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TA CUN - 6420-(30-04-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6420-(30-04-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

1 C) TRI3UNALS laiñlN ls rxATlvú Dk CWLiILARCA

BOGQI!A, D. E.,3Ç ,, 176

Magistrado Ponentes 506AXA kOJTES u 2Q1LYERRI RIPs Juicio U 6420.- ÁeT03 JACI05ÁLL8.- Denandants A130380 JZ&U8 DIA4 &ÁJAiOS.-' £probade Acta JI 24 di abril 23 4. 1.976.-' £1 selor Alfonso Más DL.. Granado por medio de apoderado y en ejercicio de la aocidxz de plusa jurie-' dicoi6n eoneagr.da en el articulo 67 601 0. 0. a., presentó d& senda ante cate Coror.ci6n con .1 fin de obtener loe .igai.s tis pronunciaciantos $ "2LMR0.-. Ea nula la e.oluoidn JI 02017 4e mayo de 1.973, proierids por la Contreloria General de la R.i4blioa. GUIDO.-' Za nula l. Resolución X20042de junio 28 de 1.973 9 proferida por la AUtitoría IM14cal ante la Corpormel6n Autémoma Regional de la Saben. de Bogotá y de lo. Valles de Ubatui y chiquinquid. ft1(CLRO.-' Urdn.ss a la auditoria Pi..1 ante la Corporscidn ast6saaa Regional de la Babees de Bogotá

D. E., y de lo. Tau.. de Ubsté y Cbiquinq&ir, rekt.grsr es su cargo, con retroactividad al primero de julio de 1.973, alante la Corporscidn ast6saaa Regional de la Babees de Bogotá

D. E., y de lo. Tau.. de Ubsté y Cbiquinq&ir, rekt.grsr es su cargo, con retroactividad al primero de julio de 1.973, alflor ÁL70I0 J3 ,U8 DIAL G}L&4IhDQ6 y ooea.ouencialmenti reconocerlo y pagarle todos loe cusidos y demás haberes inb.r.nt.a a dicho cargo, desde la fiaba de reintegro indicado en adelante.-2-. lundamentd sus peticiones en los aiguienteaz 1l.-. La Corporación Autondina Rjional de la Sj baza de Bogotd D. 3., y delos talle. de Ubold y Cbiquinquirfud oreada poz' la 147 3 de 1.961 y su fisoslisacida ae hallaregida por le ley 151. de 1.959 y las normas que establece la ley que la creé. 021,.. Rl se1oz' Alfonso Jid Días Granados, mi-- poderdante, venia prestando sus servicios en la citada Coror oióu, con si cargo 4. Revisor de Duounentoa It., cuya conducta y eficiencia no d.bajsn qu4 desear. 3$.. La Contralor. G.ueral de la lepdblio. 7_' mediante R.soluoi6n 52 02017 de mayo de 1.9739 nombré interin1 mente al. doctor ÁiT0 PAI4Ñ SUARRZ coso Auditor General VII'. de 1. Auditoria General ente la Corporación ¡utou6..a Regionalde la 8sbsna de Bogot4 D. E., ¡ de loe Valles de Ubat4 y Chi—

mente al. doctor ÁiT0 PAI4Ñ SUARRZ coso Auditor General VII'. de 1. Auditoria General ente la Corporación ¡utou6..a Regionalde la 8sbsna de Bogot4 D. E., ¡ de loe Valles de Ubat4 y Chi— quinquir (c. A. E.), División Auditoria de Entidades Deacen-.- tr.lizadas, noebrusiento que tud hecho en forma ilegal , por cuanto se d.sconóoi6 lo establecido en el articulo 22 de la ley 31 de 1.961, que dispasea 'articula 22.-. La fisashisación .............. 041.-. 31 sellar Doctor ^L~0 SUÁRt, en su sg lidad de Auditor General Interno de la citad. Corporación, as-- - diente resolución 11 0042 de Junio 28 de 1.9739 declaró tisub' eisterstó si noabreniento dsl. señor AiPQli80 J.8U8 DUZ GkAlADOb con novedad fiscal primero de Julio de 1.973. Coso disposiciones violada por los sotos soa— sados indio6 el articulo 22 de la Ley 31 di 1.961 y el. 17 de la Conetituotón Racional. Tramitado regularmente el proceso, oído .1 co c.pto desfavorable 4. la PiscalS.a Segunda 4. la Corporación In encontrándose causal de nulidad que invalide lo sotuade pr cede la 51 a decidir previas la. siguienteis O 9, y 5 1AC I0ILSs Pretende 1 demanda la anulación de la. Rsse]1

