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TA CUN - 6261-(23-11-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6261-(23-11-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

TRI.VL AonPi1 TRA7rWO DE cusmi SEcCI 0W PR 1PRA U 5anttb de Bagot, O. C. t4oviabre tres (3) de noventa y cinco sil novecientos NAQISTRADA PONENTE O(XTORA 1)EI'RI Z MART INEZ UU 1 NTEV4C) a

EPI)1ENTE

DEPIANDN4TE s NELSON FEØV4DO IIONCADA MORENO.

ACCION DE TtTELA..

Decide la Ssls la acción de tutele ejercida por, el eefor NELSON FERNANDO PIUNCADA tIORENO, quien actúe en noabre Propio, contra e)

ALCALDE tNtIDE FONTL3N.

•Ai EtENTEB.

El solicitante. afirma .rresa j'que[.i 30 de Maye do 1994, adquirió st d.recbo de dos1nto y posesión sobre loe lotee Nos. 19 21 de 1 la menwa 5 de la Urb.ntsatón SELVA t)ORADA, par caspra que le hictsra al .ef$or LUIS ALRTO ÚONZ4..EZ 1 OARC1A, y a continuación describe .1 ea y 1 ie.ttee de los iaios, tnsuebies de acuerdo c el ptanóse, encuóntrMn en trllta pare leqalizar ante 1 Departamento Ad4ethj.tratjvb de Planeción Distrtal desde septe.bre de 1993 AcIar que dicP lotes se adquirieron cuenda la resolución de suspenst da abre se hab.a proerldO.de suspaiÓn de obra, no aparece

Distrtal desde septe.bre de 1993 AcIar que dicP lotes se adquirieron cuenda la resolución de suspenst da abre se hab.a proerldO.de suspaiÓn de obra, no aparece propietario, ni ¿.tar.in.do el predio por los linderas ni por le noeenc1etira. Lo cual si figura en la promesa compravent por dio

d,,la cual él adquirió.. E decir que en dithe Resolución no figura .1 lote 21 de la .enan. 8, pero si aparece en 1 ResohicjOn de dagOlición. ruga, que., stdiné p1i .:4• 4iei as ordena r.sp.çrta de las lote citado,, Disponer la ,` demaolicíón de lo edificado cnntravntibn l 11kv que isppuso la nuspansin de 1a obrø 0 'acto ae., la áteranado efl' la Re.o1ucj,n de fecha" enero

4. IP94, en eiactçi can los inmueble. de SELVA DORADA, situado .ntr la, cal&e 33A a I36 con carreras 125 a 127, lo cul$ st idtnti'ftsran, jndividuaIizaran y deteraiflwtn asli En la anza 6 tocalLada entre ae catita 34 y 37 y carreras 12? 124 1o.loteI dicinueve (1, veintiwo (21).

Que los antcedInte que dief -on lugar a la ~id fueran el desarrollo de aa qa.er.1la instaurada en al atlo dé VP?? por

Que los antcedInte que dief -on lugar a la ~id fueran el desarrollo de aa qa.er.1la instaurada en al atlo dé VP?? por ESTIER PD lilA WJALE COKTA tMIS CáTI Z NIETO Y OERIW4 ONZALEZ prOfirio por par -te detá Alv4I41a a Rsotuct3n NUmero 15 de enerb 29 de 1994, por medio d la'cØal e rosélvi imponer la medida de suspensión de obrasobr. vario, 4jimu.bte. da la urbanización $E1.VA DORADA de asdiente la Reolpéidn Ho.99 de 26 de agosto 'cita disiøo la,.de.o1jcjón de lo edificado ontça'.nci4n del 1al&c) que impuso la uepensión de La obra. dicha roluiOnXP.AT.63$i. Ho 3. 4 Mediante Le Resolución 416 de eney'b O 4 199, la Alcaldia resolvió no reponer 14 resolución 099 de agosto ó de 1994 0 n decretar la nulidad de lo actuado, comeálendo .% ensubsidie el recurso de apelctón ant «l, COnaejo. d. torparción esta ult.ies iúeødtfltectg P. 14 de saYo 31 de 199 1, resolvió confirmar la Røsolución «o. O99d. agosto 26 de 1994. De manera que existe una sadida de delición la cual está prevista para ser ejecutada por parte de La Alcaldía Local de Fontibón .1 26 del resentómei de octubre :de i995 la maña.

