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TA CUN - 6934-(04-02-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 6934-(04-02-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

r}tl3U$L 1 1iTTIVO D CU1L)(ARC 3oot, '. .,Febrero cuatro (4) de mii noiciento ..etentay,,ei,, (1976) Mitro Ponintes A. ALV.RU CQMPT. LUN.- Ref. Juicio J0 6934.- •C1O NACI J,Ls .-

Deasadanta: .U'(1Q JO;i OQ .-

1 oiudaane ntcaio JOriel Arada, a trav.. de ;oJerdo, tno6 demanda en aooik de plena juri.-diooia c,ntra la reøol'ioi&aN. 6763 de 1912 -11 de diciembre-, diotaa por la Caja Nacional de Pr.- víi, concretamente por .1 iUrector de la eociona1 :epeoial do Cundina marca, por medio de 1, cual -. 1e ae44 le p.n44m men..ual vitalicia que91101t, pira que de acuerdo con lo., trits,i ordinario, o decrete unulidad y que u tftialo de re$sblecimiento de] derecho ..e ordene reconocer la y pagarle la pre,,toi mencionada en oaaatia de UN MILTRI$ Y JCHO TO8 CON OA1UWt1 Y UN cY04 (11.338.41), lía cual debe Pagar -30 ene-a cuantía donde el día 13 de junio bata el 1. 4e abril de1973, ydada ea fecha en adelante por fl.572.25 "uaa que -e pagsrpor conducto de la Caja Nacional de Prov. ,,-1&A ooial, Seccione.]. del Valle del Ceica, en Cali." Se toe tambn en .1 libelo que .ó expre,e que lapor conducto de la Caja Nacional de Prov. ,,-1&A ooial, Seccione.]. del Valle del Ceica, en Cali." Se toe tambn en .1 libelo que .ó expre,e que laCaja tiene derecho repetir por la ouGta, parte, que lo oorrepondan a la.. .iguiente,, entidadu,: D. iL 13 )E JUWIt.) D 171 ha.ta e]. 3) 3 PLO »I 1.73:

?QCA.IU NCI;ÁALS

pro, L. CAUCA LA CL3ii

MUNIC 10

C AJiHL

3 79J-0432-43 9j.O4 32.43 5.56 1 4. 17 376.21

31.338-41' 2 - Juicio Ha. 634 .- Ji 1i 1. D1 Ai3RL 1.973 AD1LAN'rz

R0A»iL'; NACI N:-L $ ,28,u7

Dr0. iiL VALLE IMI, CAJCA 38,9

LUI;I 10 U L 3R (valle) 654 flCXIO= CALI 1)9,90 AJAHAL 329,65 1 abogado que habla por el demandante puntualizalo: -igtientehecho" para fundar peticiona: "la.- Don AJfl0NI0 J0' ARM3N labo6.dj ,00ntjnaaaen t te para el 1tado Colgibino durante 20 aso.., en la., -tg4ento, ontidade0 de derecho

RRUARJdL NCI0Ni\L O me.e.

pb1ico: M ,f 22 DI8 3 (7.222)

en la., -tg4ento, ontidade0 de derecho

RRUARJdL NCI0Ni\L O me.e.

pb1ico: M ,f 22 DI8 3 (7.222)

OAL JI 13

LL 1Q 4.263

L1 VALLE 5 25 175

D 1». CUOW 1

WJICII D C,JI rJA NACI.flAL Di (h.cian Inpueetoe. de Cali, ¡eji.trMdtarfa Hpal. I,tzdO2 0 24 724 Cwil, y Rxna Juri.diaoona1 de Palatrm) 5 1 10 2.030

TIX?O 'flT;L

O 1.222 mmiscam

l~nte tiepo -e jí"crími4,1 af: R)C?.JUUL, 27 de maro de 14 ¿ 15 dü aoto/47 Y da 13 de tb/50 a 9 oct..

