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TA CUN - 6557-(14-06-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6557-(14-06-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

RECURSOS TRIBtJIOS .- Extavopor la Administración de los documentos presentados. El bo de que la Administraci& ertra've los docuxnentods presentados por el conte ;t tbe descuido de la Adminis±radÓn bviamente ia anterior ia a no tiene por que sufrir la el administrado. Do c5, . , 77 / M'g. Ponente: ir. JA LIU W0:3, 403 G 7 ARNIZO iLeferenci: Pr,coso No. 6 557. Iiflf2tk.5t08 rcioniee. Actoi 0oxntrial de Inversiones b. A. - La sociod deaomiLa "C0Mrt.I DL IW/ERSIONE3 3. A. CODIt", oor intoríodio de oderdo .4.11 en ejercicio de laacci&i de revisi6n de la operci5n dministrativa de Irajiuetoa e licita a ceta Co oraoi&i previos los tramites do Ley se hagan las decJarcionee impetradas en o libelo de deinr:nda (fi. 24 vto ii denda se fundamente en hccos (fIs, 24 vto, a 25f te. ). Se eitcn cmo disoeicits violadas las ai,tjentesgArt. 25 de 12 ley 81 de 19960 y art, lo. dci Decreto 437 de 1961. se 0v Fisecl 40, Te 1 Corpoaciri, en ai vista, - conceptta favorrb1ezr'erite a ls pretensiones de la demandante, - por 1s razc ue aii£ tnie,o expresa (fis. 42 a 46). Coio se constata que se sncntra surtido el tramiteconceptta favorrb1ezr'erite a ls pretensiones de la demandante, - por 1s razc ue aii£ tnie,o expresa (fis. 42 a 46). Coio se constata que se sncntra surtido el tramitede ley y no hay caua1aluia do nlidad, oc racede a resolver .l fondo e 1; controversia previas las iuiexiteo CDIVSIDERACIOIIT ,ES :2 Proceso No.6557 El se?or Agente del ntter'10 Público al rentr concerto se exres: "El eundarnerto de incormidad radica en el mayor Impuestn que le fuera iiquld9d0 ri la Sooie . dad contribuynte, debido 91 rechazo de deducciones soltoltadas correo o terts a intrse rcidos en cuantía derjoECj?fltos tres mil setententos noventa y un neEns cori vej tts2ete ( 1 203.791.27) centavos y trece mil seiscientos cincuenta (15.650.00) pesos, reøpectivente, por diferenciade cambio," "Habida ouent de la tnad'iisi6n anterior la ad nistracin nrrduo la 1iiuieici6n No.11770B de 26 de novie bre de 1.971 Imponiendo a 19 acoirmante irpue3toa por Valor de ciento setenta y cuitro mil trescientos once (17 4 .31l.) pesos contra ciento ocho mil ciento cincuenta ($1 0 81150.00) pesos,

determinados en su liquidact6n privada.". 'Conforme a cori etnc las qu obran en el proceso

pesos contra ciento ocho mil ciento cincuenta ($1 0 81150.00) pesos,

determinados en su liquidact6n privada.". 'Conforme a cori etnc las qu obran en el proceso (Pb. 17 C. Prtncpaj), la Sociedad re'.lamc dentro del término legal contra la liquidacininiria1 iediante escrito de 25 de febrero de 1.972 y nümero de radicacin 114319, condoe anexos. En tal memorial se advierten claramente los motivos del rurm y se dice dr explicaciones sobre lasglosas hechas, en loe e1eentos agrepaos al reclamo." 'No obstante lo ;ntrtor, la kdriinistraci5n deImTUeAtO$ Nacto"sles de 3ogot, 3ec 16n de Recursos Tributa rice, nor Reao1uctn IJo. A005318-P de 29 de noviembre de1.972 negó los pedt-entos, con fundamento en que la reciamante no eXOrcsÓ lee mottvs de ineorform idd antes mencionados". 'Contra el proveído últimarnerte citado ocurrten grelición la Soelplid en exento recibido en la eoct6nde correspondencia de la nt!4qd 1 atdanda el 28 de dic1.e3 Proceso No.6557 bre de 1.972 (Cdno. Adtvo), con cuatro anexos, en los que vuelve a incidir en los nuntos i n ic iales. 1 Estado desató la alzada en Reeoluci6n No.— R-'06754-.H de 22 de agosto de 1.9739 netanlo las pretensta

