TA CUN - 6443-(15-05-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 6443-(15-05-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
1 • ) PRIMAS DE VACACIONES Y DE SERVICIOS ¡ASIGNACION DE RECURSOS
PRESUPUESTALES ¡AUXILIOS DE f QY ca
/ :
v 1
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CIJNI)ENAMARC.A 7>,,.,
SF4cCION PRIMERA
SantiddeBo,D.C. Mayo qui eL5'de uad novmíeiituüuosiuiy eisU996.
MACISTRADÁ PONENTE : DOCTORA 13Á11UZ MA1TÍNEZ QUIEN ÍTEROL %XPJDIENTE No. 6443k DEMANDANTE GOBERNADORA DE c'ur i: FNA2J RC Flbk 1-IabiI.kkse ntdo l wnnLe rtu uta el .Lxrcto 13 3 3 de 1986. ett ata ancuio 11 1 dtxide la Sala la ob r'acon precn1ada por La e1ora (iobernadora del l)epartamen.to, en relación con el Acuerdo 0 11 de fvliiri.o 2 de 199 expedido poe! Cieo Muoiclp«J de LA CALERA.
La seúora 0 ~d~ deL atnenio, en uso de la atribueión qm le ufiere el mandato r'ntfluc1onaJ pVIiT1O en e.)3JtrHJ .1)5 numeral 111 de Ja ('arta PHtici renhitt .1 esta Coracion el a~llo teerido., a fin de obtener un iuianieoto sobre su lelidad, toda vez que cr)sldern ¡.~m) pntptos superiores como al eJcp lo son los artkulos 150 munerizJ 19
Coracion el a~llo teerido., a fin de obtener un iuianieoto sobre su lelidad, toda vez que cr)sldern ¡.~m) pntptos superiores como al eJcp lo son los artkulos 150 munerizJ 19 literal f y 35 de la Constituciói, Nacknal el askule 291 dd Otnh 1333 de t( arfIculo 94 del Decreto 77 de 1981 Al e43hcaI el concepto de violación1 sefiala:Exp.6443. Hoja No¿,. LI acto inistrativo demandado preaenta irregu1aiidades como el reconociniiento del pago de yinn de servicios y de vacnciooes, el otoratniento de aportes a entes de DereCh4) PriVado y fue áfi el Lleno de tos requisitos exigidos por la tittttna de las amias invocadas. TnuisT1be las ncnuas que considera lberon ftre(lidas, para concluir que le Concejo no pocha apropiar dentro del pmfooplwtxl de Gastos de fwwionsiuiento p.wi la vigeocifi de 1995 partidas para el recor cimiento y pago de pruivas de aemieio y de vacaciones a las cwi¡el los empleados sftnalclJkti Iselw uiai aun uiando el rcuueu ,wt iacior.al de I'x epleakIMII,lsc niunicipaks lo Iba la ley y no los Concejos Mu cipales. siendo por lo Milás aquellas primas e'ctreiles al no tener c.eactóo legal. I1 Preaiupuesio (3iaieral es un acuerdo. las pnnias allí estal4ecidas son creadas mediante el preeute acto y por ende la apropiación es susceptible de ejecutar. Es por todo lo anterior que La
I1 Preaiupuesio (3iaieral es un acuerdo. las pnnias allí estal4ecidas son creadas mediante el preeute acto y por ende la apropiación es susceptible de ejecutar. Es por todo lo anterior que La MI~ Gobernadora considera que el Concejo se an bteiihad que no le corresponde. Por otra parte dentro del Presupuesto de Gastos é k Funcionamiento e lnvenuóo aparecen las siguientes partidas: en el numeral 2.1 sobre Gustos de Funcionamiento etan aportes Coruejo Nacional de Contntkwes, apodes Asociación de Contralores Municipaiea aportes Defensa Civil y podes Federación Colombiana de Municipios y en el numeral 2.2 tiguran Ga4os de Inversión relacionados mi: patio de awyICIos a la ComuUidad. capacitación y actualización Mawiteuiu y Capacitación y Aacsorta a la Comunidad, conirariando el artIculo 355 de la Constitución NacionaL e imitAndose e! Concejo por lo demas en el ejercicio de sus funciones al inteivenir en asuntos que no son de u c npetencla en frarca transgresión del articulo 41 numeral 3o. de laExp6443. Hoja NO-3Ley 136 de 1991. d &iieick útevk oteutivo del Pre upueato ( ied de Rentas y Gastos del Miiuipo de La C.nkin lue dt antes de el de ta O$ic»m de P1aeacón D eta1 sobce t; fCf5 de k piule te5n de 1 esos C ieütes de la
