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TA CUN - 6148-(12-12-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6148-(12-12-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

PLAN DE INVERSIONES -Destinación diferente de partidas

TRIBUNAL ADNINISTRATIYO DE CW(DTNAJU.RCA

-sEcCION PRIMERASanta Fé de Bogotá, D.C., Diciembre doce (12) de mil novecientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. 6148

Magistrada Ponente: Dra. OLGA ¡MES MAVAERETI BARRERO

Demandante: GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA

Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que le confiere el Numeral 10 del Artículo 305 de la Conatituci6n Política en concordancia con el Articulo 118 y s.s. del Decreto 1333 de 1.986, remitió a esta Corporación el Acuerdo lío. 011 del 1 ce Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal do Guaduas "Por el cual se aprueba el ajuste al Presupuesto General de Rentas y Gastos de la actual vigeacia fiscal de 1.99511, para que se decida sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado ea del siguiente tenor: "ACUERDO No. 011" (1 - JUN. 1995) "POR EL CUAL SE APRUEBA El. AJUSTE AL PRESUPUESTO GEt4ERAL DE

RENTAS Y GASTOS DE LA ACTUAL VIGENCIA FISCAL DE 1.995".

"EL CONCEJO MUNICIPAL DE G.JADUAS CUND.

En uso de sus atribuciones legales y Constitucionales;

"A C U E R D A

PRIMERA PARTE

PRESUPUESTO DE INGRESOS 1 • INGRESOS CORRIENTES

1.1. INGRESOS TRIBUTARIOS

En uso de sus atribuciones legales y Constitucionales;

"A C U E R D A

PRIMERA PARTE

PRESUPUESTO DE INGRESOS 1 • INGRESOS CORRIENTES

1.1. INGRESOS TRIBUTARIOS

1.1.1. IMPUESTOS DIRECTOSLro.la No. 2

Expediente No. 6148 Como norma violada se anot6: el Artículo 95 del Decreto 77 de Enero 15 de 1.987. El concepto de violación ea el siguiente: "1. El acto administrativo objeto de análisis jurídico no inoorpor6 correctamente el programa de Inversiones aprobado mediante Acuerdo No. 007 de Abril 18 de 1995 expedido por el Concejo Municipal de GUADUAS, toda vez que como se observa adelante se modiftc6 el mismo, en los programas en los cuales la oficina de planeación Departamental había emitido concepto favorable mediante oficio No. 002200 de fecha Mayo 17 de 1995 dirigido al SeFor Alcalde del Municipio. "Coiparundo oX Acuerdo estudiado con el acto administrativo No. 007 de Abril 18 de 1995 "Por medio del cual se modifica el Acuerdo No. 014 de septiembre 13 de 1994 de]. programa Municipal de Inversiones para la vigencia fiscal de 1995 con Recursos de la participaci6n de los ingresos Corrientes de la Nación" se observan las modificaciones a que se hace referencia.

112. El artículo 95 del Decreto 077 de 1987, sefiale: "El Concejo no podrá eliminar, reducir o cambiar las partidas de gastos propuestos por el Alcalde que se vayan a sufragar con recursos provenientes de la participación en el impuesto a las

"El Concejo no podrá eliminar, reducir o cambiar las partidas de gastos propuestos por el Alcalde que se vayan a sufragar con recursos provenientes de la participación en el impuesto a las ventas sobre los que serva el concepto de la correspondiente oficina de Planeaci6n".

103. Efectuada la Comparación zenemos lo siguiente: "a) En el articulo 171 del Acuerdo 011 de junio 01 de 1995 "Por el cual se aprueba el ajusta al Presupuesto General de Rentas y Gastos de la actual vigencia fiscal de 1995" dice el rubro así: "Artículo 171. Mantenimiento y Adecuaci6n Acueducto vereda San Miguel. $3.000.000.00 "b) En el Acuerdo 007 de Abril 13 de 1.995 "Por medio del cual se modifica e]. Acuerdo No. 014 de septiembre 13 de 1994 del Programa Municipal de inversiones para la vigencia fiscal de 105 con recurscs de la participci6n de los Ingresos Corrientes de la Nación" dice el rubro en el sector Agua Potable y Seneamientc Básico (Rural).