vuelve a incidir en los nuntos i n ic iales. 1 Estado desató la alzada en Reeoluci6n No.— R-'06754-.H de 22 de agosto de 1.9739 netanlo las pretensta nes da la actora por cuento concluye que el recu so resu t6 extemporáneo? 'Advierte el Ministerio Público, que los raza nar'ientoa exnuestoa por la liquidador fueron desvirtuados Dor la ftr-'a Impugnante porque ya se dijo, y existela prueba, los recursos fueron internuestos en tiempo ycon el lleno de los requisitos legales, e inclutbe, elpunto relativo a la Identidad del representante legal dala coapala fu4 aclarado en la va contenciosa con el a porte de la certificaci6n autenticada del cambio de nombre del mis'io. (Plo,16 C.P.P. Ahora bien, es verdad que en el proceso solo costa copia del anexo por intereses pagados a "DISTRALS.A." (flo.19), por cierto ochenta mil ochenta y cinco - (180.085.00) pesos, pero esto no obsta rara conluir que— los demás no se allgiron, ya que en loe escritos alud¡ - dos se dejó constancia de las adiciones, las culee si bien pudieron extraviarse en las oficinas de hacienda, es manga to que no puede abonarse al contribuyente que oportuname, te acude a justificar los requerimientos". n virtud de auto para Mejor rroveer se trajo 1 aroceso les dodumentos que obran a los folio 55 y 56sobre oago de intereses nor 124.489.24 y la suma de t13. 650.00 0 sobre la deducción solicitada por diferencia de1 aroceso les dodumentos que obran a los folio 55 y 56sobre oago de intereses nor 124.489.24 y la suma de t13. 650.00 0 sobre la deducción solicitada por diferencia decambio, lo cual contribuye a despachar favorablemente las pretensiones de la demanda.DE COLOMBIA

•ISDICCIONAL

4 Proceso No. 6557 Por lo tanto la 1iquidacin queda así,: C0'CIftL iE I SIOWS S.A. )tt: 60.0 02.555 A?o: 1,969

RMA: Impuesto La grava¡ en la 1tguidacin Ofietal No. 011770-1 de novteibre 26171 0 604,996

Valores aqul reconoeidoa............ t Renta grav9ble aqui establecida 387.555 $ 81.013 31 fomento Eléctrico R.L.C4939 y 301,542 $ 9.046 4t Provivienda del 6%.sobro. $ 286.542 5.846 66% Proviv tanda del 6% sobre $ 286. 5112 t 11,1312

TOTAL A rARGO PL CONRIW!.NT';: Y 107.252

Pagos: Segdn obre en el expediente Administrativo, folios U el 15, la cotrtbuyente ha cancelado 3.a suma 1108.1W

SALT)0 A YAVO} EL. CONTRi3UT NT : 898

Por lo expuesto. el Tribunal Administrativo d. cundinamarca admiTltstran:to Justicie e» nornbr de la aepSb]j c de Colombia y Dor autoridad de la Ley, de acuerdo con su c

Por lo expuesto. el Tribunal Administrativo d. cundinamarca admiTltstran:to Justicie e» nornbr de la aepSb]j c de Colombia y Dor autoridad de la Ley, de acuerdo con su c laborador el Piscal, P & L Lo.- evlseee la operaotcn administrattva de loe tmueetoe de renta y especiales por el ao gravable de 1.969 efectuada a C04ÍIAL Y, INVI0NS 3,A., con1 Nit 6 0 .002.555, constituida por la 11.ouidactn Oficial No, 011770-B de rovi'bre 26 de 1.971 de la Admintetractdn de Impuestos Nacionalre y Resoluot6n No. A005518-P de novtmbre 29 de1.972 de la Admínlstracl&n de Impuestos Nacionales de BogotdDE COLOMBIA

ISDICCIONAL

5 Proceso No. 6557 Y la Resoluein NO, R. 06754..H de agosto 22 de 1.973 de le flirecii6n General de Inpuo-stos Nacjorales. 20.-'Eu consecuencia, se fijan los imuestoa de que se treta en le suma de CXW?O SVMS MIL DOS3 CI?O' CINCUWFA Y DO;? PRUOS 107.252..00) MONEDA CGRI TE, de conformidad con la parte Motivs de este tallo. contribuyente pagar la suma de OCITO OVE4T Y OCHO P~s 898.00) mo-NEM CORÍT al Pisco Nacional, de conformidad con la ltqatñact6u inserta en le parte motiva e esta providnnts. Ccpiese y nottfaus.

OCITO OVE4T Y OCHO P~s 898.00) mo-NEM CORÍT al Pisco Nacional, de conformidad con la ltqatñact6u inserta en le parte motiva e esta providnnts. Ccpiese y nottfaus. Ap?obado en Saiia dtasnte la se34n: verificada el 13 de mayo de 1.Yn , seS e!te No. 334

ZANIR SILVA A1N AQUILINO ROfliIG1J P.

TI(JU ¿L ANTONIo CA tTYNAS ALVARO LCOMPI'J tÁJN

ALB'BTO O}rNO GOM JI; 4OS1OS GUArtNIo

CARLOS 0CAVI0 RODRIGUr2 V RECTCÉ !iAUL CÚCRuLo

ARCO EMILIÓ CL1S R.

Secretario,

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