De manera que existe una sadida de delición la cual está prevista para ser ejecutada por parte de La Alcaldía Local de Fontibón .1 26 del resentómei de octubre :de i995 la maña. P E 1 l 1 0 N Solicite el accionante a esta orporajc,n se suspende la øj.cucibn de la Rosa lucjn No. 99 2b ato d 199, proferida por .1 Alcalde Minar de FaItibón, áidtante la tual dispuso la dc~licíán'do Les CnRtrutjonáe erigidas en el predio SELVA DO~# con el fin de evtr un p.4rjuicio irresediable. AC TU A CI 0,0 RQ CE SAL Mediante auto de Octubre 23 de 1995, se avoco elconocimiento de la acciOn de tutele, se ordenó ottctar gil seI%or Alcalde Mmnor de FontibOn, doctor OPV CIFUEP4TE9 ESPU3SA, a fin de que. informaría lo que contd.r.ra p.rtinent en relación can la Resolución No,99 de aqosto 2ó de 1994, por4lmoLo de t-4 cual se dispuso L'a demolición de lo ediftcado en contravención del fallo que iøpuse la nueve deExp.A.T.&sei. Hoja 4. la suspensión de obr,?esto , dtertnado en Resolución No.015 de enero 20 dsJ 994 y e órdanó notificar perona1ment. al Udor Maid. Menor d Yontibón y al sefior Presidente del Consejo de Justicia de Sentaf de $OgoU, D. C

Resolución No.015 de enero 20 dsJ 994 y e órdanó notificar perona1ment. al Udor Maid. Menor d Yontibón y al sefior Presidente del Consejo de Justicia de Sentaf de $OgoU, D. C Mediante; p Ci' de octubre 2540 199, piotaPida por Corporaciøn v1ible a foJios 131. a 137 del •npdint,, se dacidio en 1 oree negativa respecto de la solicitud de que ae ordQnara a lii Alcaldeee de Fontibón aplazar la diligencia de deilición de obra señalada para el dic 26 de octubre de 1995 a las hora de laO$sO() a.m. Obra a foIjoi4l y 142 e.crito:de la señora Alcaldesa Local de Fontibbn Lacatidad Iv.na, con el cual alleVa los antecedentes radicados baja expediente O17I$$, donde obran Les providencias $ale$ coso diii Ciasde inspección ocular praticada entre las techas 11 t, 12 y 13 de enero de 1994, lea rsoluciories 01, 099 y 0t6 de enero 20, agosto 26 y enero 30 de I994 y f995, reapectivnte, al igual que la providnct. proferida aediante acta ,01-4, de sayo 31. de 195 or el Consejo de Justiciade Sentate de R~tk, coso sUpeiior de squnda insna. ; ltorsa que los anteriores son loe antecedentes que dieron origen a la resolución 099 de 26 de agosto de 1994.

C 0H51 DE RA C1 ;ON E S

insna. ; ltorsa que los anteriores son loe antecedentes que dieron origen a la resolución 099 de 26 de agosto de 1994. C 0H51 DE RA C1 ;ON E S DEIRM~ FUANT1ES 1NVc06 exprsacente anotado en el texto de la solicitud :Conforme apar• •6391. Hoja 5.. de tutela, los derechos respecto de los cuies se reclama amparo 50fl3 el debido proceso, derecho a la vivíenda digna y derecho a la propiedad, consagrados en lo articulas 29, 13 y 5$ de la Carta Politica En relación con el debido proceso, le H. Corte Constitucional se prcnuncó en .entenca.d Septiembre 19 de 1992, coma que, en aIqUnOs de sus apartes: El articulo 29 de I Constitución Pol tica establece que el debido Proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciles y adini.tratjva. Colobia, co~ estado de derecho, se car tertza porque todas sus çomet.ncta san regladas. Por estado dV derechos debe en tender el siwtea de principios y reglas procese le. egÚtW las cuales se crea y per iecc tana el ordenamiento 3uridico, se imita y controle .1 podr estatal y se protegen y :rljz loe derechos del individuo, por disposiciin de una norma. Todo proceso coñeiste en eldesarrollo., de particulares relacones jurídicas entre el órqsno sancionador y el procesado a dmanMdo, para buscar ' 1 1, efectividad del derecho aterial las garntiae debidas a las personas que en «t intervienen.

