TA CUN - 6584-(18-07-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 6584-(18-07-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
DOCENTES -Vinculación TRIBUNAL ADMINISTRATIVO I)E CUN[)INAMARC S.tic iON PRIt1hA Santaí de BooD.C. Julio d odio 18 de mil novecielgoti noventa y acis 1996,.
MÁGISTRWÁ PONENTE : D(XTOLt BFÁflU/1 M,RTINE Z QUINTERO.
XPFDIFNT! No,
D AMA NtNTI GOiWRNDORA bl (IITN.D[N MARCA.
OBSERVACIONES.
FIat iidoie iiiud. el muláte IMvtito en el amuilo 11 de¡ [)ecreto 1333 de 1986, decide la Sa'a twin pi enada por ki cñora C}olenadorn de Pepananitenk. en relación con el l)ecrei.o núnt 0 de Ocubte 31 de 1995, expedi&k por el Alcaide Muuicpai de FOMEQUE. NT! ,C?JM?INTtS; La seilcra Qobemadoti dd Departamento en qercicio de la facultad que le confiere el mandato conxtZWc.1onm coinemd, en el ArtIculo 305 numeral 10 de la Carta Politica. renlite a esta Copernción el aclo ztkrido, a fin de obtener un prcmnuannunro zobre .m ie&alidad, toda vez que conndera uiinn pnceo upenore. como en efecto lo son: Los artiu1us tUS de La Ley 115 4 1994 3J dd Dereio 344) de 199, Al explicar ci concepto de vío1ackn sea1aExp654. hoja No.2. Ii acto objeto de ívacMn en 543 ankulo lo. SeJÍijíj la nioditicaión al Plan de luye iones de
Al explicar ci concepto de vío1ackn sea1aExp654. hoja No.2. Ii acto objeto de ívacMn en 543 ankulo lo. SeJÍijíj la nioditicaión al Plan de luye iones de la vigencia de 1)5 en cuanto se refiere 11 gnuni luc.ac,an. Ara1Jrbapa, t: de "manteiiniento y dión de Planteles Municipales a i'agú le personal docente contratado por el M k le!piow tfl Un flibm de íW 1W!O8 'E&$uCJi )nAyea RuralTMiteuin-iienta) y dotación Planteles Municipales" a "pago personal docente contratado por el Municipio" en un rubnT de $5OOl)O1Xloo. y en au artículo 20. ordena trasladar loe rnbroe de "mantenimiento y dotación de planteles Municipio" y de iantenimientoy dotación planteles munIcIpale49" para "Paso personal docente contratado por el Munteipto" en un rubro de 3.100.000.0o. y para "Pago de Personal docente contratado por el Municipio" por un rubro de SX)Ooc. t 'onsKtem la ot)eeiMtnte Tic se prcacnta volacoa al articulo 33 del 1 ceio 36k) de )9S. toda vez qe solo pueden incluirse apropiaciones en el prempuesto de gastes en materias detentirwlas, dentro de las cuales no litzurn el sector de docentes por conunto. menos aun csitndo la ttz,ura de la contratación en esta rnateiia que ltte consagrnda en el arit lo. del aatctilo Óo, de la Ley
dentro de las cuales no litzurn el sector de docentes por conunto. menos aun csitndo la ttz,ura de la contratación en esta rnateiia que ltte consagrnda en el arit lo. del aatctilo Óo, de la Ley W de 1993 ven el articulo $I)S clela Lev 115 de 1994, hmvxvdeciomk>s meieqoibles por parte de la Corte Constitucional en sentencia de 1994.. quedando igualmente sin fundamento la —