$ ps4 -in;: de.!r e ' de 1995, el emdo debate en p1eurt. el $ de .kbreo de 1995 ni trai ue el c.orMepto
$ ps4 -in;: de.!r e ' de 1995, el emdo debate en p1eurt. el $ de .kbreo de 1995 ni trai ue el c.orMepto eaa;ad de la t Aícifia de Plane; 1)e nweual cs de Jul' 6 .k 1995 Poi COt Uieflk 5t J)CH1A Ct)flTVCHC1Ofl al to 94 k1 l.)ecre 77 de 1987 que exige que ci pravect de pre&upueto wtmcipaI prent&io pkw e! \icaide debe r oi1&kk r el eq IehnILivt la itt de Ptue44&14J.. A la slicflid se le -Y> el t.ámite legal c epondienie. En coftsecuencia pocedu (a Sala a ennir u decisión de tndo previas .Ls siguientes, C0NS1»FRACiONtS Fi (oncejo Múnieip3i de Lk CALERA, expidio cl acto reliri.da, «Por niedio del cual se tnodifk'a el Decreto 132 del 31 de E) ubre de 1994., (el cual adcia cl Presupuesto de Rentas y Gastos del Muoicipio para fa vigencua de 1 995); suprimiendo, mdo. incrcinemado ic y[p 61) l:kji N o. 4. chournIveD4o algunos rutmm y p'oyectc' i se ncorpca el 1reupueto C,eriI de Rentas y Ga stos de). Munieip4o de La Coiere de) Pian. de tnveriÓi Soeial aprobado jxv el Acuerdo No 005 de 1995 y zit adoptú [í codilicacin reupueW..
Ga stos de). Munieip4o de La Coiere de) Pian. de tnveriÓi Soeial aprobado jxv el Acuerdo No 005 de 1995 y zit adoptú [í codilicacin reupueW.. Poí ¿u ttatle la ¿e-.a (iobernador& iudera que se trani.igredleroo lam. siguicoie¿dipoiiiez CONSTU'UCK)N NACIONAL it'ricvt.o (.')rreronde al t:o.i no h.cer las ky. Por mdi rJe ellas ejerce las ulentes tul iones: 19 r)ic1r ha u rraas gcneraks. y sea1ar en ellas los otisos y iWrio a los cuales debe
tape e) veiuo los sávuknles efed: f Regidar el reirnen de pre1aeiones s ciaks mlninias de tos tr Jrrez o&ialeLM AJ&TICULO 35,. (Jc lat, U AteJi(b$ <H j~Hi"V«Jn dereiar O flOI Cfl 01 te f)Lttfld t14tIiIdJk O WIdIC. 1e ckí.ei. ho FI c1ifIVtIe% fliWíi)i. ()1NW8LIJ.4 ,listnIM y Lp&$ prwhr, o.n k los picsuuestos. cttr uralo con eutadudt tnvadas sin inimo .Se tiscr y le noti. lieidad en el tía di, rnp sar proranas y actvidades de 111ees pit1 oaciHes con el pLiu kiond ' tos tanes stnates de desarrollo. U
ieutia1 c eO; la a teita -,
de 111ees pit1 oaciHes con el pLiu kiond ' tos tanes stnates de desarrollo. U
ieutia1 c eO; la a teita -, H1(7RJ'f'O 1.3,33 JM 10-86 'ARTICULO 291.. El rémen de pr iJor.es smiaks dr los empleados p ú blicos municipales sera el que estabkzea la kv, que también dáspondra Lo necesario para que. dentro del rnarcí de su autriuwln adiitrntiu. tos rnunkios provean el .rCotloc&mknto .' papo de dichas ptactoneal . 1M(.1tE1'O ~ 7 DE 19V'6443. Hoja No. 5. WAJfl1(1JLO 14 W ikde, d.ntr del tnnuc tevaj peatara al ncejo ti proyd.o de pesupues', t mcipL aiaead (ti c cepto deiatttio de la Oficina de l;rn .5obr l oirn4miento dc , ks reqtiisun -le que trata ti «ulíclikj 90 de este í)x eto. FI oneco e atJra (te (trle trni:te al proyecto (te rupueto cuando no vaya JWtfflJfl&1dO (le (I)CIkO ucepto? Es claro para la Sala que es atnbucióo excluma del leziaIador reu1ar lo relacionado con el régimen prestacional de los empleados públicos, pero cn ci pre.enXe caso lo que el Concejo Municipal hace a tras del Acuedo derr idadt es liai la pant.la ps paesud necesarsa para
