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TA CUN - 6811-(24-09-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6811-(24-09-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

NC RODRIGI.)EZ PRAZ& DR. AJJXRete Proceso No, calloActos Nacjon.s

II1D21JJ1&11.2XUJaL.

Mediante ode e3 seflor Mario Vergara 06 t

TRIBUNAL C1T9NClOSC ^WiNIOWWTIVO DR C1114VIWAKkRCA Boqotd D.t., 2 9, 1976

Naqi.t tdo Ponentes6811 2 O&s 1Q.. ti seflor 'ario Ve gara Oyga estuvo ir príatando sus servicios prmsrW.nte «wO Aqnt• de 1, Po.. lícla Interna y lwqo ccno Notario del senmtorlo de Callo de Loro, durante el lapso comprendido .nt' diciembre 19/47 y julié 30/50 con una ditiaa nsiqnci6n menaul d $ 60.co, tal como aparec en el expediente. 2.. Cuando mi rnar.ante ingresó el rcrvicio oficial a pesar 4e hallara afectado por le enfermedad de Meneen, gozaba de buena aptitud fisic para 1 deempeflo 4. su Ce9O, tal COmO lo cienia.,etra el hOObO de ab. podido la botar durante vrios aflosp en cewbi, cuando fue retirado 41 cargo ya habla perdido toda su capcitad de trhejo tal co mo lo manifi atan loe t&tigoa NiooUs Barrios, Orlando Jo.. p4 Cuino Ter4n y Crloe 'orenado qulenir'a cuenten n2• cuando

cargo ya habla perdido toda su capcitad de trhejo tal co mo lo manifi atan loe t&tigoa NiooUs Barrios, Orlando Jo.. p4 Cuino Ter4n y Crloe 'orenado qulenir'a cuenten n2• cuando .1 tor fue retirado de1 cro.en 1950 y trasladado 1 Senatorio de ¡gua de Dios, tente muy dé.minid3a la e gudese visual por lo cual ya no podía desmp.tlar si crgo y que en 1955 fue aotetido a una intervención qiiirdrgics con enucleación del9jo 1e echo y qia en enero de 199 le fue practicada une segunda opr ración en el izquierdo habiendo quedado ciego. 399.. !fl vista de te circunrtncie anotada en e]. hecho anterior, con feche 12 4. julio de 1971 re soli— citó a la Caja Nacional de Previsión e] reconocimiento y pago de un auxilio 4e pensión por invalides e favor del ea'. ter. 419.. Pare resolver le ptición el hecho .. t! ion, la enti4d defldad dict4. 1 Resolución # 1552/72 negando el auxilio ao3.icitedo. De esta providencia como ap..¡6B11 - 3 a derac s me notifiqué el 2 d mayo de 1972 e interpuso u .. rr.spondiente recurso da apalcidn. ... El recurso que me he refe,rdo fue re suelto por la Caja Nacional ce Pr,viaidn mediante fte.olueidn 00228/73# confirmando la providencia recurrida. No notifiqu4 de esta R 0solucidn el 12 de noviembre del mismo afo, es de..

suelto por la Caja Nacional ce Pr,viaidn mediante fte.olueidn 00228/73# confirmando la providencia recurrida. No notifiqu4 de esta R 0solucidn el 12 de noviembre del mismo afo, es de.. cir, se halla ejecutoriada y aqotde le vía gubernativa.". Como disposiciones violadas cita el articule 17, literal a) de la Ley 6$ de 1.945. Se •one el concepto de la vio1ciic)n de esas flormde por loe actos a cueados. La kieca].a "uar'ta de la Corporación en su vista de fondo c "nceptue favrrabjev,en e a las petici, ,-iieo de la dsmand. Ejecutoriado el auto da citación pare 'enten. cia sin que se observo causal de nulidd que invalide lo ac.. tued, el Tribunal decide el proceso previas las $1Ç7U entes CONSIDERACIONES Ya e]. Trj1nal en diferentes oportunidades e ha pronunciado en elación a estos particulares casos de »pensión de Invalidez resultante de la incapecidad laboral producida por la evolución progresiva de la enfermedad de Hansen y rticionda con el des'ine?o de un trabajo o labor voluntaria, pero erernpeflado en los leprocosnios por los pacientes de leprea que todavia pueden hacerlo. En cuyos casos eepecfalisimos, dada la nturleza de la enfermedad iivali~ te# los medios de prueiMa varSan en su idoneidad y prevalencia, siendo para estos csos especiales y prticuLrea auf i. ciente o prevalente la real, visual y objetiva cuando asi, a

