TA CUN - 7347-(30-09-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 7347-(30-09-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
ca C7)
Cn TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECC ION PRIMERA
Santafé de Bogotá, D. C., treinta (30) de Septiembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA
EXPEDIENTE N°. 7347.- NULIDAD Y REST. DEL DERECHO.
DEMANDANTE: HECTOR TORRES PEREZ.
Por auto del 21 de agosto de 1996 se concedió a la parte demandante el término de cinco (5) días para que corrgiere los siguientes defectos encontrados en la demanda 1) No demanda la resolución apelada y confirmada, la N°. 058509 proferida por la División Legal de TrAnsito. 2) No designa como parte demandada a la Entidad con capacidad para comparecer al proceso, y a su representante. 3) No dlsgna con claridad las pretensiones. 4) No aporta la constancia de notificación y ejecutoria de la Resolución N°. 0291 de 1995. ". Infonia Secretar-Va que vencido el término no ha sido presentado escrito alguno y en consecuencia procede dar aplicación al Art. 143 del C.C.A., modificado por el Art. 260. del Decreto 2304 de 1939, y rechazar la denanda, por auto de Ponente ya que le corresponderla el trámite en única instancia.