relacones jurídicas entre el órqsno sancionador y el procesado a dmanMdo, para buscar ' 1 1, efectividad del derecho aterial las garntiae debidas a las personas que en «t intervienen. La. •ituacion conflictiva que surge.~ cualquier tipo de proceso eiqe una regulación jurídica y una limitación de los poderes estatales, asi coo tín.- respeto de los derecho» y obligaciones de los individuos o parte procesal". - Es decir que cuaMó de aplicar ssnçiones se trata, el debido proceso es exigente en atvia de Legalidad, ya que no ulaa.ente pretende que el sevidorpÚblio cumpla las funciones asignada., sino que ade»o l hag. en la forma que lo determina elordenamieñto juridico.

El proceso sodórnO se cract.r t: a p6r una. progresiva. y paulatina ampliación dé los derechas de detensa. Por esta razón la Constituciones conteeporaineas consagran en sus te,to dipoe.iciones espeifica para la protección de esta garantía juridico - proc esa l... (1) ti) 4H Corte Cor.st:tucional. Sent.Tr-82i, Sept. 19/92. Magistrado Ponente doctor, ALEJANDRO FIARTINEZ CABALLERO)ete ata, ejercicio numeral dictado por el eefior Preaideflte d de lee facultades n1erda de le CaVte PoUticai por La acción de tutmla tu. cc3negrda en ci artículo 06 de la nueva COn.titUCi0' Nci%l eØøO Un eni$ orientado a proteger en

de le CaVte PoUticai por La acción de tutmla tu. cc3negrda en ci artículo 06 de la nueva COn.titUCi0' Nci%l eØøO Un eni$ orientado a proteger en torea inaedita lo der,ctOe fundacentales. cundo quiera que be toe reu 1 ten vu ineradae o aenazadoa por 1 a accófl o la OØIIIÓn de cualquier autoridad publica o de lo particu1ar lc y aaiado porla •'LfY ;a edio d 4ecrtO2Y?l dci 19 de I Pre. te 'de la República en Esa accJCM' fue r.q1ameflt'da por Nbvtesbq e de øxped ido por eJercZciO de tacult.daa que le confirtb el literal b. del artiCUle tranitOrt0 5 de 1. netitUCU)fl Placianji, oída Coi$tófl Especial Legt%lattiva y provisto

11 en el articulo reglamentado a la ve por el Decreto 14u. 30b del '119 de febrero de transitoria 6.p dcTeto que cabe el.tr.ite fue Del M1ii de loe docueentOa al legadóe al .tp.diente por peticioi4ar lo pO 1 ee4ore Alta Ideca Local' de Fontibón, etab1eca el.. Diretor.. RegLonJi Ep.Cil República en rttCulo 109 Urban aciones Intervenidas del aVtoAce Instituto de Cradtte