te# los medios de prueiMa varSan en su idoneidad y prevalencia, siendo para estos csos especiales y prticuLrea auf i. ciente o prevalente la real, visual y objetiva cuando asi, a simple vista, ge puede apreciar, frente a la científica, m4. dics y asn muchos casos conceptual por referencias o dktosp historia, cronológicas anteriores o antiguas al concepto4 Xguelti.nte la forme de retiro o devtnculci6n d'l servicio qUe puede eex V0194tario o por renuncie o cieiido por ecu-. va aperenteente eflt' a le 2ele, ccrno qUe la ifl% situai6n del paciente trabajador asS lo implica. Tambien varfa en estos caso 1ts incapcidedes legal-es ante lores y afltccsdefl a le invL,ljc1ez que se detcriine. SiOndO la de lógica natural y la h rrn.nedti ca en &u directa y verra ix2pprrtacidn la que rLge tos casoag no ce cucis iona puramente humani.ta riad o Je beneficencia, sino to reales derectco amçar3os por l Constitucn y Leyeade la RptLblica. En r3te orden de ¡dan tenemos que el caso de autos e entras a saber o e rniinr si p -'re la época de la desvinculación d retiro del :.rvico o el&tor s' enntrbe realr,ente ea ectado de invalidez o inoaacidad Para deempa. flar cl cgo de Wot.rio L'iihlico dsmCsflo de . n la etapa o procedimiento administrativo

realr,ente ea ectado de invalidez o inoaacidad Para deempa. flar cl cgo de Wot.rio L'iihlico dsmCsflo de . n la etapa o procedimiento administrativo en la Caja N3cionl de Prwisi6n, el actor ecrdit6 este heche con la declaraciones de las ZLtco3.s iarrios S., Carlos Coronado y Orlando Campo Tf-r,&n ante el Juez Promi...-.. ono Municiai do Agua di Dioø, çuin& Jeponens....."Dend. el alo ás 1.940 para af3Ç y ¡,-de el extinguido nt6rio Je ca.- fo Loros conorco personal y dirctetento al peticionario M5IO VCPA ¡y;f; e,nta por t 1 cioCiciento que 411 de:epr?M loe' cargoa de agentv de la policie Interna de Callo de Loro prircro. luto el de r'strc de acuela dn la nisma colonia y tu' imae co Toterio PdUico del mio lugar, tódv esos cargos bajo dejendtencie del Ministerio de Salud Pública s en .l lapso coprcndido entre los ditimos meses di 1447 hasta finalizar el afio de 1.949, lo cual me e uxte ed-. $ porque yo vivía ambi.n en Ctlo de Loro en la misma Po.. ea y personelr.nte vi al peticionario Vergre Oyeq» ej asoLen-t 6811 6o tales cargos "Es evidente y me con ta que en 1.947 cuando rto erqra CVnga ingred al Cuerpo de Polic$a Interne de Ca?o de Loro a fines, :e1 5±0 de 1.947, se ncontr..

