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TA CUN - 7617-(06-02-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 7617-(06-02-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

1R1flUJIAL AD7tII ?RATlVO Dx GuNiJINAMAlCA Febrero ..i, (6) de mil novsoiento -atenta y .ci,, (1976) 3 l~ Msgitr.4o Ponentes i3e ALVRQ L1CO'PTi LUNA.- Ref. Juicio 1, 7617.- Ri"OLUC1ON49 MINI3?1kitAL.- )emandante; JOAJJIN ULUS QIRAL. ?O NO1U..RA ! ! 1 £n firme el auto onlenda. o a tren de diciembre us — mil noveotento,.tonta y oiiio que oit6 a 1a, parte.. para ^entenoial y no hallando que xi.tM oaua1 que -ea .u.oeptibls de ina1idmz' lo actu do, toca al Tribunal dictar el tallo de intancia en el preente juicio, iniciat0 ante la demanda que invoara el .eilor Jortqufn 1f a Giralda Mo-- quera a trsv de apoderado, en acoi6n de lena juridiooi&i. -ta peri gue la declaratoria de nulidad de 1 ro"olaclín N'. 222 de 1974 -22 de — enero— que ut.pur.o .i inoorporaoik en el cargo de Auxiliar de 3ervioio, Generalen, Cias II, Grado 3, enfermero de le C&roel del Circuito de on- ,6xz (Antioquía), perteniciente a la Dirección General de Priniona del —

Miniterio de Ju,ticia -depeadencia eta altima que diot6 el acto acuadoy que, como oonecuencia de la nulidad que e decrete, y a tfulo de retabiuoiminto del dereoho que etima violado, -ea retítuido en el cargo que venía ocupando ante de .er incorporado al cargo mencionado por la — providencia que ..o impuina, en decir, al de Director de la Croel del — Circuito de on6n o a otro de igual o .-uperior oategorfa, y que e lepaguen todo, lo nueldoq # primar,, vacacione, y bonificaoione, que haya dejado de percibir, deis la feoha en que fue incorporado al cargo de — enfermero y hata la época del re..tabl cimiento , y ..a diga que el tiempo2 - Juicio Je. 7617 -- de retire ha ito cen.id.rar-. .,in o1uin de continuidad para efecto 4.. pr.!,taotn0. oia1a,,, cen,O y e,.og1a6n. La anterior çetioi&i la funda el abogado que habla por el ecter en el libelo, como e copia a oontinuao6ns "PRIMRO.- El .,eíior JOAQ119 LLIA IRALDQ 110,59,1MA venia de,eapeando el cargo do Director d# la C&roel d1 Cte. deton6a, Ktni.terto de Ju,tiots, con una e.4gnaoik men.ual de 33.U70.00 ..,' G1JIIDQ.- Pcteriorment., .1 Mini.,terio d J..tiota

ton6a, Ktni.terto de Ju,tiots, con una e.4gnaoik men.ual de 33.U70.00 ..,' G1JIIDQ.- Pcteriorment., .1 Mini.,terio d J..tiota mtiante la 1e01uot6n Q, 222 de 22 de nero de 1.974 dipu..o incor porar en la Planta de F.r..onl del Kini.terto de Ju.tioia a J0Q'IW- £IZA#501;L0 MO3QUiIA en a1 cargo de Auxiliar de 3erviotoe Odnerale.., Cla.. II, Orado 3nternero de la Croe1 del Ctes de on,6n, - con una atgnaei5n men..ual de $1.21J.60 y declarrndo que .'ta inoorporaciSn tenis efectividad al l. de Julio de 1.973. "PC0.- Por-Medio de laJe,oluoik 09. 3148 denoviembre 23 de 1.973 del Kini.terio de J-tiota le oonoedi6 a JOA - çIJXN ULIAi (]IALQ 03URA 123 días daltoenota por enfermedad, apartir del 30 de ,ttenbre de 1.973 bs,ta el 30 de enero de 19749 como Üizeotor de i.tsb1eoiai.nto Carcelario, IV-20 de la Cárcel diiCte. de ,on6n. -"CUARTOEl ..effor JOAQUI .­IIA45 OIRALDO ØjQURAeur6 y Nw@bé attfsotortsmente e], cur..o de Direoor de hí.,tableci miento Ç]aresario y obtuvoel oorre.pondt.nte diploma de idoneidad,

