TA CUN - 6190-(16-11-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 6190-(16-11-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
SUSPENSION PROVISIONAl. -Requisitos /USOS DEL SUELO /CONSULTA
POPULAR S$CCTOII PRTMKR& 3anta Fe de Boot. diecteei8 (16) de noviembre de rail noveo ntoe.roventa y cinco. (1995
Plag letrado Ponente: 1R. DARlO QUIN~ PIHILLA Epedlente 14o 6190
De,flandante JOSE JOAQUlN FIQJITIVA (AMAcHO t4il1dd El 3e•ior JOe4 .Joauin Fiqúitiv Camaoho brandoen eu propio nmbe y e e3ercici de la acn de nulidad pr!eeentA demanda en este Tribunal para que se iec1aie l nuitdai del Acuerdo número 00 3 del ti de juri de 199b expedido por el Ctnceo tiunicipal de Cota. Por el cual se modifica adiciona comp1emerat el Acuerdo 4o 16 de 1991 y se adopta el Plan de Odenamirtto Ftetco de la Zona lndut' ial d Cot. Comó La demanda .reün los requisitos , de forma y esta Sección ea mrtent se d,rtira... E le c manda también se aoltcita lauspensión provisional del acto acusado. En apoyo de esa scdioitud aduce la mnttieet violación de normas superiores y al teto se remite a O expresad6 ax cuanto .a lap normas violadas y al concepto de l violación para pedir la nÚli&td de dicho ato La suteritacin de La solicitud de a medida es la siguiente: lo Y Acuerdo atusado por t'eglainentar y eti,lecer una zona industrial en un muni,ipio de l
concepto de l violación para pedir la nÚli&td de dicho ato La suteritacin de La solicitud de a medida es la siguiente: lo Y Acuerdo atusado por t'eglainentar y eti,lecer una zona industrial en un muni,ipio de l aban.a 4. Booi viUa directamente el articulo 79 de la Constitución Política que establece como deber del Estador-, í Exp. tau. 619O con s+ rvar las áreas de espec ie.l. + vaportanc la ecológica. 2o. Por la misma razón. el,'• e uerdc acusada s viola directamente el inciso primero del articu 61 de la Ley 99 ole, 1993, que e,tablec gue la &abarre 'de &gote reviste especitl interés -ecológico nacional : dura destivac ci in prioritaria es la agropecuaria y forestal. - ;3o. El entra acusado fue expedido en forma irregular, .por cuanto para su expedición, conforme al artículo 33 de la T,ev 136 de 1994. resultaba necesaria realizar una consulta popular, debido a que la zona industrial implica cambios significativos en el uso del suelo y una transformac i .n en las actividades tradicionales del MunicipiÓ Y ; dicha consulta populaD no ea i et.lizs o ae confundió con el í caniemt .. de ;°participación ciudadana. establecido en el articuló 77 de esa ley 138. Procede, pues, el estudio de la euepe nei. ,n provisional.
Para r : solver, SI . COHSIDKRA Para que proceda la euzpeneiór3 provisional de un acto administrativo cuando se ejerce la acción de nulidad, se requiere, de conformidad con lo dispuesto en el articulo
Para r : solver, SI . COHSIDKRA Para que proceda la euzpeneiór3 provisional de un acto administrativo cuando se ejerce la acción de nulidad, se requiere, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 152 del C.:.P,. , la reunión simultánea de loe eiguientecs reuisitc,e: lo., Que te [luida es solicite y sustente de modo - exprese, en la demanda ► o en emt~rito separado entes de su admisión.
