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TA CUN - 7491-(12-12-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 7491-(12-12-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

PLAN DE INVERSIONES -Término para aprobación

TRIIIIAI. AXIIDIISTRATIVO DECUNDIMAK~/':

/ Santa Fé de Bogotá, D.C., Diciembre doce (12) de mil novecientos noventa y seis (1.996). Expediente No, 7491 Magistrada Ponente; Dra. OLGA DS MVARREU BMERO

Demandante: GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA

Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que L. confiere el Numeral 10 del Artículo 305 de la Constitución Politice en concordancia con el Articulo 118 y se. de]. Decreto 1333 de 1.986, r,miti6 a esta Corporación e] Acuerdo No. 001 dei. 28 de Febrero de 1.996 proferido por el. Concejo Municipal de Facatativá "Por medio del cual se derogan en todas sus partes loe Acuerdos 030 del 26 de Septiembre de 1.995 y al 039 del 3 de Noviembre de 1.995 y por medio del cual se aprueba el Programa Municipal de Inversiones para la vigencia fiscal 4 1.996 con recursos de la participación en los ingresos corrientes de la Naci6n", para que se 4OCLÓS sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado es del siguiente tenor: "ACUERDO NUMERO 003. DE 1.096" (28 flB. 1996) "POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGAN EN TODAS SUS PARTES LOS ACUERDOS 030 DEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 1.995 y el 039 DEL 3 DE NOVIEMBRE

(28 flB. 1996) "POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGAN EN TODAS SUS PARTES LOS ACUERDOS 030 DEL 26 DE SEPTIEMBRE DE 1.995 y el 039 DEL 3 DE NOVIEMBRE DE 1.995 Y POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICiPAL DE INVERSIONES PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 1.996 CON RECURSOS DE LA PARTICIPACION EN LOS INGRESOS CORRIENTES DE LA NACION. "EL CONCEJO MUNICIPAL DE 1ACATATIVA, en uso de sus atribuciones legales y,Hoja No. 2 Expcdionte No. 7491 "C O N S 1 D E R A N D O "Que de acuerdo a las cifras enviadas por el Departamento Nacional de Planeaci6n de la participaci6n de los Ingresos Corrientes de la Naci6n $28701910.000.00. Area Urbana: $2.440' 273,500oo. Ares Rural: $4301636.500.00. "A C U E R D A "ARTICULO PRIMO: Der6ganse in todas sus partes loe Acuerdos 030 de septiembre 26 y e]. 039 de noviembre 3 de 1.995. "ARTICULO SEGUNDO: Apruébase en el Sector de Educación, la suma de $3611273.000.00 la cual se distribuye de la siguiente forma: "ARTICULO TERCERO: Apruébase en el Sector Salud, la sums de $7171727.500.00, la cual se distribuye de la siguiente forma:

"ARTICULO CUARTO: Apruébase en el sector Agua potable y saneamiento Meico la suma de: 5741182.000.00, la cual se distribuye de la siguiente forma: "ARTICULO QUINTO: Apruébase en el sctor Deporte, Educación Fí- sica, Cultura, Recreaci6n y aprovechamiento del tiempo libre La suma de: $1431545.500.00, la cual se distribuye de la siguiente forma; O ti "ARTICULO SEXTO: Apruébase en otros sectores la suma de: S5741.182.000.00, la cual es distribuye de la siguiente forma: "AWflCtJLO SEPTINO: El presente Plan de Inversión se incorporará al Presupuesto General de Rentas y Gestos para la vigencia Fiscal de mil novecientos noventa y seis (1 • 996), conforme al Plan de Desarrollo (Acuerdo No. 022 de julio 13 de 1.995), dentro del cual se especificará las partidas correspondientes a me diferentes rubros en cada capítulo y cada programa. •1 O