eur6 y Nw@bé attfsotortsmente e], cur..o de Direoor de hí.,tableci miento Ç]aresario y obtuvoel oorre.pondt.nte diploma de idoneidad, 1 que os adjunte a la pr.ente deaiands como prueba. II - 1 0ICi0N]L QUi3tAWrADA3 St11JK 1.A 1AXDA 100, 101, 102, 103, 1041 106, 107 y 129 delDecreto 1817 de 1964 -17 de Julioy art. . del Deorto 1661 de 1965. Al a.untO e le he dado el trinále legal. Oportuna-— 3 — Juicio NC, 7617 mente corrió tra,,1do a las parten pr'a que alegaran de oonolu,i6ny hubo ,ilenoio de la,, mima,,. ill Qeiior Iiioal 2. de la Corporaoin de.- corrió el que R0 le hizo con la Ri(UiOfltO vitaz "Este DeRpaoho, lo mi,mo que a' F,oa1fa, 3. y 4$ de ente Tribunal, han tenido oportunidad de fijar criterio frente a 1 V~polén de inoon,etitucionalidad do laep norma,, que ,,tablecenel i,,$ms de la carrera penitenciaria, la cual en el presente juicio VOlVSm0, a proponer. "HAbamor argumentado a: ",e ha venido p1antando ante la juriediooi8n contenoiaa el pre,,unto derecho del per,,onai del ramo penitenciario '— carcelario ap.rt.necer a la carrera penitenciaria, con la., prerrogativa,, de estabilidad y a,oen,,o. "'feotivsmsnt., gi Decreto Legilativo #1817 de — 1964k expedido en ejercicio de1a,, facultado,, extraordinaria,, oonf• rida,, por la ley 27 de 1973, e,,tableoi6 ea e] artoulo 100 la carreta d1 per.onal del ramo carcelario y penitenciario, idpendient — del 0erviQio civil, carrera que me regula en la,, norma,,.iguiente,, de e,,t• E,.tatuto y por la. 'que dicte el Góbiex'no para ,,u organizaefr ciSn'. - "'Po,,teriormente y in dsarral10 del artou10 100 prooitado, el ejecutivo dicté el Dactáto 1661 de 19651 que organiza la carrera penitenciaria, Deoreto que fue derºgadé por el 2655 del18 io diciembre de 1973, que foglamentó la mima materia y regaló !1.a adIni4itraoi8n del per,,onalq que preta "un — ,,ervicio,, en el ramo carcelario y penitenciario del "La ley 27 d.1963, que gontituye el fundamento — del. Decreto 1817 de 1964,revi!.ti6 a]. Pre4dente de la R.pttbiics de facultad.,, extraordiaarim para organizar la carrera juridiooiona1 del Poder Pb1ioo jt de] Xini,terio Pblioo, y para regular la apli.-

facultad.,, extraordiaarim para organizar la carrera juridiooiona1 del Poder Pb1ioo jt de] Xini,terio Pblioo, y para regular la apli.- ccik de la" sena,,, el régímeo aduanero y el oaroelario y lo oon-. cerniento a la,, conducta,, anti3OOialoq y la iegi1aci6n de menore,,, OtO L I1 arttouio la9 de esta norma expre.amente faculta al Gobierno en ,,u literal r) para organizar la carrera judicial. "'Pero e]. numeral 2. del mi!mo artículo no hace4 Juicio No 7617 .— nnuna x'efrenoia la facultad de organizar la carrera psnitenotaria, pue.. la parte final pertiaeto dic. t.ztualmentss 'Para modificar el Código de Ju,tioi P,ial Milt-. tai', la legi4oi6n adamacreo .1 ¡WO1fl11( CARULAR109 1a..1ji.1aoi6n v,obre oonduot antiociali, y la lsgi4aot6n de menor.'. Y el numeral 40. facul%a al Gobierno 'pare orear y organisar., e,tbleoiwiento conecotonalo, y de deteot6n, penr y me dtda, de sguridiid'. "Una de lo atribaoleniq fudtuaeile, del Congeo e, hacer la,, 1ye, y por medio de e11a..jeroer la, atribuoioa. - qe lo qonfiere el artfoulo 76 de la Cota.tnoi6n flscional. ntr. - ¡esta,, e,t la del DwDeral 129 parareva.tir 1 Pr,id.nte de la sp

qe lo qonfiere el artfoulo 76 de la Cota.tnoi6n flscional. ntr. - ¡esta,, e,t la del DwDeral 129 parareva.tir 1 Pr,id.nte de la sp blipa d# fcultsd.,, ztrsordtnara,,, medtsnt.tre. coAdícionco, o rol quiito aoaourrente,, 1. Que •,s, facultad, e otorguen por un — plazo deteminade, o 000 lo dtos_.l oi$ade nuaeral,.'pto tempere'.

