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TA CUN - 6534-(18-07-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6534-(18-07-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

PRESUPUESTO DE INVERSION MUNICIPAL -Modificación de partidas 1

TRIBITNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA sLCCION PRIMERA

Santafé de BocÁ,D.C. Julio dieciocho í1) de mil uovecienioa noventa y sela (1996).

LA(;1S11tLu)Á PONENTE DOCTORÁ BEATRiZ MÁRTINEZ ()U1NrERO. !?XP1DIENTF !o, 6534.

DICMAM)ANTE : ( OBERNAI)OR%. DE CUNDINAMARCA.

OBERVÁCIONEs.

FLieakiie udido e! &túnute pievtto ene! Decteto 1333 de 1986, en su atticulo 121, decide La s Ob p La inwkra de Depa nienle, en relacion con el Acuetdo aúiue[o 031 de Octubre 27 de 1995, e.pe ido pot el Concejo Municipal de SAN RFRN ARDO A NTIC)I)ENTES: La seúora (jobernadora de! Departamento en ejercicio de la iamMd que te confiere e! mandato constitucional previsto en el articulo 305 numeral 10 de la Carta Polltica7 remite a ésta tJoqoracíon el acto iuixuraúvo teterido a Ila de obtener un pronunciamiento sobre su ealidad, toda vez que considera se inñinc precepto superior, como al eficto lo es: El articulo 95 de La Ley 17 de 1987. A! explicar el concepto de vioÍacion suala:Lp64. Ua No -2 . Ii ¿ktk, a ftIaUvo iuudilka el Ard iwoero 020 de \galo de 995 por oedio del cual

A! explicar el concepto de vioÍacion suala:Lp64. Ua No -2 . Ii ¿ktk, a ftIaUvo iuudilka el Ard iwoero 020 de \galo de 995 por oedio del cual Ñent$1cn el Pre pnem (enersi de Rentas y Gtos pma la vgenc1.a iacai de 1995, isndo poí alto la touoa acwada de volacióti, toda vez tilue el arto aduit.iatrativo en la pacte a (ao ,Milivetn i.hrhina 1.otaina 4 Cultiva Dep rte y Recr cÓf se ba en loa que la p ítkts añada ño ooide ou el F acua de .liri !etc

('Y25 dei 995 beie el que rekayo el cpr favorable del Depalainenin Adinnnstraflvo de Pl cnciÓn de Ctuatnarc.a. ReLiiona cada uno de loa rkltwoa. así-, - ArtIculo .105: Apoyo tirianciero eventos culturalea, banda mnmcipat por t5X )(Joo; Ailiiio 1061; Apoyo tinaneero eventos l)epomvos Recreacion por V(XJ (XXI oo, nuenlras que en el Plan de tnVersLories adíe, rubros se lea asignó una parflda por 30 (OOO,00, r tandose iu dinnrnucon a la mitad en el acto dernaudadtx Articulo l0&2: Ampliación terminación piscina se te asignó una partid, de 300O0OOoo. en detrimento de to siihros pr en( os arculos lOS y 106.1. ademas este amento no se euetnra estahl&ido en el plan de inversiones, por tanto no Lhe sometido a la rión rpctiva

detrimento de to siihros pr en( os arculos lOS y 106.1. ademas este amento no se euetnra estahl&ido en el plan de inversiones, por tanto no Lhe sometido a la rión rpctiva ' x»enur cnK.xpi4) ite aiestcjou I.n la parte de 'vaMos de tnversioi Rural, i»raina VIII .Aksa Potable y Saneamiento Basico se çrva el rubro LI. 1 d oninado 'Acteducto vereda Santa Marthif, el cual tampoco se establece en el prom.tna de litversioii de suerte que el L)epiutamento de ttaneacion no enntto cnccplo favorable. A la solicitud se le dió ci tramite previsto en la ley. En consecuencia, procede la Sala a eimtir su1 T ,» T1 LA.Ç)lJ4. 1iOJL O.). de .for.do, pfeias las siguitiltei, rONSIDER.C1ON1rS; El Concejo Mumipa1 de San Bernardo expidió el Acuerdo reterido Por medio del cual se modifica el Acuerdo No.020 de aQo€to de 1995". ademas que ii!a el presupueito general de rentas gasiis del municipio para la vtcncta fiscal de 1995. Por otra parte el Acuerdo 020 de 1995, es tambiei ruoditicatono del utesuuuesto sieneral de rentas y uaálos para la vtencia de 1995. 1.4 tuua t.joijelnadc4a iel E LauaIttcnto considera une se tian io ta siu ie ds'.ion

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1.4 tuua t.joijelnadc4a iel E LauaIttcnto considera une se tian io ta siu ie ds'.ion

