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TA CUN - 6795-(20-03-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6795-(20-03-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL

11 1

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINA1ARCA

SECCION PRIMERA

Santa Fó de Bogotá, D.C. marzo veinte ( ) de mil novecientos noventa y seis (1996).

Magistrada Ponente: DRA. OLGA. !MES NAVARRETE BARRERO

Expediente No. 6795

Demandante CARLOS ALBERTO ESCOBAR MAR IN Y OTROS

Acción de Tutela. Los Seores 1....ISlA MAFIN DE: ESCOBAR • CARLOS ALBERTO Y LUIS Í3ERMAN ESCOBAR. MAR. 1 N presentaran ante esta Corporación acción de tutela en contra del Alcalde Especial Personero Municipal, Presidente del Concejo Municipal del particular Luis Reyes y del Presidente de la Junta de Acción Comunal do la. Vereda Agua Fria todos de Agua de DiosCundinamarca por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso igualdad, conformación ejercicio y control del poder política, acceso a la administración de Justicia medio ambiente sano.. Fundamenta su petición en lo siguiente! Aducen que sin Acuerdo del Concejo Municipal de Agua de Dios se declaró que una franja de la Finca "LA DIANA"con número catastral 00-00-006-0041-000, número JO net.r:.c...k1e inmobiliaria 001-000391 como de interés público, susceptible cia expropiación pera facilitar y permitir la construcción de un LParno 11 ón o carretera. rural n el Municipio 1 Dios que comunicara la 'vrz,JLÁ Agua Fría con otra vía c:iaa (:::c::casca e te! conglomerado.

permitir la construcción de un LParno 11 ón o carretera. rural n el Municipio 1 Dios que comunicara la 'vrz,JLÁ Agua Fría con otra vía c:iaa (:::c::casca e te! conglomerado. Afirman que según "acuerdo comuna0 comuna]. el Alcalde Municipal. Ja (tci...ua da Dios se ci ió a le tarea de notramitar el correspondiente proceso judicial da expropiación, en te 1-e autoridad competente. 3Agregan que la acción nunca se dirigió contra nadie ni ea ci .i..ó oportunidad de defender-se; ni se practico pruebe pericia! j.aai-•-a determinar avaluó dei. predio oc:upedo o-Lj--'r-n que al realizar la construcción de lee obres para ampliar, regularizar y pavimentar el carreteables Se ha desnaturalizado su propiedad. Afirman que el Municipio de Agua de Dios Lund mamar ce sus autoridades actuales y la "comunidad" dirigida po : e 1 Presidente do la Junte da (•ac c: i ón Comunal do la Vereda Agua Fría, • más la participación directa de! particular beneficiario L del viaducto,SoNor Reyes, no h comunicado el deseo de adelantar la construcciónHoja No 3 Expediente No795 sencillamente han derribado broches cercas árboles y demás labores culturales de división interna de los potreros con sus tractores bulldozers y vo].quetas que se han parado momentáneamente con su oposición Siguen sosteniendo que en el Presupuesto General da ingresos Gastos Municipales de Agua de Dios do i996

potreros con sus tractores bulldozers y vo].quetas que se han parado momentáneamente con su oposición Siguen sosteniendo que en el Presupuesto General da ingresos Gastos Municipales de Agua de Dios do i996 1 do aFos anteriores existe el rubro para pagar el saldo dci precio insoluto de! avaluó del predio expropiado Qc.ma tampoco existe al rubra pare el p10 de la eventual indemnización c(i.mc'separadamente se tase en concordancia con el Artículo 456 inciso Lo del Código de Procedimiento Civil Que nunca se ha adelantado el correspondiente estudio de impacto ambiental de la obre que destruirá una fuente do epue natural como la c.juabm''ada :a Ortiz Con la petición se allegó: Escritura No 670 de marzo 6 do 1993 de la Notaría tjç',,,ç:e de Uirarciot Folio de Matricule Inmobiliaria 1:101--'0001691. recibo cia impuesto predial No 964716 recibo de impuesto predial y Car No 696:37 salvo No 366 diez fotografías a cobr plano topográfico de Le Finca LA DIANA". Repartida la acción, se di.á aviso de este actuación e los peticionarios al Seíor Alcalde, al SeFor Presidente del Concejo y al Personero del Municipio de Agua de DiosHoja No 4 Expediente No.6795 Se solicitó a las autoridades del Municipio do (-\qua de Dios Al c:aide Presidente del Concejo y Personuro informe sobre la destinación dada al predio FINCA LA DIANA E::1 Concejo Municipal de Agua de Dios mediante oficio 018 de

