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TA CUN - 6389-(16-11-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6389-(16-11-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

TRIBLIAL ADMINISTRATIVO DE CUNDI

SECCIN PRIMERA

1 RECURSO D INSISTENCIA /RESERVA LEGAL /REGISTRO DE INVERSIONES EXTRANJERAS -Iesrva Santa Fé de Bogotá. nov:iembra dieciseis (16) de mil novecientos novervtá Y cinco (1995). Magistrada Ponent.í DRA OLGA INES NAVARRETE BARRERO Expediente No.. 6399 Solicitante DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION Recurso de InsistenciaComo quiera qüe la ponencia preentada por la Doctora Beatriz Martínez Quintero,. no fuá acogida por la mavori.a de la Sala, procede este Despacho a decidir el recurso de insistencia presentado por el Departamento Naciónal de Planeación. El Departamento Nacinai de Planéación envió a esta Corporación el escrito formulada por el Doctor ALBERTO LOANOSIMONELLI en el ue interpone recurso de reposición contra la Resolución 2ó61de agosto 16 de 1995 que neaó la petición hecha en cuanto al-acceso a la información sobre autorizaciones de inversión extranjera expedidas por el Departamento Nacional de Planeación desde el afío dé 1986.. hasta la fecha de expedicin da la Resolución 51 de 1991.1oja I\k. 2 Extç..jiente No 389 Ante la negativa de la Administración en suministrar dicha información. mediante escrito No. 00450 de octubre 24 de 1995 en cumplimiento a lo Prescrito en el Artículo 21 de la Lev 57 de 1985 envió al Tribunal toda la actuación al respecto para su decisión. El Departamento Nacional de Plareacjón fundamentó su

1995 en cumplimiento a lo Prescrito en el Artículo 21 de la Lev 57 de 1985 envió al Tribunal toda la actuación al respecto para su decisión. El Departamento Nacional de Plareacjón fundamentó su negativa en cuanto la información solicitada relativa a se encuentran sometidos a reserva bancaria. Para resolver. ].a Sala considera oue la Administración negó la información sobre autorizaciones de inversión extranjera expedidas oor el Deoartamentg Nacional de Planeación solicitada por el Doctor Alberto Lozano Simonellj, Pero solo en lo atinente a nombres y demás datos individuales de los inversionistas extranjeros, más no en cuanto a especificación de montos Por sectores de acuerdo con la clasificación ciru y por paises de oriqen, aduciendo la reserva que existe sobre los registros que realiza el Banco de [a República en materia de inversión extranjera por cuanto éstas se encuentran en íntima relación de interdependencia con las autorizaciones oue previa y obligatoriamente debe expedir el Departamento Nacional, lo cual confiqura un acto administrativo complejo que se consolida finalmente con el reqjstrg", todo lo anterior deHoja No 4 Expediente No.6389 fáctico y leoal En efecto, si del texto leqaltranscrito párrafos.atrás se establece reserva para toda 11 la-documentación que maneja el Banco de la República conéxcepç.ón de las actuaciones y decisiones de carácter general que con base en aquellos haya adoptado la Junta Directiva en condición de autoridad 1 1 1 11 monetaria resultaría un contrasentido que mientras dicha información repose er otra oficina de la Administración. pudiera ser objeto de acceso por parte de cualquier

haya adoptado la Junta Directiva en condición de autoridad 1 1 1 11 monetaria resultaría un contrasentido que mientras dicha información repose er otra oficina de la Administración. pudiera ser objeto de acceso por parte de cualquier ciudadano. Lo cierto es que en el o,concreto si la información se hubiere solicitado al Banco de la Repiblica, hubiére sido deneaada aduciendo la reserva lenal. Asi mismo, la previa autrizaci.n para que se otorgue registro por parte del Banco de la Republica1 aun cuando fuese un acto autónomo -e- .ndependiente con vida propia, tendría de todas maneras un stino tnico lo-que indica que no causari.a per sé efectp alquno, pues su objeto es el otorcamiento dpi registro de la inversión extranjera que hace el Banco de la Republica el que a tenor de la norma lectal citada tiene carcter, dreservado. acuerdo a éstas considraciones. la Sala no accederá aHoj No. 5 Exoed¡ente No.63E39 a solicitud formulada por elDoctor ALBERTO LOZANO SIMONELLI. al Departamento Nacional de Planeación.

Por lo e,pueto., EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE

CUNDIÑAMARCA. SECCION PRIMERA..

RE S 11iJ EL:y E. 1..- No ¡e. accede a la solicitud presentada por el Doctor ALBTOLOANO STMONELLIy remitida a esta Corporación por el Departamento Nacionl de laneación. 2.- Remitir el briainaj do esta providencia al Director del Departamento Nacional de Planeación 3.- Comunicar al interesado y ejecutoriado este pro'eido, ARCHIVESE la restante actuación.

por el Departamento Nacionl de laneación. 2.- Remitir el briainaj do esta providencia al Director del Departamento Nacional de Planeación 3.- Comunicar al interesado y ejecutoriado este pro'eido, ARCHIVESE la restante actuación. (Discutido aprobado en sesión deja fecha. Acta No.41

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE..Hoja N. 6

Exoediente No.6389

OLGA IPES NAVARRETE BARRERO BEATRIZ ?IARTINEZ QUINTERO

Magistrada Magistrada Qn Salvamento de Voto

DARlO QUtONñ PlNILL

Magistrado

ERNESTO REY CANTOR

Mágistrado Con vamnto de Voto

HERIBERTO REYES VARAS

Magistrado

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