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TA CUN - 7465-(15-07-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 7465-(15-07-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

ACCION DE TUTELA.

UNIVERSIDAD SANTO TOMAS -FACULTAD DE PSICOLOGIACONTRA

REGLAMENTO ACADEMICO /SEMINARIO DE TESIS

4: DE Co

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNÜINAMAA

BCG4::, II E.

SECCION PRIMERA \1. RELdOA

Santafé de Bogotá, D. C., quince (15) de Julio de mil novecientos noventa y seis (1996). - d

MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.

Tz. - - .-

REFERENCIA EXPEDIENTE N°. 7 4 6 5 .-

SOLICITANTE

PEDRO IGNACIO PATIÑO NIETO.

Mediante apoderado fue presentada la Acción de la Referencia "por violación flagrante AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD (Art. 16 CM.), RECONOCIMIENTO A LA PERSONALIDAD JURIDICA (Art. 14 C.N.); LIBERTAD DE CONCIENCIA (Art, 13 C.N.); DERECHO DE PETICION (Art. 23 C.N.) y LIBERTAD DE ENSEÑANZA (Art. 27 C.N.) , con fundamento en los siguientes II E C H 0 5 1.- El señor PEDRO IGNACIO PATIÑO NIETO, ingresó a la Universidad Santo TomAs a estudiar FILOSOFIA, en el año de 1988, obteniendo su grado en 1994. 2.- Una vez terminó materias en la facultad de Filosofía, solicitó el ingreso a la facultad de Pslología y fue aceptado en orimer semestre de 192. 1 3.- En el año de 1994, realizó ml mandante la investigación

2.- Una vez terminó materias en la facultad de Filosofía, solicitó el ingreso a la facultad de Pslología y fue aceptado en orimer semestre de 192. 1 3.- En el año de 1994, realizó ml mandante la investigación en Filosofía -IDEAS PROPIAS A LA CONSTRUCCION DEL SER EXPANSIVO -INCONVENCIONALDESDE LA REPRESENTACTON SIMBOLICA, Tesis por medio de la cual obtuvo el título de Filósifo. "4.- En septiembre de 1995, mi mandante presentó el anteproyecto de tesis a la facultad de Psicología, continuando la línea de investigación realizada en la facultad de Filosofía, con el título LA EFECTIVIDAD, LO ESTETICO Y LA CREATIVIDAD EN LA CONS-la solicitud de nombramiento de el Director de dicho proyecto, sugiriendo a la Doctora MARCELfl VILLEGAS, sin que hasta la fecha la Universidad le hubiere dado resuosta a su solicitud. "5.- En enero 22 de el señor PATIi) UIETO se matriculó por exigencia de la Universidad para cursar el SEMINARIO DE TESIS (ver poliqrafo adjunto), e Inmediatamente oresentó nuevamente el nroyecto de tesis e Investigación denominado LA EFECTIVIDAD: UNA APROXIAC IG CONSTDUCTRIVISTA DESDE LA PSICOLOGIA. e En abril de i, ;i mandante presentó el iROYECTO de tesis y la carta de solicitud para que se le nombrara el director y sugirió a la Doctra POSA MARTA PRADA, persona esta experta en lo que concierne al tema presentado corno proyecto de tesis, sin que hasta la fecha la Universidad le hubiere aceptado el proyecto, ni le nombrara director, y mucho menos le ha dado

y sugirió a la Doctra POSA MARTA PRADA, persona esta experta en lo que concierne al tema presentado corno proyecto de tesis, sin que hasta la fecha la Universidad le hubiere aceptado el proyecto, ni le nombrara director, y mucho menos le ha dado resnuesta a la solicitud presentada. "7.- En mayo 3 de 19€, la Universiad dic resouesta a la solicitud presentada por mi mandante aduciendo que no aceptaba el nroyecto presentado hasta tanto no cursara el SEMIftAPTO DE TESIS. (Se adjunta). "a.- El objetivo del seminario de tesis es aprender a realizar €1 anteproyecto de tesis, abriendo la universidad cuatro lineas de investigación, las cuales no encaan dentro de la investicación Nw "7.- Cuando la Universidad le dio resuesta a la solicitud de aprobación del proyecto de tesis, mi mandante va habla terminado el cuarto capitulo de la Investigación que consta de siete capitu los. '.- Ante la intransigencia de la Universidad a aceptar la investiac1ón realizada se han venido presentando serias divergencias con el Decano de la Facultad Doctor JOSE CARDENAS, diferencies realizada por el alumno PATIÑO "",TITO, además de que antes de que la Universidad limitare las Investigaciones mi cliente ya venia realizando su investigación y proyecto de tesis. Hay que tener en cuenta asi mismo que el el alumno PATIÑO NIETO, ya habla presentado otra Investigación y habla realizado el seminario de tesis en la facultad de Filosofla.que han ocasionado una continua persecución para que el alumno no pueda aprobar el seminario de tesis y corno consecuencia su nta será de cero (0), lo cual reduce el promedio para obtener el título o seguir en la Universidad. t.