0. Que haya rmañifijsta violac. ,ión de una norma superior percibida por cvanfrontac.ir,n directa o mediante doumenl.oe públicos aducidos con, la solicitud.3 Ixp No. 6190) En el caso de estudio se reúne el primer reçjuieiito pues la medida Be solicitó y sui9tentó en la demanda En cambio no se reúne el requisito de superiores. Para llegar cuente lo siguiente la nariifteeta violación de normas a esa conc lu sión, la Sala tiene en lo. Es cierto que el articulo 61 de la ley 99 de 199 declaró la Seban de-Bogote, sus páramos, aguas, valles leda%os, cerros circundantes Sr sistemas montaíSoeoS corno de interés ecológico nacional, cuya deetdnación prtorit-arta será la agropecuaria y foreet1. Esto quiere decir que lo. Concejos de loe municiptos de la Sabns de. Bogotá al ejercer su cona1 y legal de reglamentar los lo indica la misma norma deben. de st mac ióri priori ter is para átr ibue tón corist ituueoe del e.uelo, como
Sabns de. Bogotá al ejercer su cona1 y legal de reglamentar los lo indica la misma norma deben. de st mac ióri priori ter is para átr ibue tón corist ituueoe del e.uelo, como tener en cuenta esa lo agropecuario y forestal, sin perjuicio, por consiguiente, de que también se la puedan asignar otros usos, eso si. øiempry cuando no seen prioritarios. De manera que el resolver la eolíaitud de suspensión proviional no se puede estahleer st. efectivamente. el Concejo Municipal cia Cate atendió esa prviión legal, por cuento el Acuerdo impugnado que adoptó el Plan de Ordenamiento F&co de la ioia Industrial. adiciona y omplementa el Acuerdo 16-de 1991, que debe contener lo relacionado con los demá usos. Y eolo mediante un enáliis popio ele le ntencia se podria deducir ej en si conunto los re g~l&meritoe di uso del suelo le dieron t'atamtento prioritario, aunque no excluivo, a lo agropectierio y forestal. o si, por el contrario, esta exigencia se deeconoctó. 2o. Por lo anterior, no se puede deducir en este momento si, corno conseouetcia del desconocimiento del artículo 61 de ].a Le 99 de 1993. se produjo igualmente el del4 o Exp. 14u. 6190 uticulo 79 de la Conetitución Nacional que eetablece cCJÍflO obJiación del Edtedo proteger la divereided e integridad del ambiente y coneerveción de 'reee de eepeciel importancia ecológica.
uticulo 79 de la Conetitución Nacional que eetablece cCJÍflO obJiación del Edtedo proteger la divereided e integridad del ambiente y coneerveción de 'reee de eepeciel importancia ecológica. 3o. Ee igualmente cierto que el articulo 33 de la Ley 136 de 194 PrficePtúb que cuando el deearDollo de proyectoe de naturalea turística. minera o de otro tipo. amenace con 'reer un cambio ejgnificativo en el uco del euelc -, que de lugar a una traneformaclón en lee ectividadee tradicionalee de un municipio, ce deberá realizar una coneulta popular de conformídad con la ley. Pero ocurre que, en rinc.pio. del iolo examen del Acuerdo impugnado no ce puede deducir el efectivamente el plan de ordenamientc' físico de la zona industrial produce el cambio que ceñala ese precepto miPerior. como para concluir que, >previag rente a le expedición del mismo, Be requería la realización de una consulta popular. En eti forma. la Sala negará la solicitud de eupersión provisional. Por lo expuesto. EL TRWJHAL AIM[NISTRATIVO DE CUNDIHAMARCA, SECCION PRIMERA, RESUELVE: lo. Admítese la demande presentada en nombre propio y en elercicio de la acción de nulidad por el Seior JOSE JOAQUIN FIQU1T IVA (,AM HO. En consecuencia. se dispone: 1.1 tlottfiquese personalmente éste auto a la señor Alcaide del Municipio de Cote, entregándole copia5 t Exp. No. 6190 de la demanda y de eue anexoe. Para el efecto se
1.1 tlottfiquese personalmente éste auto a la señor Alcaide del Municipio de Cote, entregándole copia5 t Exp. No. 6190 de la demanda y de eue anexoe. Para el efecto se comleioua 1 locaLida a ineertos del y de iia ene (1O diae. cumplimiento. Señur Juez £romiec;uo Municipal de eea quien ea le librará despacho con loe acompehando copia de le demanda xoe. concedinaole el térráno de diez libreto, dedistancias, pare eu 1.2 Uotiiuee persona1mene este auto el Señor Agente del Hiniaterio Púbiio. 1.3 FiJeM el asunto en lieta por el término de cinco (5 ,j, 4,iaa, para joe fines eetos en el artículo 207. nura1 5 del C.C.A. 1.4 Medl&nte oXi.,io J,aolícítese al Sacretario del once.to Uunicipalde .C.ta se sirva remitir, dentro del término de 'quince (5). días contactos a< partir de la techa exi que reciba la correspondiente comun jcac ión. le totalIdad de los ant.ecedent4e admiictrativoe que diron origen al acto acusado. Se niega la eueusión ptovisional del Acuerdo nujuero OO9 del 3O de juniode 1995 del ConcóJo Municipal de Cota.
30. Tg&se - el 'enor .JO.3E JOAwtJIN FIQUITIVA CAt4hc11 c O oma parte aotor6 en este proeeu.
COPIESE Y NOTIFIQOE.SL
Cota.
30. Tg&se - el 'enor .JO.3E JOAwtJIN FIQUITIVA CAt4hc11 c O oma parte aotor6 en este proeeu.
COPIESE Y NOTIFIQOE.SL ;Diocu,tido yprob.ado en t4. l41. eeein redizeda en la jecha. Acta OWA 1HS t4AvARRrr BARRKRO BATKIZ MAIITINEZ WTNTKI&O MAGISTRADA NAGISTRADANo. 61 9(