🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 6058-(21-07-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 6058-(21-07-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

Maietrado Vonentos »zA. CLMU PF10 L1 CASTRO 4,1/? f s) b < Referencias Juoio No. 6058 Demandantes MÁITIN JE!CSLAO VILLA E111,1 T O TRlbUM6 I't1VO i CUAR0A Bogotá » 4t3e decide el 3uicio promovido por e] flor MARTIN WLUC'--,'ULA0 VI:-LA RMO, por medio de apoderado, a fin de que ee revie la operación administrativa mediante la cual ve deteZ itlner'on loe irueetoa de rente, copl.mentarioe y especiales a su cargo por .l alío gravable di 3.968 y en coni•cuenta ae deu alare resuelta en su favor la rac].amaci6u presentado contra la liquidación oficial ha. 140372 de 18 de marzo di 1.971. U E C II O & $ h], eeflor apoderado del actor expone, en anteeie, loe eiuientea, lo.. El aeor Martín Wenceslao Villa 1(eatrspo prees to Oportursnmftnte su deolaraci6n de renta por el aflo gravablede 1.9E8. La Adininitriict6n de Impuestos Nacionales de Bogota rt6 dentro del tdrtino señalado en 1 ley loe Impuestos derenta y comp1eeit4%rios a cargo del oontribu,ente por el eer— ciclo fiecal citado, mediante liquidación lo. 140372 de 18 di marzo da 1.971. 2o.— 11 contribuyente reclamó ante la Dirección 0.rj ral Impuestas )Iao.onalea or medio de escrito p.aentado el

marzo da 1.971. 2o.— 11 contribuyente reclamó ante la Dirección 0.rj ral Impuestas )Iao.onalea or medio de escrito p.aentado el 20 de abril de 1.971. Eec despacho fs116 .1. recurso Ledienteeeo1uci6n No. R-02826-8 del 13 de abril d• 1.973 9 ue ea nota ficó •rona1monts .1. 23 de abril de ea. LiLCO eVlo.J. 6058 2 Como di.poeioioree violadas as citan los artículos 9 de la ley 8' de 1.970; 76 del 0.C.A.; 12 del Decreto 2733di 1.959 y 52 del Decreto 161 de 3.961, por conatisrar extemporánea la dsojai6n del recurso. 51 menor Piflosi en su vista de fondo estima que sidemandante está =prado por le presunción que tras el articulo 9 de la ley 8$ de 1.970 y como tal, el recurso interpuesto d be deolararae resuelto en su favor. !e procede e decidir mediante las siguientes C0bSIDERCI0Ni&s Loe hechos narrados en la demanda ion exactos y han tenido plena comprobación en los antecedentes administrativos allegados al proceso. 1 motivo de Inconformidad contra la liquidación otj oial expresado en memorial presentado el 20 4e abril de 3.971 9 ee refería a la mayor participación en las rentas de la Sooisdad Industrie ufice Ltda de la cual ea socio y por tanto se acogió a loe resultados del recurso Interpuesto por la Sociedad.

ee refería a la mayor participación en las rentas de la Sooisdad Industrie ufice Ltda de la cual ea socio y por tanto se acogió a loe resultados del recurso Interpuesto por la Sociedad. $egn Las claras vocee de]. artículo 9 di la ley 8$ 4. 1.9709 1. Dirección General 4. Impuestos debía resolver la reclamación en el término 4. 2 sftoe contados a partir de su presentación, ea decir, para el caso de autos, .1 19 de abril de 1.9739 ya que ese día a les 12 de la noche expiraba el plazo que comensó a correr e]. 20 de abril 4. 1.971. Aunque la keso1uct6n de la Dirección se •nuentra o lendada el 13 de abril 4. 1.9719 le notiflICO016n de seta provj denote solo se produjo e]. día 23 di abril del mismo e?o cuando ya había expirado el término de 2 aflos señalado en la ley. Como de todo» ea sabido, los actos admtnistativos no tienen op nibilidad sino mediante el requisito de la notiiaaoi6n heobe en legal forma. Por tanto el recurso dnicamente e. consideraresuelto en forte deitnitva cuando es ha cumplido tal r.Luis.a to.J. 6058 3 Lo anterior Implica declarar fallada en favor delcontribuyente la reolamaci6n presentado tal corno se solicite en la demande y en el concepto del ••flor Piecale br tente, debe elaboraras une nueva liqutdaoi6n ajull tando las participaciones del actor en 1. Sociedad "Industria