no pueda aprobar el seminario de tesis y corno consecuencia su nta será de cero (0), lo cual reduce el promedio para obtener el título o seguir en la Universidad. t. a9. Can la aprobación del proyecto presentado por el señor PATIÑO NIETO, podría realizar las prácticas de Psicología Organizacional, las cuales se deben efectuar en una Empresa y esta deberá cancelar los correspondientes salarios, mi cliente ya había realizado los contactos necesarios ante las CompaMas CÍDENALCO, HOESCHT? J. y G. rIETALURGICA y BANCO CAFETERO, sin que hasta la fecha hubiere firmado contrato por culpa de la Universidad 81 no aprobar el proyecto de tesis. "10.- La universidad a través del Decano de la Facultad le comunicó a mi cliente que la nota del Seminario de Tesis será de cero.cero. PETICIONES Se ordene a la Universidad, y más esoecificamente al Decano de la Facultad de Psicología para que nombre al Director (le Tesis, para que este efectúe un análisis del proyecto de tesis presentado por mi mandante, para de esta forma comprobar si es válido o no cono proyecto de Investigación. 1'2.- Que como consecuencia de lo anterior y con el juicio evaluativo a realizar se le de la nota de seminario de tesis. 113 Se solicite concepto mínimo de profesores sobre las Investigaciones que viene realizando mi cliente desde hace más de cuatro años, que le han servido para ser consultado por los mismos profesores, orientación de sus mismos compañeros de estudio. "Con la conducta asumida por el Decano de la Facultad de Psicología de la universidad Santo Tomás, se están violando normas Constitucionales, en cuanto hace a los derechos fundamentales del ser

profesores, orientación de sus mismos compañeros de estudio. "Con la conducta asumida por el Decano de la Facultad de Psicología de la universidad Santo Tomás, se están violando normas Constitucionales, en cuanto hace a los derechos fundamentales del ser humano, pues no se puede limitar el libre desarrollo de la personalidad y más específicamente limitar la facultad de poder realizar en forma libre las investigaciones y presentar para su estudio a la Universidad y esta efectuar su correspondiente evaluación, pero la Universidad no puede limitar al alumno ni encajar las Investigaciones en cuatro lineas, como son la Psicología Clínica, Psicología Social, Conductismo y el Estress, máxime que el señorExp. No. 7465. PATIÑO NIETO, mucho antes a reglamentarse las cuatro lineas ya habla presentado su anteproyecto de tesis y provecto de tesis, los cuales venia inve.stiaando desde que terminó sus estudios de Filosofa. Las investiqaclanes realizadas las venía realizando (sic) con la Doctora ROSA MARIA PRADA, profesora de la Facultad de Psicología (quien para este estudio no cobra si eso es lo que preocuoa a la Universidad), si la universidad no evalúa el proyecto de tesis y lo limita a las cuatro Hneas reglamentadas con osterioridad a los proyectos presentados por ini mandante, estaría atentando contra el desarrollo de la personalidad de PATIfO NIETO, limitando su investiqacón y esto sería un duro 9C1DO para su desenvolvimiento cono hombre, y ese reglamento que invoca la Jnivcrsidad, trunca la formación como persona (art. 16 de la

C. N.), a lo anterior dice la Corte "LOS REGLAMENTOS EDUCATIVOS

desenvolvimiento cono hombre, y ese reglamento que invoca la Jnivcrsidad, trunca la formación como persona (art. 16 de la

C. N.), a lo anterior dice la Corte "LOS REGLAMENTOS EDUCATIVOS DEBEN SER TAMBIEN INSTRUMENTOS AL SERVICIO DE UNA VIVA ! PARPJ)IOMATICA PEDAGOGIA CObSTITUCIONAL11 (Sentencia T-524, l de

1992. M.P.: Dr. Ciro Anqarita Barón).

La misma Corte nos aclara : El derecho a la educación, cornorta una dimensión acad&ica y una dimensión civil o contractual ( ... ) Dentro de la relación contractual que se establece cada una de las partes adquiere derechos y contrae obligaciones,