cuando rto erqra CVnga ingred al Cuerpo de Polic$a Interne de Ca?o de Loro a fines, :e1 5±0 de 1.947, se ncontr.. be en bienes cc,ndiei: nos de eptitud fi ica a pesar de ser enfrmo de Henøen. Iguel ente, es cirto y me cormte por p.r~ cidn direta que e fines de 1.949 cuni d,e efls1 el cargo de Uotrio de Callo de Loro, lArio y ezgera Oyaçie eteba ya btant afectado de le vista. Y5 en el etio de 1.950 tanto él como yo y muchos nt'rpoe fuim traalddoí 1e Caflo da Loro e este lujar Ir me ocnr!t. que en 1.955 el Ucullota Dr. Angu.l.o 1e extrajo a Verqara Oyage el ojo derecbc> y íuera de ar3to, en 1.969 fue operado del ojo izquterb, Dor lo cual su vieicSn es comletamente nula y rto Uae cuando le quitaron el ojo r C±io...... Si me Cont que en e$o de 1.949 cuando era Notarlo ¿e C 510 de ¡oro a 'ario V!trgara Oya4a la tood muehes veces trabajar de noche en 1, el -boración de acriturae y ee quejaba-moho de la viEts porque ya e, &va efectado. trabajo nocturno que e le presenta en retén de la cantidd de titolos da ooripre que el 'obicrno nito a br enfermos <je sus peo... piec1zet...M. 1 e.gun de los declerintne •xpresag 9

nocturno que e le presenta en retén de la cantidd de titolos da ooripre que el 'obicrno nito a br enfermos <je sus peo... piec1zet...M. 1 e.gun de los declerintne •xpresag 9 no peonai y dirctamente al pticF nrio Mario Vergara <>Vaga de~ hace veintiesis aflos y desde el extinqui10 sana-. torio da MCao de Loro. (o1ivar)# doncio ambos estuvimos rsc1udOe. MS conste por tanto que ¿1, trabaje coto Agente de la Policía Interna del sazutoria d CøiIo de Ájoro, c.nde fines del alio de 19471 luego fué mstro da ecuela .s1 mismo Sa~ tono y finalmente Notario # todos esos cargos baso la dep.a.. dencie del Mini-tc lo ds Salud Pdl1ic, h ita fines .l aV4 de 1949, Lo cual me.coate poçqus omo antes dijo# fuimos ocmpelSeros da reclusión y ue rabso putsto que en la wiwna ¿po ce yo t&nbien fui Agente de le Policia IrueSaa de Cüto de bu.ro"..... ide2trrente curdo Mario Vergre Oyaqa íngreeod e 1.947 e] rnrvicia de la t1icf a Interna uø Q~ da Loro, se encontrb.a en muy buenas condicienes deeptítud física a p.. ser de r enfermo de H4nean, ¡que]' rntc es cicrto <W cuando "lid de crqo de flot,rio, :nooitrba muy afectado de la vjte y en s ¿ore fue tr.ninddo da 'Ceto de Loro a

do "lid de crqo de flot,rio, :nooitrba muy afectado de la vjte y en s ¿ore fue tr.ninddo da 'Ceto de Loro a ecte Juqr, ye aquf.en e eho io £/955. que itaba ciego, .1 ocuiita r. Angulo le extrajo el oje , derecho, y en 1969 fu nu'vent, opraco del ojo iqier, ruedando en esta forza coetMante cieUo luto lo afirtro porque y en este 1,azarok. CO desde cuando lic egos Cefo ue Loro ccntinunct' trtndo... non Con la mayor irectuncis • Si me COnsta que siendo Ntic de Caño ue Loro en 1949. Mr4.o Vercjare Oyzga le toca-. ha tsbejr us noche haciendo >zcrituras < ,.xe compra que •L 00'. bierno hace da sus mejoras a los enfermos que allí bbLa, para tr'sladarloa a et€ lugar lo que ocurri6 en el aro de 1.950 ".( folioa 49 y 50). 'n el término probatorio t te proceso fu ron ordensdds y recepcLnlas, por el Juez Municipal de Agua de Dio, por comisiciórt y con cit ci6n dei Agente del P11ni'. tirio idUico quien aisti6 e l diligenci o 1ii ec1,racio.. nos uu 1s miarpos i4icole barrios, Orinado kSoaé <jampo Terín y C:rlQa Coronado, quienes nuevamente deponen sobre los Vøi hechos y # en tiíuiinos nrai4ss repitan su anterior declara... ci6n ;.e las cuales se glose los siguíenter aparteez ....a