"Mantenimiento y Adecuaci6n Acueducto Barrio San Miguel $3.000. 000.00. "c) En el artículo 175 del Presupuesto Municipal para 1995, dice el rubro; - Construcción, Ampliación, Remodelación Acueducto Inspecci6n Guaduero $5.000.000.00.o. 3 Expediente No. 614 "d) En el Acuerdo No. 007 de 1995, Plan de Inversiones para 1995, dice el rubro en el sector Agua Potable y Saneamiento Básico (Rural).

Expediente No. 614 "d) En el Acuerdo No. 007 de 1995, Plan de Inversiones para 1995, dice el rubro en el sector Agua Potable y Saneamiento Básico (Rural). - Construcci6n, Ampliación, emo4elación, Mantenimiento Acueducto inspección Guaduero 5.000.COO.0G. 'e) En el Artículo 186 del Presupuesto Municipal dice el rubro: -Construcción, Ampliacin, RemodelaciórL, Mantenimiento Acueducto Vereda Barbascal $1.000.000,00 "f) En el Acuerdo No. 007 de 1995, Plan de InverEiones para 1995, dice el rubro en el sector Agua Potable y Saneamiento Básico (Rural) -Construcción, Ampliaci6n, Remodelación, Mantenimiento Acueducto Escuela Vereda Barbsce1 $1.000.000.00 "g) En el Articulo 204 del Presupuesto Municipal dice el rubro: - Terminación Electrificaci6n le Ovejera $3.000.000.00 "h) En ri Acuerdo No. 007 de 1995, Plan de Inversiones para 1995, dice el rubro en el sector otros sectores (Zona Rural).

  • Terminación Electrificaci6n Vereda La Ovejera (Ext. Red) 3.000.000.00 "i) En el Artículo 193 del Presupuesto Municipal día el rubro: - El'ctríficaci6n Vereda !3asbascal $4.000.000.00

En 1 Acuerdo 'c. 007 de 1995, Plan de inversiones para 1495 dice el rubro en el sector Otros sectores (Zona Rural).

  • Electrificación Vereda Barbascal (Ext. Red. Electrica

$L.O00.000.00

En 1 Acuerdo 'c. 007 de 1995, Plan de inversiones para 1495 dice el rubro en el sector Otros sectores (Zona Rural).

  • Electrificación Vereda Barbascal (Ext. Red. Electrica $L.O00.000.00 0 4. El Concejo Municipal de GUADUAS contrari6 abiertamente el precepto contenido en el Artículo 95 del Decreto 077 de Enero 15 de 1.987 al eliminar y cambiar la denominaci6n de los rubros como fueron aprobados en el Plan de Inversiones Acuerdo 007 de Abril 18 de 1995 como se discriminó anteriormente. "5. El Articulo 237 del presupuesto de gastos de inversión del acto administrativo demandado (Acuerdo 011 de junio 1 de 1995) dice el rubro: Otros recursos

Art. 237. Apoyo Microempresas $15.000.000,00

116. El Articulo 355 de la Constituci6n Nacional seriala: "Ning)-na de iso ramas u órganos del poder público podrá decretar Ruxililos o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado..." "De la tranacripci6n de la norma citada, se deduce claramente que el Concejo Municipal de JUADUAS infringe en este artículo 237 la dispcici6n Cor.stituciol del Articulo 355 según la cual es prohibido decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado. Así se desprende del contenido del Artículo referido del presupuesto en

donde se deja una partida de $151000.0W.UO para e]. Apoyo a Microempresas.Hoja No. 4 Expediente No. 6143 "El Concejo Municipal de GUADUAS al aprobar la partida dejada