cede la 51 a decidir previas la. siguienteis O 9, y 5 1AC I0ILSs Pretende 1 demanda la anulación de la. Rsse]1 ciases 3. 02017 de mayo di 1.973, diotadi por la Oontra]oriaGeneral de le epdbltcs, y la Jl 042 de junio 28 de 1.973 proferida por 1. Auditoria Placal de la Corporación Autónoma Regional de La ambas. de Bogotá y los Valles de Ub.t4 ;. Chiquinquir, CAE Por la primera se 4ea2gn6 interinamentecoso Auditor General de la Autiltoría General ente la CAE al. doctor Liberto Lardo 8dares, Por 1a segunda, dicho fumiemjj rio declaró izisubalatante el nombramiento , del .?lor Alfonso ¡seda DL.. Granados coso r.visp de dooumentos IV de le elUd uditpi'i.. U tratándose de un acto complejo, primeramente es necesario examinar le viabilidad de la acción respecto de cada una de les p.t.naion.a. Y en cuenta $ la'. saoluot& 2017 de sayo de 1.973 se advierte que de su mulación no puede derivar para .1 actor un restablecimiento individual de un derecho vulnerado, por lo cual ha da con— cluirse que la noción instaurada, La de plena jurisdicción, no e. La indicada. y por .1 contrario, respecto de la recelución JI 042 del mismo ao solamente podía interponer.e d cha acción, para buscar la satisfacción del dereoh atacado, ya que ee treta de un acto creador de una situación mdlvi.' dual y concrete.

lución JI 042 del mismo ao solamente podía interponer.e d cha acción, para buscar la satisfacción del dereoh atacado, ya que ee treta de un acto creador de una situación mdlvi.' dual y concrete. Y no puede aceptares, coso lo pretende la desanda, que ul derecho del actor fué atacado por la Esso]. elda JI 2017 de 1.973, simplemente porque la designación que en ella e hacia no cumplía con si lleno de las formalidades da 1a ley, ya que todo acto adainlatrativo se presume legal alastras no sea declarado nulo, y da en el supuesto de que sedienta la acoidri correspondiente as declarase nulo dichonombramiento, loe actos por ól ejecutados en cumplimiento — de las funciones y atribuciones propias del cargo y con ellleno de lea formalidad.s de ley, con viudos y producen t dos los efectos que la. dísposígionos Las asignan, Ls seta tersa, pues, as necesario oaaol.uir que la desanda con la, cual si inició el presente proceso es inepta, por acumular indebidamente dos acciones; de nulidad res.oto de 1 reaoluct6n JI 2017 de 1.973 y la de plena 3 risdicción relacionad, con le resolución JI 042 del sieso celo n mirito de lo expuesto el Tribunal Adm. nietrativo de Cundinauarca, administrando justicia en nos— br. de le R.pdblica de Colombia y por autoridad de la le;,DECLARASL ?ROBADA LA LCI014 UEPTX.

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br. de le R.pdblica de Colombia y por autoridad de la le;,DECLARASL ?ROBADA LA LCI014 UEPTX. TU» 8UTA1TIYÁ 1E j..A ¡)LMAtWA c6pi.ee, ncti1qu.ss, ooaiafçt&eee y archive., el exp.d tente.

ALVARO LC O1'T1 1UA ZAMIR bILTA AML

CLARA 1URFfrHO I)k CASTRO MIGUhL AZTOUO CADJW

8USJ.A »: i»U.V1U(I 3E? LORNO

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ARCU 1ILIO CELU B iecretario.-

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