J

de las que está exigir el plantel educativo calidad en la educación y corro contranartida, el deber de paar nurtualmente la pensión de estudios " (Caballero Carbonel 1.994), el pago se efectuó por parte de ml mandante pero la Universidad no ha cumplido, el proyecto detesis abarca la Filosofía Occidental desde iris presocrAticos hasta la posmodernidad, pasando desde Sócrates hasta los qrandes pensadores actuales, no se le ha nombrado director de tesis, limitando con ello la libertad de aprendizaje en el proceso educativo (Art. 27 de la C.M.) Convencido mi mandante de la importancia de la investigación "LA AFECTIVIDAD: UNA APROXIMACION COSTÍUCTIViSTA DESDE LA PSJCOLOGIA" ha realizado el anteproyecto el nroyecto y cuatro capítulos, los cuales encajan perfectamente en su formación monsttca, filosófica y psicológica, dando forma a una visión muy universal

LOGIA" ha realizado el anteproyecto el nroyecto y cuatro capítulos, los cuales encajan perfectamente en su formación monsttca, filosófica y psicológica, dando forma a una visión muy universal y no localista como quiere obligarlo la Facultad atentandocontra la conciencia (Art. 18 deteniendo con ello la invpçt1tcin (Art. 71 CJL) Las comunicaciones presentadas por mi mandante solicitando se estudiara el anteproyecto y proyecto de tesis., desde sentíembre de 1995, no han sido contestadas (Art. 23 C..), además de cue se pidi55 copia de la documentación existente en le carpeta del alumno, documentación que le fue entregada incompleta, faltando precisamente las que hacen alusión al proyecto de tesis. ". Aporta corno pruebas "!.- líolic1tu-es nresentadas ante el Cr1spc ftcadmicn. Copia s'licitwt de pxnedición de copias r'e la creta alumno 1 Decano de la Facultad... --.... -.- • -- C.- Fotocopia de la solicitud presntada ante l I.C.r.c.Ç. •- Copia '" la solicitud !CFES para oi Decano de la Facultad. .- Origin1 de la comunicación de la Universidad al señor P•'.TJ.}. rj. II: W. •-',. .. - .......- ,• F.- ' r iia 1 1 recibo de pago de derechos de t' !P A . . '. •.- -- . Por orden del Magistrado Sustanciador se notificó la existencia de la Acción al señor Decano de la Facultad de Psico1oqa de la Universidad

A . . '. •.- -- . Por orden del Magistrado Sustanciador se notificó la existencia de la Acción al señor Decano de la Facultad de Psico1oqa de la Universidad Santo Tornas, se le hito entrega de fotoconlas de IC solicitud en ocho (8) folios y se le pidió información al respecto. El señor sector General de la Universidad, Folio 22, respondió e los sinuientes trrnlnos "Crin la presente, envío lo solicitado: 1° Re1amento Ceneral de 13 Unlvesidad Santo Tomás, que, en cu artÇculo 55, dispone la pérdida nor fallas de cualquier asignatura. En el presente caso, el Señor Patiño no asistió al seminario de tesis obligatorio como asignatura correspondiente al noveno semestre de la carrera de Psicología. 21 Reglamento de la Facultad de Ps1co1oía, que en sus artículos 58, 59 y 60, revé cómo es necesario agotar la etapa de! seminario pera poder presentar al Comité de Tesis el proyecto y para que éste a su vez designe un asesor. del

CONSIDERA LA SALAIS EXP. °. 7465.

Hoia de notas del rrofesor de la asignatura ttSemlnario de Tesis", en la cual consta que el sror Patiío no asistió a clases y por ello su nota final es 0.0 con la anotación de perdiór fallas. '°. Pensurn en el cual se les informa a todos los estudiantes, cuando van a tramitar su matrícula, cuáles son las materias sin las cuales no se puede pasar al siquiente curso. "Seminario

fallas. '°. Pensurn en el cual se les informa a todos los estudiantes, cuando van a tramitar su matrícula, cuáles son las materias sin las cuales no se puede pasar al siquiente curso. "Seminario (le Tesis" anarece en noveno semestre y, oara poder cursar décimo, es necesario nivelar noveno. 5 0 Carpeta del Estudiante Pati?o ieto. 60 Carta aclaratoria dirigida al Rector General por el tecano Académico de la Facultad de Psicología, Psicólogo JOS13 Crdenas tiart ínez. 7C Pensum de la Facultad de Filosofía, con notas del seor Patiiio, en el que consta íque el seminario de tesis no es asignatura de ese programa esr,ecíflco. Respecto a la tendencia del Sr. Patiño a involucrar a la facultad de EilosofTa, en lo relacionado con los hechos de la solicitud de tutela, debo informar que Las Facultades de Psco1oqía y Filosofía son das unidades académicasindenendientes, con objetivos y re9lamentos distintos. Es importante agregar que los Rerlamentos de la !in ivrsídad U. siempre han sido suministrados a los estudiantes y se encuentran a disposición de quien los necesite. Considero, r'or 51tirno, que, coro lo ha repetido la Corte Constitucional, la educación es un derecho-deber, lo cual significa que el derecho a obtener notas y a ser promovido a un nuevo se'estre implíça el deber correlativo de cumplir con las previsiones reglarentarIas de la institución, cuya letra y esníritu