C:rlQa Coronado, quienes nuevamente deponen sobre los Vøi hechos y # en tiíuiinos nrai4ss repitan su anterior declara... ci6n ;.e las cuales se glose los siguíenter aparteez ....a cl.. cto y re cnsta por lo dichu ait5é que cuando el sersor

V. .gara Oyage entr6 a t.rbej ir en el ro alutidn, ee encoa-. trba en muy buenas condiciones de ca1ud y aptitud fisice pa-. re el ipefo rie su cargo, a pesar de que yaera enfermo de Eiectivamante. me consta tambien que cuando e]. seror Vergara fue rtirado del cargo que eJ4rca en e]. aio7 0 de 1.9500 ve la4ertttdo sucpocitadrnra el trtbøjo de.. da e que tense ya muy atroftdaa los dedos de lt manoo y p.r fortcicnee en los peao ras6n por le. cual, de ea retiro hasta 1 feche, ¿1 no he vuelto a ttabaimr en fli '1 segundo elces SUCtivemente offis Conom te oue cuando el fr. V.riare Oyaga .ntrd e trabe 1nr en el car go eudiuo, ige .nOontrbn en muy 11Oflas condici,new da salud y ertitud física a pesar de u. ya era erfro de Kanien, por lo Cual su cargo lo erres • cabal idad....."Efectivarrent.. me ct,nta por los motivos que .not4, que cuando l señor Ver gra fue retirado ya en el afo de 1.950 .y" hbf a prdido an

lo Cual su cargo lo erres • cabal idad....."Efectivarrent.. me ct,nta por los motivos que .not4, que cuando l señor Ver gra fue retirado ya en el afo de 1.950 .y" hbf a prdido an c,acicad cera el trabajo debido e que 1 mal da Henssn l• haba atcdo considerbleiient su vt.tmilidad los pie5 y leo manos por oetforaoiones y retracciones de loi dedos por lo cual todo lo q<» tomaba o cogie en sue manos is lo cale, por lo cual desde 'e retiro, no he o.4do volver a ejercer nnquna otra labor ye que hoy en die se encuentra ye muy ( fis. 62 vto y 63). Do tan o1ree y ob1eti,s d.o1reoiona. o que reunen los reciui.itos, da mddo tiempo y lugar edenas eme reoponsivas y Un lN renda de su dicto en los t4rwinre 40 10. artes 213 y as. dal C.J. sin o~ a~ haym sido tachadas o rearqidas de falssa# no le queda dala sI Tribunal, que Con elisa 5o he acreditado plenamente qne para le 4poos del rotiro del actor 4ato se encontraba imposibilitado pare d.spsllar el a irgo que eiercf. d .bida a le incapacidad rrisultanto para ese 4poca en que la enfermedad y el trabajo venia ~ portando cuando a 41 habla ingresado en condiciones de plena aptitud laboral Como le entidMd demandada tanto en la P.~

para ese 4poca en que la enfermedad y el trabajo venia ~ portando cuando a 41 habla ingresado en condiciones de plena aptitud laboral Como le entidMd demandada tanto en la P.~ luciones o actos impugnados, como en las dife entos plenasde su opoicicSn ixe rfire a la improcedenø&s o inexiatenoia legal de 14 pensidn ie .tnvalilnz frente a ella, idiwocífndo trotivos comc le det.r n:cjdn le su iidd sin clDiflc su dlernjnucjárt p'ra la fecha de retiro, el tie!itpotrar1scurri do en re el retiro y la solicítudé y UtrosUfr-en' motivos, basta trartcr1bir lo Pertinenta de un cpo sintjer el presente~ rtnøi de 'to 13 CIa 1.974, "o. 4606, L.e1znnt.O eugenio k1oriero con lo cual c, :ici&rt coittedog los 'rgumentoe u opoiicionee forrul1os cor la Cajii. A11f e dijo l que hubiere '-çj&dc UTt' centfa por el tiempo cid trebejo preat', en nda modifica te penei6n por inveliceso porque en el au;u !tc de incomptibilidd con 1 'ensin de i.i'z, pra la época del re iro, irte fue eu peredo y con potricri&d fié r,­elmmPJa le penai6n de invam. 1ide, 'e per u nturlaa e irrenunchble, y por lo mismo e]. &re&o a rgclamsrlt nt, eadcs-Ro trzta de un 1ere..