etab1eca el.. Diretor.. RegLonJi Ep.Cil República en rttCulo 109 Urban aciones Intervenidas del aVtoAce Instituto de Cradtte EerrjtoriM y represefl4ent legal por. raztn de la interveflci'%' de ¡o se1or es VICTOP 4ItJUEETO LEOII F€, (3EF4IN4 OONZft.EZ REWLAl)Q Y LUIS OPt1 t4lEtO, ctarec can poder canfertdo por el Gerente tenera de dihc! lnItk tute y la Resolución O9 ?8 de W eptieeb 7 de 1989 proferida pr la SupentfltaSeflC de 8ociedcdea, acudió ante el eØr Al ç ide Menor de Fonttbn, para ro.oVer proceso de pol icUi por tCntreYenCit Comun relatiV4 obree contra peraanaaExP.A.?.sO1. HoJa 7... idet.rmtnad.s. Vts. 143 Mediante R oluçión antes citada la Superintendencia de SocIedades oPdnó la tøea de posi6n de las ne9oc.ies, bienes y haberea de los señoree entes citados, para su edinitrac1n, deaiqnafldo Instituto de Crédito . Territorial coso.. Agente Especial.. d& Superintendente _: Sociedades, peie que en represinteción de las pesones natura t,ii intervenidas adelantare las actuacónen relacJoñSda» con la tase de posesión. e conforme a l-L etttcuo o. de la resolución citada,

en represinteción de las pesones natura t,ii intervenidas adelantare las actuacónen relacJoñSda» con la tase de posesión. e conforme a l-L etttcuo o. de la resolución citada, t Supet Intendencia de Sociedades ordenO el .abarqo y eeçueatr o loe derechos y acci 15 . páróøna intervenidas ya citadas, sombre el irsaÑeb1P diitingu.Ldo la satricuid inmobi tarta No .OM) 040285b, den~t^ado LA. 9ELVA o tos OWS9UNXW5, ubicado en Fonl1bon a lá altura de la çarrera 11A con calle ilMA. Sobre dáotso ináiueble as personas intervenidas habien eiiprendido ,un desarrollo urbanistico siadoI.A SLLVA CURAOA sin contar, con las licencias de urbanio n C~&i.r con tas de-más disposiciones di,tritales pertinentes para desal -rallar oí programa de ii4nd5 , ~ti vos, éstos que entre otras, diC.von tuqar e le... aediija de inter -Ventióó estatal dispuesta por l. Superintendenc•. te deSuCtdade. Con leche Oitubr -q? 26 de 199), al tener, conocimiento que perennes r,detet minadas sin contar con ¡a autorización de la reianel (? cita, de las autoridades comp.teqtos y sin previa obtención de 14)s. planos, aprobdoe por ei. Departamento Administrativo deEXPA.T.658j. Hoja 8. Pl.neacjt,n Di.tritat, adelantaba obras, de urbanismo y

14)s. planos, aprobdoe por ei. Departamento Administrativo deEXPA.T.658j. Hoja 8. Pl.neacjt,n Di.tritat, adelantaba obras, de urbanismo y construccj en Selva Dorad., hchos violatorjcm de la ley 9i de 1989 9 Capitulo VI, del Código Nacional dePo.ticj, loe Acuerdos IB de 199 y 6 4. 1990 del Concejo 1)istrjt4 de Bogotá, lo cual dio lugar aque se pr.eentar demanda ante dicha Alcildi solicitando se profiriera ordn de potici. Imponiendo a loa contraventor.m la mødjda correctiva da JSPEHSj(R4 DE CURA. La Alcaldi. de Fnntibci ordenó entonces con fecha 11 de eneq-ó de 1994, diligencia de inspeccjn ocular a dicho sitio, encontrando con relación e loe lotee 19 y 21 lo siguiente $ a... Lote 19, su construcción al parecar destinada a local, de una planta, terminada en su: Primer pisa y con cerramiento en bloque , segun los re idantSs de propiedad del sefior JOSE YN$AS Lotes 21 Y e e se observa un lote con siembras de maíz, c.rc»do en alambre y Palos..." diligencia que fue suspendida para continuarla el día siguiente, quedando 1as partes notificadas en estrados. Con fecha enero 20 de 1994, la AIcldia de Fontibón Localidad Novena de Santaf a de Bogota, prof irit la Resotucióru NO.015, por medio de la cual ordeno la au$penstón de obras que ae 1 . adelantaban