20. Que la, facultad,,"en reoi.ae o decir, qui 'e níngularioesi do tal manera que no haya lugar a extraliattoioe. por una inter — pretaoin emplia y aooeodatioia. 30.iue 1 AOøt,idd_de la autor¡ sacione, lo ija o la. conveniencia pt1b1i0a lo aon,sen.

neS"U-o çOndtoioa .. cuaglieron para expedir la — ley 27 de 19639 por qe .,edal5 .1 plan bate 1 20 de julio 4... - 3.964paru qje el Pre.idente bioiera uq da la, autorizaoione lo$ø... en forma taxativa da lop aumeralen1., 2., 3. 7 40. y CjU.. rme.nj. •.taban determinada,, por la, aeoeç4da4en o conveniencia psi— blioa, del momento hi,t6rieo que vivía .1 f, IPOY en ds.arrelbo dd la facultad de lo, numeral.,, - 29Y M. del artcu10 pjmero, pera mogificar, .1 rgi.n areola

blioa, del momento hi,t6rieo que vivía .1 f, IPOY en ds.arrelbo dd la facultad de lo, numeral.,, - 29Y M. del artcu10 pjmero, pera mogificar, .1 rgi.n areola ría y crear y organtiar s,tablecimiento,, correccionale, y de deten.4 oi, peae., y meuidaq de owegwídad# dicté el Decreto 1817 de 1964a— en cuanto a oreaoi6n, orgaaisot6n, tirecci6i, adiini.$raot6n, q.— tentisiente y vigilancia de l, penit enoia1ta, colonia, agrícola., inctutria1e,, o&ro.le, ditrttale,, municipa'.,,, pare mi¡— tare,, y (gaje re,, ...4aterto, p.ale, ;ntitnberou1oo.,, manicomio.. oriminale,,aneso p,tqui&trtoo, e in..tituoioaze,, para protección de po4 pt2nado.,. - "'Pero U4a ;o,a e el rgimØn penitenciario y otra — muy di,ttnta e» la carrera penitengiarta que .. •.tnbleotó casi — Título leroero, Capítulo 11 del mimo Decreto en lo.. artfouloo 100..- 5 - Juicio Nº. 7617 .- a 107v para lp cual no i0176 facultad ni autorización preoi,a la ley 27, comO 4 lo exprs q& ,in equívoco alguno para permitir al Go-. bierno la organización de la carrera judicial, en el litoral r) del artfoul. 10 al facultarlo para prgr.nizar la rama juri,idiocional.

bierno la organización de la carrera judicial, en el litoral r) del artfoul. 10 al facultarlo para prgr.nizar la rama juri,idiocional. !'Ha,ta dónde pe4fa la rama ejecutiva, al hacer W,.o de la,, facultado,, cxtrabrdí~ian que le otorgba la ly 27 en gvta materia ppnitenoiaria? "lo y exeluetyamente obre la,, materia, - enumerada, en forma taxativa en la mi,!ma ley, la cual no incluyó - la autorización para reglamentar la carrera penitenciaria legi1adqp eguramente no creyó neoe,ario oaov.ninte ee.tableerla, no o1 porque en ninguno de lo., pregep — te,, oon,tituQionalee atorieaba al Gobierno para hcpx'la comp 4rejterabs en alguno, la facultad para ditar norma,, nobre carre raw admini,trativa, judicial y militar, .4no porque el per.,onal del remo penitanpiario y oaroelar,o tef5 que quedar inolfdo en la ca— rrera adinixii.,trativa para pretar -u.. .,ervioip, en lo, empleo,, dela rama ejecutiva del Poder Nblipo, cuando éfRta fuera reglamentada y organizada, come a4 gO hizo po,,ez'tormente al expedir la ley 65— de 1967 que facultó 4 Gobierne para diotar el Decrete 2400 de 1968 que rsgu16 ala admiAíntraoil>4 del personal civil de la rama menoions da, y creó la carrera adininitrativa. leo. grtfoulem 100 a 107 dql. Decreto 1817