1ide, 'e per u nturlaa e irrenunchble, y por lo mismo e]. &re&o a rgclamsrlt nt, eadcs-Ro trzta de un 1ere.. cho nuevo conrt,z retroctive, "¡no del reconoc1rento de una ,ituaci6n 419 hecho ya c :tformada o r'elizda y que se reclama cos post ioridado entonces el Tribtnelo ve inconve... niente legal al 1ntr,rpretr cor ectarente ta ley y reconocer lo qUe la nueva norme r eenoce y orden!, dándola 'fctoe j. rfdicoe cUera lo cnie el leqi&.iCIor prtcnde. pero menon edn podrf te'-r el hec!o del pago de la ceaafltfas como prrsur.ci¿n da e;cid laboral" contrr-L la inva.Udes demoattda. ?i s1.J era la renuncie expresa ea aceptable como lo tiene etahlcido la &c.. trine del H. Con—eje, de "rtdo. "l hecho de rjue or defecton do la ley o de organi7acLfl Rea injusto o inecruitetivo que la Caja asume estos rie.gos, ea problea de otra índole que no puede afee.. ter e qiIfl ha aduir1do con iuto título un de,.,-echo de ue es deudor ii fated.6811 - 9 fdra rayor clrided, b-ta trn,crj: r una parte del concepto etido por le iacetfe Guzrte de la Cor.' porcicfris b) Al folio 79 frente s obra el Dic..

fdra rayor clrided, b-ta trn,crj: r una parte del concepto etido por le iacetfe Guzrte de la Cor.' porcicfris b) Al folio 79 frente s obra el Dic.. tÇriien NO 053-MJ de Narzo la del e encureo, cortntjvo dei. • xmen practicado al denandnte por la Ulvioldn de Salud Ocu... pcicrial del jn€rjt de Prba10 y guridad social, donde e rfirma que, de "la rvieidn y tudio te lea doto anamn4.. icoa. ex4menea prra..clfUcoe. onctos .speaia11ado. y de más elementos de juicio medicoa que obran ónøl iforativo sometido • nu ,-otrie ccneider.cj6n cømpinentrioa de la obeervtcin clf-iea actual, pi tniten conceptuar que la 7FRMgDM DE H/NEN de le cual visnejedecisndo .1 Sr. ÍMARIO V:ROARA (YAI GA , d.edie el no de 1912 lo invalida pare continuar ocu',4n.. dore en in labor que constituye suactIvidad h.biraul, en un porcentaje i.rir si 95% de pérdida de capacidad laborativa. Lag citaaterfrticae clfnica .volutina de dicha .feccióa, teciane en la feche. VEflnitpn conajderar que la ciinucidn de su actividad actual, en mi capeided laboral, puodo r.~ taras al •Fo de 1950" (Subraye le Piscali). "De donas ea puede conc1ur, que para la t~

de su actividad actual, en mi capeided laboral, puodo r.~ taras al •Fo de 1950" (Subraye le Piscali). "De donas ea puede conc1ur, que para la t~ abs de retiro del eirvicto oficial. julio 30 da 1950@ ci de» madente ro solo lo ef.ctebs la dolencia de le lepra, sino ,ue a demía le cer,cidad laboral desde entones ye e atabe di... minuf da en más del setenta y cinco 00 por ciento, hecho corroborado por la miimia caja el admitir que por si arío de 1949 .1 actor "atabe en incapacidad de continuar laborando"3.0 a y de 1 fij ecidn de la e.pacid1 laboral @a su índice supe rior a]. .nta y cinco (75%) por cierto, por el rncicmad ero 3a 1950, co 'e cCnaina en el dict.n e q ue se h4 he. Cho rnencicne te modo que si producirse el atiro del acøionan.. te del arVicio oficial, ostt?ntab la incaecidd o invsUde para co itiu ir en sus funcines, decir, que ¡-or la 4poea del 30 da Julio ce 1959# e ra inválido pira toda oc'cidn pd.. buce o riv da. "De ahí a as imirse, que la sittzecic$n de autor e Uietáncia de las carsctirlaticae y circurtancjae que deti ron loa c$oa ançtados en loa felloo del . Jo de atdo, traidoo nanere de jurisprudencia, porque ello aluden $ la taita compelta de prueba sobre La inapecj.