/54 ..... vu: ji 4to-/49 a 6 teb./50 11 10 5 1 7 5 3 25 6 27 4.263 175 30

1.658 177 )TUNIC ¡ LA CUHLU': 6 Jun. a 5 Jul/61

A1 oz 9 abr.62 a 15 —

4 Nov.,/66 flAl%1RIA PAL. .AD0 CIVIL, Cali UICIYIO D CALI 4 Jen./a 26 gt./58 1 0 4 724 y de 2 feb./67 12 Aviembrú de 1..968

flAl%1RIA PAL. .AD0 CIVIL, Cali UICIYIO D CALI 4 Jen./a 26 gt./58 1 0 4 724 y de 2 feb./67 12 Aviembrú de 1..968 lis. ,laU IrIICe1QNAL PAL.M1Ai 16 de nere a 31 de julio de 1.7U 19 6 6 7 15

7. 'J27

1 195 TOTAL 20 ea__a. - 0 22 7.222.-- 3 - Juicio Nºo 6934 e- "29.- Cuando 'ilan iTORIO JOsE ARMiCI iabor3 para el Municipio de Cali, al 12 de noviembre de 19681, ante de 1 promulga cita del Doz'ets-.Ley J93135 de 26 de dioiembr de 1968 tenía ouapL&do,, al nervio¡ del Estado t.loebiano 19 año,,, 6 mese,, y 7 dfa,,.- Y 610 l 16 de enero de 1.970 voivil al erviciopb1iooi en el Juz Cado la. Civil del CiroMito de Paleie (Rama Jurirdicoi3), afiliada a la Caja Jel...d. PreviRita ieoia1, hasta .1 31 de julio del mi,,mo,- ano qa que ,s ,,eparó DEVINITIVOWT19 DEI øiicIO (6 15 día.) completando el total de 20 añO, 22 dfa,, para 7.222 dfa,.- "39 Don Antonia J#A AragSa ownpli6 50 año,,. de edad el día 13 4. junto 4. 11971.

completando el total de 20 añO, 22 dfa,, para 7.222 dfa,.- "39 Don Antonia J#A AragSa ownpli6 50 año,,. de edad el día 13 4. junto 4. 11971. "42.- Durante el i1timo alo de ,,evtoio,, ooinptedido del 27.de mayo al 12 4e noviembre de 1.968 -5 menen y 15 dfa1-, lab0eadof, ea el Kuniipio de Cal¡¡ y d.de 01 16 de enero al,31 de jaita de 1.970 -6 ae,e,,, 15 df,,-, laborado" en la rama juripdiceica1 en1aunicipio de Palmira, el Retor Antonio Jo Aragn devuigi ,,uel mpf: MUNICIPIO DU CALI Total De 27 de mayo a 30 de agente de 1.968 (ieen,.ual $1.467.o.) 4.547.70 De la. de iept. a 12 de Novbre de 1968(ua1 $1.614.40 $3.873960 RAMA JURtDICCICAL De 16 de Jiera a 31 de jilie de 170 (mearual$1.60J.00)potal $10.400.49 TOTAL $18.821930 y la .iguiente, prima. de qorviciøs

MUNICIPIO DE CALI l.793.33

RAMA JURI.ICCIOHAL 8U0.00 TOTAL para un total de "5. £1 pr.iadio de igmauiSm menr.ual e-. el r-.u1ao de dividir el total percibido qe Ip fue 121.414.63 por 12 mepara un total de "5. £1 pr.iadio de igmauiSm menr.ual e-. el r-.u1ao de dividir el total percibido qe Ip fue 121.414.63 por 12 meaa,, qo autismo .1 a1a de donde no,, re,,ulta 1acntida4 de 31.7849 55.- De eta "una oerreponde el-75% para la pejamíta menRual9 tenien do en ooa.ecuencia que dicha psn,4k equivale a 1.338.41. h6._ El 23 ts marzo de 1973 e.pz.ina1g4 el decreto 04469 ºn el qus.e suaent6 la cuantía de la ~mito manual en $100. os, ¡ns,, el 10% ,,obre la que recibiera o debfa recibir el emleado p4blio•, lo que equivale a aumentar al acato de cuantía anterior la -4 JuiC1) U. 6934 .'usia de L33.84, ivaeutandcla a $1.572 925, ae-de e] l. de abril del edo en ouro. "7 .- Dan WLUN10 J0í XÍA00N elevó comedida petioi&n a .edor !)¡rector General de la Caja Nacional de ?reii Qial, en ogo, paSa çuo Ie decretare a favor una pon.46n ,n- ,ual viteieia di bi1ación,aoanando todo^ y cada s ino de lo.. - documento,, legeleq probatorio,,de ..0 derecho, entre ello,, la dwoksq ración jurada rendida ante el. yoñor Juez 2 2. Civi. del Circuito da Cali el 12 4e enero de 1.912, en la cual masifqet6 bajo jar,mosato t;na