que rsgu16 ala admiAíntraoil>4 del personal civil de la rama menoions da, y creó la carrera adininitrativa. leo. grtfoulem 100 a 107 dql. Decreto 1817 de 1964, ezoedieron la,, facultado, de la ley 27 9 con violación fla grante de1nuar4 12 del atou10 76 de la-Carta Fundamental do Co? 1oznbi. y ql ,, ta, artfoulo carecen de cautia en la ley y en la Con, titución, ocneouenoialmonte el Decreto 2655 de 19739 que organizala carrera penitnoiaia con fundamento en al precitado artículo 1009 taebien cae por na ba,,e'. H4 entonoee Incompatibilidad entre el artculo 100 4e1 Decreto Logi,lativo 1817 dd 1964 y la ley 27 de 19639 razón que- -irva da fundamentos la ?i'!oslh segunda para proponpr, come en — efecto propone en ente negooio,la exopoión de inoontituoionalidad en cuanto a la aplicao14nde la,,normaw que regulas la llamada aarr rs penitenciaria, y en lao cuale, funda pDatenrioneq el actor." De esta euerte y teniendo en cuenta law prueba, que e han acreditado en autq6 - Juicio No. 7617 .- PARA 93'OLVR1 Sig CQN2tDkRAi jQ. Con el debido respeto, la iala se permite di— aentir del concepto emitido por e] ini..terio P&blico. E,,tima que no e del oao concluir que hy violación flagrante del numeral 12 del artfoulo

jQ. Con el debido respeto, la iala se permite di— aentir del concepto emitido por e] ini..terio P&blico. E,,tima que no e del oao concluir que hy violación flagrante del numeral 12 del artfoulo de la Carta Fundamental porque .1 Decreto—Ley 1817 de 1964 haya excedido la,, faoultade, extraordinaria,, que la ley 27 de 3963 diera al GobiernoNacional. E,, verdad que ,egn el numeral 12 del art. 76 de la Contitu— oik, a]. Congre,o de la Repóblios correponde "revetir, 2r! tempore, e al Pre,idents de la Ñepblioa de preci,a ftwaltadckm extraordinaria,, e cuando la nsoe,,idad lo exija o la,, conveniencia. publican lo aoonejen', y que de la,, enuneracione que la citada ley 27 de 3963 no .. oonoluysde manera clara que al Jefe del Ljeoutivo ,e le hubi•.e dado el encargo— da e-tablecer la carrera penitenciaria; ,,in embargo, .a le dieron la,, - de "orear y organizar etabl.oimiento,, correocionala y de detencila, pe na,, ; medida, de .eguridad (rusa. 4.) y de "modificar el Rgimen Caro a1 río." (num. 2.) • Como quiera que cfentro de ].a eprø$6n R]GIKN CARCE LARIO puede entenderqe que queda comprendido todo lo relacionado con el per"onal que ha de pre,,tar la cu-todia y vigilancia en e.o, .,tableoiaien te,, no ,,s re,,ulta af, de manera flagrante la violación o el quebrantoLARIO puede entenderqe que queda comprendido todo lo relacionado con el per"onal que ha de pre,,tar la cu-todia y vigilancia en e.o, .,tableoiaien te,, no ,,s re,,ulta af, de manera flagrante la violación o el quebrantoque hace notar el Kini,terio P1b1ioo, porque ¿e ea manera pueda aplicar-. ,e la exoepoión de inoontitucionalidsd que .o1ioia el colaborador fi. - cal del li,trado, por diootomfa entre la ley de facultade, extraordinaria, el decreto—ley 1817 de 3964. Tal ves ga .,,tadio ma., profundo, que nocorreponde al Tribunal hacerle, pueda llegare a una conolgión .i.ilar a la anotada por el Pi.eal 209 de la (orpore,ióa, eq decir a la de que la "carrera penitenciaria" no exite por no haber .ido oreada por quien ini— oabnte podrf a hacerlos el Congr.o o !u delegado, el Pr.idente de laRepablica con expres facultad. 22.— ientsdo 3o anterior, conviene ocupares 4. e0tu-.Jutoib U. cUar el tonc.o dw lo Planteado pur el ltbeli:ta, e decir, 01 el nSiQiJoaquín )ltr Oiraldo euere, Director de 1 CLroel del Circuito deian.ón, podía ner tra4a4eio, 00,10 lo ras PaZ' la retolmoída Cpd, al cargo de UIVtdO LI, GRADO 3 del sii,mo et 1eoimento carcela— rio acuerdo al IL( LA "CIO) Di cAP,%CITACIO