que deti ron loa c$oa ançtados en loa felloo del . Jo de atdo, traidoo nanere de jurisprudencia, porque ello aluden $ la taita compelta de prueba sobre La inapecj. dad e inv1idez en que los d.eare tes ao hallban a la aepa rQ~cido de sus funcLtor%ee, a contrario de lo acntojdo en toe, donde el se dan ve sines fidogdignas lel rtedo de salud del C omandante al dejar el crqo y la ineptitud para Continuar laborando. Y tambion porque a perecer de este Leapcho # e... gSn los Art.. 17, lietal o) de la Ley 65 de 1945 y 29, ma... ral 3$ del Decreto 1600 del mismo aLio, es 1a peuei6n ue inva.. lic]sz la que excluye la cesantia y la renaiLn de Jubii.ci6n y no que la cesantía eiuye la p.Seión de inveliei y de Jubilaci ó n, 31 te~ de loe recbptos citados en esto sentido s claro al expresara "La pensIM e invalidez, eñuye la cesea.. tia y la peneidn de Jubiiacidn" (Ley 6 de 1945). "La peneidn le invalidez excluy, la jubila. cián y la c esantía fflin c1trocho a gpcída , (Subraye e]. Deeachor Por lo expiøto etertormante, la itipici de la dencrie eatn llama~ 4 proeperr.• 6811 e Xn mérito de 3o anteriormente .XpuertO, el ?ri

Por lo expiøto etertormante, la itipici de la dencrie eatn llama~ 4 proeperr.• 6811 e Xn mérito de 3o anteriormente .XpuertO, el ?ri bunal COfltQflcioSo A4.irL1 trtivo de Cundinaarca, de acuerde con su cola)xrador fJr1, cii 'trafldo juticia en nombr, de la Rp1ica da Co1bia y por autoridad 4.1. Ley, PALLA $ la.- DsclÁrene 1a nu1idd de las Jsoluciozs Nr•, 1652 4. 1972 y 0022 4. 3.973 proferida, por la Caja Na cional 4. Previsión y n.diante las Cualea ee le niega al temor Mario Vergara Opaga .1. reconocimiento de un. penLón 4. 2. idas. 29,»- la e onsecuencis se condmm a la Caja Nacional 4. Previsión Social e reconocer y piiçat 1petor M?RIO VERO! RA OYiGA, une pensión de iflva1ida, en cuentia igual a la totalidad 4.1 diUrno sueldo devengado y efctiyo a partir del 13 de Julio 4. 1.968. por encontrarse prescritas las mesada pensiones de los anos antrio es, 39 e . La Caja Nacional de Previsión Socia] dará cumplimiento al presente fallo, .ntro del término del art. 121 4.1 06digo Contencío, o Ádoinir tivo. 499 D.ni4ngaae las ecc.pion.s propueetai. Cdpieaep notifiques., comuniques. y Øoflidlt.0

121 4.1 06digo Contencío, o Ádoinir tivo. 499 D.ni4ngaae las ecc.pion.s propueetai. Cdpieaep notifiques., comuniques. y Øoflidlt.0 ee con el N. consejo de bstadhee Aprobado en la sesión No. , ALVRO L.Co ¡vrr. LUNA AQUILl11O C!OUZ PJ[)R.??A RAEL XSTA GUZI1N4 MIGUL ACNIO CRrENiS Y, ALB1Í30 MORENO GQPhZ JAIME 4CSOS GUARNIZO6R1]. 1277I fILV7i »IN MIU'UEL tJ .TA C)LA Aacc IiL fl. ScrttriO -

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