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TA CUN - 7033-(17-10-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 7033-(17-10-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

ASOCIACION DE CONCEJOS MUNICIPALES -/AUXILIOS aauwmaanvo mxaica

-SEccial, PRIJt&- Santa Fé de Bogotk. D.C.Potubr. diecisiete (17) de mil novecientos noventa y seis Expediente No. 7033 Megistrada Ponente Dr.. OLGA 18 NAVAUETE IMEEXIO

Desendants: GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA

Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que le confiere .1 numeral 10 del articulo 305 de la Constitución Politice en concordancia con el articulo 110 y s.s. del Decreto 1333 de 1.908, restti6 a ata Corporsci6n el acuerdo No. 045 de sarao 20 de 1.996 expedido por .1 Concejo Municipal de Guasca "Por medio del cual el Concejo Municipal de Guanos, ee vincule como miembro activo 4. le Asociación de Concejo. 6. loe Municipios del Alto Gusvio", para que se decide sobre su validez. En lo pertinente 1 acto impugnado es del siguiente tenor: ACUERDO No • 045 DE 1,996 (20 MAR. 1. 096)

"POR MEDIO DE?. CUAL EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUASCA, 52

1•Hoja No. 2 Expediente No. 7033 VINCULA CONO MIZMBRO ACTIVO DE LA A8OCXACION DE CONCEJOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ALTO GUAVIO" El Concejo Kuioipsl de Guasca, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiar.

DE LOS MUNICIPIOS DEL ALTO GUAVIO" El Concejo Kuioipsl de Guasca, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiar. la Constitución Nacional en sus articulo. 38 30 y 303, y, CONSIDERANDO 1.- Que por convento de loe Concejos Municipales de la regi6n del Alto ~vio se constituyó LA ASOCIACION DE CONCEJOS MUNICIPALES DEL ALTO GUAVIO ACOMAGOu. 2.- Que ea deber de la Aeoeiaci6n trabajar por la intgrsc16n interaunicipal para el estudio y debate di toda la problematica municipil y regional. 3.- Que como Corporaoi6n legitias de origen popular ea ].a vocera de la ciudadanía y por lo mimo portadora de sus sentimientos, costumbres y raigambres.

ACUERDA ARTICULO PRIMERO: Aceptar hacer parte de la Asociación de Concejos Municipales "ACONAGO".

ARTICULO SEGUNDO: Participar a través de la Mesa Directiva

o de los Honorables Concejales que ella designe en la.Hoja No. 3 Expediente No. 7033 reuniones, foros y congresos que ae realicen en dicha Asociación, aportando las inquietudes, ideas e iniciativas pare desarrollar el objetivo integracionieta Regional y Nacional.

ARTICULO TERCERO: Llevar ante la Asociación di Concejos Muicipa1es 4.1 Alto Guavio ACOMAGO, la represntsoi6n del Concejo Municipal, abogando por si beneficio comunitario

1•

y defender los intereses Locales, Regionales y Nacionales.

ARTICULO CUARTO: Autoriza el Presidente de le Corporeci6n

del Concejo Municipal, abogando por si beneficio comunitario 1•

y defender los intereses Locales, Regionales y Nacionales.

ARTICULO CUARTO: Autoriza el Presidente de le Corporeci6n para suscribir .1 acta di afillaci6n ACOMAGO y con elle acreditar .l Concejo de Guasca como miembro de numero da la misma.

ARTICULO QUINTO: Crease e], rubro denominado "CUOTA DE AFILIAClON Y SOSTENIMIENTO" en el presupuesto General de Rentas y Gestos de]. Municipio para la vigencia fiscal 4. 1.996, cuya cuota .ez4 establecida en la Asamblea General.

ARTICULO SEXTO: Autorizase al Alcalde Municipal para que realice las adiciones y traslados presupuestaba necesarios.

ARTICULO SEPTIMO: El presente acuerdo rige e partir de la fecha 4e su camión y publlcscidn.

Dado en el Honorable 316n del Concejo Municipal de Guasca Cundinwu"ca, a loe nueve (9) dias del mes de marso de 1.9%. Como normas violadas se anotaron: 1 articule 365 di la Contituci6n nacional y el articulo 49 r.ra1 70. de 1. ley 136 de 1.994. El concepto de violacl6n es el siguiente:Hoja «o. 4 ~diente No. 7033 1 l Concejo Municipal. de Gu.sc& expido 43. acuerdo No. 45 de marzo 20 de 1.996 por medio dil cual ee vincule como miembro activo de la Asociación de Concejo. del Alto ~vio y en el articulo quinto dispone: "Croase el rubro denominado "Cuota de afiliación y sostenicomo miembro activo de la Asociación de Concejo. del Alto ~vio y en el articulo quinto dispone: "Croase el rubro denominado "Cuota de afiliación y sostenimiento" en el presupuesto general de rentes y gmstos 4.1 Runicipio pare la vigencia fiscal de 1.096 cuya cuota s.r6 establecida en Asamblea General.

