TA CUN - 6496-(18-07-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 6496-(18-07-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
COSA JUZGADA a)
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO I)I cm CUND[NAMARCA
t.. SEC€ION PMiM1iA
C'4 ÑitaÁé k1c. . Jtiho dihu 1 de fill t vecieikt o yácia(1996).
&IAGIST1UDA PONENTE DOCTORA BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO. iXPF!)ENT!? N.
. Nw
DEMANE)ATF : C)flEkNAI)OR.A DF CUNDiNANLtRCA
O13SE/M;iOiS.
Hab%endoe uirtidoe1Umitepievi9toene1Decieto 1333 de 1986,ensuarticulo 121,decidela sala )a cberva.ciÓn remirada por Ja sefora Gobernadora del Departamento, en reJacin con el numero 004 de Eneto 0 de. 1995, expedido po el Alcalde Nivauupd de UI3AQUE. .kNTECEDENTES: La soflon Gobernadom de! De eutmneao de 1munarca. en el o de la faentad que le coafiere el artIculo 305 nunieral 10 de la Carta Potuka, ienute esta Copor&;ión el acto inini4ratvo rendo. a tui de o 4ener un )!unameI1to obe u legalidad, toda vez que ine preCepto upeKr, como a electo lo e: El piir nifo 2. del ArttcuIo 32. de la Ley 136 de 4994. Al explicar el concepto de violación, seii. la:ilja No. FI aAo adoliñistrativo fija y reglarnnta lo viÁttcos al Jefi de Piarteactón del Municipio,
la Ley 136 de 4994. Al explicar el concepto de violación, seii. la:ilja No. FI aAo adoliñistrativo fija y reglarnnta lo viÁttcos al Jefi de Piarteactón del Municipio, Cedo ficho lácultad en cabeza del ejecutivo mmicipat. La tacultad para fijar ticos y gastos de vije no se encuentra eintad. ea la ley ni para el Ejecutivo 111 pam ci Concejo Mii uipa1, es por ello que no eiicontrándoe la cnpetencia de la lunción as) vida, se debe dar aplicación al parigrato se mido del ttculn de la Ley 1. 6 de 1994, por tanto e! Alcalde oniití teei preeute una ter&cia que le corre.pondc a ¿a Corporación. Mun A la øolic.mtud se ¿e dio el irainote legal VUelfle. En coiocencia.. procede la Sala a ennur u decisión de fondo, previas las iígtlíeate;i-, CONSIDERACIONES: El Alcalde Municipal de Ubique, expidió el decreto ya mencionado, 4pormedio del cual se fija - itgkmieuta los váiieos al Jefic de Planeacion del municipio de Ubaque Cuodinanarca. labiéniose verificado las demandas contra actos administrativos por parte de la bernadora., prende
el hecho de que e1 l)tto qi e se demsn.$a en el pnsente caso ya habia sitio demandado ante esta misma Ctapotaciou, con hae el¡ exactos nomiauvidad 5concepto de violación sy.x{hendo a la sncrtta Magmstradít Ponente el cc'noctmienlo de la misma. culrninandc, e! lo15,116 11
sy.x{hendo a la sncrtta Magmstradít Ponente el cc'noctmienlo de la misma. culrninandc, e! lo15,116 11 L1oa iO prxeo úú iententa de 18 de Erie del peente ato n de laración de validez:. Ea por lo antenor, que la Sala se abtendM de proriu 'rge en eata oca&ión, toda wz que la legalidad del cti' que se va había wio tn1a hnbiendo hecho tránaito a cosa juzgada. Finahnente, at respecto la Sala ctm»1 ~e in atinn&to por la doctriva, en la materia analizada i cuy()' ajtes [)£-ftíf"teiitsancribe. Violación de La COSa pzgada. La jur&pnuknsa asrntLa uirnben:ala ibrma de totauon :m la de la le;', por cuanto la cosa juzgada coniituye wa vedad legal que como tal rnence el acalamienlo no nólo de kx initça&kp mo de la inuirna adi n$tTae()fl. BETANCUR J\R:M1LLO. Cadtx, Derd,o Proca1 \siuunitnuivo. Súa1 EdiLola. 4a edic1n. Pgs2i 8. En nienio de lo expuesto, e! TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE lo 1-1.NDU4ÁMARCA$ECCION PRIMERA, adrninistnwdo justicia en nombre de la República de Colombia y tor autoridad de la ley, F Á L L: PRIMERO. Abmíieneae de protu ciarme 3obre demanda presentada. SEGUTO. ¡a decisión anterior a la Señora GOBERNADORA DEL
de Colombia y tor autoridad de la ley, F Á L L: PRIMERO. Abmíieneae de protu ciarme 3obre demanda presentada. SEGUTO. ¡a decisión anterior a la Señora GOBERNADORA DEL i1:bEPAR'TAMENTO.
a lel Seficres PRESIDENTE DEL CONCEJO MUN1(IPAL, ALCAiDEIxp.6496, Ik-ija No4. y PERSONERO del MUNICTPTO de UBAQUE.
TERCERO. rbve&e el expedieiite, una vez ejecuioñzsdaéstá dennoineíones de rignr. COPlESE NOTIFLQUFSE y CIJMPI,ASE, D¡&cut¡tk-q y aprobado en esin de Juiiio 6 de k ocñente. ACTA Noi}&
911-CA. I]YES NAVARRETE BARRERO BEATRIZ MARTJINEZ QUINTERO
Preideuta de la Sala Marada
DARlO QUESONES PINII LA ERNESTO REY CANTOR
.Maistnido Egitrado