contribuyente la reolamaci6n presentado tal corno se solicite en la demande y en el concepto del ••flor Piecale br tente, debe elaboraras une nueva liqutdaoi6n ajull tando las participaciones del actor en 1. Sociedad "Industria ufmica Ltda.", a lo decidido en r3entencia proferida por el ?r buriel .1 16 de abril de 1.975 9 la cual obra en autos. Le nueva ltuidaci6n kjuedará asís kÑO GRÁVA.BLE DE 1.968 TrJtT'rOS La gravada en la it— quiiaci6n oficial No. 140372—B do !arzo 18 de 1.971 ¡101nos 1 105.039.00 Menor partioipaoi6nen industria Química Ltda. 74. 9a2 Rente grayable aquí e tablee ida ka tr JIU ouio 30 .909.00 $ 3.188999 El gravado en la uquici6n ofio11 o. 140372—B de Marzo 18 de 1.971 no varía 745.359.00 6.590.o, - 9.77F%.00 Itrueeto de Ganidería Impuesto de nadería 50% 3. rico G iadero Iuueat.o sobre vaounos machos Total a cargo del contribuyente 443.00 1 443.00 t ._ 1 10.737.00 886.00 así: '•ø Irnu ata ce G. ,-,,nadería 50 Fndo Ganadero.1. 6058 - 4 e 5eg1n øoraprobantei que obran en el expediente administrativo, -

886.00 así: '•ø Irnu ata ce G. ,-,,nadería 50 Fndo Ganadero.1. 6058 - 4 e 5eg1n øoraprobantei que obran en el expediente administrativo, - folio. 6 a 11 y 20 9 .1 contrbuyer ti por la vigencia grevables di 1.968, efeotud pagos por

2 8.879.00 1 1.858.o

Saldo a cargo del contribuyente

En nirito de lo opuesto .1 Tribunal Administrativo de Qundtnaarca, de acuerdo con al concepto Fiscal, adrninimtra do justicia en nombre de la BepSblics da Colombia y por autoridad de la Ley, Y A L L A lo.- 1)so1rasa resuelto en favor del selior Yartín Ws3 casleo Villa Reatrepo el recurso da Iec1amaoi6n interpuesto en la vía gubernativa contra la liquidación oficial de los Impuestos de renta, complementarios y especiales $ su cargo por al año ravable de 1.968. 2o.- En consecuencia s fíjave en la cantidad le diezmil setecientos treinta y seis pesos (1 10.737.00) /ct.., elmonto tota], de los impuesoe de renta, complementarios y e.p.olj les correspondientes al ..ior Martín Wenceslao Villa R'etrepo, por la vigencia fiscal le 1.968. 30.- El citado contribuyente deuda a la Ad 1.nistraci6n de Iupueston Nacionales por concepto de impuestos del alio de1.968, 1 suua de mil ochocientos cincuenta y ocho peso. 856.00) a/cts.

de Iupueston Nacionales por concepto de impuestos del alio de1.968, 1 suua de mil ochocientos cincuenta y ocho peso. 856.00) a/cts. CSplese, notifíque.s, oocuníqueas y el no fuere apelado el presente fallo, arohíveee el expediente y deou1vanse los antecedentes administrativos e la oficina de orijen. Arobada en lSesi6n No. 42 de 2 de julio.J. 6058 - 4 ALVEO 1ECU41TÍ Ltk& itx& A'fl

11GJEL ÁTi10 CAiIA& CLAEA FORRO D CACR0 ;üL'2i. DL 'CHVEMU ALJ1. 'TTO rO!ZE'O GO.:fZ

IAIMt MJ&OS GRflO AJ!IQ ftc)RIGUT;z ::&z

Marco 1i1io Ceii B. Bscrtrio

Consultar sobre este documento ...