amcion de nibros para elec)o de ciir el costo contractual. mfrimrtendo a su vez el articulo del Dexeto .60 de 1995. Dc incite que la unica forma de prctar ci servicio de educacion es mediante la tincutación de docentes mediante nombramiento hebo Dor decreto Y dentro de la planta de personal aprobada por la rcpecttva entidad territorial.E:q>684. hoja Ni3. jui prude.ia de este 'rihutaJ, atieüte a esta niatena. 4 Ik1t1d ; le dio el t lte legal edieíte. Eú procede tú Saa a etr CONSIDERA ClONES El Alcaide MUnKIa1 de Fumeque expidió el Decwio dewandadc'. Poi snt%ho del cual se
modifica el Plan de Inversiones de 1,995 y se bate -iiii para la misma viencia Por u parle la &eiiora Ciobeniai1na del Liepanmacnio. coiaidera que ác uiaredieron laa iidC dipo cione nozwativ:is LEY 1J5 VE 1 TM "rlos.V i servicie ctivo eilaL La y cubion de persJ
iidC dipo cione nozwativ:is LEY 1J5 VE 1 TM "rlos.V i servicie ctivo eilaL La y cubion de persJ k:.-ute. direuvo y adirtmIrnai3vo Ñ Selymo rit1k1) esvalat, solo poin m 1iant. rntraniknto hxho por 4ecrto y ¿iii''. lo pbata de peronaI pw iamente Lxxlran sir nombrados 'orno educadores o funconaxios a iuçtratr.o de l& educación estatal, dentro de La vianta de pei-sonal. quienes qrevso concurso. hayan sklo skccIc4ados Jfrti los requistkts edcs. MW Los Concursos para no rarnienros de nuevos docentes seran convocados por los dçncntos o 4tnto los ucodor pndrn insmbirse en la cnUd&f iernioraIExp6584. Hoja No.4. 40n\0c&ote y CC4iO tLtto del çr.ces ¿Ecktrá ufui ijs de cíi4cs, la .ual ''MTepadefl iii flU1flY'O ' p!Z!L ' CO 4t niepo. 1'l er".D de Educación NacoaI poí aeuiedsu del lusituLo kinbano para el Forneito de ía E1iucaci5fl Superior -ICFE, ctahkce un ema para celebrar 103 coacuros, ;lc tal rnaera tite se asegure la total irnpøstciatidaít. lrgrfo primrro. Ai percnal acttLl1uente vincWadx' se le repetar la tabihdd
rnaera tite se asegure la total irnpøstciatidaít. lrgrfo primrro. Ai percnal acttLl1uente vincWadx' se le repetar la tabihdd laboral y en el caso de cIú(kres uo eslalonados. teudra derecho a Incorporarse al .scalafón NauocaJ D ete aeinpce y ceiaúk lleueu los reuisits tkus. cii últ plz' fto de 4 2 1o l n'eurrvl e'1e pla rio wlo .ertn ,Ies,vuy del seivicio educaiio, salvo tos ta que se cncuenuei prestando sus cri'icios docentes ca zonas de dificil acceso y en pwccso de profersionalizaciou CO CUy' C.00laTán (Ofl 405 FifíOS I.wlícionalesfsr Ial i4eI4n PsrVafo segmdo Los educadores de los servicios educativos esiaaJes, tienen el carácter de servidores puI$icos del reiunen especial.
- !rrtfo terro. Declarado InexequiHe por la Coie Constitudal. en utencre de
mw Utud.ie de 994., Mivastrac$o Ponente: t.1duardo Cituenles MuUoz'.