Novena de Santaf a de Bogota, prof irit la Resotucióru NO.015, por medio de la cual ordeno la au$penstón de obras que ae 1 . adelantaban en la urbanización SELY DORWA, a raíz de querella presentada por la aafora ESTHER tINA URAJALES,quien solicite amparo poticjvc, contra loe øIores LUIS ORTIZ y SERNAN GONZALEZ REGALADO, dueltos del Predio SELVA DORADA y espose de uno de loe querellados. En los consideramias de dieta re$olIjclón, se tiene en cuenta él oficio 13136 de 21 doCtubre de 1987 9 dirigido al seflortXFA.T.6381. Hoja 9. Secretario de Gobierno por mt Jefe de 1. Unidad de Desarrollo UrbantstiCO del Ompórtamelti) AdmtnistrtiV0 de Planeación Distrital, dodde solicita me tosen Las medidas neceartae para itar el proceso de ubfliZCi6!' en el preiítO 8ELVA DORADA de la zona de Fontibón, pues viola noraafl t4rbanl ,atícas a que do~ estar sujeto. Igualmente trae a colación la inspección ocular raltzada el 5 de noviembre de 1987, se gún". la cual me procedió en primera instancia a allnera?eL lote \' Se co.próbó que efpcttyameflte se estaban adelantando obra de urbani$aO.a cuso dm'lciífltaPillado. Entre las razones q~ tuvo la .Alcaldia Luc1 de Iontibn para

adelantando obra de urbani$aO.a cuso dm'lciífltaPillado. Entre las razones q~ tuvo la .Alcaldia Luc1 de Iontibn para dictar dicha resolución me .ncuentra' l oficio de lo. de diciembre de l'l87, saqun el cual la Divtón de interventorid da la Setretaria da Obra. Pubtic, realizó un peritazgC) de presurirStø la urbaflftaci4flCitada, encontrando que altí se ejecutaban obra cuyo avaLuo?q!z!VaLia a ente millones novecientos tresnta ', dom mil ciento catorce pesos con cuarenta y ocho eenta'os 4$tl.92.li4.48), tas cuales sALo pueden ser válidas con la aprobacion de Empresa de Acu.ductO y. A1cantarilIadO de Que : la diligencia de descar9oe ltvadø cabo el 17 de REBALADO, en realizada el 1 de febrero da 1996, sobre el terreno de SEA-VA DORADA, l iqual que intorø no 941 al dia ningún tipo de ilcencia di urbanismo y açepta haber realIzado e.cavaçioneS, i cómo haber construido un caino, a co1ctOres do diciembre de 1987, eratlfit lo antfetadO'POr OER?IAN GONZALEZ lo qu. hace re latjbn a la promesa de cospraventaEXP.A..T,4381. Hoja 10. al Cantan 1 Iadc. Igualmente la Espresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogot envió un oficio a la Alculdia Local de Fontibón praciando1e que

al Cantan 1 Iadc. Igualmente la Espresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogot envió un oficio a la Alculdia Local de Fontibón praciando1e que la urbanjzacjøn SELVA DORADA se encuOntraba Localizada en unaZona', no na zorbanO apta para Lcdstrucjón yque alli mé encontraban algunas personas raaIizundo trabajos deciejento, del barrio y alcantarillado. Aáimisaola Altaldial eh! de enero dÓ1994, practicó diligencia da inspe'ccióñ de ocular a la urbanización en cita, en compafja de un Agente del flflist.rio Púbhicey en e1la realizó un inventarla de cada una de las casas en cuánto a su esta~ de construcción, propietario de las siseasy tisepo de terainaclión de cada una de ellas, en donde pudieron apreciar que la urbanzacjØn cuenta con todo 1<» servicios público •ir, que se sepa si estos a su vez eutan legalizadas y no cuenta con la reçipáctiv hicencia de construcción, toda vez que el barrio está en proceso de Legalización. De maner& que las anteriores razones y uçtiias Otras sés ci tada en los COOmídera~i de la ReO1ucj, No. «5 de enero 20 de 1994, dieron lugar a que se dictra obvio que con tal pracediosemtci,» violó el Acuerdo 7o. de JL9719 qn »u artículo 21$ que estabI.e, Al que necesitando pQr.iso para casete,- la ejecución de

