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TA CUN - 6825-(11-04-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6825-(11-04-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

SUSPENSION PROVISIONAL -Improcedencia

T1[BIJUAL ADMINISTRATIVO DE CLJNDIiAMARCA

-SECCION PRIMERASanta Fé de Rogoá, D.C., Abril once (11) de mil novecientos noventa y seis xpedente to. 6c25

Magistrada Ponente: Dra. OLGA INES NAVARRETE BARRERO

Demandante: JHON ARQUI4EDES MOSQUERA PALACIOS

Electoral. El señor JUON AIÇUiMEDES MOSQUERA PALACIOS presentó demanda en acción electoral respecto del acto de fecha 8 de Febrero de 1.996 que revocó la elección de la Comsi6n Tercera Permanente del Concedo (Presupuesto) y del acto de elección de las Comisienes Primera, Segunda y Tercera Permanentes del Concejo Distrital realizadas en nesi6n plenaria el 16 de Febrero de 1.996. En capítulo ek, la misma demanda solicita la suspensión provisional de los actos citados anteriormente. Por reunir los requisitos de Ley y haber sido presentada dentro del término de caducidad a que alude el Artículo 70. de la ley 14 de 1.988, la demanda será admitida en parte. 1 Artículo 12 del C.C.A., tal como quedó subrogado por al Artículo 31 del Decreto 2304 de 1.989, establece: ?rocedencia de la Su5penaión.- El Consejo de Estado y los Tribunales Administrativos podrán suspender los actos adiiinistrativos mediante los siguientes requisitos: 11 1. Que la medida se solicite y sustente de modo expreso en la demanda o por escrito separado, presentado antes de que sea admitida.Hoja fo. 2

tivos mediante los siguientes requisitos: 11 1. Que la medida se solicite y sustente de modo expreso en la demanda o por escrito separado, presentado antes de que sea admitida.Hoja fo. 2 Expediente No. 6825 "2. 1, "3. Entre tanto el Artículo 230 del C.C.A., tal corno fue modificado por la Ley 96 de 1.985, Artículo 66 preceptúa que en los procesos electorales procede la supensi6n provisional. Se solicitó is Guspenui6n provisional de: 1.- Acto de fecha 8 de Febrero de 1.996 por medio del cual se revocó la elección de i Comisión Tercera Permanente del Concejo (Presupuesto), efectuada en la misma fecha. 2.- Acto de elección de Comisiones Primera, Segunda y Tercera Permanentes del Concejo Distrital efectwdos en Sesión Plenaria del 16 de Febrero de 1.906. Si cargo a analizar respecto del primer acto es la violación del Artículo 86 del Acuerdo No. 020 de 1.994 que dIce: "las elecciones que realice el Concejo o sus, Comisiones Permanentes, con el lleno de los requisitos establecidos en este reglamento. Tal supuesto normativo no está totalmente acreditado pues Jeberá examinarse en un estudio de fondo si la primera elección de integrantes de la Comisión Tercera se efectuó en forma adecuada al ordenamiento jurídico. Ln cuanto al acto de elección de las Comisiones Permanentes del Concejo (la., 2a. y 3a.) efectuada el 16 de Febrero de 1.996 se dice viola el Artículo 2€ del Acuerdo No. 20, iues dichas

