TA CUN - 6514-(18-07-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 6514-(18-07-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
ACUERDOS MUNICIPALES -Trámite de aprobación
TRI8UNAL ADMIMSTRATIVO DE CUNDIÁMARCA sCcIúii PRIMEIÁ
C4 Santafé de Bo,oa,DC. Julio dieciocho 16) de mil novecientos noveiva y seis (1 9Wj.
MÁGISIT.Á1)Á. PONENTE DOCTORA BEATRIZ MÁRTINEZ QU1NFERU !XPFDWNTE Nc. 514,
DEM DANTE GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA.
0BSERVAc1ONE. 11abéndow uÑdo el tramite previato en ci Decreto 1333 de 1986, en tm articulo 121, decide la Sala la obnervacn p eentacla por la sefien (Svbernadora de.) Lepartamenta en relacin con el A.cuerdo núnaeto 34 de Octubre 29 de 1995, expedido por el e~ í0 Municipal de
FACATATIVA.
ANTECEDENTES: 1 s e?rn (l. hm del Iartsinen'o en ejercicio de 111 itinhoición que le conlicie el mandMo coniftKiona1 previsto en e) artículo 305 numeral lo de la Carta Política, remite a esta el scuerdo objeto de obsetirnción, s tin de obtener un pronunciamiento sobre su jilkli t&xLi z qw sidera intiinge precepto superior, como al efecto lo es: El Artículo 73 dé- IL4)A6de, 1$94
Al exlicar el concepto de violación señalaUxp5N. hoja No2. E1 imao adütrativo niíid&k fue apíoadu eji sus Jos Jebútesefai eInaI sin dejar
Al exlicar el concepto de violación señalaUxp5N. hoja No2. E1 imao adütrativo niíid&k fue apíoadu eji sus Jos Jebútesefai eInaI sin dejar t1)e,, -rjr entm. ellos el nnino kai, de Smne que precn un vco en w tnrmacAn iUñifl3iefidO así el ut1cuio 73 de k Ley ¡3Ó de 1994. Tiae a o1acin juÑpiudecia de este Tribunal. A la se le di.,l d tt ka vigete Lii ecue a píode ¿a Sala a erntiisvi ík toMo, $1S sigi.nena CONSIDERACIJONES: El Concejo Municipal cJe Fac t'itivicxpdií el acta aJmixñtrativo referido, 'Por medio del cual e eaIflDuhi ía cieuciuu de mdtMLfl2sb eu este niiunieipio e tonean duuo iuipuesto y Se dan mua. facultada,;". Por .';u parte la señora Gobernadora de indiriamarca, taidera que :e trzw grcdi la siguiente dioicion normativa: Pun qe II eA iciw Ø $' &s 4ij. Rl pi-o'ec1n rr en1dc en $q k<,--Miona del (esep. la CWVJ k uin a 1 rrp .wtui d pi& kba. L k1 (tj 4uii un pwi pmwf o y eimdo Mmt. eIukk 4eb k orp..nki k ikfl wprryccv .k awrt tkii .ur a s kracin k' la j4 - na .fr la tr.
