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TA CUN - 6344-(02-11-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6344-(02-11-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

RECURSO DE INSISTENCIA ¡RESERVA LEGAL

4 .

TRIHIAL AMM~~ DE cIWUIJIARcA

-SEcCION PRIMASanta F& da Bogotá, D.C., Noviembre dos (2) de mil novecientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. 6344

Magistrada Ponente: Dra. OLGA ES KAVA1RETE RARRE)

Solicitante: SUPERINTENDENCIA BANCARIA Recurso de Insistencia, La SUPERINTENDENCIA BANCARIA envi6 a esta Corporaci6n la solicitud de insistencia formulada por los señores CARLOS ADOLFO PARIS CHIAPPE y LUIS EIRIQUE CAYCEDO TELLO respecto de lo resuelto por el Intendente de Entidades Administradoras del Régimen Solidario de Prima Media (E).

Loa fundamentos de la insistencia son los siguientes: Que solicitaron copia auténtica del expediente relacionado con la comunicaci6n No. 95026413-0 dirigida .1 24 de Julio de 1.995 y solamente le fueron expidieron copia de algunas de ellas por lo tanto consideran que la Adminiatraci6n lee está negando injustificadamente las mismas. Al respecto se tiene que la Ley 57 de 1.985 establece al procedimiento del recurso de insistencia para cuando la Administración niega e] acceso a la tnformaci6n o la expedición de copia de documento con el argumento de que éste se encuentra protegido por reserva de conformidad con le Constitución o la Ley, coneagrándose una especie de recurso de alzada a cargo del Tribunal Administrativo con ,jurisdicci6n en 1.a sede de la oficina pública, para que sea la Corporaci6n Judicial la que decida si

coneagrándose una especie de recurso de alzada a cargo del Tribunal Administrativo con ,jurisdicci6n en 1.a sede de la oficina pública, para que sea la Corporaci6n Judicial la que decida si en realidad el documento está o no protegido por reserva.Hoja No. 2 Expediente No. 6344 De la lectura de]. Oficio No. 95026413-26, obrante a folio 5 y s.s. del expediente, se encuentre que a loe peticionarios se lee accedió a la entrega de las copias solicitadas a le Superintendencia Bancaria a excepción de]. Acta No. 426 del 23 de Diciembre de 1.994 del Consejo Directivo de la Caja de]. B.C.It. y del Contrato celebrado entre la Caja de Provisión y el Banco Central Hipotecario0 en razón a que están sometidos a reserve de conformidad con lo establecido en e]. Articulo 15 de la Cocatituci6n Nacional, ya que la Superbancaria está impedida para proporcionar e terceras personas la información que recibe pare cumplir con sus obligaciones de vigilancia y control a las entidades financieras públicas y privadas. ¡s así como la Superintendencia Bancaria negó tan solo de lo pedido, la copias de los estados financieros al corte de 31 de Diciembre de 1.994 y posteriores que la Caja de Previsión Social del Banco Central Hipotecario envió a la Superbencaria por medio de oficio en esta entidad distinguido con el No. 95 022329.-0 de]. 20 de Junio de 1.995, alegando reserva acorde con el texto del. Articulo LS de la Constitución Politice, no pudiendo entregar copie de documentos privados que las entidades

022329.-0 de]. 20 de Junio de 1.995, alegando reserva acorde con el texto del. Articulo LS de la Constitución Politice, no pudiendo entregar copie de documentos privados que las entidades vigiladas remitan a le entidad de vigilancia y control en acatamiento de sus obligaciones. En cuanto a lo estatuido por el articulo 12 de la Ley 57 de 1.985, áete desarrolla el principio del acceso ciudadano a loe documentos que reposen en lee oficinas públicas y a que ea le expida copie de loe mismo, pero siempre y cuando no tengan el carácter de reservados conforme a la Constitución o a la Ley, o no tengan relación a la defensa o seguridad nacional. Por su parte, como es dijo antes, el Articulo 15 de la Coneti-. tuci6n Politice consagre øl derecho fundamental a ].a intimidad estableciendo que ].c correspondencia y demás formas de comunioaci6n privada son inviolable., autorizando que se puedan entregar libros de contabilidad y demás documentos privados "para efectos tributarios o judicial.s y para los casos, como .1 presente de Inspección, vigilancia e intervención del Estado, es decir, que la reserva de documentos no es oponible a las auto-Hoja No. 3 Expediente No. 6344 ridadee en uso de sus funciones. Caso en el caso que ocupa la atención de la Sala, se observe claramente que la Administración procedió legalmente al no acceder a la entrega de copias de los estados financieros el corte da 31 de Diciembre de 1,994 y posteriores remitidos por la Caja de Provisión Social del Banco Central Hipotecario a la Superintendencia Bancaria y así como el Acta No. 426 del. 23 de

te da 31 de Diciembre de 1,994 y posteriores remitidos por la Caja de Provisión Social del Banco Central Hipotecario a la Superintendencia Bancaria y así como el Acta No. 426 del. 23 de Diciembre de 1.994 del Consejo Directivo de la Caja del B.C.H. y del Contrato celebrado entre la Caja de Provisión y •l aludido B.C.H., por cuanto son documentos que se solicitan a las entidades vigiladas o controladas por ella, para el cumplimiento de sus obligaciones. Por ello, no pueden ser de conocimiento del público en general sino de reserva legal o constitucional. Por Lo anterior, no se accoder& a la petición formulada por loe señores Carlos Adolfo Perla Chiappe y Luis Enrique Caycedo Tollo.

Por lo expuesto, .1 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA,

SECCION PRIMERA,

RESUELVE:

1No se accede a la solicitud presentada por los setSorss Carlos Adolfo Parta Chiappe y Luis Enrique Caycedo Tallo y enviada a esta Corporación por la Superintendencia Bancaria. 2.- Remitir .1 original de esta providencia al sefor Superintendente Bancario, 3.- Comunicar al interesado y ejecutoriado este proveído, ABCHIVESE la restante actuación.Hoja No. 4 Expediente No. 6344 TIyzguE3E Y c191A5L (Discutido y aprobado en sesi6n de la fecha. Acta No. 135 ).

ØZGA ES $AVARRRTZ BARRERO BEATRIZ MARTINEZ QUIw€ERO

Magistrada Magistrada

DARlO (3IJIMONES PI1IT.LLA ERN1SO REY CA~

ØZGA ES $AVARRRTZ BARRERO BEATRIZ MARTINEZ QUIw€ERO

Magistrada Magistrada

DARlO (3IJIMONES PI1IT.LLA ERN1SO REY CA~

Magistrado Magistrado

NERIBERTO REYES VARGAS

Magistrado 4

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