pracediosemtci,» violó el Acuerdo 7o. de JL9719 qn »u artículo 21$ que estabI.e, Al que necesitando pQr.iso para casete,- la ejecución de obras de urbanisøo, edificación o aodificacjp de las obrás 1a inicie , sin tal perdlso ost taj jecián a las cgndiconas establcjdas en t, se le Imp~& suspensLón de obra que garentizar• can caución Sultcientá. i ta11ndose en firee ¡a provideñeja respectiva el infractor prosigua la obra o la termina, el funcicwário previa cqmprobacjón aunaría del hecho, har efectiva la caución y ordenara de piano la demolicion de la parte COntrj3.da en contravención del tallo que lapuso la uspension. tuArticul articulo 216 Ibid.ía que d1pt .T.6S81.Hoja 1i. po ,En cuanto a las 1ot 1y 21, .átária de presente acción, de' obras de tntere publico y 229 que recurso de óátb1 reposición contra las asdidan coi -rectivas u ltaldec e insp.ctort. rebD1ución z de ada, fu. notificada "Para.4a jiacuciOn de;Obyas de urbantei , eØiticación o d obras, se rsquief praiso expedido por ei oerta.entj AdsinitrartLvo de ncion Distritel y la eç.t'bPia de Obras P4abltcas. Nacional de PoltcLa, 1 arttcu'tos te& que eetblece la ~didimo correçtiva., 197 que

la eç.t'bPia de Obras P4abltcas. Nacional de PoltcLa, 1 arttcu'tos te& que eetblece la ~didimo correçtiva., 197 que que "la $ipenlión de obra se rokflar hasta cuando ç.sen las .causa qj lío óotiiaran", qu. hace referencia a las tutela, 1 quien tWt la reeo1iciøn 4. suspensión de abras ce ord.nb lo a'... A la sñórd i1YRlAMRO1RI13Z,. tdentificadá con la C. Ç. p&,.3q.144,52 de Fnt1bon, propietaria del lota No.19, ubicada en la calle 33 No, 126-(), l qu. ce encuentra en obra A. qra eolaØ.flte pachetada (sic) sin puertas ni entanas da un solo pi¡, 1 medida de suspensión de obra. • .. al propietario del late NO.21 celor, RFAL1. ACER), donde hay una construcción de un pisa en abra negra pa1etado can puarta y, v.titafles, en el segundo pico hay un apartamento en obra 9na can puertas y entanae ,' cerratanto en bloque, ubicado en la calle 33A No.12663, la aedid d suspensión de obra...."EXP.A.t.á381. .Hb,a 12. per.on.leente a Las personas quien afirmaron en la 1nspec --1ón ocular, ser dueras de tales predios, CC3ØD consta a folios 178 vuelto y 119 a. 185 da! ex~ionte. De donde e tiene que con , la ResoIuc1tn NO-015 da suspensión de

ocular, ser dueras de tales predios, CC3ØD consta a folios 178 vuelto y 119 a. 185 da! ex~ionte. De donde e tiene que con , la ResoIuc1tn NO-015 da suspensión de obra, Mn.ra, alguna ai vioJó el debido proceso y dea&s derechos .e?aladoji por el solicitante, toda vez que sta se dictó con base en cLras norsas vigentes obre •l particular, se notifico en debida tor.a o, quienes resultaron atøctados con la asea tuvieron asu alcance el uso del recurso de reposición procedente contra la etsa y el accignante en particular no tanta Srs tal proceso Sdlnstrativo ninqun Iflteraa turídico. A Mediante o'ctm NOS09 de 2b di agesto del 4, 'la Alcaldia de ForstbQn Localidad $o'ena de Ssnta1 de Bogotá, 0. C., resolvió de fondo la querelle instaurada por la ehora ESTHER MEDINA GRAJMES, contra loe ae?bures L019 (IRI 1 Z Y GERMAN (3(M4ZEZ PELAfl0 teniendo en cuenta q con fcha 0 de Julia de 1994, se a tabo por dicha Atcaldle La inspección ocular de constatación cap al delegado delb Persor,prja'doctor JESLJS IVAN ZAPIUDIO al predio GELVA DORAA 1 ubtcadø en la cal le 33A a le 36 con carrera 12, la 121, en la opu&j se qetableció que algunos de )4is contraventores acataron la ff~á» dé .- suspensión de obra

