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TA CUN - 6542-(18-12-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 6542-(18-12-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

DERECHO DE PETICION. /CESACION 'DE LA ACTUACION IMPUGNADA

ÍRIUNL A6IilNLmATlVO 1 CUNDINArIA SErC ION R - .Santalé dieciocho UBI de mii novecientos noventa y cinco (19).

MAGIBTRADA PONENTE i D(TORA.. BEATRI.Z MARTINEZ UUlNtEIO.

EXPEDIENTE.

DEMANDANtE i L$TÜ OP1NO (JLNTEkU. : ION flt 1UTt.

Decide la Sala la .icctOn de 'tutela ejercida por mt set;or ALBERTO OSP INO UIJRWTERQ, quien actúa a nombre propio, contra el COMANDO l3ENER. DEL EJERCUO CCi»IANO, representado por el seAor GenerI HLD LiOYA. Afirma el solicitante en r 00 U~í' que elev una .wtiiOfb al sePOY General WRCLD BEDOVA, Caandntm del Ejercito Colombiano, por correo via Avianta, el 10 de noviembre , donde te solicitaba e pago de ntereses moratorios por la cancelación de la suma de EOOQ('.QOoo, con mora de dos atlp. y medio para el respectivo Pago. córrespoñdtentes a una r,coefl chos intereses córres anden una .&ma comp.nsatorta:. .adtfional por no pago aportuso. Igual petic)n hizo al e.fOr Ministro de Defensa quien li contesto •raando que .y ftie'babta 'pagadó.- fxP.A.T.54. Hosa 1. Afirma que .tectaáente se llevó a., cabo el pago de La

contesto •raando que .y ftie'babta 'pagadó.- fxP.A.T.54. Hosa 1. Afirma que .tectaáente se llevó a., cabo el pago de La recompensa, más no d loe intereses eoratxw los, respecto de lo cual no hubo respuesta ccwcreta en ningun aenttdo. Agrega que Los ibo.aáos del wetaor. Ministro aprovecharan su

ignovancia sobre el asunte par .nvaltarle la petícttn.

P E 1 iC 1 0 P1

Siendo evidente, que %u dáróctso de psttcin ha sido vulnrado y desconocido, pues el teretna de ley para ccw'testr ya tue agotado, descontado el tersino de 1. distAncia, 'espra se ordene la respuesta, La cual espera: Vía . fa»

ACTUAC ION P RO C E S A 1..

Mediante auto de diciembre doce 4 i2) de 199, se evocó el conocimiento de la accion de tutLa tnterpu.áta por el solicitante, so ordeno Librar oficio al sefor Comandante del Ejorcito, ehur General HARCL 8EIX)'ffi, solicitÁndole )n'f urea sobre el trámite dado •:' la peticion en cita . fin igual torsa al eetor ¡Ministro de Densa Nacional, con rIpcto a La peticiOn que en Igual sentido afirma clsolicitant. haberlo enviado. Se ordeno notificar pi.rsonalsent. al sefror Ministra de Defensa Nacional y al sefor General DEDOYA, Comandante del Ejército Nacional.

Igual sentido afirma clsolicitant. haberlo enviado. Se ordeno notificar pi.rsonalsent. al sefror Ministra de Defensa Nacional y al sefor General DEDOYA, Comandante del Ejército Nacional. Mediante escrito vtaible a foliO 11 del expediente, el sVorAsí miso a talios 17 y 19 del epdiente obra co..unicaciMn dl EXP.A.T. b542. HoJa 3. 8ubdtretor de lnt,ligeflcj.del EJerc.to Nacional, remite copia de la reepueata dada al pet1c.1onart3, en relación ~'el pago de ID. •interese de loe veinta asl.11oneIId. pa CM como cancelaciri de una recompensa. Aco.pafa igualmente copta de la ccnflraacion envio del ia> di.r3qido al accionante y tl la contras.4a del corrqo certificado. Lo anterior, dando cumpltiønto a 104trUCCi0n sobre al partL.ular 11 de?¡ eeor lenrel 14N0LD $EDQYA PEtMRO, Comandante del Eerc1to. Jefe de la útviwlon lde Neqociós Judiciales de la $ecrataria General del PWfetrio de Detanea Naçtonl, doctor (XS AUI3U6O MORALE$ ACtVIOO, con L.cual aliaga fotocop del oftiO de dtciaabre del afta, enturen, dir.tqtdo'a% solicitante, suscrito por el Subdirector de lntelióenciø del Ejercito, quo responde a la solicitud sobre el pago de Intereses por concepto de mora de Io