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Lj 4:ii10 !.5. El neJo flo ¡^.oJ-ta ehu&twu £ed(Ku u ciuntrúu 1tt jMUtMJab de atstos prtle por el aklde que e vayan e mufragar C09 recursos pmv ne 4e l aticacou en el hnlMjestl' ¿1 tas ventas ,otiie. ios tue vCUt tI coliccino de la ndkatc Oficais de rlancaiort.". Ahura t»en. observado U acervo probatorio se tiene une el acto administrativo demandado esta ñehaIn el 2, de Octuhrc de 1915 (Folio lO) mientras que ci concepto del Departamento Á1nnarat1vo de Haneaeiont )benraeron de LurlianMuca ea de Mayo 18 del irnsmo alio ,Foio 77), En etecto como puede obenirse en el coixepto favciabte número 002562, ci .Depar amentoExp 6534. Hoja No.4. Adtrati de Ph &ióo de Ciwidmanwca conceptuó arca de la n i&aeiói del Pi&iA de 1n%1On e ndo CÁ.10 recuro de la p.rticipación de lote ingmios conienteÑ de la Na 1 r la viigajciá de 1995, conte.rikkx en el Acent (X)9 de nwzo 30 y el Decreto 025 de abril 20, ambos de I9 e a la nonnna vigentes. Ahora bien. la ncwina i.n cada por la obserwrnie es clara al silievar obiigatonamene cualquier

de I9 e a la nonnna vigentes. Ahora bien. la ncwina i.n cada por la obserwrnie es clara al silievar obiigatonamene cualquier modificación al Presupuesto de luversión Municipal al concepto del Jefe de la Oficina de Planeacicn Departamental La prolnhiein del amento 95 del Decreto 77 de 1987, se retere urncamente al Conceo Municipal, toda vez que la iniciatíva para pesenlar Provecto de Presupueato Municipal y Prt;rama de Enversioties para la vuencta correspondiente pe tenece justan eme al Ale Me del unic.ipio. autoridad que debera ajiutarse al concepto que previamente expida el L)epartamnto Administrauvo de Planeacio del Deparnimento Vi Decreto 025 de abril 20 de 1995 en el itumenil It sobre 'hwersion rural", i1erente a ap:wo financici a encuentrcs culturales y otros no coincide con la partida así Wikada en ci i'rograma 4 de nitura, depone y recreacion. pievista en el acuerde 2k) de 1995. A& unes. cixtuve la aia qm laa modiliui .¿ fl d las (1eiQnes cndirntes. toda vez que el c& abk de pli.ncacion ftit' obtenido en relación con las inocidicaciones hedias riot el Áicakk inri euaks no podtan ser cairit)tadas por ei Coriceio Municipal y la. aras ni siquiera fueron. objeto de estudio pr ilancacion al no figurar en ci actolcp65i4. hoja No5. tvo del Phii de l íiti. esp:lficameüte lk.uk 106.2 pliaci&t teii

tvo del Phii de l íiti. esp:lficameüte lk.uk 106.2 pliaci&t teii !'u', por uiw de 3 .X)O.O(X).00y e! n,bro 151 1 'A ucto Saiti Muta Lo sn$eior eowb ee a dec!anir la nulidad parc.al del At'nerdn ¿teso de cion, no in antes adetir que el acto &íña~ fue expedido para la vigencia fiscal de 1995, de suerte que debe Ar va .jecutacto y u avaao qnedaffin 1a reservas a las patudas no eeeutadas, lo cual un para que el Tribunal ciuupla cori sU atrbudóu para prou1 ciarse sobíe la legalidad del acto. 1n vilevito de lo expiteuo, el tliW)NAl ADMINISTRATIVO 1W (1$NU1NÁMAR(A. S1lCC1ON PRIMERA . iiistrarido justicia en taonibre de La Republica de Colombia por autondaci de la Lev, F ; 1 PRIMERO. Declarar la uuídad del Anículo en tlacion con el mbi 'Apoyo financiero eventos culturales. Banda Muiucipal por la suma de 1, tX1oo; el ArtIculo 106] «Apoyo financiio eentos Rion (:iin r la suma 'le 1. 500 000.00.; AÑeulo 1.2 ..Ampiiacc'n trina on pi ina'. per La urna de 30tM).000.00. y e! ArtIculo 151,1 Xueduto eteda Santa Mtia dci Acuerdo uuuwro de cnibre 2 7 de i 9'5. expedido poi el Concejo Mnnitpd de San & ardo pr

Xueduto eteda Santa Mtia dci Acuerdo uuuwro de cnibre 2 7 de i 9'5. expedido poi el Concejo Mnnitpd de San & ardo pr SEGUNDO. Comuniquese la deciion anterior a la sieñora GOBERNAJ)ORA DELExp6534. ¡loja No.6. DIPARTAMENTO y a loÑ w& -ves PRESIDENTE DEL CONCEJO, ALCALDE y PE SONERQ del MUNICIPIO de SAN I3ERNARIX) T!.R(1!RO, Arehw' .d misve e cu Md ea prnvidencia. tM doeke de COPIESE. NOTWIQITFSE Y C[IMPLASE. l)iscudo y aput4mdo en ÑC$iOfl de Junio 6 de los corrientes. ACIA No,05.

ÚLGA FNES NAVARRETE %kJ[UiRO DE5ÍI4ILMARÍINEL QUINTERO Pr"-i4cnta de la Sila

DARlO (jUr-40INFIS PIMLLA ERNESTO REY CANTOR Mgitrdo gistrk

¿tERlBERO REYES VARGAS

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