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TA CUN - 6814-(16-09-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6814-(16-09-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

CONTRATACION MUNICIPAL -Competencia iRJBiAi. .ff)MINlTRAT1VO DE CUNIflNAMARCA sitDLúN PRIMERA :tiiak k C. :piiuii, euei .1(Y) de mii iivlitos tloVeiit8 seis 19% ! ( '

MAGISTRAD. PONENTE DOCTORA BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO.

IXPI)WN'EE No. 614.

DEMANDANTE GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA.

OBSERVACIONES. iimde ,ui(idu el ijáiiitu pevnto en el Decteto 1333 tic 19w6, en su atticulo 121, decide la 'aia ka obeTvac!on krniu!ada por h 9eiora (kbernadorn del Deparameno. en re!acin con el Açuemdo O( de dkietnbce 21 de 1995, eped ido poi el Ctucejo Municipal de PUERTO SA flR % NTECTDENTES La señora uobernadora ea elercicio de la lacultad que k confiere el mandato constitucional prtvisto en el articuk 305 numeral 10 de la Carta Politica, remite a caja Corporación ci Acuerdo mekndo, a tui de obtener pronunemairaento sobre su lemahdad. toda vez que coasmdera wuiuie preceptos superiores como en efecto lo son: El Articulo 25 numeral it de la Ley 80 de 1993; Articulo 41 numeral de la Ley 1.6 de 1994. Al exDhcar el concepto de vioiauon. seúala:Lxp6l4. hoja 11.44D. 7.

Articulo 41 numeral de la Ley 1.6 de 1994. Al exDhcar el concepto de vioiauon. seúala:Lxp6l4. hoja 11.44D. 7. l idodelvii-ti7ltid-do fija el caiou de an'etida henlo paris la eib de la plazá de intdú, u n de t'aeinn ' )T )!h1C1Ofl&3' (4WreSpOD.heflteS: OOtltPt4) de arrendamiento cuya lebrií le haba ido autorizada al Ejecutivo ipal por auerdo anterior. El Concejo Niunkipat tncuie en vtolacióu al artIculo 23 numeral 11 de la Ley 80 de 1993, al fijar de rrendannento y inisnw incun en la pnhihieon establecida en el articulo 41 numeral So. de la Ley 136 de 1994, relerente a no tornar parte en la decisión o trámite de materias no nptas de mi col tipetencia. fialneme. ahriva que en 103 pre de ntratacion solo intervendran el Jete de la Administración y las umdades asesoras y ejecutoras de la entidad que se sela1en en las rspeci.iva normas de oManlzacic,n y fiineionaimento de cOnlolTnidaCl con el alt$ciik) 21 numeral "de la ley O de 1. Transcribe jurisprudencia de este Tribunal al respecto. A la solicitud se le dió el tramite legal vigente. En consecuencia, procede la Sala a emitir su I(CI?)I le i(lii4kl, E-i. ÑII!•flCIt5.

('ONSJJ)ERACIONES

A la solicitud se le dió el tramite legal vigente. En consecuencia, procede la Sala a emitir su I(CI?)I le i(lii4kl, E-i. ÑII!•flCIt5. ('ONSJJ)ERACIONES E! ('oncejo Municipal de Puert» Salgar expidio el acuerdo mencionado. Por medio del cual seExp6814. ¡loja No .3. fija wl ail&i de areiida ienlo para las elbas de la plaza de mercado". ii hs (]& id4TIi Áikiti iie ieÁoú idi siguiente,-$hjxi.: LE\ 80 DE 1993 I?'J' •I UI 1>« flVI PU 1 Mf 1PI( EI Vl'ÇM(4 4 Ln xi~A ,1 v+ 1! Las corpoiacioues de elex ion popular y las ovanisiuos de control y vigilancia no intervendran fl Iw4 )T0CCOi de (:OfltrataciÓZL salvo ca lo relaciqnado con La solicitud de audiencia publica, para la adiluiícacion en caso de licitación. r pfrr,yttd,id frr rrnri 14ç y 91,4 rrt :1c. d.c' Ici CiÉituuon Polilica. Las asambleas depaituneutaks y los concejos niusücipaks autorizaran a los l'eriders y akaldes. respectivinwnte. para Ja cekbraci)n de crntratos', $4 )4)4 "Artwulo 41. I'r(411b4don's. ES prohi}kJo a Los (onccjos: S. 1 omar parte en el lrivaite o deusion de asuntos que no son de su competenun.",

