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TA CUN - 6813-(01-08-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6813-(01-08-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

FEDERACION NACIONAL DE CONCEJOS MUNICIPALES ¡AUXILIOS co o, o,

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION PRIMERA

SANTAFE DE BOGOTA, D.C., primero (1) de Agosto de mi novecientos noventa y seis (1996).

MAGISTRADO PONENTE: DR • HERIBERTO REYES VARGAS.

REFERENCIA z EXPEDIENTE N'. 6 8 1 3.

DEMANDANTE a GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA.

OBSERVACIONES AL ACUERDO N. 038 DEL 15 DI DICIEMBRE

DE 1995, EXPEDIDO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE

LA PALMA.

En ejercicio de 1 atribuci6n que le confiere .1 Articulo 305-10 de la Conetituci6n Politice, la Soliera Gobernadora del Departamento remiti6 e oonsidereci6n de ésta Corporaci6n .1 Acuerdo 6. 1 referencia para los efectos de los Artículos 118 y siguientes del Decreto 1333 de 1986, al considerar que en infringe normas superiores.

01. El Honorable Concejo Municipil de LA PAL&, •xpidi6 .l Acuerdo • 038 de]. 15 de Diciembre de 19962 El Acto referido fue sancionado ypublicado, como obra en el sieso.

3. El citado Acuerdo Infringe precepto Constitucional y Legal, como as analizar&.".

NOmIAS V11)A8 Y UC&PTO VI VIOLACICI Constituci6n Politice, articulo 355. "El Acto Administrativo objeto de lapugnaci6n por el cual .1M. N.6613.

como as analizar&.". NOmIAS V11)A8 Y UC&PTO VI VIOLACICI Constituci6n Politice, articulo 355. "El Acto Administrativo objeto de lapugnaci6n por el cual .1M. N.6613. Concejo Municipal di LA PALMA se vincule como miembro activo de la F.deraci6n Nacional de Concejos "Fenecen", en el articulo quinto (5) crea .1 rubro denominado cuota de afiliación y sostenimiento anual a 1. Federación Nacional de Concejos TFNACON, por un valer de quinientos mil pesos ($500.000), en el Presupuesto General de Rentas y Gastos para la vigencia fiscal de 1996. La Constitución Politice en .1 articulo 355 preceptúa: "Ninguna de las remas u órganos del poder público podrá decretar auxilios o donaciones en favor de personas natural o juridicas de derecho privado". De la anterior norma ee colige que el Concejo Municipal de LA PALMA tranagrede la citada disposición toda ves y en razón a que el apropiar dentro de]. Presupuesto Municipal aportes para la Federación Naoional de Concejo. FENACON, ..t& incurriendo en la prohibición constitucional, que prohibe a los Cabildos decretar auxilios en favor de entidades de derecho privado como lo es la citada Federación. Si bien es cierto la Constituct6n Politice en el articulo 38 garantiza el derecho 6e libre asociación, no ea menos cierto la prohibición de decretar por parte de los órganos ¿1 poder público, aportes o auxilios en favor de organizaciones de derecho privado. Dicho acuerdo parcialmente demandado contraviene la disposición

la prohibición de decretar por parte de los órganos ¿1 poder público, aportes o auxilios en favor de organizaciones de derecho privado. Dicho acuerdo parcialmente demandado contraviene la disposición constitucional 6.1 articulo 355, en la medida que apropie una contribución en favor 6e una entidad privada, lo cual está expresamente prohibido por la Carta Magda. Cabe seflalaz' que la facultad de los Concejos es reglada y en el ejercicio de la misma deben actuar dentro del marco constitucional y legal.".

Aporta como pru.b.: "a) Fotocopia auténtica del Acto impugnado. b) Constancia de la sanción y publicación 4.1 Acto.

14EXP.No. 6613. e) Constancia de la fecha en la cual tue recitíido en 1 Gobezflsci6n del Departamento, el Acto impugnado. - d) Fotocopie de los oficiol dirigidos al Alcaide Personero y y Presidente del Concejo Municipal, comunicándoles la presente' demanda (Articulo culo 120 del Decreto 1333 di loas)". IflIRACIQRS Di LA 4I Le corresponde a la Sil. definir 1 valides del Acuerdo No.038 del 15 de diciembre de 19959 expedido por .1 Concejo Municipal de la Palas, por medie de la cual se realiza un giro del Presupuesto de Rentas del Municipio, pera la filLaciM del Concejo a la Pederaci6n Nacional de Concejos PENACON. La S&tora Gobernadori. 4.1 Departamento, formule observaciones al citado acuerdo, en consideraci6n de que el Concejo Municipal de la

Nacional de Concejos PENACON. La S&tora Gobernadori. 4.1 Departamento, formule observaciones al citado acuerdo, en consideraci6n de que el Concejo Municipal de la Pilas, nc pued. apropiar del Presupuesto Wunicipl aportes para la Federación Nacional de Concejos, por expresa prohibición Constitucional. En efecto, .1 articulo Sø del Acuerdo No.038 49 1995, seftala: 'Créame el rubro denominado uota de afiliación y sostenimiento anual 1 1. Yedóraoi6n Nacional de Concejcs FENACON eón valor de QUINIZNT MIL PESOS ($500.000), en el Presupuesto General de Rentas y Gestos para la vigencia fiscal do 1996, articulo 92 capitulo 1.3.4, según valor seflalado por la Resolución No.005 del 3 de junto de 1994, expedida por la Direcci6n Ej.cuttva de esa entidad efectundosó las adiciones y traslado. necesarios". Por consiguiente, para determinar la validez de la disposición tranaorit ta se ha debido 'aportar 1$s pruebas que determinen st la Federación Colombiana de Concejos Distritales y Municipales, es una persona jurídica de derecho privado, ademAs de sus estatutos y las normas que permitieron su creación. Al no estar probada la naturaleza jurídica de la citada Federación, se declararé le validez del, articulo 8o del Acuerdo No.038 de 1995. Por lo expuesto, EL ?RIAL ArIUki1TaTZv Di UWIRCA, SECCICI PRDA, administrando justicia en nombre de la Repdblic. de Colombia y por autoridad de la ley,EXP.Ne. 6813.

Por lo expuesto, EL ?RIAL ArIUki1TaTZv Di UWIRCA, SECCICI PRDA, administrando justicia en nombre de la Repdblic. de Colombia y por autoridad de la ley,EXP.Ne. 6813.

PIDI100: ICLAR3E LA YLI1Z 11. ÁRTI~ So DV., AJRDO No.038

OIL 15 01 DICIiUDU 01 1995, wsDlDO POS EL 009030 ICIPAL DI LA PALMA, PCI MMO. OS LA CUAL 0 YILA CONO IUMO

ACTIVO 01 LA PiACICI CtOIWiAIIA DI CO90JAL3 DX$TRITAL1

Y ICIP1L CAZADA PM U. CO~0 XITERDhSTZTCItL • UI LOS CUIKJAL$S 1INUICIPALVO U 1. EI NACIONAL DI COCJALIS (ZUllADO CO lALLI1( EL lo DI ócv~ 01 1993.

SNJNDO: Ccsunf ques. el contenido de esta providencia a la Señora Gobernadora de]. Departamento' de CUndinamarca, 1 Alcalde, Personero y Presidenten del Concejo MunicJpl de la Palas.

IflqUISE Y N1PU8E.

Discutido y aprobado en eesi6n de Sala de 1 fecha. Acta No. LOS NAGm?RAoos, ct.a mio NAVAMITI SAlUD

PRESIDENTA

øERIURTO REYES VARSS

ENhESTO REY CANTOS

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