TA CUN - 7025-(30-04-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 7025-(30-04-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
? ? - 4j4__ -4s t TRIJIÁL ÁI1I3TRAT1VO I'z CU)(DXW.&RCA ao1gotL, D. 9,, Abril treinta (30) de mil noveoientoe setenta y esta (1976) Kaiiirado orietsz DR. ALYA!O LUC0KM LUL.- ReS. Jtaioio 1'. 7025 .- IhPUTO5 IO)ÁL.- Dsmandates ALIA3 BOMM0 WRAX
¡ - Per lea trait.s del Juisio ordicarto da le - .otenoio.s adtistratiyo y e3srotudo la acolía e.p.oisl do gas habla .1 art. 271 4.] odtgo de la materia, ¡ita., lorrero Dera, di.tLgui4o. 0 1 o4dala de ciudadasis 1. 17.013.171, a tzsvla da apoderado, deacadó la rvialía de la speraoi6n ada.iigtrativa que d.terat& los te puesto soional.a 4e recta y ooapl.a.ntarios a pagar por .1 alto de 1.969. ¡i momento da díoSaoUn 4e ssatsnota de afrite, .1 co observaras motivo para 1 iiihibitoria ci øau.l qaa inoida en la calidos de lo sotaMo, ha llegado, y por ello oerreapsmde al ?ribasal proobdor ds oes tersidad con loe ante 7 00 loa pro1.gasiios qae a aedo 4. .ia4psia o hao.n a ootiaiaaotk.
tersidad con loe ante 7 00 loa pro1.gasiios qae a aedo 4. .ia4psia o hao.n a ootiaiaaotk. LX - En ea desaflda, .l saNar pide gas coco ro.ult do de 1 revisik gaS impetra, se deolcr.n ate afeotos Jarfdioo. lo. - toa que oonstitayen dicha oparastin, a saber: liqaidsoia oficial IIo 1e0038-2 da 27 de marzo 4. 19729 origicarta da la .eootk de lic idsot8 de la Adaii.trsci6a da Zapeaste. Isoicaslea de .got& reo1uoi4
I. A-00188-? de 18 de sayo de 19739 de 1 .eoct da re.er.os tr1bt rios de esa Adaioi.traoi8n, y resolesik 1$. -8401-R de 9 de oviesbr. 4. 1973, do 1$ Dlr~iém 0.o.ral da Impuestos Jacionales, del N,teisterio2 - Juicio Ni. 7025 • de Raciada y Crédito Pblico. Que ea virtid de lo anterior, y declarados sales los actos, se practique urna Iefa liquidaoih eliminando lasaaoi4 por oaiein de requisitos respecto al envía del inventario degaadis y la .anoih por extemporaneidad en la pr.sentaoi6 del denuncio rantstio..
II! Para fundar sus pretensiones, .1 libelista que habla por el demiadaite narra lo. siguientes "15.— Mi pnderdate presenté oportunamente su das..
rantstio.. II! Para fundar sus pretensiones, .1 libelista que habla por el demiadaite narra lo. siguientes "15.— Mi pnderdate presenté oportunamente su das.. olaración de renta y patrimonio por .1 ejercicio fiscal de 1969. "2Q.— El funcionario liquidador produjo la liquida— oiga de que da c.ueuta el boletfn #180038 B de marzo 27 de 19729 de— terni.nade el impueste de renta, complementaríos, especiales y san— ciones que mi patrocinado debía cancelar por el afto de 1.969 enouantfa de $278.042...; debido al rechazo de varios bienes exeMoesy •bdIoiOfl8 por etemporaneidad y por no allegar el inventarie desemovientes debidameate certificado. "30, l 15 de junio de 1.972 9 cumpliendo les re— quisites legales sø1alados en .1 decreto 151 de 1.9619 se interpu— se reolamaciSn ordinaria contra la liquidaaiSa de que trata el he che anterior, ante la SeooiS, de Recursos Tributarios de la Adminii traoiSa da Impuestos Nacionales de BogotS, por estar inconforme con este ant, administrativo de liquidaoi8n. fl45,_ Por ResoluciSa #i-.001858.-P de sayo 18 de 1973, la citadaAttninietracik confirmí la liquidaciSa impugnada, coa•die do el recurso de apelanik interpuesto subsidiariamente para ante el sapari er. "55.— Del meniioado recurso de apelaolén conooi la DireootSa Ocaeral de Impuestos Nacionales y mediante resolucíéa