con carrera 12, la 121, en la opu&j se qetableció que algunos de )4is contraventores acataron la ff~á» dé .- suspensión de obra ordenad, por La Resolución 015 de 20 dé enero de 1994, 1 otros no, y estando pleflaasnte de.ostrack, que evji3.nteaente se violaron las norses de urbanseo y construccj,, por cuanta las contraento es iniciaron te ejcUcuan de las obras sin el llano do los requiito legales, casa son loe ' -planos y la correspondiente 1 icencie de cufl1trución e.pedida por el Dapartaøento Adainistrativo de Planeación Distrital, de manara 11 1la de Obra , Urbarii.ao, mediante le :'.99de.26dá . ~tu dei 1994. SantaPe de c041 se cc,nlirrno la D socio que de una parte, se tiene que 19 )r di >de de los UebII'itQde irtr — híbe hhoÑ, no resultaba que se resoiv da sponer la deOi icIof) dei lo edi -ticado en ctrj del a1l9 que dipueo 1 pnsr de en la Reoluciø No.0J5 de enero 24) de 1994. En dicha lucior) No.099 de agosto 26 dei 1994, se relacionan las obras qu. cobJa la detereiiaci en eu1. 'iad, entre las cuateis se encuent, las obrajr adetiantadeis án o. lotee 19 21,co. sguea " En la sanza G lo 1iada entre . calle. 4 y 7 ' carreras

encuent, las obrajr adetiantadeis án o. lotee 19 21,co. sguea " En la sanza G lo 1iada entre . calle. 4 y 7 ' carreras 10 lote. dle 1 nueva (191 y veintiw (21)..." Dicha Re.ojnr, tuei nctifc a pd.r dlcto el cual se fijó el 15 de Novteajbre de 1994y se desfi8 at del cierno . y arlo 125 y 124 ha dipba.dot siendo la« stis de la tar f4tra ultma reøojuç)n procØdjn lo rOCur~ de apel.cjón el Pf3eiro de loei cual., fue resuelto rned n te 1 Resq uc ion No016 dei riero .34) de 1995 en forea &pulaiófl resuelto por el Conse)o de Justicia de E de la urbanizcon ELYA DORADA, to bien lo afirma .1 l prLlets c 1am fotocopie5 de lo contratos de a folios 1 )!$ del eped tente, fueron por l .idquI,,ici el 30 de Playo dei 1994, es decir dess4s de que la Alcaldja Local Fot M> proferido la Resolucjn NoQiS enerc 20 de J94 ci sepenei de obra, de la otra, el derjfjcrla. e1tuaciÚ4E%P.A,T.63E31.HoJa 14. difícil cuando de tí#-"PQ atre venían reatiz4ndoe diligencias Públicas , por la autoridades que tenisn a su cargo la actuación administrativa y es claro que al suscribir, la escritura de

difícil cuando de tí#-"PQ atre venían reatiz4ndoe diligencias Públicas , por la autoridades que tenisn a su cargo la actuación administrativa y es claro que al suscribir, la escritura de compraventa, el adquir tente se entero de %a cisme, puesto que los ireneblea carecen de lid~tiflcaci&> catastral PrOpia. Ahora bien, si el V~~dor ir.ó en el acto ante Notario que el inmueble estaba libre 4 demendas, el problema ya entra en la arbita de la responsabilidad 4vi1, del cgal no puede obligar 11 se a hacer participe Administración. En esas condiciones no podia notificrsele la misma por vi 'de hecho mucho'~os niraele en descargos, coso si se le notificó personalmente a quienes dijeron ser propietarios de los .ieøoe en la época en que esta se dicto, coso consta 'a 10110 181 del expediente convtrtindose el aqui en url Infractor y se tiene que en dicha re.oluciÉ)rb de suspensión de obra en su articulo primero se døterstnar, todOs Y cada ano da lo predios por mu nomenclatura j ltndero, se detalla igualmente el estado dm construcción de todo y cada u~ de 10 ciasO., se7 identifica e individulia a todas y cada'tna de la personas qa. habitan dichos predípe, lo cual se prueba con la copia de dicha resolucjÓn,vjsjble a folios 142 a t77 del epediánt.,y enella si aparec.ntdefltjfjcadas los propietario, de lo lotes. 1 y 21, tal y.cóo aparece en el