Ln cuanto al acto de elección de las Comisiones Permanentes del Concejo (la., 2a. y 3a.) efectuada el 16 de Febrero de 1.996 se dice viola el Artículo 2€ del Acuerdo No. 20, iues dichas Comisiones deben elegirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la instalación del Concejo y la elección demandada se hizo seis (6) días hábiles después do vencido dicho término. Al respecto tiene en cuenta la Sala: Que según constancia visible a folio 3. del cuaderno original en Sesión Plenaria del día 8de Febrero de 1.996 se eligió isHoja o, 3 ixpediente ¡o. 6625 Comisión Tercera Peraaneril;esicario revocadas por determinación de. la Corporación en la misma Sesión Plenaria con base en la proposicí6n presentada por el Concejal Angel Custodio Cabrera Báez que se recoi6 en el acta respectiva de la siguiente manera: "solicito se revoque la decisión y elección de la Comisión de Presupuesto y se vuelva a someter a votación" (fi. 17 e. anexo), cuando la elcci6n ya había sido ratificada, en cuanto a la Comisión Tercera, aplazando la elección para el día 13 df Febrero de 1.996 y luego realizándola en sesión del 16 de Febrero de 1.996. De tcuerdo a lo anterior, deberá esta Sala en estudio de fondo determinar: 1) Si el vencimiento del plazo que se seiala en el 4rticuio 26 del Acuerdo 20 de 1994 "Por el cual se expiae el reglamento interno del Concejo de Santa P6 de Bogotá", implica para dideterminar: 1) Si el vencimiento del plazo que se seiala en el 4rticuio 26 del Acuerdo 20 de 1994 "Por el cual se expiae el reglamento interno del Concejo de Santa P6 de Bogotá", implica para dicha Corpoaci6n Incompetencia para llevar a caoo tal elección por fuera de dicho plazo. 2) ii la elección efectuada los das 3 y 13 de Febrero de 1.95(3 lo fue con el total lleno de los requisitos legales corno para entrar a decidir la aplicación del Artículo 86 del Acuerdo No. 20 de 1.994 o si por el contrario dicha elección adoieca de vicios. 3) Cuáles fueron las consideraciones que tuvo el Concejo fistrital para proceder en la misma Sesión Plenaria, a revocar la elección de Comisiones Permanentes efectuadas y si tales conclusiones rueden aparecer o no de recibo pare este Tribunal. Pa consecuencia, el TRfl3UNAL. ADMINISTRATIVO DE CUNDIHAMARCA, SECCION PRIMERA,Hoja No. 4 txp.diente No. 6825 z $ 9.91 Y 1.- Admitir 1a demanda prss.ntsde .n ejercicio 4. 1'acción elsetorti respecte del moto de elección expedido por el Cono.jo del Distrito Capital el dia, 16 de Febrero 6 1.996, mediante 1. cual se integrsro las Comisiones Psrmsnnt..' de dicho .Consejo y del acto, de 1vocstor1s 4e elección de 1 CoajL6n Tercera Psra.nent• del. Concejo (Presupueste)

de dicho .Consejo y del acto, de 1vocstor1s 4e elección de 1 CoajL6n Tercera Psra.nent• del. Concejo (Presupueste) do f.chá1 ds.?1br.ro di 1.99L Por tanto, se dispones a) Que M r&otitique por edicto queme fiJsz4 durante ciadO (5)dtas. b) Que eo notifique personalnte al Ministerio Pb1ico. o) Que es notifiqe al a~ Alcalde syor de $anta 76 de logot6, en tora. personal 1 auto admieDrio de la demand (ffi.rai 3.. dei Art '233 dei C.C.A. d)Qu. se fije en lists.poz tiós (3)615 w'aa ves cumplido el t6raino de la notif4osci6n, con 1a prevenóldn de que cate lapso es podx4 contestar la demanda y solicitar pruebai 2.- segar 1 euspenstdn provüienal en relación. «n,11 acto de .lecci6fl expedido por el Distrito Capital. .1 dii 16 de Febrero e brero de 1.996, por medio del cual se int.grIro las ComisiGnes Permanentes de dicho Concejo y con •l acto de rvocatoria 4e el.c.tdn de la Omisión Tercera Permanente del Concejo (Presupuesto) 4. fecha $ 4. febrero 4. 1.996 fln1se al sif50r ¡MON ARQUD$ $O3QUA PALACIOS como partemate No, 5 Expdit. No. 6835 actora en set. proa . ririQIRE y cmLAu.

fln1se al sif50r ¡MON ARQUD$ $O3QUA PALACIOS como partemate No, 5 Expdit. No. 6835 actora en set. proa . ririQIRE y cmLAu. (Di.óuttdo y aprobado en s.16n 4. 1. facha. Áta No. 036 ). a. im MY7 ÍMIV 1IO RUTRIZ IIATX1SZ Magistrada Kagiltjada RYO wzIcu's PaILLA. ísi. REY Magistrado Magistrado Aus.nte con ascuas legal

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