do el recurso de apelanik interpuesto subsidiariamente para ante el sapari er. "55.— Del meniioado recurso de apelaolén conooi la DireootSa Ocaeral de Impuestos Nacionales y mediante resolucíéa #R-08401— de noviembre 9 de 1973 enfírmé la providencia del fw%— denario a que agotando la vía gubdrnativa."- 3 - Juicio Me. 7025 .- IV - Coso diaposicionee violadaø cits e] art. 17 4.1 decreto 1651 de 1961; el art. le. de1ddcreto 437 de 1961; art. 122 del decreto 1651 de 1961; art. 22 4.1 decreto 431 4. 1961; art. 91. dol deoretb 1651 4. 1961. Ray amplias oomentarios que se tendrn ea cuenta 0 la parte motiva 4 ente Sallo. Y - Opertunamente el ieffor !'ioal 2. de la Corp .! raotk d.sa.rri6 .1 traslado de rigr, y Sn la o.rre.posdieat. vista, - di..; "A@ cierto que el aontribuyate oonosrri6 ante la Ads1iiatraoia .1 8 de abril de 1970 presentando las informaciones quq aparecen les folioii 759 13U y 131 del cuaderno de 'aateusdan. tea'. Que en ella fuera de sus datos personales aolaaento llun6con loa guarlemos respectivo los r.1eaes da renta lfqnida, exoenoiones, renta y patrimonio gravables. Que poatertorseate, el l)
tea'. Que en ella fuera de sus datos personales aolaaento llun6con loa guarlemos respectivo los r.1eaes da renta lfqnida, exoenoiones, renta y patrimonio gravables. Que poatertorseate, el l) de oatubr. 4. 1970 $dioion6' lo que considera ea d.o]araoiSn sodeo1araoi ooitst.ate de 53 anexos. "Cree el Ministerio Pb1ioo que con semojunte pobreas 4e inforaoisa.a mal podría la Admimistraoi5u, en un momento deterainado, aaliaar la situaei6n tributaria del .oittribuysnt•;- que Jurdivasete, no puede afirmarse que haya informe reatistico; que indisautiblemante les factor.n de qee trata el artfoule 52 del Decreto 1366 de 1967, brillaban en absoluto par su ausencia; que, en el fondo, la llamada 'Adici&n' 4. octubre 10 de 1970 con 53anexos vino a constituir la real y Jslfdioa dec1araoiu de renta4.1 sentribyets 3o1'rero Dern. "Por 11., 1a aplicik de los artoulos 22 del Decreto 437 de 1.961 y 90. y 13. del Decrete 1651 de 1961, la sitias mee correcta por parte de la Adminietraoia. "Igualmente consideramos que el contribuyente no4i6 apiieaoik si isdate contenida ea los arifoalo. 116 y 120 - (parágrafo) del Decreto 154 de 1968, 1.o cuales, ea correcta mier
"Igualmente consideramos que el contribuyente no4i6 apiieaoik si isdate contenida ea los arifoalo. 116 y 120 - (parágrafo) del Decreto 154 de 1968, 1.o cuales, ea correcta mier pretaoih, a •at .xóerando de la .bligatoredad cie ea oiusplimteatc cuando se lles libros resistrsdoa ea las Caaras de Comercio o en Ici Juagados, mi nc constituyen un Mandato expreso paraJ%atcio Itt. 7025.- Para les .ótribystøs. "Por elle, al descorrer .1 traslade emitimos ó- e9pte dverso a las preteasio.s4s la desanda." S Han de aalizaree co si caso sub-lite los dos Motivos 4e inconformidad del a.ir en.relaoin con los pntos oosigadoi ea la •pgrasia administrativa iapngaada, o sea, el baeho 4. habIrsel. - ispaeste des ssomioa.s. Uaa, por haber omitido r.qisitos taus ooo e]- iv•ntarie de ganad.., y 1. otra pór szteap.ra.idad ea la preieitaoi6a4.1 denuncie rentfsti... Ja orden ligico ea analizar la Sala onda unodi esós h.aho., a la las de las pombas qas milita en .1 expediente, ooeau.Me el estadio por .1 último.
- PR 31WTLCIQJ DL DENUICIO LWI3?IV0
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ooeau.Me el estadio por .1 último.