dtciaabre del afta, enturen, dir.tqtdo'a% solicitante, suscrito por el Subdirector de lntelióenciø del Ejercito, quo responde a la solicitud sobre el pago de Intereses por concepto de mora de Io I0 .000.000 no como cn cal a de usla recompensa, junto con fotocopia det recibo' delenvtó por la Ompresa EPIS bajo el No.9i723?,, •l igual que fotocop1a del .re-cibo del envio por vía fax al numero indicado en'a,i'petición. Con respecto a 1apett.ciÓn que elaccionañte afirma haber , enviado al Ministerio de Defensa t4acionl, ellea certiticscJøn suscrita por .1 Ayudante (len.ral djL. ?,ecretartØ f3eneral del PItnisterio de Defensa Nacional, de fecha 14 de dicleabre de 199, en .dond coiminica que reviados los archtve s1ititizadn de la documentación llagada y saiids de dicha Secretaria se encnntr registrada conicación del sehor ALRTO USPINU QUDTEM3 deprosperidad da pretensión de tutela, acorde con lo mandamientos estabiøcidos en los articulas eó de la Constitución Política y lo. del Decreto 2591 de 1991, esta determinada par la AftAL1S'lS DEtJAC.USACION lecha',søptiØbre 2 1995 procedent. de la ciudad de Barranquilla, de la cual nei& fptocop, petición que se cOtpto mediflta re.pueta da4 c's 1 oficio NO-6323 de Junio l6'óá 195.

Barranquilla, de la cual nei& fptocop, petición que se cOtpto mediflta re.pueta da4 c's 1 oficio NO-6323 de Junio l6'óá 195. Informa que sobre los miamos hpch$, ste esta-esta Carpe. cion el accionente ya habla presentdd acción ido tutela con radicaclon No.A.T.5424, de mayo 4ide 1995 9 respecto de la cual remite foto copta dei oficio 38 de 24 de mayo del aho se elivian los docuntos solicitados, lo que consider pueda$ ser de utilidad a esta corporación. CONS 1 DERACIOP4ES DERECHOS PUNDAPNT(&ES 1N'O Conforme aparece xpres.tR anotado án el tetade 1Á solicitud de tutela, el drecho fundamental respecto del cual ml peticionario reclama amparo es •l derecho de petición, consagrado en el articulo 23 de la Carta Pólltica, cuya iaracter.izacian en relacion con la acción de tu"lá ha sido objeto de abundántee pronunciamientos tanto del li. Consejo de Estado como de la H. Corta Constitucional. en curso, demostración de eXttencia real y concreta de violación aseenaza de un derócho fundamental •EXP ç.rb543. 14o)a 5 . a n!c) t ot-1n ' derecha funtl d a zii urte queVe.he nrio Z211 primer término óertr y dteriu.nar el atcnce cn en la r,uevai Carta l.t.c» d 1L. E artículo ..3 de 1 Crjn -Utucion .r19.nte consagra el derecho de

primer término óertr y dteriu.nar el atcnce cn en la r,uevai Carta l.t.c» d 1L. E artículo ..3 de 1 Crjn -Utucion .r19.nte consagra el derecho de ti er, lo, Quif trinc " da Pernoria tidfw i!rqcPw' a pr &entr petáciones ruapetuua a las autc>r ->Idad" por øutivc di i.nter qonE'ril o particular y A <Itn»"wr pronta reaci.Jucjón. El lev1d pJr. ,ii.ntr ctb ante argmnizactonee privada pr garantizar los derechos ttndamntte m . For %U 1 CÓdtp Ad ntçtrtjv regula l derachu de p ion en <iI rtikrri Ln r1 quc ditpqnen Iaa cQnd1tne y requIf.Loai s foi jLi3CtW rj ptckónÓ ante la Adtruatrcton, 1Égntø dfv general, como particular, Afat :nmo l pet:iMt ie it Ql r:Ofl iÇpttulo 11 III y IV a. En la ya ampliéi ittaprudencca de la H. Corte CcnuttucioriaI. el de;ochu d p4tción h tido tlotda como un derecho j3üb1XCO ' ubJat4Od I peristirla Para acu.1r ante ¡"si autaridw's adenatrttj..V r:rr 4ra- ,obtener una pront SU solicitud o fle ,diter.mc:ta de 1 oía

