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TA CUN - 6330-(22-02-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6330-(22-02-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

SOBRETASA A LA GASOLINA -Destinación

TRI1%AL A1IMISTRATIVO DE WWUIAARCA

-8Eai1 PR1JR4Santa Fé de Bogotá, D.C., Febrero veintidos (22) de mil novecientos noventa y seis (1.996). ExpedIente No. 6330

Magistrado Ponente: Dra • OLGA I1S 1IAVART& BAJtRERO

Demandante; GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL AMAZONAS

Observaciones. El seflor Gobernador del Departamento del Amazonas en ejercicio de le facultad que le confiere el Numeral 10 del Articulo 305 de la Constitución Política en concordancia con el Articulo 118 y s.s. del Decreto 1333 de 1.986, remiti6 a esta Corporación el Acuerdo No. 033 del 9 de Septiembre de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Leticia-Amazonas "Por medio del cual se modifica el Acuerdo Nro. 031 de Mayo 12 di 1.993 11, para que se decida sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado es del siguiente tenor: "ACUERDO NUMERO 033 DE SEPTIEMBRE 9 DE 1,995 "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO Nro. 033. DE MAYO 3.2 DE 1.993.- "EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LETICIA-AMAZONAS "En uso de sus atribuciones legales que le confiere el Artículo 32, Numeral 7 de la Ley 136 de 1.994.- "C O N 6 1 D E R A N D O "e. Que, la ciudad de Leticia, requiere de una mejor vigilancia

"En uso de sus atribuciones legales que le confiere el Artículo 32, Numeral 7 de la Ley 136 de 1.994.- "C O N 6 1 D E R A N D O "e. Que, la ciudad de Leticia, requiere de una mejor vigilancia en el sector del tráfico terrestre. "b. Que, la Inspección de Tránsito y Transportes, requiere con urgencia 4e unos recursos para poder prestar un servicio más eficiente y acorde con los requerimientos actuales de la población.Hoja No, 2 Expediente No. 6330 "o. Que, la administración Municipal, no cuenta con loe recursos fiscales necesarios para suministrar oportunamente los implementos conducentes para actualizar este Despacho. "d. Que, por ser el tráfico terrestre el que afecta en forma directa, la carga de trabajo de le Inspección, quien a la vez es el principal consumidor de gasolina. "A C U E R D A "ARTICULO PRIMERO: Deetinese e la Inspección da TrAnsito y Transporte da Leticia, el 10% del recaudo de la eobretase a la gasolina, aprobado mediante el Acuerdo Nro. 031 de Mayo 12 de 1.993, para invertir en señalización de las vise, compra de equipo de transporte, comunicaciones y capscitaci6n de los funcionarios, agentes de tránsito y usuarios. "ARTICULO SEGUNDO: El presenta Acuerdo rige a partir de la fecha de su Sanción y Publicación. COMUNIQUESE, PUEL IQUESE Y CUMPLASE "Dado en Leticia, Capital del Departamento del Amazonas, a loe nueve (9) días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cinco (1.995),"

COMUNIQUESE, PUEL IQUESE Y CUMPLASE "Dado en Leticia, Capital del Departamento del Amazonas, a loe nueve (9) días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cinco (1.995)," Coso normas violadas se anotaron: el. Articulo So. Inciso 20. de la Ley 86 de 1.969 y el Articulo 29 de la Ley 105 de 1.993. El concepto de violaci6n es el siguiente: 0 1.- El literal b) del Art. So. de la Ley 86 de 1.989 faculte a loe municipios para cobrar una eobr.tase al consumo de la gasolina hasta por un 20% del valor do su precio al pú- blico y el inciso final do la mencionada norma le señala a los recaudos por ese concepto una destinación especifica: La financiación de sistemas de servicio público urbano do transporte masivo de pasajeros. - El articulo 29 de la Ley 105 de 1.993 autoriza a los municipios para cobrar una eobretaaa al combustible automotor aeIalAndole coso destinación específica un fondo de mantenimiento y construcci6n de vías públicas y a financiar la construcción do proyectos de transporte masivo. "3.- El Acuerdo No. 031 di Mayo 12 de 1.993, expedido por elHoja No. 3 Expediente No. 6330