- PR 31WTLCIQJ DL DENUICIO LWI3?IV0
Cuto bt.n lo dio el sefler agente del ¡inisterie Pblico, aparet.sunt. .3 8 di abril de 1970 .1 contribuyente praseitó la dsol.raeih da renta, es decir, dentro del trsaino. Pero en realidad o eserrié así, pr oaAtO para qSe esto suceda es menester que se omspla ciertos requisitos estableoidbg por la ley, ya que la denominada -. "d.claraci de 8 ¿o abril de 197W" .5. pasa do ser un remede de tal, ces. pmede observar., a filies 75 y siguientes ddl cuaderno de anteoedente. al lí puede verse, efectivamente, un fórmularti de "de.laraoil de. renta y patriioni", color blanco, propio para "personas aturales y bt 100sí .,O—' me. ilLquida.", en el omal si4asento se han llea&o los espacios oorre peieittas al aoaWe y apellido del deolarent, su estado civil su aa:. onalidd, uti dirtooi6n, su fuente principal de ingresos, el nombre tie— ne cymge, que lleva libros 4, contabilidad y ni siquiera su edad. Iuego, al frente del r,gg16n R1ITA LIQUIDA ae penen las cifras 155..250.00,- 5 - Jui,io He. 7025 al frente de la.s exsaoioae. personales, 2.500.00, y ceno renta gravable, 152.75 0.0 6 . Si eco pods denominarse dolsraci6a si si verdadero sential frente de la.s exsaoioae. personales, 2.500.00, y ceno renta gravable, 152.75 0.0 6 . Si eco pods denominarse dolsraci6a si si verdadero sentido de la palabra, estarface contradiciendo el sentido exacto y profundo qae la ley ha querido dar a la palabra 'deo1araei6n 4e reata", que vi.- ni a ser una total reiaoiia ii lo que el oortriby.nte ha obtenido por • ou trabajo o por ea produoido de capital y todo lo que tonga en ou patrimanio al finalizar ca ano dado. Por eso la aplioaci6n que la admini.- traoi&n hizo del art. 22 del decreto 437 de 1961 en concordancia na los arta. 9'. y 11 iii decreto 1651 de 1961, fue bien hecha, por cuanto laverdadera deolaraeiit lleva fecha de 10 de octubre de 197i, a todas laoes •xtempornea. B) IHYU4TMU0 D GANADO D3IDAMINTE SMAW Igualmente a..i.ie aqd la raz8n a la autoridad d4 fisco 'it al colaborador del Hinicterio P.b1iooen haber impuesto la. - •anci&a por no haber presentado 1son el llene de 10s requtettee legal..- el inventario de «amados. 31 inventario de ganados debo presentarme con la deo1araoin de rentas, so.o anexo, al tenor del art. 116 y del para.- grifo 4.1 art. 120 del decreto 154 di 19Ø. De acuerdo con la primeranorma, esa ji.centaoih no queda eximida, porque lleve libros de contab,
grifo 4.1 art. 120 del decreto 154 di 19Ø. De acuerdo con la primeranorma, esa ji.centaoih no queda eximida, porque lleve libros de contab, lidad registrados ea la. Can,ara cli Comerote, porque la. norma MG hace amgaa. •xoopci&n al respecto gotenese g también en este aspeoto obré o rreataneate la s4ministraoin. Lo que e, ha expresado, oonduad a concluir quejibia negares las aplicas de la demanda por cuanto no halla raeSa el Tribunal para' revisar la op.rsoi&n administrativa acusada a mérito de lo expuesto, e]. Tribwial Administrativo de OuMinaaarea, administrando justicia ea nombre de la lepb1ioade Colombia y por autoridad de 1. ley, N1GA las peticiones de la donan-- 6 - Juicio e. 7025 -- da.— C0PI3. NQI7IU1 y st no fuer. apelada, ARCHIV1SL U3NUNI0SE,
DVU14V09 EL CUADIRNO ADtINI3TRATIVO A LA OPICIRA DE 0RIG1N.— CUWPLA8E.
Aprobad. en Acta Ni. ewALVARO L1COMPT LUNA ZARIR SILVA AMIN
MIGUEL ANTONIO CAIWNA8 CLARA F(IIbO DE CA2PRO
SUSANA X. lín ECHVRRI ALB]R?O MORlffO GOMEZ
jAlla $03a03 GUANIZO AQUILINO RODRIG!ZZ PEDRIZA
MARCO L CLI$ B.
Jeoretari o.—