ración jurada rendida ante el. yoñor Juez 2 2. Civi. del Circuito da Cali el 12 4e enero de 1.912, en la cual masifqet6 bajo jar,mosato t;na rió p.zbe ,,i1do del Te.oro Pablico por habsr,e retirado del ,ervi.. oto al ftniLiar el me« d julio de 1.9709 cundo hizo dejación del.. cago de emoribientib grado 8 del Jaaado Primero ivil del Circuito de Palairs. 0 8.—•L ÁJ NAIÁL DE P(kVI -13ff OCLL, en Bogocon fecha 11 de diciembre de 1)72 profirió la Recli6n 1. Rs ¡.6763 9 rec.ttida a le Caja .ociogl del Tal]e can oficio N.OJU19320 de 14 4r diciembre del at'-ço eno, mediante La cual negó la peticiónjubi1ator.a a mí cliente, enor Arg&n, amparado en el articulo 70de] ~roto Reg]saentrio NC. 1848 de 1969, qué dice que • neeea rio e!4ar 'en nervicio activQ' el 26 4e diciembre de 1.968 9 fechae vigenois 4.1 Decreto çgi4et,ivo 3135, para poder gozar 4e la pea. ,nién 3ibi1atoris cumplido lo., 21 eno, de ..ervioto, cundo ne tange50 ao du edad. "Con..icteró entoce, la CAJA, que el •eDr Antonio J0,4 Aragón por no tener 55 erio de edad, y ;or no e,tar •n -ervioto

50 ao du edad. "Con..icteró entoce, la CAJA, que el •eDr Antonio J0,4 Aragón por no tener 55 erio de edad, y ;or no e,tar •n -ervioto activoel 26 4, diciembre de 1.968 no era acreedor .1 beneficio dela .en4&n jubtlatpria.- "9'.-N otificad mi cliente de la ..o1uot8n e que contrae el hecho anterior, ,oXioitó al Or. Director General de la cAJA W. Jil PIUVI3I0 :;OCIAL,, en aagotó,..qne e gxpidier& copia a m tenticatta de dicho docunto, y el dSijlO! de la prasbam adjuntada, na desaMe, pera proponer la acción pertinente ante el contoi2,. ,o adini.trttvs, y e. la hora detor fl que no ha recibio repue t&alguna e.0 pedimento, oon,-jderándor "te moto ooiio una negaci5n a na I'P0;ICI0flj G$ V10LAA8 (1U1L 'M0tl1\LiTA: Señala 1 ue e continuación e enumeran:Juioio va. 694 . Art. 27 del Decreto-ley 3135 de 1968 y art. 17 de la Contituoi&ii. COtP?O YFCALz De-corrido •portunautinte par la ..eors Pioa1a 14,0 de la Corperacifa, nefiala lo que e tranqaribe: "Por medio del note aouad. la Caja Nacional ele Pr... viiS 5ocial, neg al 1emaAda3te la penein de jibilaoi&& reclwjaca,

de la Corperacifa, nefiala lo que e tranqaribe: "Por medio del note aouad. la Caja Nacional ele Pr... viiS 5ocial, neg al 1emaAda3te la penein de jibilaoi&& reclwjaca, por cn4dsrar que le ew aplicable el utfou.lo 70 del Decreto 1848de 1969. "Nn 1& Ølaaada se argjaets que la dipar4oiin legal ante meneionada fue uipendiça provi,pioaalmente por el li. Cac-.jde Ltdo. Lo anterior fue ab,o1utamente.cterta1 pero tanto a la fe1s del acto enjuiciado ooçje a la de preir.entapin de eia demada,- ya la alta Corperaoik 40 .,snt.noia de 21 d...eptiembre de 1.971 haba dictado providencia de fondo en la que es dice ea lo pertinente: ''La a1a, al proferir el presente fal1,..ha e,tudiado nuevarnente el punto materia dedi.,ouik y del aflLliqb!, que en - ,egwida me-hará llega a la conoluc,i6n ¿e que la norma aouad, en la frac Con uerwici activo', uo viola ninguna norma de orden superior.' "En ef.otb: El Decreto 3135 de 1.963 en.-,,u encabezamiento dios 'pgr el cual ,o prev' la inlegragi&n de la .eguridad oiel entre el sector pbUea y el-privado y ,e regula .l régimen pre, tacional de laq empleador público, y trabajndore...oiicia1e (ubavn