autaridw's adenatrttj..V r:rr 4ra- ,obtener una pront SU solicitud o fle ,diter.mc:ta de 1 oía roAbLrntQfl jurdciomIe, per awr ursa vía tz»4pedtta d4e iceao dtrtQ m les tordde tiqe tn prtnt'nciamiento cor t.iC;r'. ' F. n lb 1 cc, bLttt , li tbera que 01 solicitante en estaW .i1uja b. ioii de t.uh), htzo 04ie su derectie ?undaentail de pettc6n ct)niØr$dd con aClnea d1 Decreto 01 de 1 çr' li' fecha C4tICÉ •l CUt't'PO de p r a te tablecer el. on eotvc< de la ~ricwiadia petíción nl Lo~tk> dU' Err1to Niiicionai, l.nfringlM 401 . derechø de po1ict, s Geneial AI^D el Lrn,te dado ac..eido con 1 ttb.i dOCUnta1. tr$ida a) ei r,f nr i 4n a la ohcitud y el enqUe 1,4 en rtr4aba. Lo propao orierø con reermtó .etlor. Pbn .ió tr Otr a follo L del e dlenteecr3to del iet1or tubdtrector de Irte çencia del EJ ,rc4o Nacional, çon e) cual hace llegar la CQP de reepueeta dad al petartn con fecha 15 do, d.te.bre del ariwureo, ecl copta de la conf íreacin dI

Irte çencia del EJ ,rc4o Nacional, çon e) cual hace llegar la CQP de reepueeta dad al petartn con fecha 15 do, d.te.bre del ariwureo, ecl copta de la conf íreacin dI envo del fat djido al teao y dele izantr,aeeiia del correo Fi ae,i cneo a follo 12 deI •diønte obre fotocopie de la respuesta antec cit.d.,de fecha ditióbre 13 de 1995 .ed 1 ante la roel ce conteata al eo4citante la coeunicecUn de noieebre 17 kn dtc$'m reapueate caraaiant en le Informa , ími ¿cctorrite que i C.mandø del E.rtJto no diepone d rbIoa o pertidee propio que er un eoeesto dado pueden ctttrtt çeatoe ,reaentado por ant £ctRfltt y cnatent'? el cobro tk. titereeic cov r ndt -tes a la uee de 20)0001'.on por tl c.,obrmdot por cøncptb de una recóepenBa, al parecer porque la entidad ee dorO en cubrIr dj.chib ea.EXPT6542 Hoja 7. En dcha respuesta aclara el Casndø del Ejército que el pago de rcoapensas te trae,ts por el Minist.ro de. De1ensa entidad nominadora, pues el Comandó del EJercito solamente e el ejecutor de dichos paoos. a traves de sus diferentes unidades lqualmnte es preci-no :en darla a cánócer al solicitante que 'dEntro de las directivas y dispOitones vigentes en el Ministerio de Defensa ' el Ejército Nacton.l aplicables al pago

lqualmnte es preci-no :en darla a cánócer al solicitante que 'dEntro de las directivas y dispOitones vigentes en el Ministerio de Defensa ' el Ejército Nacton.l aplicables al pago de recompensas, NO EXISTÉ ningún criterio que amerite pago de ir.tereses por mora en. el pago de las referida. r.coep ensasw. Observa la Sala que en dicha respuesta se le pone de presente al accioriante, que en Enero 1. de 19'4 0 firmó el Acta No.004 conforme con la cual recibió la suma de CINCO tilLLOtS DE PEÜ3 9 por dicho concepto y en esa ocaiW manifestó su aceptación y renunció a cualquier prestacxon posterior. Sin embargo, diez meses despus se dirige al óflor Ministro de De'tensa reclamando la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que presumiblemente se le adeudaban del total de la recompensa, susa que luego del trame reip.cttvo se Le cancelo el 15 de febrero de 1.?9. De manera que le ntidad en1ticai.ente le contesta que por la raones epuestas, su solicitud dv.. pago de intereses será acuada negativament. Es decir que la respuesta es clara rapecta a La peticion del pago de intesea elevada por el solicitante. parte asta probado que al acci.onante si se le envió laEXP.A.T.642.Ho.ie B. reepuaeta "tez referida coso consta en la confirmación del envio del t. respectivo ., en la contraetta del correo certtcdo, visibles a toLtos 14 y 15 del .tpediente.

reepuaeta "tez referida coso consta en la confirmación del envio del t. respectivo ., en la contraetta del correo certtcdo, visibles a toLtos 14 y 15 del .tpediente. De otra p,rte,en cuanto a lipttciOn que dice el acconante envio al seNor PLIn&etrø de Defensa Nacional, el eeIor Jefe de l División de Negocias :Jurtdicom de dicho Ministerio, atl?gÓ certtficacin uscrt porel Ayudante General de la Secretu ,la General de lucha diciembre 14 de 1P9, mediante la cual informa que revisadOs los archtvo siatesatizados de la dorurnentación llegada y salida de esa entidad, se encontro registrada cosunicaclon de ALIÉR10 U$PLNO OiJIP4TERO,de fecha 2 de septiembre de 1" 15 procedmntá de 9rranqu1la, le cual fuatendida con la respuesta dada en el of telo NO-4423 de junio 16 de 199, suscrta pr, el sahor Vicesieirante iGO IIERNNIDO 91NClEZ tRANAiOS, fotocopia visibit 5 tollo» 2'9 y 30 del epadiente. De dicha coeunlcciÓn se desprende Que'tu peticiones enviadas por el eottcitent tanto al safa Cornendante del Ejercito Nac3ona1 cose s&or MjfliØtrD de Del ene, fueron atendida que tinlnt Se .1' cito personalmente con el objeto de reelvertae de aanra definitiva, lo que al electo o logro el k8 de lebrero de t95, Acta P4o.001 del sismo año,