2. La Corporact6n Administrativa a crear .1 rubro entes mencionado, infringe .1 articulo 355 de la Constitución Politice, porque está inoMuyendo un gasto en el presupuesto que no está decretado conforme e le 3.itp pues atarte destinando auxilio prs prsonss privadas como es la Asociación de Concejos del Alto Gusvio, circunstancie está prohibida por .3. articulo 41 numeral 79. de la ley 138 di 1,,994. 3 11 articulo 355 de le Constituotdi Política prohibe a las ra~ u rganos del poder pdbltco decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales 6 Jurídicas de derecho privado, por tanto es contrario a la Coastituoten y la ley crear 1•1 rubro y a la vez facultar al Alcalde para adicionar y trasladar partidas presupuestales para este fin, coso lo consagra, .l articulo sexto de] acuerdo objeto 4e desanda; que dice: "Autoriza al Alcalde Mwticipal para que realice las adiciones y traslados presupuestales necesarios".

4. Como en el acto administrativo no dice de norma clara y precisa e] recurso que ha de servir pare su apertura con el cual le incremente el presupuesto, entonces en el articulo sexto facultan al Alcalde para tt1 fin, situación

4. Como en el acto administrativo no dice de norma clara y precisa e] recurso que ha de servir pare su apertura con el cual le incremente el presupuesto, entonces en el articulo sexto facultan al Alcalde para tt1 fin, situación que consideramos que e. contraria .l ordenamiento jurídico, puesto que las normas antes mencionadas se expidieron con el fin de proteger el erario público.

JURISPRUDENCIA i. st S.S A le solicitud se le di6 el trámite Iii1 correspondiente y, en consecuencia, procede la Sala a resolver, previa. las siguientes CONSIDERACIONES Corresponde a la Sala decidir sobre la valides del acuerdoHoja No, 8 Expediente No. 7033 No. 045 di marzo 20 de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de Guasca, teniendo como base l escrito de observaciones presentado por la Seftora Gobernadora del Departaaanto de Cundinamarca. La decisión e tomar estará delimitada por la pretensión de la petición de la Gobernadora, los hechos enunciados en la atase, la ^Indicación de las normas violadas y el concepto de violación, como también las pruebas aportadas a le actuación al articulo 358 de la Conatitucidn Nacional que trata de que ninguna de las ramas u 6rganoe del poder público podr4 decretar auxilios o donaciones en favor de persones naturales o jurídica de derecho privado. y sólo lo podre hacer por medio de contratos con entidades privadas sin Inimo da lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de Interés pb1ico acordes con el plan nacional y los planes seocionales de desarrollo.

medio de contratos con entidades privadas sin Inimo da lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de Interés pb1ico acordes con el plan nacional y los planes seocionales de desarrollo. En el caso que ocupa la .tenci6n de le Sala se encuentra que la Seftora Gobernadora del Departamento no prob6 .1 carácter de persona juridica de la Asociación de Concejo. Municipales del Alto Guavio, pues no es sabe a ciencia cierta si tata fué creada como ente privado o público. De tal manera, que solamente no debe mencionares la norma o normas que se crean infringidas sino que además se debe allegar loe documentos que prueban su aseveración y como no aparece dentro de 3a actuación éste, la Sala declarará la validas da les articulos So. y do, de] acuerdo $ø. 041 de marzo 20 de 1.996 que fu$ 1 parte del acto administrativo que so impugn6 por parte de la Setore Gobernadora del DEpertaasnto, quedando por tanto válido le tóta]tdad del mismo acuerdo. Por lo expuesto, .3. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicie en nombre de laHoja No. e Expediente No, 7033 1• República de Colombia y por autoridad de la ley FALLA 1.- Declrae. lalvalidez del acuerdo 14o. 045 de marzo 20 de 1.996 expe•dido por .2. Concejo municipal de Gussca "Por medio del cual .3 Concejo Municipal de Guasca se vincule como miembro activo de le Asociación de Concejo. de 10$ Municipios del Alto GuaviOtie

de 1.996 expe•dido por .2. Concejo municipal de Gussca "Por medio del cual .3 Concejo Municipal de Guasca se vincule como miembro activo de le Asociación de Concejo. de 10$ Municipios del Alto GuaviOtie 2.- Co1nunque2e esta decisión a la Seftora Gobernadora del Departamento, 3 Seflor Alcalde, al Señor Presidente del Concejo y .1 Señor Personero Municipal de Guasca.

P1K, IlbYTIIQU, CaQI Y CU$ULABZ.

(Discutido y aprobado en sesión de septiembre 30 de 1.996. Acta No. 113). DARlO qirIbvia PIW~ auTazz NRTlZ QUIMTUO Magistrado Magistrada MM uva VZTi suaao DNI8?O MIT CAWNI Nigistsada lIgistradoJio $0. •F &xpedint No, 7083 kaia VAflOAS e

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