142 a t77 del epediánt.,y enella si aparec.ntdefltjfjcadas los propietario, de lo lotes. 1 y 21, tal y.cóo aparece en el aparte respective trsnsrj-jto en la preante providencia; restalta obiit, que por tratarme de situación irregular, ce imposibilita la identiftcatón ~ante, titulcM que entonces, no Qetn inscritos. Ademas • st en la rasolución No.O99 d0,24 de agosto de 1994, por medir, de la cual se ordenó la,,demolición de 10edificado en contravención del fallo qu.1.pjmo la upeeión de obra, no se tiEXP.A.1'çj1 Ruja 15 Pr OPi0 trICIA i determin^n los predtc u. nosencltur.y lindero,i o no se 1defltjfl e .Ifld1VI.dU11Za a todas y cada una de las persona quc diii: habitan o dicen ser lc », ftímahoa, preente,,qen la K 1u1ón 015 de enero cuepi Lo cc -s Lales requjjt y .iandá COn$eCUetCJ de la p -.ise,-, conszcI,, la Sala q ab ue no hia nece4j de repetir en la segunda lo siseo, •xlmit cuando ésta sc en aqueH, peretp, que coitravinje, - eh fallo que d1apu I Iluapen de obra, que'~ el Dtr que el cOntorjo e la Resojt,c 015 de enero 20 de 1994, 1 cual el ctot no ~la JUé¡dícammt» estar Lnct&1acjo, -

la Resojt,c 015 de enero 20 de 1994, 1 cual el ctot no ~la JUé¡dícammt» estar Lnct&1acjo, - En asbs RQ%QIUCiØ,I.Ps tanto en la 015 de enero 20 do 1994 por medio 4. 1 cual se ord nb la suap.nj de obra coso en la 14o.099 de'2ó d agosto del sisaso aPIO pa,- edo de ti cual se ordenó la deaolicUn,figuran los Iota referidos, y el aparte pertinente de l ultla de las Pesoluejones nosbradas st trans ,cra en esta a las cosas y prabs4ø cobo se encuentra que con la actuación, del a1n&r Alç.tde Locat de Fntibór. localidad Novena de Snt.a f4& de L3ogot, 1). t,. no ii o- #ulnerr n1ngnø de los derechc se lados par el la Sais nogai la tutela SQltCitad, COSO •admlnist,-M Í'.os dictados por au'tor4acJes dtitrttaI de 1994, s la r~lucíón 099 En tit CutiD i NA11$CA, de la rriiiri a expuestc,, el TPlFLtif%t ADtIINISTpAtfljrJ SELC IC$1 PR 1 .I P&RA, ad.lr.ía tr ando .1 ust 1 cIa en . - de - - y por autoridad de la Ley,O . c' t i da y p, obade en .t x ón d 1

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PUESTO RiY : CIIJR NTIADO gP.AT. 381.. Hoja RESUELVEi iEPO NIEGASE te tutti 0Itc1tda por 01 efór NELSON

FERNAtIDO PIOIICAIIA 1t$tj1O.

SOLJNDO.. Nftei? 1eqr1icmeente 1 pørte. TEl Re.tta el expediónte I II. Corte Contitcin1 pare w ventuel rvi1On de cantOróidd con lo previsto en 1 ert:kculo 31 del ~reto 291 DE 1 1 dentro del tretno legal no fuere 'ada la pree.nte providónc1.

COPIESF NOTWTUEE Y EN ilrn' EBIA PROVIDENCIA, ,nvlist ri

EXPEDIENTE

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