TA CUN - 7572-(12-09-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 7572-(12-09-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
IMPEDIMENTO
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECC ION PRIMERA
Santafé de Bogotá, D. C., doce (12) de Septiembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXPEDIENTE N°. 7572.- NULIDAD Y REST. DEL DERECHO.
DEMANDANTE : MARIO PAUL CAÑAVERAL HERNANDEZ.
CONTRA : La NACION -MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL-.
A Folio 90, el H. Magistrado ERNESTO REY CANTOR se declara impedido para conocer del proceso de la Referencia invocando la causal prevista en el Numeral 12 del Arttculo 150 del C. de P. C. en concordancia con elArt. 160 del C.C.A.. «Manifiesto que soy egresado de la Universidad Libre, ademas profesor de pregrado y posgrado de esta Universidad, formo parte de la H. Conslliatura, órgano directivo de la misma, y mis afectos por dicha Universidad son Indudables y profundos. En similares circunstancias del actor el suscrito Magistrado también fue investigado por el Ministerio de Educación Nacional por actuaciones en la citada Universidad; actuación administrativa que consideré injusta en la meyorTa de los casos y, consecuencialmente, emitÇ conceptos cono miembro directivo sobre la citada actuación. Lo anterior no garantiza la absoluta imparcialidad para administrar justicia y, por ende, es ml deber manifestar ml impedimento. En consecuencia, de conformidad con el artIculo 149, inciso 4 ut-supra, pongo en conocimiento los hechos constitutivos de
Lo anterior no garantiza la absoluta imparcialidad para administrar justicia y, por ende, es ml deber manifestar ml impedimento. En consecuencia, de conformidad con el artIculo 149, inciso 4 ut-supra, pongo en conocimiento los hechos constitutivos de la causal de impedimento para conocer de este proceso y solicito a la Sala me separe de mi (sic) conocimiento y se proceda de conformidad. '. 4'EXP. N°. 7572. - 2 Evidentemente, como el demandante lo manifesta en las declaraciones y condenas que solicita, fue sancionado "en su condición de miembro de la Sala General de la Universidad Libre", situación que encaja con los hechos expuestos para la causal de impedimento, motivo por el cual la Sala de Decisión declarare separado del conocimiento del proceso al Dr. Rey Cantor y ordenare que el expediente pase al conocimiento del Magistrado que sigue en turno por orden alfabético. En mérito de lo expuesto, El TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA,
SECCION PRIMERA, SALA DE DECISION, RESUELVE: l.- ACEPTAR LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO EXPUESTA POR El M. MAGISTRADO
ERNESTO REY CANTOR PARA CONOCER DEL PRESENTE PROCESO Y CONSECUENCIA DECLARARLO SEPARADO DE SU CONOCIMIENTO. 20._ ORDENAR QUE EL EXPEDIENTE PASE AL MAGISTRADO QUE SIGUE EN TURNO
POR ORDEN ALFABETICO.
COPIESE, NOTIF1QUESE Y CUMPLASE.
Discutido y aprobado en sesión de Sala de la fecha. ACTA N°. 105.-
LOS MAGISTRADOS,
DARlO QUIÑONES PINILLA BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO
COPIESE, NOTIF1QUESE Y CUMPLASE.
Discutido y aprobado en sesión de Sala de la fecha. ACTA N°. 105.-