donde se deja una partida de $151000.0W.UO para e]. Apoyo a Microempresas.Hoja No. 4 Expediente No. 6143 "El Concejo Municipal de GUADUAS al aprobar la partida dejada dentro del Presupuesto para el hpy lcoerpresai, stLlCittit, Un xilio en -voiÁc. una persona juridica d rocc' prvto, como eF ej. uabu de 1s i4i oerapz'eas, lo cual conlleva a revivir 3oa au,dllos proUbidoa en la carta de 1991, coni'lgurandose 1e esta lorma una evidente vi1hci5 del artculo 355 de la Constitución Política". A la solicitud se le di6 •1 trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede la Sala a resolver, previas las siguientes COZIDElACIoflEi Correspondo a la Salen decidir sobre Irt validez del Acuerdo No. 31 1 '. ir -'url,o le 1.115 rf14o por el Concejo Municipal ce Guaduas, teniendo como base el escrito de observaciones prosentado por la señora Gobernadora del Departamento de Cundinamarca. La d'cii6n a tomar estarn delimitada por la pretensión de 1 petici6n de l ohernadora, los búc1hor, enunciados en la misma, le indicación cia la norma violada y el concepto de violación, como tanbin las prw,bcs ortndps a la ¡ictunclón. En lo atinente a loe cargos aducidos en lo relativo a los Artículos 171, 175 y204 del Acuerdo No. 011 del lo. de Junio de

como tanbin las prw,bcs ortndps a la ¡ictunclón. En lo atinente a loe cargos aducidos en lo relativo a los Artículos 171, 175 y204 del Acuerdo No. 011 del lo. de Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Guaduas, encuentra le Sala que respecto del precepto Indicado como infringido como ea el Articulo 95 del Decreto No. 077 de 1.967, no existan cambios sustanciales con el Plan de Inversiones y por tanto no ea le dió otra destjnaci6n. Es así como se declarará la validez de los mismos. Ahora en cuanto al Artículo 188 del Acuerdo citado como violado, se observa por la Sala que si hubo festino diferente en la partida ya que en al Plan de Inversiones aparece: "Construcción, Ampliación, Remodeleci6n, 4antenimi•nto Acueducto EscuelaHoja No. 5 Expediente No. 6145 Vereda Barbarcal" y en el Presupuesto como: "Construcci6n, Ampliaci6n, Re,nod.laci6rt, Mantenimiento Acueducto Vereda Barbascal", ea decir, primeramente se hizo pare construcci6n de la Vereda Barbascal y luego a la Vereda Barbscal. Por ello, se declarará la nulidad de tal articulo. Respecto del. Articulo 193 del Acuerdo No. 011 da 1.995, hubo cambio en relaci6n a la cantidad, ya que en el Plan de Inversiones aparece con 581000.000 y en el Presupuesto da solo $41000.0OO. Es así que se declarará la nulidad del rubro anotado.

cambio en relaci6n a la cantidad, ya que en el Plan de Inversiones aparece con 581000.000 y en el Presupuesto da solo $41000.0OO. Es así que se declarará la nulidad del rubro anotado. En lo atinente al Articulo 237 del Acuerdo No, 011 de 1.995, se cite como Infringido el Artículo 355 de la Conatituci6n Política, ya que se destinan $151000.000 para" Apoyo Microespresas", lo que se asimila a un auxilio o donaci6n y que está prohibido por la Carta Política. Por tanto, se declarará la nulidad del articulo en menci6n. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la Repú- blica de Colombia y por autoridad de la Ley, TALLA : 1.- Declárase la validez de loe Artículos 171, 175 y 204 del Acuerdo No. 011 del lo. de Junio de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Guaduas "Por el cual se aprueba el ajuste al Presupuesto General de Rentas y Gastos de la a actual vigencia fiscal de 1.99511. 2,- Declárase la nulidad de los Artículos 188 193 y 237 del Acuerdo No. 011 del lo. de Junio de 1.995 del Concejo Municipal de Guaduas.Hoja No. 6 Expediente No. 63.45 2..- El restante contenido del Acuerdo impugnado quedará tal cual fue proferido. 4.- Comuníquese esta decisi6n a la señora Gobernadora de]. DeExpediente No. 63.45 2..- El restante contenido del Acuerdo impugnado quedará tal cual fue proferido. 4.- Comuníquese esta decisi6n a la señora Gobernadora de]. Departamento, al señor Alcalde, al señor Presidente del Concejo y al señor Personero del Municipio de Guaduas.

COPIESE, NOTIFIQUESE, CIIQUESE Y CIRIPLASE.

(Discutida y aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 149 ).

tUS MAYARR= BARREW BEATRIZ &RTIBEZ QUINTERO

Magistrada Magistrada

DARlO Q(UIONES PIJÍLLLA ERNESTO REY CANTOM

Magistrado Magistrado

URIBEETO REYES VARGAS

Magistrado

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