que el derecho a obtener notas y a ser promovido a un nuevo se'estre implíça el deber correlativo de cumplir con las previsiones reglarentarIas de la institución, cuya letra y esníritu no pueden ser cambiados a caprcho nra favorecer un interés individual, pues eso es quebrantar el princinio de legalidar!, garantía de la seguridad jurídica de todos las estudiantes. ". Se neqar5 la Tutela solicitada pues no es posible conceder las peticiones que contiene. En efecto, si bien es cierto que el solicitante paqó la matrícula el 22 de enero de 1996 para el noveno semestre básico (9P) en cuyo comprobante figura la materia SEMINARIO DE TESIS (folio 8), también lo es que la perdió con nota de 0.0 por fallas (Folio 75). tEXP. Nr'. 74 7El Artículo 55 del Reglamento general de la Universidad Santo Tomas en claro en su contenido 11 La asistencia a clases es obligatoria y el profesor la controlará al comienzo de la misma. El estudiante oue deje de esistir al veinte por ciento (20%) de las clases dictadas en una asignatura la perder por fallas y spr5 calificada con cero cero (0.0), agreqndole a continuación la anotación: por fallas" (p• )il Además, el Reolamento de la Facultad de Psicología en el Artículo 56, dispone "FI tema seleccionado para la tesis o monografía será propuesto al Comité de Tesis a través de asignatura "seminario de tesis', en esta propuesta se hará explícita la ¶netodoloqía,la técnica y el universo a estudiar. .

"FI tema seleccionado para la tesis o monografía será propuesto al Comité de Tesis a través de asignatura "seminario de tesis', en esta propuesta se hará explícita la ¶netodoloqía,la técnica y el universo a estudiar. . Así las cosas el hecho de haberse adelantado el solicitante en cuatro capítulos de la irwestleación sin asistir al "Seminario de Tesis" durante cuyo transcurso debió seleccionar el tema de la tesis o rronografía para presentarlo al Comité de Tesis, no lo habilita para solicitar, ni para que se nombre Director de Tesis y mucho menos para que se le dé nota de una materia a la cual no asistió, ni para zque das profesores omitan concepto sobre las investigaciones que viene realizando. w La anteriores consideraciones permiten concluír que por parte de la Universidad Santo Tons Facultad de Psicoloqía no ha existido violación de los Derechos Fundamentales Constitucionales invocados por el Solicitante, sino que, por el contrario s es éste quien no se ha ceñido a los reglamentos de la Institución Académica en cuanto a la carrera de Psicología, cuyo qensurn es diferente al de la carrera de Filosofía curada can anterioridad. En consecuencia, corno ya se advirtió, se neqar 5 la Tutela solicitada. POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDIN'1ARCA, SECC.ION PRIMERA, ADMINISTADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUOLICA Y POR. AUTORIDAD DE LA LEY, FALLA:EXP. fl. 7465. - -

PRIMERO.- NIEGASE LA TUTELA SOLICITADA MEDIANTE APODERADO POR EL

RIDAD DE LA LEY, FALLA:EXP. fl. 7465. - -

PRIMERO.- NIEGASE LA TUTELA SOLICITADA MEDIANTE APODERADO POR EL

SEÑOR PEDRO IGNACIO PATIÑO NIETO CON LA UNIVERSIDAD SANTO

ROMAS, FACULTAD DE PSICOIOGIA.

SEGUNDO.- ORDENASE QUE EL CONTENIDO DE ESTE FALLO SEA NOTIFICADO MEDIANTE OFICIO A LAS PARTES EN LA PERSONA DE SUS REPRESENTANTES.

TERCERO.- REMITASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONSTITUCIONAL

PARA SU EVENTUAL REVISION Si NO SE P2ESENTA IMPUCNACION

COPTESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.

Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA N°. 074.-

LOS TIAG 1 STRADOS,

OLGA MES NAVARRETE BARRERO BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO

PRES 1 DENTA

DARlO QUIÑONES PINILLA ERNESTO REY CANTOR

AUSENTE

HERII3ERTO REYES VARGAS

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