ÚCkETÜ 30 DE FEBRERO 22 DE l95
Ai &kuk 3.3. Ea el Presupuesto de Gasios s¿4 se podtá incluir apru icloucs que correspondan: a) A ditos judicialmente recow,udos: h, A gasina cre tados cúntnne a la ky, c j Las des nadas a dar cnn hnuento a tos )tafles y prorrarnas de desarrollo onón,ncc
correspondan: a) A ditos judicialmente recow,udos: h, A gasina cre tados cúntnne a la ky, c j Las des nadas a dar cnn hnuento a tos )tafles y prorrarnas de desarrollo onón,ncc Y Él Las de <Azifis 130101UI-as de que ijiiúui los aaicukis $39 y 341 de la Cts ituLión PoHtica que tueren rc1adea por el ('ongreso N y 4) A Las leyes que organizan La Raina Judicial. ¿a L(arna Lcgislatii. la íiscalla General de 14 Nicío,. la P curadmi ($eueral de 14 NRcnn, 14 E)elisori del Pueblo, la Contralora General de la Rpntdka. la ReRisuatitma Nacional del Estado Clvii, que incluye en flonscjo Nadonal Electoral. ¿os üstenos.. tos Departamentos Mniinistrativos, los slahkeiinientos Pihhco y 14 Pobcia Nacional que constituye titulo para incluir en el presupuesto de anidas para gastos de 1'u taunenro. iuersiou y servicio de ¡a deuda pNica fLey 38 de 199, Mt.21, Ley 179 le !91 'trty l, lacisos 1" y 4", rt 71
La pr: nJCTa '-b las n nnas pretrrn'renras e .ietie que al reÍenre a la vinculación al urvicinxp.6 584. ¡loja No.5. educativo estatal, etabIece: "La vinculación de personal Jocente, directivo y adntin&trativo al svic.io pubhci educativo etatil, sólo podri etcniarse niediante nombran tiento hecho por decreto
educativo estatal, etabIece: "La vinculación de personal Jocente, directivo y adntin&trativo al svic.io pubhci educativo etatil, sólo podri etcniarse niediante nombran tiento hecho por decreto y dentro de la planta de personal aprobada por la respectiva entidad territorial.". Asíüús,ü-Iú la ley &) de 1993 al eatablecer la temática de administración del peráoii de lo viC:tOs edLtCStiVOs lo hace en losgituienies términos "Conespowk s Is ley y a sus rettamentos, efaJar
Los iterioii, rgtnen y reglas para la organización de lanta de ersona1 docente y aflIstrativo de 105 servicios educatiVos estatales. N maun, .niut.içipio lXidrI ViftCut5X docentes y adinir. trÍivo .in el lleno de lo requisitos del estatuto docente y la carrera adniinisirativa, reipecflvrnnente, iii por Yuera de las plantas de personal que cada entidad territorial adopte....". A&a bám tanto la C ristitución Nacional como el Decreto 1333 de 1986, atribuyen al Concejo la deermnwson de la estnsci ura de la adminisracsón municipal tnclutda la deternunacion de Las plantas de rsoriai en su artículos 289, 494 y 2%, cuyos textos son del siguiente tenor: HA.rtculo 2,09.La determinacióa de k&.i plantas de personal de ta.ç akaklías, rxret&las de qç otkrnmt o ndenerns. corTespon&iey#los e ce'os. i,kif$' 4 rpecúos akufdes.