oiel entre el sector pbUea y el-privado y ,e regula .l régimen pre, tacional de laq empleador público, y trabajndore...oiicia1e (ubavn la ala) De tal maaeraque por empleado r, pab]co 5 y trabajadore, - otioialeq debe intenderpo a.-.que actualmente e encuentran vinot4adi5 a la adminiptroiin. ¿f w9 desprende dl af4o 50 d1 mimp e.ta%uto qe ezpre,a: 'le., par,oae, que preatan Tag ,,ervicio5 en 1o,. Kiniqtsrio,,, Dspariene$t.g Adminitrativ.i.,Muge rintendencias,,.y ata b1eciiiento Pblioo, ..on empedo.. pb1ie•5; 4n embargo, o, traba"- jadores de la aon.4rucoim y ,o.tenimieito de ,bra pública trabajador.,, afiotale,.' "De tal macere que por empleado p&blioo o trabajador efiia1 q0 entiende el que pre,ta Ç,U, •srvicio no .1 que 10 hayaprestado. Quien haya prevtdO ,,erviaio,, a una entidad oficial no ti... u. ya .1 oaroter de empleado pb1ics o trabajador oficial. "' eta forma: oaado el p.rgrafo 2 9. del art. ..- 6 - Juicio 1'. 6934 .- 27 del Decreto 3135 ezre.,6 que 'para 1O empleado y trab3sdore...

que e lafetha.de1 pre,nte decreto 1ayan cumplido diez y ocho aúoounti#uuce o i..continuo.. de ,ervioio.- oontinuarn aplio&ncto'. la,, - di.-p.4oionL ..obre edad de jubilaci&a que regían con anterioridadal preqente decreto, obyissentepe uU refiriendo a lo.-.qae la' fecha del decreto eran .mp1e&., o trabajadora. ofíciale, en .-ervicio activo, tal como lo e,atte.ndi6 el art. 70 del decreto 1848 de 1.969. "'Tan cierto e lo anterior que el mb-mo decreto 3135 delcitado año prev& la ezoepoin para a4lo, trabajadore, que -no e.tdc vinoula..or, & la adminitraoi6n ya tenían veinte a1o., de .ervicio. "'1 cargo pue 00-habri de pro..perar y .-e levantar la .-.pflc,i&n decretada ..obre ete 'n çon.-oaenoi, eflte Deja;ho e' de concepto d. - que deben negar" la.- peticione.. itaetrada., porque el artoulo 70del Decreto 1848 de 1.969 fue bien ap1iado." De ef,ta ..uerte, no encontrando oau.-al que vicie lo actuado tfl ,te plenario, y en firme el auto que oit& para ..entencia, a ello .e pa..a y C 0 S 1 D E R a Sa lo primero recordar que la demanda que di& origen a ete juicio fue incoada ante el E. Tribunal de lo Contencio.o-Adm

ello .e pa..a y C 0 S 1 D E R a Sa lo primero recordar que la demanda que di& origen a ete juicio fue incoada ante el E. Tribunal de lo Contencio.o-Adm ni.-trativo del Valle del Casca el día 5 de mayo de 1973. ein embargo, e e..trado ra.olvi6 no admitirla por e.-timar que la competencia debía mediren cuanto al demandado, la Caja Licional da Previ-i&a, que tiene .-u - "de principal en floot, noob.tante que el actor • vecino de la ciudad de Cali. InterpuetoR lo.. rucur.-o.- de repoe.ici6n y en ..ub.-idío .1 de .pelaoi6n, por el apoderado, «yo decidi6 no modifisaar la po-ici6ri adoptada, la cual fue confirmada por el fi. Con.,ajo de Litado, el cual di..pu..o-- 7 - Jai010N'.6934.- qe lo auto, fueran enviado" a e,ta Corporaoik para .,u conocimiento. - 0.1 Tribunal, en eaal de eotaiaientoy de obediencia, mdmiti6 la demanda por e..tsr legalmente prepentada, 4 bien, re.petuedaaeote, guarda ropa -. - TOP eta reo1o16a de u nuperior jerrquioo.

