TA CUN - 7239-(20-06-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 7239-(20-06-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
RESERVA PENAL
le TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMA SECCION PRIMERA Santafé de 30gotá, P. C., veinte noventa y séis (1996). DE BOT)\ D L RELATO / (20) de Junio de mil novecientos
MAGISTRADO PONENTE: P. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXPEDIENTE N°. 7 2 3 G •- ACCION DE TUTELA.
SOLICITANTE : JAIME GAVIRIA I3AllANI.
CONTRA La COMISION DE INVESTIGACION Y ACUSACION DE LA
CAMARA DE REPRESENTANTES.
En nombre propio fue nresentada la Acción de la referencia con fundamento el los siguientes H E C H O 5 1 1.- Soy apoderado judicial del s&or RENE HIGUITA y de su familia dentro del proceso contencioso administrativo que se instauró en contra de la NACION-FISCAL1.A GENERAL DE LA NACiO con ocasión del daño sufrido nor la privación de la libertad de que fue objeto por narte de dicho organismo. "2.- Debido al manejo doloso y desbordada que le dio el Dr. GUSTAVO DE GREJFF RESTREPO al proceso del ciudadano REME HIGUITA, su apoderado, Dr. FARIO LUCANO formuló denuncia penal en su contra, como autor de los delitos de ahuso de autoridad y otros. El pasado 02-05-96, en ejercicio del derecho fundamental de formulación de petición, solicite a la Cororaclón referida, una certificación sobre la existencia de la denuncia referida, el nombre del denunciante, los delitos imputados, la vÇctima de tales conductas así como también el estado actual del proceso.
de formulación de petición, solicite a la Cororaclón referida, una certificación sobre la existencia de la denuncia referida, el nombre del denunciante, los delitos imputados, la vÇctima de tales conductas así como también el estado actual del proceso. "4.- Ha pasado ya mas del tiempo suficiente para que la Cor;ii6n me hibiese contestado, pero resulta Increíble que no solamenteEXP. N°. 7239. --- - ----------------------.-----.------------------•--------- :-- . flentro del término, el Secretario General de la Comisión respondió: ' "En atención a su oficio de la Referencia me permito Informarle que he dado respuesta al señor JAIME GAVIRIA BAllANI, neticionarlo ante esta Comisión en tos términos deloficlo remisorio N. 816 y que adjunto para su conocimiento. ". - __ - WM - Y el citado oficio es del siguiente tenor . . "En respuesta a su oetición en la cual solicita se le Informe si el Dr. FARIO LIZCANO, instauró denuncia nenal contra GUSTAVO DE GREIFF RESTREPO, me ermfto Informarle que ello es cierto, Expediente radicado bajo el N°. 571, pero por no reunir los requisitos de Ley establecidos en el título 1 al VII del C.P.P., sobre la calidad que deben reunir los sujetos procesales, para expedir la certificación por usted solicitada, además de encontrarse el proceso en Investigación preliminar. Esta Secretaría Informará y expedirá lo nertinente ante la autoridad competente que lo requiera o a quien la norma faculte de acuerdo con las formalidades legales. .--- No se hab1a dado respuesta con anterioridad dado el cúmulo de
Informará y expedirá lo nertinente ante la autoridad competente que lo requiera o a quien la norma faculte de acuerdo con las formalidades legales. .--- No se hab1a dado respuesta con anterioridad dado el cúmulo de trabajo de esta Comisión de conocimiento de la opinión pública.". - 5e negará la Tutela solicitada, por la siguiente razón En efecto, ya se dió respuesta parcial a la petición del solicitante en cuanto a la existencia de la denuncia y de la Investigación Previa,
cuyo trámite es reservado de conformidad con el Artículo 321 del Código de Procedimiento Penal; situación que hace imposible que se le expida la certificación sobre el estado actual del proceso. POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, - PRIMERO.- NIEGASE LA TUTELA SOLICITADA POR EL SEÑOR JAIME GAVIRIA BAllAN! CONTRA LA COMISION DE INVESTIGACION Y ACUSACION DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL CONGRESO NACIONALEXP. N°, 7239. - 4SEGUNDO.- ORDENASE QUE EL CONTENIDO DE ESTE FALLO SEA NOTIFICADO TELEGRAFICAMENTE Al. SOLICITArTE Y lIEDIANTE OFICIO Al SECRETARIO GENERAL DE LA CITADA COMISION.
TERCERO.- REMITASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
PARA SU EVENTUAL REVISIO, SI NO SE PRESENTA IMPUGNACION.
COPIESE NOTIFIQ!JESE Y CUMPLASE.
TERCERO.- REMITASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL
PARA SU EVENTUAL REVISIO, SI NO SE PRESENTA IMPUGNACION.
COPIESE NOTIFIQ!JESE Y CUMPLASE.
Discutido y aprobado en Ssi6n de Sala de la fecha. ACTA N°. 063.-