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TA CUN - 6065-(30-11-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6065-(30-11-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

PRESUPUESTO MUNICIPAL -Concepto de oficina de planeación u çT) -410=0nPR1JASanta F$ de Bogotá, D.C., Noviembre treinta (30) de mil novecientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. 6065 Magistrada Ponente Dra. OLGA 15 &YAU ZAYMO

Demandante: GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA

Observaciones. Le Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que 1.o confiere e]. Numeral 10 del Articulo 305 de la Constitución Política en concordancia con e]. Artículo 116 y s.s. del Decreto 1333 di 1.986, rem.tti6 a esta Corporac16n .l Acuerdo No. 026 de]. 8 de Abril de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Quebradanegra "Por medio 6.1 cual se modifica el acuerdo Nro. 010 de Diciembre 10 de 1.994 (Presupueste de Ingreso. y Egresos para la vigencia fiscal de 1.995), pare que decide sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado es de] siguiente tenor: "ACUERDO NRO. 016" (Abril 8 de 1.995) "Por medio del cual se modifica el acuerdo Nro. 010 de Diciembre 10 de 1.994 (Presupuesto de Ingresos y Egresos para la vigencia fiscal de 1.995). EL CONCEJO MUNICIPAL DE QUEBRADAJIEGRA CUNDINAMARCA en uso 4e sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 136 de Junio 2 de 1.994 y la Constitución Nacional

gencia fiscal de 1.995). EL CONCEJO MUNICIPAL DE QUEBRADAJIEGRA CUNDINAMARCA en uso 4e sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 136 de Junio 2 de 1.994 y la Constitución Nacional en su articulo 31.3 y: CONSIDERANDO: "Que de acuerdo con la Ley 131 de Mayo 9 de 1.994 .1 Alcalde Municipal propondrá ante el respectivo Concejo Municipal lasHoja No. 2 Expediente No. 6065 modificaciones al plan de Inversi6n con el fin do actualizarlo e incorporarle loa lineamientos generales de su programa de Gobierno. "Que el Municipio debe modificar el Plan de Inversión para la vigencia de 1.995 con el fin de dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Constitucional Nro. C-520 del 21 de Noviembre de 1.994. "Que en tal virtud se debe modificar el presupuesto general de Rentas, Gastos y Apropiaciones, para le vigencia fiscal de 1.995. "A C U E R D A : "ARTICULO PRIMERO.- Modifíqueme el Acuerdo Nro. 010 de diciembre 10 de 1.994 en lo pertinente a sus ingresos, funcionamiento y programas de Inversión Municipal, el cual queda de la siguiente manera: "ARTICULO SEGUNDO.- Fijase el presupuesto del Municipio de Quebradanegra Cundinamarca para la vigencia de]. Primero (1) de Enero al Treinta y uno (31) de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1.995), en la suma de QUINIENTOS TREINTA Y DOS

MILLONES SEICIENTOS TRE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 68/

Enero al Treinta y uno (31) de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1.995), en la suma de QUINIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES SEICIENTOS TRE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 68/ 100 ($532.603.472.68) M/cte. Como norrsaa violadas se anotaron: el Articulo 315 Numeral 7 de la Constitución Política y el Artículo 94 del Decreto 77 de 1 • 987. El concepto de violación ea el siguiente: "El acto administrativo objeto de análisis fuá aprobado en sus dos debates reglamentarios loe días 9 y 13 de Abril de 1995 según certificaci6n expedida por el Concejo Municipal, sin tener en cuenta el visto bueno de Planeaci6n en cuanto a los ingresos corrientes de la naoi8n de forzosa inversi6n porque según se desprende de]. oficio No. 002497 de fecha Junio 09 de 1995, se aprobó el Presupuesto en la parte de Gastos de invorsi6n en término anterior al visto favorable de Planeaci6n do Cundinamarca porque como se observa el ente departamental se pronunci6 posteriormente a la aprobación del acto administrativo mediante el cual so expedie el Presupuesto de Rentas y Gastos. "A continuaci6n transcribo el fundamento jurídico que se tuvo en cuenta para emitir el anterior concepto.Hoja No. 4 Expediente No. 6065 COMSIflERACIOWESZ Corresponde a la Sala decidir sobre la validez del. Acuerdo No. 016 de]. 8 de Abril de 1.998 proferido por e]. Concejo Municipal de Quebradanegre, teniendo corno base .1 escrito de observacioCorresponde a la Sala decidir sobre la validez del. Acuerdo No. 016 de]. 8 de Abril de 1.998 proferido por e]. Concejo Municipal de Quebradanegre, teniendo corno base .1 escrito de observaciones presentado por la señora Gobernadora del Departamento de Cundinamarca. La deciai6n a tomar estará delimitada por la pret.nat6n de la petición de la Gobernadora, los hechos enunciados en la misas, la Indicación de las normas violadas y el concepto de vio]aci6, corno también Las pruebas aportadas a La actuación. Encuentra la Sala que e]. Concejo Municipal de Quebradanegra al proferir el Acuerdo No. 016 dei 8 de Abril de 1.998 infringió lo dispuesto en el ArtIculo 94 dei Decreto 077 de 1.987, por cuanto entre los requisitos para tramitar e] proyecto de presupuesto municipal esté el de acompañar el concepto de la Oficina de Planenci6n, lo cual corno se aprecia en el oficio visible a folio 30 del expediente emitido por el Director del Departamento Administrativo de Ptaneaci6n de Cundinamarca, éste tiene fecha de Junio de 1.995 cuando al acto impugnado 10 fueron dados los dos Ueba;es reglamentarios el 9 y 13 de Abril de 1.995, es decir, que no se habla dado el concepto de Planeaci6n, tal como lo dispone la norma acunada en el escrito de observaciones de la señora qo3n4e,ra del pwtmento Por tanto, el Concejo Municipal de Quehrsdanegra no deb16 darle trámite al proyecto sin el lleno de los requisitos exigidos,

de la señora qo3n4e,ra del pwtmento Por tanto, el Concejo Municipal de Quehrsdanegra no deb16 darle trámite al proyecto sin el lleno de los requisitos exigidos, y por ello, se declarará la nulidad del Acuerdo No. 016 del 8 de Abril de 1.995 preferido por e]. Concejo Municipal de Quebradanegra Por 1.0 expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMA1CA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la Repblica de Colombia y por autoridad de 1 Ley, /Expediente No. 6065 A L L A ¡ 1..- D.táraee 1 nulidad del Acuerdo No. 016 del 8 do Abril de 1.995 proferido por .1 Concejo Municipal de Quobradanegra "Por medio del cual de modifica •i acuerdo Nro. 010 de Diciembre 10 de 1.994 (Presupuesto do Ingresos y Egresos para la vigencia fiscal de 1.995)0. 2.- Ccszunique.e asta decisión a a la señora Gobernadora del. Departamento, al flor A!.calie, el seNor Presidente del Con— cejo y al señor Personero cel Munici4o de Quebradaregra. wmnqugsz. casmiqus y CUMPL^ (Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No 148 ).

OLGA 1~ NAVARET MAØRZRO UA?RTZ §~ 1= QUINTERO

Magietrede Magistrada

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Magistrado Mgletre.do

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Magistrado

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