Ahora bien: entrando la nala al e,tudio del ezpediente, eberva y concluye que debe delarar..e inhibido para decidir .obr el fondo de lo que e impetra, por no haber ganado jur.diaoi6n. - bn efecto, dice el art. 82 del G.C.A.: "Para ocurrir n demanda ante lo

.obr el fondo de lo que e impetra, por no haber ganado jur.diaoi6n. - bn efecto, dice el art. 82 del G.C.A.: "Para ocurrir n demanda ante lo contenoto,o admini,trativo e neoemario que -e haya agotado la vía gb.r nativ,lo que -e entender¿ oundo loacto" o providencia: repeotiva.- no on eu..çeptible,, de ninguno de le. rocuro e,tbleoidoq en el artou lo 77, o -e han decidido, ya e trate de actoce o providencia definiti va, o dd tz'4inite, .4 e"%aq altima,deciden directa o in4irect.nte »lfondo del qUfltO, de modo que le pongan trmino o hagan imo.,.ble .0 on tinuacin." (ubrs.ya a. 1. Sala). £l acto demandado en el cae .ab-lite e., una re.oluci6n dictada por el Jefe de la ieooional S~al de Cundinamarca dela Caja Nacional de Preyt,i. Y al final de ella .e dijo que contra olla cabían lo reouroo de reporioi6n y en ub.idio el de aleada o apelaoi&n pira ante la Dirección General de la In.títuoi& dentro de lo. cinco (5) día. hbil., a partir de la notifiowi6e sin embargo, el inter. -edo no hiso u-o de ninguno de e.o reoaro, y aunque e.- cierto que no c ataba obligado al primero, porque aí lo indica el Decreto 2733 4. - 19$9 y otran norma. el otro .-f lo e.. para poder agotar de SS modo la vía gubernativa

no c ataba obligado al primero, porque aí lo indica el Decreto 2733 4. - 19$9 y otran norma. el otro .-f lo e.. para poder agotar de SS modo la vía gubernativa , pus., claro que no .-e agotó la vía gubernativa, - pue, la providencia aou,,ada 4 era .-u.-oeptible de alguno de lo. reouro. .,eialado., en la ley y el actor no biso u.o de ello, habiendo podido ha-Juicio Nº. 6934 cerio para que el Director General de la Caja pudiera reviar lo re,ulto por u interior. Como e.e dijo arriba, por oon4guiente, el Tribunal— ha de deolarare inhibido. .Dkx 1 -ION: n ras8n de lo expue,to, el ?rbuna1 Adminitrativo de Cundinamarua, admtnitrando ja.ticia en nombre de la Repilblioa de Co— lombia y por autoridad de la ley, DICLARA INHIBIDO para conocer delfondo d ente aunto, por no haber me agotado la vfa gubernativa y carooer aif de jurirdiooi5n. cOPIi, XOTIPIQU ~89 y ri no fuere apelada, ARCIIIY

09 EL aPiDIIN?..— O$UNIQW$L CUMPLASL—

Aprobado en Acta NI.

ALBERTO IORMO QOLZ ALVARO L1COMP?1 LUNA

MIGU]L ANTONIO CARD1NAS ('LARA ?ORIRO D9 CASTRO

SUSANA N. I)W 1ICIVRI11 JAIW, NO3sO8 GUARNIZO

MUIL1WO RODRIGUIZ PEDRAZA ZAMIR SILVA ANIN

SUSANA N. I)W 1ICIVRI11 JAIW, NO3sO8 GUARNIZO

MUIL1WO RODRIGUIZ PEDRAZA ZAMIR SILVA ANIN

?AR1ClO CACJ TORO

Seurotariø."

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