TA CUN - 6033-(23-11-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 6033-(23-11-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
PRESUPUESTO MUNICIPAL -Concepeto de oficina de planeación
TRIBIJIAL AZWEISTRATIVO DE CIMDDIAIMRCA
-SEGCIOI PWIERASanta ?r de Bogo té, D.C., Noviembre veintitres (23) de mil nove cientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. 6033
Magistrada Ponente: Dra. OLGA D= NAVARRETE BAsiERO
Demandante: GOBERNADORA DE CUNDINAXARCA
Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio do la facultad que lo confiere el Numeral 10 del Artículo 305 de la Conetituci8n Política en concordancia con el Artículo 113 y s.s. del Decreto 1333 de 1.986, rentiti6 a esta Corporaci6n el Acuerdo No. 062 del 5 de Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega "Por el cual se modifica el Acuerdo No. 25 de Diciembre 20 de 1994 el cual estableci6 el Presupuesto para 13 vigencia fiscal de 1.995 11, para que se decida sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado os del siguiente tenor: "ACUERDO No. 062 (05 JUNIO 1995). "POR EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No. 25 DE DICIEMBRE 20 DE
1994, EL CUAL SE ESTABLECIO EL PRESUPUESTO PARA LA VIGENCIA
FISCAL DE 1.995.
"PRI!"IERA PARTE
PRESUPUESTO DE INGRESOS
INGRESOS TRIBUTARIOS
IMPUESTOS DIRECTOS
UHoja No. 2 Expediente No. 6033
FISCAL DE 1.995.
"PRI!"IERA PARTE
PRESUPUESTO DE INGRESOS
INGRESOS TRIBUTARIOS
IMPUESTOS DIRECTOS
UHoja No. 2 Expediente No. 6033 u •t Como norma violada se anotó: e1. Artículo 94 del Decreto No. 0077 de Enero 15 de 1.987. El concepto de violación es el siguiente: "El acto adninitrativo objeto de análisis jurídico tus aprobado en aun 2 debates reglaientarios los días 22 y 27 de abril de 1995 según certificación expedida por el Secretario del Concejo sin tener en cuenta el visto bueno de Planeación en cuanto a los ing,esos corrientes de la nación de forsoza (sic) inversión porque según se despende del, oficio No. 001805 corresponde al 2 de mayo de 1995; de tal forma que se aprobó el Presupuesto en la parte de loe gastos de irwersi6n en término anterior al visto favorable de Planeación de Cundinamarca porque como se observa el ente departamental se pronunció posteriormente a la aprobaci6n del acto administrativo mediante el cuel se expide el presupuesto de rentas y gastos, preaentandoee un vicio de formación del acto administrativo. "A continuación transcribo el fundamento jurídico que se tuvo en cuentF& para realizar el anterior concepto. "Decreto No. 0077 de 1987 artículo 94: "El alcalde, dentro del término legal, presentará al Concejo el proyecto de presupuesto municipal, econipa2ado del concepto definitivo de la oficina de planeación... "El Concejo se abstendrá de darle trámite al proyecto de Presu-
"El alcalde, dentro del término legal, presentará al Concejo el proyecto de presupuesto municipal, econipa2ado del concepto definitivo de la oficina de planeación... "El Concejo se abstendrá de darle trámite al proyecto de Presupuesto cuando no vaya acoapaflado de dicho concepto. "Finalmente podemos analizar que en actualización jurídica en cuanto al concepto al cual se refiere el artículo anterior es el eefa1ado en el artículo 6o. del Decreto No. 2680 de diciembre 29 de 1993 que consagre: "Para la aprobación del Plan de inversiones, la oficina de Planeación Departamental o quien haga sus veces emitirá concepto, en ejercicio de su función asesora y de asistencia técnica, en el cual deberá verificar que se cumplan los criterios de distribuci6n y ise cuotas signadas en los términos previstos en la ley 60 de 1993..." "Por lo entes expuesto solicito a loe miembros de tan Honorable Tribunal se pronuncien acerca de la legalidad del acto administrativoimpugnado".Hoja No. 3 Expediente No. 60.33 A la solicitud se le d16 el trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede La Sala a resolver, previas las si- £uient5s CONSIDERACIONES: Corresponde a la Sala decidir sobre la validez del Acuerdo No. 042 del 5 de Junio de 2..995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega, teniendo como base el escrito de observaciones prosentado por la ee?ora Gobernadora del Dopart.mento de Cundtrtamarca. La uecisi6n a tomar estará delimitada por la pretensión de la
de La Vega, teniendo como base el escrito de observaciones prosentado por la ee?ora Gobernadora del Dopart.mento de Cundtrtamarca. La uecisi6n a tomar estará delimitada por la pretensión de la etici6n de la Gobernadora, los hechos enunciados en le misma la indicación de la norma violada y el concepto di violación, como tanhin las pruebas aportadas a la actuación. En el presente caso encuentra la Sala que el Concejo Municipal de La Vega al proferir .1 Acuerdo No. 062 del 5 de Junio de 1.995 infringi6 lo dispuesto en el Articulo 94 del Decreto 077 de 1.9879 por cuanto entre loe requisitos para tramitar el proyecto de presupuesto municipal estA el de acompañar el concepto de la Oficina de Planeaci6n, lo cual como se aprecia en el oficio visible a folio 53 y 54 del expediente emitido por .1 Director del Departamento Administrativo de Planeaci6n de Cundinamarca, éste tiene teche 2 de Mayo de 1.995 cuando el acto impugnado le fueron dados los dos debates reglamentarios •l 22 y 27 de Abril de 1.995, es decir, que no se habla dado el concepto de Planeaci6n, tal cono lo dispone la norma acusada en el escrito de observaciones de la señora Gobernadora del Departamento. Por tanto, el Concejo Municipal de La Vega no dsb16 darle trá- mite al proyecto sin .l lleno de loe requisitos exigidos, y porHoja No. 4 Expediente No. 6033 ello, se declarare la nulidad del Acuerdo No. 062 del 5 de Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega.
Expediente No. 6033 ello, se declarare la nulidad del Acuerdo No. 062 del 5 de Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega. Por lo expuesto, al TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la Repú- blica de Colombia y por autoridad de La Ley, TALLA : 1.- Declárese la nulidad del Acuerdo No. 062 dei. 5 de Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de La Vega "Por el cual se modifica el Acuerdo No. 25 de Diciembre 20 de 1994, el cual se (sic) estableció el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1.9950. 2.- Comuníquese esta decisión a la sefora Gobernadora del Departamento, al seflor Alcalde, al seior Presidente dei. Concejo y al set'tor Personero del Municipio de La Vega.
cois, NOTIFIQUESE, (XU$IQUESE Y PLAZE.
(Discutido y aprobado en sesión de la (echa. Acta No. 143 ).
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Magistrada MagistradaHoja No. 5 Expediente No • 6033 DAIlIO QUIZS PINILLA ERRESTO REY CNrC Magistrado Magistrado Ausente son excuse legal
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Magistrado