Se solicitó a las autoridades del Municipio do (-\qua de Dios Al c:aide Presidente del Concejo y Personuro informe sobre la destinación dada al predio FINCA LA DIANA E::1 Concejo Municipal de Agua de Dios mediante oficio 018 de marzo 13 do 1996 a través de su Primer Vicepresidente informa a este Despacho que sobre el predio FINCA LA DIANA" do propiedad de los Seores CARLOS ALBERTO ESCOBAR, tu OTROS en el periodo constitucional de 19951997 no sk2 realizado ninp.:n trámite. Así mismo el Alcalde según oficio 005838 de marzo 13 de 1996 manifiesta que :ta Administración Municipal ro está informada de trabajos realizados en la vía o camino que conduce al predio finca "LA DIANA" Supone en su comunicación que pueden ser vecinos del sector quienes realizan reparaciones sin el consentimiento u apoyo de la Administración Municipal. Advierte que su. (;c_i ir SL 0 is trae i.. ó no o ha expropiado ni ocupado predios ni ha prestado vehículos como ve 1 quetas bulldozer, para arreglos de este camino o vi La Personería Municipal de Agua de Dios por su parte afirma que hechas las averiguaciones del caso preguntando en la Oficina de Planeación, Secretaría de Gobierno, Inspección deHoja No 5 Expediente No 6795 Policía, no se ha realizado ningün trámite al predio denominado "LA Di N(: los informes anteriores. deduce ]a Sala que ninguna autoridad Municipal de Agua Dios ha ordenado ni gestionado trámites para efectos de la expropiación del predio finca "LA DIANA" • tal corno lo sostienen los peticionarios Seoroe t.IGIA

autoridad Municipal de Agua Dios ha ordenado ni gestionado trámites para efectos de la expropiación del predio finca "LA DIANA" • tal corno lo sostienen los peticionarios Seoroe t.IGIA MAR 1 N DE ESCOBAR CARLOS ALBERTO Y LUIS GERNAN ESCOBAR MAR 1 N a través del escrito de tutela. Sin embargo considera la Sala pus los citados accionantes deben indagar si dichos trabajos son realizadas por personas particulares o por alguna autoridad del orden Departamental o Nacional En el evento de ser elaborado los trabajos por particulares existe para ello el Código Nacional de Policía que contempla las accionesa 03 ercitarcuando el ].c:svulneran susdispos...iones Así mismo si los trabajos son realizados por autoridad Departamental o Nacional, deben observar los solicitantes de esta tute:laq si ellos incurren con su actuación en vías dee hecho,hecho para cuyo evento existe la acción de reparación directa que puede incoaras ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo de dundinamarca Deduce de lo anterior la Sala, que encontrada por losHoja No. 6 Expediente No 6795 perjudicados la persona responsable, deberán éstos iniciar la correspondiente acción judicial ante la autoridad competente, pues no es a través de la tutela que pueden ejercitar sus derechos. Sobre lo anterior, el Artículo 6o del Decreto 2591 en su Numeral lo. consagra que le acción de tutela no procederá 0 Cuando existan otros recursos o medios de defensa judiciales, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio i rremed .ieb :i ' De otra parte observa la Sala que tampoco los solicitantes de

0 Cuando existan otros recursos o medios de defensa judiciales, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio i rremed .ieb :i ' De otra parte observa la Sala que tampoco los solicitantes de este acción probaron haber elevado petición alguna a la Alcaldía Municipal de Agua de Dios scDhrr la realización de trabajos para la construcción de un Camellón o carretera rural ro si predio finca LA DIANA".

Así las cosas y d-: conformidad con lo dispuesta en el Articulo ¿::O Numeral lo. del Decreto 2591 de 1991 la solicitud de tutela será rechazada por improcedente.

En mérito de lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE

CUND ENAMARCA, SECCI ON PRIMERA,

RESUELVE:

Rechazar por improcedente la solicitud de acción deHoja No. 7 Expediente No.6795 tutela instaurada por LIGIA MARINA DE ESCOBAR CARLOS ALBERTO Y LUIS GE:RMAN ESCOBAR MAR 1 N Comunicar esta decisión por medio de telegrama a los peticionarios al SEor Alcalde, al Seor Presidente del Concejo y al Personero todos del Municipio de Agua de I.)ioa Enviar el expediente e le Corte Constitucional para su eventual revisión si esta decisión no fuere impugnada dentro de los tres (3) días siguientes la notificación. (Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No COrIUNIQUESE Y CUtIPLASE OLGA 1 MES NAVARRETE BARRERO BEATRIZ MART 1 NE Z QUINTERO Mac istr .ada Magistrada

notificación. (Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No COrIUNIQUESE Y CUtIPLASE OLGA 1 MES NAVARRETE BARRERO BEATRIZ MART 1 NE Z QUINTERO Mac istr .ada Magistrada

DAP.IO DUIFUJNES PINILLA ERNESTO REY CANTOR

Mac isi: radc: Magistrado

HERIBERTO REYES VARGAS

Magistrado

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