TA CUN - 6596-(29-01-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 6596-(29-01-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNOINAMARC SECCION PRIMERA Santafé de Bogoti, O. C., veintinueve (29) de Enero de mil novecientos noventa y cinco (1995).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXPEDIENTE N°. 6 5 9 6 .- ACCION DE TUTELA.
SOLICITANTE : LUIS JOSE MELGAREJO.
CONTRA : MARLEN SUAREZ LEON, PROFESORA DE LA ESCUELA CANADA
GUIRA. El solicitante interpone la Acción de la referencia "por considerar violado el derecho a la educación y los demás que se llegaren a calificar dentro del proceso de ésta tutela., con fundamento en los siguientes HECHOS "En le última semana del mes da Noviembre de 1.995 cuando la profesora MirlAr, nos citó a los padres de familia, pera entregarnos la libreta de calificaciones de fin de año, me notificó a ml personalmente que mi hijo Luis Carlos Melgarejo con T.I. 84012905725 habla perdido el año y que por lo tanto no lo podía recibir el año entrante o sea en 1 96 para que repitiera quinto, que esa era una ley para todos los niños que perdieran el año, luego le pedí el favor que ml hijo y todos los que ella decía que habían perdido el año que más o menos eran 13 del curso de ella les permitiera hacer la rehabilitación conforme lo ordena la ley pero 1 súplica no fue tenida en cuenta, la respuesta de la profesora fue que esa moda ya se habla acabado, y que no se podían recibir más niños para quinto porque los que habíanEXP P4°. 6596. - 2
ley pero 1 súplica no fue tenida en cuenta, la respuesta de la profesora fue que esa moda ya se habla acabado, y que no se podían recibir más niños para quinto porque los que habíanEXP P4°. 6596. - 2 salido de cuarto para quinto ya hablan copado todos los cupos de tal manera que era mejor que le fuera buscando matrícula en otra escuela. En compañía de todos los padres que estábamos afectados con esta medida de la profesora le pedimos encarecidamente que le permitiera rehabilitar e los niños pero la respuesta fue negativa, lo mAs raro del caso es que todas las profesoras de los otros cursos le permitieron rehabilitar a los niños que estaban por preder el año pero solamente ésta profesora fue la que no quizo ayudar a sus alumnos. Como se puede apreciar en las libretas de tercero, cuarto y quinto no es por mala conducta, Inclusive hay evidencias de su buen compañerismo y respeto hasta con los mismos compañeros de estudio, teabíen rna permito informar que Este misma profesor en el ello pesado destituyó en tres ocasiones a un nillode ~re JHON SERGIO MORENO lo destituía por unos ocho o quince días en tres ocasiones. y volvía y lo raciMe lo que para mi esto no es normal, pero lo chistoso de Esta caso con éste niño es que a él si le hizo ganar el año. Sin ningún problema, luego en los siguientes días a la directora de la mañana tener tanta queja de los padres de familia de dicha profesora entonces la directora le ordenó recibir a los niños que ella decía no recibirlos para el año entrante para quinto pero entonces no recibió sino a los que ella se le dió la gana
de la mañana tener tanta queja de los padres de familia de dicha profesora entonces la directora le ordenó recibir a los niños que ella decía no recibirlos para el año entrante para quinto pero entonces no recibió sino a los que ella se le dió la gana y. al mío no la quiso recibir, por favor ya pido que haya la Intervención de la Secretaria de Educación para que dicha profesora sea traslada de éste centro educativo, puesto que en primer lugar el niño dice que con ella no quiere estudiar el año entrante porque si la obligan a que me reciban me puede hacer perder el año otra vez en en solo sentido puede tomar represalias contra mi hijo, yo lo digo porque la conozco muy bien si es por ejemplo con la ASOCIACXOPf DE PADRES DE FAMILIA ella nunca permite que ellos le llamen la atención nt nunca permite su autonomía como una entidad privada y cada que la ASOCIACION hace las reuniones con los padres de familia de la escuela ella les sabotee las reuniones en vez de prestarlés su apoyo en un solo sentido de la palabra solo elle quiere ser. importante en la escuela. Como podrán observar ni relato en síntesis mi súplica consiste en lo siguiente:EXP. N°. 6596. - 3a) Que para no tener m&s problemas con dicha profesora, que la Secrétaría de Educación tome cartas en el asunto para que La trasladen de ésta escuela primero por los sucesos que se presentan con ml hijo y con los demás niños a los cuales ella les negó la posibilidad de terminar su primaria. b) Porque dicha profesora no hace mis que estar en problemas con la Asociación de Padres de Familia cometiendo atropellos con nuestra organización que es 'la que nos representa a los