régimen prestacional de los empleados públicos, pero cn ci pre.enXe caso lo que el Concejo Municipal hace a tras del Acuedo derr idadt es liai la pant.la ps paesud necesarsa para cnbñr el rubro de prima, vacacíoues ' pnwa de ericíos no creando ta. mencionadas toda que li creaciósi ile k siiirnas pricede de la oltnitad del legislador. Ahora bíen,, si bien ea cierto la prárvi de vacaciones y de seridos no están corkternpladas poe la le de 1945 conio unas de lazipre aiuues ohciaks pana etrspteattosk, obreros uaeinides. n.' (o es ruenos que ello no imaphct que en virtud de normas dilrentes, asi se haa establecido, tal es el ~›del Deuielo 14 de 1969 en su artIculo 43 v el Decrek, 1045 de 1978 en. su asilculo &r., se les haya reconocido el derecho. Aloia bien, no es que el acuerdo denrttndado conteunvo del Presupuesto de Rentas y (astos e tn aco de e ea41Ón del t encionadt suso que e le sílinple 9sigflaClÓl) de recuroe pata ¿a prima cuya ereackn se supone previa, de suerte que la Sala se pronunciará sobre la rabdw del ac aun isijativo, en CW5fl() hace al cargo que suMeula la obervanie en inaseria de xecin de primas.E:q6443 floja No.6, fn m4aciá0 con el ereo retítrnente para pago pcw cúcepto de aportes al (neo NaL de
xecin de primas.E:q6443 floja No.6, fn m4aciá0 con el ereo retítrnente para pago pcw cúcepto de aportes al (neo NaL de Crakrc a la aioiaci6,i de Co talores, la Ds. Civil, a la Federactói Cokrf:Hbiana de de de vsio a la uüdad, la icta,ión y actt i&ii del Maiterio 'í de y a la t'!ikd qe h efori rdor itía en la 4t!$? iil la vioiciAu al t itJitu c útticoúi oúteuklo ea el ailiculo 355, Coiscjo (le fiado ha dwho. 'Ante la t rt»mane prohil kiÓo que ct>tlw.xgrli el wiso lo. del Ankulo 355 de la Carta ikhtiut., et el entick de 1~ tínua de las ramas u organo9 del podes público p«Irá &r-tv iixih o 'ri lvor de -persofas, uaturale& o ¿uridica de derecho pwad, qi2e c(noe sabe bisca proteger el tesoro público, el citueue ahnr un camino Imon que el Ftwlo pudiese desanolMr de cometidos., a ta de la hbtn de eou"ka con eDtidade çvada 4' Secáon Piirnera, itettcia de Junio 1 de 1 93. Ex1)2 138. Con;ero 1knent: 1)r.Miguei (nzi1ez kodiiguez. Fn el j)eenÍe ciso lo que .te he co el Acuerdo der u4ado es fijar eg;esoa altitales de0tc0 de
1knent: 1)r.Miguei (nzi1ez kodiiguez. Fn el j)eenÍe ciso lo que .te he co el Acuerdo der u4ado es fijar eg;esoa altitales de0tc0 de toi rubros de gato de fttrcionamierilo y de gao& de erin, contraviniendo flagrantemeute el ;nauçLao tk) bftueionaí dci 33 co.VO texto es di uieute euor; de