pwi pmwf o y eimdo Mmt. eIukk 4eb k orp..nki k ikfl wprryccv .k awrt tkii .ur a s kracin k' la j4 - na .fr la tr. 4 des.puea de su aprobsom eta ha comÑoas repeea, El axu &txtjo qmhaL~c iaL eta pnrnet Jdiak pini ti xuat aiaeaate iado p01 el cotacejo, a obczud de ,u jaflor, de cujouier otro co.aceaaL del wbieruo nnupzl o del vocero l C'& la nhr S hln çl v q n' rccibierr la y a ea -"CMtwk> teiaataia la uae &Á .Me pasa u ata. S,,hrç'aedo 6 De Ininorma pretrnncríia e ctaro pani la Sala que un proiecto de Acncrdo debe cumplir con los izulenie re anflo. a sabei 1 1a&,es lenhio dos ciebite el piineio ante la '. omtso oriepon1teüIty el Seguado ante M plenaria. Lbue kbrados en distintos chas con un interregno uni ibJiia1eJiQ de tres 3) dios, txia vez, ue ci segundo debate -ante la ilenariadebe nrse 3 días depue& de su aprob::on en !a rnisn. en sezundo debate remitirse por parte de la mesa directiva al J\ kaide para su 4.djlCiOli. hs por eilo cIne ¡os te nsnos ntoadcut no puede» ser obviados bajo uinttnja icutaneia,
en sezundo debate remitirse por parte de la mesa directiva al J\ kaide para su 4.djlCiOli. hs por eilo cIne ¡os te nsnos ntoadcut no puede» ser obviados bajo uinttnja icutaneia, z q.ie son t:eres 1tsites que se imponen a las Corporaciones para el nacimiento y validez dei acto. en esle caso. del AclIercio rsiaecnvo, son enlonees. tunro aso» ira publicacion, condiciones sine qus para que el seto entre en vigencía se presurna vatido produzca la pknnud de sus encto.Ep.65 14. IJoja NoA. Aha heu, debe tese eü cueñia que la çazt k fouki de que se pievea ea las uorma. mie 1ehite VI debae en esie raso entre el cebrado en euin 'u el ntado ante la p1eÁiañ4 es el pefmití a los ÁíltegKíültei del eueqxcolegiado un mejoí CÑtUdío de la proposidü onteiuda en el provecto de acuerdo, de tal suerte que dicho térnuno leai debe ser tomado y entdi.do inci un espai) de tleolikt ulfiiÍni) obigatono. Ahoa bien. de Íí sidad ..on La cüstartca di.da pus la Se'ean.s iel C'oiicejo ikwuetpal lola debates se tasi iHanss st tnen es cserto se surtieron en das diterentes. cumpliendo am con uno de k estosdeariornia,tambin10-es que .ie.realizsron los dbs 2 y 14 de octubrc-de 1995 por constgwente se omUÓ la observancia del tiempo mm(TM> ksat.
de k estosdeariornia,tambin10-es que .ie.realizsron los dbs 2 y 14 de octubrc-de 1995 por constgwente se omUÓ la observancia del tiempo mm(TM> ksat. hi por lo antenor que en electo el Acuerdo deiwuidado me aprobado sin el tkno de requisitos ; nir en i inphmíento del término que debe observarse entre ambos debates, fs por ello qwLariala cndei -a que te assie (a niz11 a la observante en cuanto a la tranagisitn de las normas procc-dera daíar la nulidad del rnisni ln nierno de (o expuesio. el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO LW CUNDINAMARCA, SÍ'C(1ON Pl 1M1UA, adniimstrando justicia en nutubre de la Rep.tblka de Colombia v por auto4 tdad de la ley. !A LLA:Exp65 14. hoja No. J«. PRIMERO. De1Ájrar la nulidad del Acuerdo amero 034 de 20 de Octubre de 1995 expedido pw el Ci'isejn Mtuu'ip .1 de FACATATIVA. $GUNDO, Cintquee la 4ci4Vón antenor a la Se(,ori 0043ERNADORA DE CUNDINAMARCA y a 10 Set PRES NTE DEL CONCEJO MUNICIPAL, ALCALDE y
PERSONERO del MUNICIEPIO del FACATATIVA, ÍRCI!RO. Archivee el expediente. una vez eecuIonada e1fl rnvdenwi, previas las duotnei de ngor. (X)PIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASF. t)iscundc y aptobado en sesión de 64. Junio de los corrientes. ACTA No»,
duotnei de ngor. (X)PIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASF. t)iscundc y aptobado en sesión de 64. Junio de los corrientes. ACTA No», OLGA INES NAVARRETE I3ARIff RO ¿_13E.fRt1 MARTINE (#UI i'ER() Pr"qdents de la Sala 1) ARIO QUIÑONE.S PINILIA E RIN FSTO RFY CANTOR iistrado iagitradoLp.65 ¡4. ¡loja No
H}RJBERTC) REYES VARGAS
Magistrado