$4 )4)4 "Artwulo 41. I'r(411b4don's. ES prohi}kJo a Los (onccjos: S. 1 omar parte en el lrivaite o deusion de asuntos que no son de su competenun.", h4 ner' k' re!!a!r:r!1o. deducc is $L1E qie la o t!pctcnc!a para dtrigr ls okbracii8 de u taciores o curc y para la escogeüc ia del c tratista coue oude al ete o repi ei1niIe de la enndnd. er este caso, ni Alcalde Mimicipal. a1 como tnmhten. dentio del mbito territoaal la Pítm celebras cojitratos a uombre del Municipio es del Ejecutivo víuipi 1 p4Ies en relaeiÓcoly lns ntnhi r'ns del (nnck1') e e matena, la las linuta t ts& 14 autoiz&..ai psít celebÁaf el utfatú w esp>dtenk ui quetxp6l4. 1 ka No.4. deducible que aquel aspecto concreto, el de la celebraciÓn y el del establecimiento de las t1ioneslynpeas del corit no 1e8 hayan yodo otorgados de manera extensiva Por otra parte. FIrculo d la Lev 1 se retiere 8 la ainor'zación que el (oncejo debe i Akakle a fin de que pueda celebrar contratos, en este caso cntratos de arrendamiento, m?n por lo demas, le esponde corno entnn,e legal del Municipio Ja fijacion de clausulas y condicioues, por consiguiente rio es el Concejo el llamado a imponerle las personas

m?n por lo demas, le esponde corno entnn,e legal del Municipio Ja fijacion de clausulas y condicioues, por consiguiente rio es el Concejo el llamado a imponerle las personas cdii qwe.n tIebe contratar tu fa ltwtna de escoverks, ni en ienerat fas e idscwnes de Precio y ptaz para el pago, toda vez que se trata de las caractertsticas propias del acuerdo de voluntades iineiarte. De manera que retmlta clara la violación que de las normas invocadas se presenta. 1' 1 1.. -. -.. 1.. . .1 1 - 1. .. 1 4.4 .3..1 4. 1P 3. '1 E. 4. n a -u e urir i iici uctuu uu -se .. u cuit,tc Ut fn nteruo de lo expueno. el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por atItMilad de la fev FALLA PRIMERO. I:eciarr la nulidad del Acuerdo 06 de 21 de Díciembre de 1995, expedido por elLXpA)u ti. Lt'.'ti TCiÁejv Mwtkipd de PUERTO SAIGAR, SE CUNDO. ComunIqucc la anterior decisión a la sctora (3OBERN ADORA DEL DbPAR1ÁMENfU y a km KivAw FRESlDLNTE DEL t(:EJO MUNICIPAL. ALCALDE

Y PERSO'iERO DEL MUNICIPIO DE PUERTO SALGAR.

TERCERO. Archvca cA expediente una vez ecutoriada asta pwvidencia, previas las

Y PERSO'iERO DEL MUNICIPIO DE PUERTO SALGAR.

TERCERO. Archvca cA expediente una vez ecutoriada asta pwvidencia, previas las desanotacones de ní.or. 'PWSF. rJOTlytt»JESE Y ''UMPL\SE Dis.uüdo y aprobado en eou de 22 de Alzoslo de los corrientes. ACTA No.02.

ULA IN LIS NA N AI.tR1. 1 1 E1AM14JRO 111A 1 RIL MAR! 1NIL QUIN 1 FRU

Presidenta de Ja Sección Magistrada

DRIO QUIÑONES PINIL1A ERNESTO REY CANTOR i1agistvado

!IERJBILRTO REYES VARGAS

Magistrado

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