo Diatrital la dettnioi6n de horarios para la jornada de trabajo de las dependencias del sector central de la administración, por ser asta una de las atribuciones propias da]. Alcalde Mayor". AdJ.tda la demanda y vencido el término de fijaci6n en lista, 30 dispuso tener en cuenta las pruebas aportadas al expediente.
ser asta una de las atribuciones propias da]. Alcalde Mayor". AdJ.tda la demanda y vencido el término de fijaci6n en lista, 30 dispuso tener en cuenta las pruebas aportadas al expediente. Con base en el contenido de este proceso, procede la Sala aHoja No. 2 Urediente No. 5997 resolver, previas las nigui'nt. O H 5 ¡ P rs. 2 A r, 1 0 u E )..a sala de Uscisión de la Secc.6n Primera de esta Corporación procede t hacer el U1i ls 1 ootones plint3d3 por
l ichor 1UciUe layor de 5w.tü e 1odott al ?royto de Acuerdo o. 10 de 1.99 '1or medio del cual se amplían Coaiea— ri c Fv.z.tilii r 'e ictt tr dL:pL'c.o;s d&rrollo diii C8dio tv ¿il 1 J:u_e.. rzc icaz'- El. Código del Mencr en su Articulo 29b establece: Créanse las Comisarle Permanentes de Filia de carctez policivo, cuyo número y orrc. .ti -t i'iai vot' a'3ctivos Cncec c »i ilçi3. IlLatun coiríre i'unçioax-n durante les venticuatro (24) ho— rua da]. da WR is municipioa donde la densidad de población y le roblemtic& del menor lo reQuiean, a juicio dei respsctivo Concejo Municipal o Distrital". Del texto transcrito infiere la Sala que otorga todo lo r.larua da]. da WR is municipioa donde la densidad de población y le roblemtic& del menor lo reQuiean, a juicio dei respsctivo Concejo Municipal o Distrital". Del texto transcrito infiere la Sala que otorga todo lo r.lauio con rnn1aci-n d Coitara t' Flit no e 1"s, Alcaldes sino e los reapecti'iot Concejos Municipales o Distrito— los. Dentro del término organizar bien cabe la determinación de la estructura de dichee y el orden de su funcionamien— to, materiam ts que en ii caso re crup la atención de la Sala y en lo que respecte a la Administración Central son com— petencia del Alcalde a tenor de lo preceptuado en el Decreto 1421 de 1.993. Pero ocurre que siendo el Decreto 2737 de No-Hoja No. 3 Expediente 1. 5997 vieinhre 23 de 1.939 -C6diqc, del Menorune norma especial que además regula todo lo relacionado con la ater'L, au caci6n resulta de carácter p e'erene frente al Decreto 1,121 de 1.993, acorde a !o regu1ao en el .rticuio lo. 2 1 L',y 13 de 1.687. Si. bien es cierto que a primera vista riñen lou parmetros del tatuto del Distrito cn la norma del C&Iig,o del Menor, no es lo menos que con el crite-io d' lrprtci5r :a ce5ozado re tah1co a la norra aic!e en el c.ao loz asuntos rslac1on.doc con l t&ti del Menor y por tal rs6n no retah1co a la norra aic!e en el c.ao loz asuntos rslac1on.doc con l t&ti del Menor y por tal rs6n no reel Tçreto 1421 rt 1 tn1en'o en cuenta que dicho tatuto o podrX dero;ar el C6dio del Menor. .:.utttz •4Uf 1 fril.;a ori. cn' /J.celio 4ayor tic santa i de oot4 se declarar& infundsia. Por lo expuesto el T1BUiA.L MI4IT?JTIV DL U1IÁMARGA, SECCIC»4 PRIMERA. admínistrando Justicia en nc'mre de la Repú- uLa de y u riad de. F A '. 1. 1..- »oc trr 1A) iris pur al menor Alcalde Mayor de Santa F& de Bogoth al Proyecto de Acuerdo No. 10 de 1.995 t1!O dio d•lca,,11 ¿c amplían Comísarías de ramilla y se dicten otras iprc iones en deearrollo dti C6ii 2.- Comunicar esta decisión al Presidente del. Concejo Dietrital y al señor Alcalde Mayor de Santa Fé de øoot.
()'JS, jqUgsE OUPItMTQtJISE Y CLIWLASE.
(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 13 ).Moda No. 4 Expediente No. 597
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Magistrado