les negó la posibilidad de terminar su primaria. b) Porque dicha profesora no hace mis que estar en problemas con la Asociación de Padres de Familia cometiendo atropellos con nuestra organización que es 'la que nos representa a los padres de familia que gracias a nuestra ... (ilegible), inclusive éste año entrega, nuestros hijos disfrutan de un centro educativo mucho mis mejor por amplitud y sanidad que los otros años por unas magníficas obras que adelantaron durante su permanencia como tentimonio de lo que aquí comento, la profesora Marión en la acutalidad tiene denuncias por; obstrucción al derecho de asociación, Indebida Intervención en los asuntos internos de le asociación, suplantación de la misma, Irrespeto, ridiculización y calumnie en contra de los miembros directivos de la asociación, obra en contra de los interesas de la comunidad, extralimitación en sus funciones, y en general por violación a La Constitución Política, según denuncias hechas a La PROCIJRADURIA GENERAL DE LA NACION radicación N°. 285886 del 1 de Diciembre de 1995, en la oficina de la Secretaría de Educación padres de familia radicación N°. 35198 de Noviembre 30 de 1995 y en Oficina de Escalafón de la Secretaría radicación con feche (corregido) la denuncia es en, la oficina seccional de Escalafón Nacional de Bogoti con fecha 1 de Diciembre de 1995, pues estas denuncias pueden ser averiguadas por un funcionario del Tribunal para su aprobación (sic) con el fin de que se determine la conducta de dicha profesora según tengo información de la Asociación de padres. de Familia de la Escuela todavía no han tenido respuesta
denuncias pueden ser averiguadas por un funcionario del Tribunal para su aprobación (sic) con el fin de que se determine la conducta de dicha profesora según tengo información de la Asociación de padres. de Familia de la Escuela todavía no han tenido respuesta de ninguna denuncie por las festividades de fin de año, debo agradecer la colaboración de la Asociación de Padres de Familia para poder donunclar éste hecho por tal motivo esta acción de tutela también lleva la firma de Presidente y Secretario de la Asociación con su respectivo sello. En espera de que me puedan ayudar para poder brindarle una educación adecuada a ml hijo les quedo altamente agradecido por toda su colaboración.EXP. Pl°. 6596. - 4 Anexo a la presente las libretas de calificaciones de los años tercero, cuarto y quinto. Afirmo bajo la graveda de juramento no haber interpuesto ninguna otra tutela sobre el mismo caso. . PRUEBAS Las anunciada obran del folio 4 al 6. CONSIDERA LA SALA Por orden del Magistrado Sustanclador se notificó la existencia de la Acción a la Profesora MARLEP4 SUARE! L., se le hizo entrega de la solicitud en tres (3) folios y se le pidió Información al respecto. La respuesta se encuentra a partir del rollo 14. En ella, refuta punto por punto los temas de la solicitud presentada por el señor MELGAREJO, resaltando por su importancia el siguiente pérrafo TMNaniflesta el señor MELGAREJO que a su hijo LUIS CARLOS se le negaba e) cupo, afirmación que no es cierta por cuanto el cupo para el curso quinto del niño LUIS CARLOS estaba ganado
pérrafo TMNaniflesta el señor MELGAREJO que a su hijo LUIS CARLOS se le negaba e) cupo, afirmación que no es cierta por cuanto el cupo para el curso quinto del niño LUIS CARLOS estaba ganado por derecho propio, pero ni el señor MELGAREJO, ni su esposa, ni el mismo niño se han acercado, a la escuela hasta el presente para hacer la matrícula correspondiente, de lo anterior puede dar testimonio la profesora IRMA STELLA PARDO CASTRO quien es la encargada de matricular los alumnos para el curso quinto.. No es clertq en consecuencia, que el niño tUIS CARLOS MELGAREJO haya perdido el año y en cambio si puede matricularse para repetir Quinto. Queda entonces sin sustento la solicitud de Tutela, motivo por el cual debe ser negada. En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y POR AUTORIDAD DE LA-LEY, FALLA:EXP. N°. 6596. - 5PRIMERO.- NIEGASE LA TUTELA SOLICITADA POR EL SEÑOR LUIS JOSE MELGAREJO,
CONTRA LA PROFESORA DE LA ESCUELA CAMADA GUIRA MARLEN SUAREZ
LEON.
SEGUNDO.- ORDENASE QUE EL CONTENIDO DE ESTE FALLO SEA NOTIFICADO
TELEGRAFICAI4ENTE A LAS PARTES EN REFERENCIA.
TERCERO.- REMITASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
PARA SU EVENTUAL REVISION, SI NO SE PRESENTA IMPUGNACTON.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
TERCERO.- REMITASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
PARA SU EVENTUAL REVISION, SI NO SE PRESENTA IMPUGNACTON.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de 1. fecha. ACTA N°. 006.-