que tinlnt Se .1' cito personalmente con el objeto de reelvertae de aanra definitiva, lo que al electo o logro el k8 de lebrero de t95, Acta P4o.001 del sismo año, 1,reada por .1 pettcZ3.OnariQ coso ivIorsante interiiniente y por medio de la çual -.' l.liz6 e) pago de la recompensa que iáqaLseni le córrespohdtaEXP.T.42.Hoa 9. .s. rettxdØe por n$onri. pth1ir: Sin 1' funciones •.' qte por .lo tftL o:n dr, de vsracuad, e tine que 9 its pettccnee fueroi atendid j luconadas la, una en su la ctLrqida al Ñin.tØrto de Uefnsa y la otra est..r,'10 q -iirwn øl nro ,n ttp. Dt iiarer quo l. a011,tud da .uta 1aa.bs' de r.eqarse, pues cc~ q.rir bdr t:.1rbfle fufi'(Ml CLntesta&as por la entidad iHdd4 WJJ.i fl 4Ub bO1. p1,."Gxucko. En Cuanto , a la r+r1on rosu1t. Efl .ridu 4¡<t treLe l4 pr-cacráte accIt3n de r prf nen' iv el r1'cv1026 dl tcrto 21 de 1,41,11 Ikif. 'f,PiICLJLi 26. aon dt la actuación epUqnMdu. , etvdc en curso La tutela, se dictare

r prf nen' iv el r1'cv1026 dl tcrto 21 de 1,41,11 Ikif. 'f,PiICLJLi 26. aon dt la actuación epUqnMdu. , etvdc en curso La tutela, se dictare rewi'Jcai, 9daiIu s 1.rti a o j icii1.. qi reoquc, detenqa o suspenda la actuacion 1spuqnada, 1) d'r! nrv Ii., av1xcl t!cj ür,.j ptar efwctos d ind. - acoi y de costatí » z5 i fueren prcdrt,. El rurr'rtt pod d.istii" d& i tu$v1a, en cuyo caso se zrchiv4rM el ep.disnt. Cuando,. ( koiblere tenido Origen en una .tislsccxøn etraproceel de lót derechos por el tftladt, ' 1 opadierte podr ri.abrrii en cualquier tiempo, ni se deisuitra qte la satisfctÓ i'Jdq ha runuitadu inz:usplida o tsrdi&." t4o hi .igrti. decrtar n'lrtsción o coutas. ti¡ COfO 1 rr "ne 3w. rnra t anr Lt, rs I-sr, aparecen 'ed tdas - íerito de l '1tx, 1 IF(l[ØJIAL ADiljCTflh1P/D DE t41ARCA 5ECC1Ot 1t1E1IÓ kwanistróndu justicia noebr ,o

íerito de l '1tx, 1 IF(l[ØJIAL ADiljCTflh1P/D DE t41ARCA 5ECC1Ot 1t1E1IÓ kwanistróndu justicia noebr ,o 1r l RputbJ tci de Colc,íiLLa por utovdd dt la Ley,XJ'i.I 10 PRIMERO .- NlE9AE: la tutela solicitada por el efor ALBERTO

OPINO QUINTERO.

Noti1iquwe t mqrfitament. a ¡as partas.: TERCERO.- Remitas el epmd1mnte a .taIh Corte Constitucional para su eventual revisión de conformidad can lo prevista en el articulo 31 del Decreto 2591 DE 1991, si dentrb del término legal nó?uere impugnada La presente providencia.

COPIESE, NOtIFk(UESE V EN FIRME ESTA P1(UVIUENCIA ARCHiVESl EL

EXPEDIENTE.

Discutida 'y aprobada en sesión dip la fecha. Ata No. i?t..

OLGA ¡PIES NAVARRETE BARRERO fATRIZ PVr INEZ QUINtERO

PRES ¡ DENTA DE LA SALA ~IGTI~

DARLO DU1PIONES PINILLA EÍ&STO REY CANTOR

MAGISTRADO NAGI STRADO

HERIBETO REI'ES VARBAS

PIAØISTRADÓ

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