de qç otkrnmt o ndenerns. corTespon&iey#los e ce'os. i,kif$' 4 rpecúos akufdes. La ereacloiL su»t oti y iwaon de empk<>s de las contralonas. audítonas. revlsoflas. t8tJfti4n ütrntei& ne4(tude u k cuoceos. La IWM.)OD u (tut se It1IIe este Sturuk, se .WU)lfli cm SU.t4'fl estricta u tas W.1114ffis que çidaa los coticejosobre uomendatura a.itkaciÓn y re -aeración de ernpkos. y sin que e puedau cen acarqo del Sesoro ivai'psl lacones que 'mpere,t el monlo 1$o en el presupuesto inkiahnente uprobaílo pata el pago de servicios trsonales, es decli, que paii et efeçlos no se íu4en hacer traslados ni adiciones presupuestales. Art cøiu pi4líçiúii de r cudosetm el uoiubnuufrutt,. reuiciczn-w
[:pt54. 1 ka 6 y euÓt de sÉuaLonts 1rativas kI que pfe;ita iw en la 4tii'r trM I k' rnuidpIo'. k ks nkaMe' Eslas atrihuciolles bis J.Axiiiiii dekt ck,i'ine a Las tiiacies w paxa el efecto iecibQu de Los concejo. Li ada nis atoa de persoaal subalterno de Los fu cnanos que e43an ¿cri cabildos nepoide . dichc's findonm-ie,
de Los concejo. Li ada nis atoa de persoaal subalterno de Los fu cnanos que e43an ¿cri cabildos nepoide . dichc's findonm-ie, rtk uk 2flfi 1 .it ii tnÓi de pero" w tai 1,1 lwt princirnes y norm que entisagrefl la Lev ylaslis ione' que e Jesniiolio de estas dicten Las wtüiidaies ocak, sotie ducuLacion aL sercio utLico, rcqusLos para d d;eupe10 de cktcnnivado aupko, paiida ca el co regiznen W eno pn tflt)1fpq y v i ftic. o 4L4pidow'ç & nuins b' L n,nnas ínw cias. erm ten a ¡a Sala reiterar lo dicho en ironunciamentos nnrenons con npec3r a Lis cinpetenrias santo del Ejecutivo municipal corno del Concejo para determinar 1.1 Eialda de PLmxuL de suene que al observar el c nteni4k. en general del decreto el Alcalde omite la çl., raiiuia cte cie la vinculación por contrato para lee; ( ceentes no es permitida. toda vez que los apanes de las disposiciones en Las cuales se tieveia dicha modalidad de ;onuntaeion fueron t;eo de aratono de 'eequshilktad.
pie,,, en e) acto demandado aun menciona "prmiai
cuyo aliarte, entre otros se einsiden violatorio de ¡a tilucwn por la &.'orte t nttitucionai en la sentencia que refiere la observante. En i la Sala obsera la violación de la dsposicion mvc'cada y por ello se ron nc ian
tilucwn por la &.'orte t nttitucionai en la sentencia que refiere la observante. En i la Sala obsera la violación de la dsposicion mvc'cada y por ello se ron nc ian deiarando la nulidad cial dci acto arhfúninrativo referido. d&4a ¡)en, en ieiactou con el articulo 33 del I)ecnio de 19?5. referente a La enninac ion concrera de incluslol] de parúdas, es evidente que dentro de las relacionadas en dicha norma no puede luirse la que haza reiirencta a una situaci&i que ha sido deiiarada inexecuibk porExp.64. hoja Nol. tutoidad ttnpetente. Ei fijéfito de lo expuesto, el TRJBLTNAL IU)MINISTRATLVO DE CUNIMNÁMARCA. MV.eelt)N PRtMVR$. nmtjn ,iflc eu noil: de Rça 4le (iInla y por skL1d de Iii k, FALLA: PRIMERO. Dedafar la iiulidad de k ,kulo pítaero y ieuúdo del Deueto aún-W0,70 de ()etubre 31 de 1995 expedido por el Ak$de Mpai de FOMEQUE. SEGUNDO. Comumquee la deciston anenor a la señoit GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO, y a los ~es .P1PS1t)ENTE I)EL CONCEJO, ALCAIDE y
PiRS()NERt) del MLJNICIPK) de FOMEQUE.
TFRCERO. Aichjvese el expedieo%e r una vez eetutoriada esta providenesa, preva lLu deanotaciones de rigor.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLA SE.
TFRCERO. Aichjvese el expedieo%e r una vez eetutoriada esta providenesa, preva lLu deanotaciones de rigor.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLA SE.
Diutido y aprobado en sesión de Junio 6 de los can-ientes, ACTA No,058.1p.6584. Hoja No.8.
OLGA INES NAVARRETE BÁRRERO BEATRIZ MÁRTINEZ QUiNTERo Preidenit de la Sb
DARlO) QUIÑONES PINILLA ERNESTO REY CANTOR gvtr4o
HFR1I$ER fO REYES VARGAS 14iØ3trado w -