Má podri d.Tetr auxilio o dacone tn Javor de eiona .riarnrales oj ñdica de dt,nebo privado. El obeas, en Isi uivek nacionales, depaPamental, dtntat o municipal podn%, ti recursos de 10"¡rext1vo resapuetos, celebrar contmto con ntidade pnvada n animo de kiitro y de reconocida idoneidad con el fin de íolpidsw plama pixau4a i au dades de inief p.bhco acordei con el plau naconai í lo k deinollo. U (ioi trw' aconat ieiaiientara la inatna.E?xp.6443 11qja No'. De werte que en eao de qie el Mi1nicíplo pretenck heentivu la lahor de $o C nfl»loreL de ta I)ekna Civil , la llitegririción intermunkip.. el servicio de la udad y u e aiticiÓri y y lnti del Mt eno deke eguir k patametro Jo el inardlo cOntitLKiOnal tfanctiu,
cito e, tetetsr ntmto ci alguna erilidad pnvad4i sB nuiIto de ltk:fO pero fl) i3.aigflM
tfanctiu,
cito e, tetetsr ntmto ci alguna erilidad pnvad4i sB nuiIto de ltk:fO pero fl) i3.aigflM dentro (lel presup.Jes4) l)i(la ru nleiiare1nt». pi td e$lí 1ndicuia en auxilioa rnunicipalea prohibtdoa ex reiaixieik en la Carta Plitk4. En co ecuendct, la Sala 6uar la nulidad de las partidas dernandadaa, Finalmente, en relacióu con la del articuLo 94 del Decreto 77 de 1987, obaerva la Sala pt' wvyu t (xq wdm)cia dela. cleLaJlki dkI Mumeipal, el wsedo fue cJ.el»lticklb cu ei5ckfbtero4e 30 rejxsa el concepto del arii.o Adinui,suarivo de PkneauEI - robernación de Crndmarnarca, de fecha 6 de Julio de 1995, en el que el i.)irector de dicho Departamento \iinnuivo afirma haber ac.uadu recibo de copia del acuerdo 41e.ulandado y (Id Decreto 091 de Junio 11 de 1995 ti ite k ua1e e modifra el Pian dl lneriÑi, encontrándolo ajuta&i kas uounasvueuies En et'eeto como puede íAmervarse en el concepto tvorabte numero 00257 el au,i.no .khrnidi de Pl;u auon de ( ditiunara :onceptuó acerr:a de que el Plan de lnvevin se
aa a lu nc ts '.aeute. Abota beii. la uouna icvocada por la o&aervante es eiaia al áuictu obligatoriamente cualquier modthc.cion al lttcst de. lnveruón Niunicipal al concepto delExp6443. Hoja No.& Jek de la Cflkiüt de Planeadón Depúrtatnextid, i1 pue, ccLue la Sd qu Lu 0 Ji&.íic:ioies al Pt puesto de Ingo-esos y Egresos,eotraría htijs n(iiko444. odR vez q.rn el cteip4 vrrahk 1e 1)hflC1t1Ól) Íe tt F:4dad a la expelici6.0 del acto ~entivo de Iaa mi&rna. En ieceida, a(ffl cuándo el primero de kis caígos 1 lían pfliu(is de Va4acione y de fVKi4 #y> A a a1a de iaru la .wl.I4la41 del twrdo objeto de obaeivaiÓn. L &one ui expueta& esto es por ra greaión al Aitku.Lo 355 de la Carta Politica y al artcu$u 94 del Detreo 77 de 1987 tn merito de lo expuesto, el TRJI3IJNAL M1NIS1'R.4UVO ÍW <1JNI)LNÁMAR(:A. CCJQ i'RIM1RA, admintrando jutca etk nrnbre de la Pephlica de Colombia y por auLt,flit4 de L lev, PRÍ1WRO. iaxx la nulidad del Acuerdo numero 01 1 de marzo 2, de I.)95, expedido por el ncey Municipal de LA CAIFRA.
auLt,flit4 de L lev, PRÍ1WRO. iaxx la nulidad del Acuerdo numero 01 1 de marzo 2, de I.)95, expedido por el ncey Municipal de LA CAIFRA. SJGUNIDO. Cornuri1quee la anterior iecsicr a la sGÜHJNLRA DE CUt'dDLNAMARCA. a Loa Scúmeu DEL CONCEJO MUNICIPAL y ALCALDE y PERSONERO del MUNICIPiO de LA CALERA.TERCERO. At'chivee el ex w.ú vez eje tíd e; pié-viag kv, (m4M&'iOfles
de figi-w.
COF I4O1 F1QUE.SF Y T.JMPLASF.
Discutido y pob&k e de 2 de Mayo de 1996. ACTA No046. OLGA 1N1S NAY Rt'T: .RAkER() BEATRIZ MAITlNEZ QUINTERO Prs1deIbta k t Sala Mgitads I)ÁKI() QLJÑON1S PINVITA. RM?$TO RFY CANTOR afacistrado igii r4