H. Concejo Municipal de Leticia aprueba el cobro de una sobretasa al consumo de la gasolina motor, cuyo recaudo se destinará 'única y exclusivamente para la construcción, adecuación y mantenimiento del "ANILLO VIAL DE LETICIA.." "4.- El Acuerdo No. 013 d Septiembre 09 de 1.995 destina e la

se destinará 'única y exclusivamente para la construcción, adecuación y mantenimiento del "ANILLO VIAL DE LETICIA.." "4.- El Acuerdo No. 013 d Septiembre 09 de 1.995 destina e la Inspección de Tránsito y Transporte de Leticia, .1 10% del recaudo de la sobratasa a la gasolina aprobado mediante el acuerdo No. 031 de mayo 12 de 1.993, pera invertirlo en seftalizaci6n de vías, compra de equipo de transporte... etc..., contrariando el espíritu de las leyes entes citadas, que establecieron la sobretasa a la gasolina. "5.- La Constitución Nacional faculta al Gobernador para revisar los actos de los concejos municipales y de los alcaldes y, por motivos de inconstitucionalidad o ilegalidad remitirlos al Tribunal competente para que decide sobre su validez (Art. 305 num. 10., C.N). Copia del Acuerdo No. 033 de Septiembre 09 de 1.995, objeto de la presenta remiai6n fue recibida y radicada por el Departamento .1 18 de Septiembre de 1.995 bajo el Número 092", A la solicitud se le di6 el trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede la Sala a resolver, previas las siguientes CONSIDERACIOMZS: Corresponde a la Sala decidir sobre Ja validez del Acuerdo Po. 033 del 9 de Septiembre de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Leticia-Amazonas, teniendo como base el escrito de observaciones presentado por la s.ior Gobernador del Departamento del. Amazonas.

033 del 9 de Septiembre de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Leticia-Amazonas, teniendo como base el escrito de observaciones presentado por la s.ior Gobernador del Departamento del. Amazonas. La decisión a tomar estará delimitada por la pretensión de la petición del Gobernador, loe hechos enunciados en la misma, la indicación de las normas violadas y el concepto de violación, como también las pruebas aportadas a la actuación.Hoja No. 4 Expediente No. 6330 El ae?tor Gobernador del. Departamento del Amazonas se remite en su escrito de observaciones al Articulo So. Literal b) de la Ley 86 de 1.909 y al Articulo 29 de la Ley 1.05 de 1.993 para Impugnar el Acuerdo No. 033 del 9 de Septiembre de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Leticia (Amazonas). Ea claro para la Sala que el Acuerdo impugnado viola ostensiblemente las normas citadas, ya que según e]. Articulo 5. Numeral b) de la Ley 86 de 1.989 "Los incrementos a que se refiere el presente articulo se destinarán exclusivamente a la finenciaci6n de sistemas de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros.. ." Y en lo atinente al Articulo 29 de la Ley 105 de 1.993; ".. con destino exclusivo a un fondo de mantenimiento y construcci6n de vías públicas y a financiar la conetrucci6n de proyectos do transporte masivo". o sea que el Acuerdo No. 033 dei 9 de Septiembre de 1.995, Deatina a la Inspecc16n de Tránsito y Transporte de Leticia, el

conetrucci6n de proyectos do transporte masivo". o sea que el Acuerdo No. 033 dei 9 de Septiembre de 1.995, Deatina a la Inspecc16n de Tránsito y Transporte de Leticia, el 10% del recaudo de la sobrotase a la gasolina, para invertir en seia1izaci6n de las vías, compra de equipo de transporte, comunicaciones y capacitación de loe funcionarios, agentes de tránsito y usuarios, lo cual ea destinación diferente a la que preceptúan las normas aludidas como infringidas. Por ello, se declarará la nulidad del. Acuerdo No. 033 del 9 de Septiembre de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Leticia (Amazonas). Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAIUIRCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombra do La Repú- blica de Colombia y por autoridad de la Ley, FALLA 1..- Declárase la nulidad del Acuerdo No. 033 del 9 de Septiembre de 1.995 proferido por el Concejo Municipal de Leticia (Amazonas) "Por medio del cual se modifica .1 Acuerdo No. 031 d• Mayo 12 de 1.993".Hoja No. 5 Expediente No. 8330 2.- Comuníquese asta decis0n al señor Gobernador de]. Departamento del Amazonas, el netor Alcalde, al seSor Presidente de]. Concejo y al señor Personero de Leticia (Amazonas).

cusE, MO1XFIQUESE, COIMIQ~ Y IWLASL

(Discutido y aprobado en sesi6n de la fecha. Acta No. 018 ).

de]. Concejo y al señor Personero de Leticia (Amazonas).

cusE, MO1XFIQUESE, COIMIQ~ Y IWLASL

(Discutido y aprobado en sesi6n de la fecha. Acta No. 018 ).

OLGA 1hK$ RAVARRTE WRE) MATRIZ flARTXIIEZ QUIMM

Magistrada Magistrada

DARlO QUI~ PINILLA KRK5TO REY CAISYCI

Magistrado Magistrado

HERIIUTO REYES VARGAS

Magistrado

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