Como norma violada: Artículo lo. del Decreto 427 de 1.994.Roja No. 3

Expediente No. 7491 El concepto de violación es el siguiente: "El acto administrativo objeto de análisis jurídico "Por medio del cual se derogan en todas sus partes loe acuerdos 030 del 26 de septiembre de 1995 y al 039 dei. 3 de noviembre de 1995 y por medio del cual ea aprueba el programa municipal de inveratonas para la vigencia fiscal de 1996 con recursos de la participación en los ingresos corrientes de la Nación" ea abiertamente ilegal según se estudia: ti] El acuerdo dispone en su articulo primero a sexto respectiatonas para la vigencia fiscal de 1996 con recursos de la participación en los ingresos corrientes de la Nación" ea abiertamente ilegal según se estudia: ti] El acuerdo dispone en su articulo primero a sexto respectivsmeijet- : - "Articulo Primero: "Artículo Segundo: "Artículo Tercero: "Artículo Cuarto: "Articulo Quinto: "Artículo Sexto: ..." 0 2. El Decreto 427 de febrero 23 de 1994, dispone en su articulo lo. inciso 20.:

113. Mediante Acuerdo No. 49 de 1995 emanado del Honorable Concejo de Facatativá se situó en categoría 2o. el mencionado municipio.

1'4. La Loy 138 de 199.4, se1ala en el artículo 23:Hoja No. 4 Expediente No. 7491 "5. EL DICCIONARIO ENCICLOPEDICO DE DERECHO USUAL cuyo autor es el gran Maestro Guillermo Cabanellas en la página 158 del Tomo III define el vocablo DEROGAR así "Reformar, modificar, destruir situaciones o relaciones. Abolir, anular, abrogar una ley, reglamento, costumbre o practica..." "De lo anteriormente expuesto podemos concluir que la Corporaci6n Administrativa de Facatativá al derogar o dejar sin vigencia loe Acuerdos 030 y 039 de 1995 mediante el Acuerdo 001 de 1996 y empezar de nuevo el trAmite para expedir el acuerdo por el cual se aprueba el Programa de Inversiones pera la vigencia de 1996, obvi6 dar cumplimiento al Decreto 427 de 1994

de 1996 y empezar de nuevo el trAmite para expedir el acuerdo por el cual se aprueba el Programa de Inversiones pera la vigencia de 1996, obvi6 dar cumplimiento al Decreto 427 de 1994 .1 cual fue muy claro al chalar que e]. aeí'or Alcalde debi6 presentar a consideración del Honorable Concejo Municipal el proyecto de acuerdo da Plan de Inversiones para la vigencia de 1996, durante los cinco primeros días del mas de octubre de 1995 por ser Facatativá un municipio clasificado en Segunda Categoría segcan se estableció er& el Acuerdo 49 de 1995 al cual anexo como medio probatorio, dando sal cumplimiento a lo pr.- ceptuado en el artículc 23 de la ley 136 de 1994 el cual nos indica que el tercer per!odo de sesiones ordinarias para las municipios clasificados en SAgunda categoría corresponde del lo. de octubre al 30 do noviembre como es el caso que ahora nos ocupa, presentándose así un vicio de legalidad en cuanto al procedimiento para la aprobación del Acuerdo mediante .1 cual se expide el programa municipal de inversiones. "Por lo expuesto solicito a Loa miembros de tan Honorable Tribunal se pronuncien respecto de la legalidad del acto administrativo objeto de análisis jurídico". A la solicitud se le di6 el trámite legal correspondiente y, en consecuencia procede la Sala a resolver, previas las siguientesHoja he. 5 Expediente No. 7491

CONSIDERACIONES: Corresponde a le Sale decidir sobre la validez del Acuerdo No. 001 del 20 de Febrero de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de FacetativL, teniendo corno base e] escrito de observacioCONSIDERACIONES: Corresponde a le Sale decidir sobre la validez del Acuerdo No. 001 del 20 de Febrero de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de FacetativL, teniendo corno base e] escrito de observaciones presentado por la aeflora Gobernadora del Departaiento de

Cundinaaarca. La decisión a tornar estará delimitada por la pretensión de la petición de la Gobernadora, los hechos enunciados en la misma, la Indicación de la norma violada y el concepto de violación, como también las pruebas aportadas a la actuación. El cargo aducido trata de que el Acuerdo No. 001 de]. 28 de Febrero de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de Facatativé aprobado sin los requisitos exigidos por el Decreto 427 de 1994 que dispone que el proyecto de acuerdo del Plan de Inversiones debe ser aprobado durante loe cinco primeros días del mee de octubre, por ser el Municipio de Iracetativá clasificado en la Segunda Categoria, en concordancia con el Articulo 23 de la Ley 1.994, lo que daría corno conclusión que fue presentado en forma extemporánea y viciado de nulidad. Ahora, en efecto e]. Articule 5o. del Decreto 2680 de 1.993 establece un periodo dentro del cual el Concejo Municipal debe expedir el Plan de Inversiones, so pena de si no se profiere dicho acto dentro del tercer período de sesiones pierde competencia el Concejo Municipal pera hacerlo y corresponde en ese evento al Alcalde poner en vigencia por Decreto el proyecto presentado a consideración de]. Concejo, con lo cual concluye la Sala que e]. último día de sesiones ordinarias vence la comtencia el Concejo Municipal pera hacerlo y corresponde en ese evento al Alcalde poner en vigencia por Decreto el proyecto presentado a consideración de]. Concejo, con lo cual concluye la Sala que e]. último día de sesiones ordinarias vence la competencia del Concejo Municipal para aprobar e]. Plan de Inversiones y a partir del día siguiente a aquel en que ocurre di che vencimiento. En el caso concreto se encuentra que el acto acusado fue expedido por fuera de la competencia temporal que tiene el ConcejoHoja No. 6 Expediente No. 7491 Municipal para ello. Teniendo en cuenta que mediante el Acuerdo acusado el Concejo de Facatetiv& derogó loe Acuerdos 030 de 1.995 y 039 da 1.995, cuyas copias fueron aportadas y por medio de las cuales ya se había aprobado el Plan de Inversiones pera e]. Muntcipio Si el Concejo decidió derogar dichos actos dobló en consecuencia realizar todo el trámite pera la expedición del Plan de Inversión. Lo anterior por cuanto dicho Plan debe tener como iniciativa el proyecto del Alcalde Municipal y el concepto de Planeaci6n. Por ello, se declarará la nulidad del Acuerdo No. 001 del 28 de Febrero de 1.996 del Concejo Municipal de Facatativá. Por lo expuesto, •l. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la R.pCzbilca de Colombia y por autoridad de la Ley, VAL LA 1.- Declárase la nulidad del Acuerdo No. 003. del 28 de Febrero de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de Fostativ&

bilca de Colombia y por autoridad de la Ley, VAL LA 1.- Declárase la nulidad del Acuerdo No. 003. del 28 de Febrero de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de Fostativ& "Por medio del cual es derogan en todas sus partes los Acuerdos 030 del 26 da Septiembre de 1.995 y el 039 del 3 de Noviembre de 1.995 y por medio del cual so aprueba el Programa Municipal de Inversiones pare la vigencia fiscal do 1.996 con recursos de la participación en los ingresos corrtentes de le Nación" 2.- Comuníquese esta deiai6n a la sefiora Gobernadora del Departamento, al sefSor Alcalde, al señor Presidente del Concejo y al aefior Personero del Municipio de Facatativá. cxiPtzsz, 0TIFIQZ1ESE, CM«MQ~ Y 0001^Hoja No. 7 Expediente No. 7491 (Discutido y aprobado en eeei6n de la feche. Acta No. DARlO quxRoius PDSXLLA BMTIUZ ¡ARITKZ QUIN~ magistrado Magistrada

OLGA 11SS tVAR1tE?R AURERO E1STO RY CA~

Magistrada Magistrado ØERXBZRTO REYRS VARGAS magistrado 1

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