cargo de UIVtdO LI, GRADO 3 del sii,mo et 1eoimento carcela— rio acuerdo al IL( LA "CIO) Di cAP,%CITACIO )1L NIIiRiQ D JVtiCIA (I.CION (7Wb4. D PRIsOL), al ,,eor Giraldo re le otorgó o enfiri6 el CTI71CÉ&DO D;! IDONIDAD para d.,,empelir el cargo ¿e .)I iXOR D ACII10 CARcEURIO3 el 3() de noviembre de 1970, o ue con ello owpl1ó el zeii4to que el art. 101 del decreto Ley 1817 de 1964 indica para pertenecer a la "carrerapenitenciaria".Mn otra,, palabra,, no hay duda, de que el actor, en vi,— •0 tud de ello, pertenece, o por lo mano pert.necfa ea e] momento le reci— bir e.n dipioca, a la oe.'rera en ouett$n. ILOta, ngfl me uedte del contenido del art. 104ibiec, t1 ronil ccelarto de oar4rn, ttene lo.. igU.iefltSn døreoJ,,s a) La etabiliciad en iii empleo mieatra, oberve bu.— na conducta y -t capacitado para l doerpeiSo de aquél, y b) Lo anøfløGn rg]aeefltariOe. No puede, pui,n, .in n.te.bro de la "carrera" penar a— otro cargo de inferior oat.orf a al que d nmperí, ya que lo que -e 10 garantiza —y tiene deDeoho a ellof. el enoen.e, el ereaho opue,,to &l—

otro cargo de inferior oat.orf a al que d nmperí, ya que lo que -e 10 garantiza —y tiene deDeoho a ellof. el enoen.e, el ereaho opue,,to &l— reno-cctbo que sufra. Lo dicho también ne deriva 4. 1 leatara do lo 11 a 30 del decreto reglamentario 265 de 19731 vi.nte pare la ¡poca en que ,,e produLjo el proveído que fqe e,,tudiu. Y e tan protuberante qu. elcargo Ue enfermero e tufarior al del director de un mi,mu c,tableotmte— to carcelario, que e dduoe e In .molurierto, qu ne perciben por el — empleado en uno u otro cargo. Y conto no .e ha demotrado, ni e ha 1.1! do, que el ,,eüor Otreldo fue ,,vinculado de la carrera penitenciaria—8 - Juicio Nl. 7617 .- por alguna de lam uau.ale .,eialada, para ello, hay que concluir que porten.oe a olla, y en oenieouenoza, al oonoulo.r.ele un derecho que le co-. rreponde por miniterio de la ley, el acto aouaO0 debe .er declarado nulo y debe decreta-.,e el re,ta'olecimiento pleno del tal derecho oonoulca do. DECI 'ñ Oía En mérito de lo oxpuo,ts, el TRIBUNAL ADMINIiTRATIVO DE CUNDXNA1LAiC9 administrando Ju,tioia en nbmbre de la RepLiblioa de Colombia y por autoridad de la ley,

PALLAs

En mérito de lo oxpuo,ts, el TRIBUNAL ADMINIiTRATIVO DE CUNDXNA1LAiC9 administrando Ju,tioia en nbmbre de la RepLiblioa de Colombia y por autoridad de la ley, PALLAs Primer,: eolra..o nula la re,.o1uoi 11. 222 de 1974 -22 de eneroen cuanto deignó como enfermero II, 39 con ...ueldo de 11.200 009 al oqwPíor Joaquín Zla, Oiraldo Xoqutra, en la Croel del Circuito de onán (Antioqaia), donde de-empezaba el cargo de áirsotor, negando: Ord4nae al ini.terio de Ju.tioia, que dio té la reqoluoin menoionada en el ao&pite priraero de •ta ontenoia, e] - nombramiento o de4gnaoi6n del ,.íior Joaquín Ela, Giraldo Noiquera enel cargo de director de la Oro.l del Circuito de 30446n (Mltioquia) o en otro de igual o quporior oategora.

Ttroero: Ordne al Kini.terio de Ju,tjci r'eoonocer y pagar al qe•r Joaquín Slíam Giraldo Me.quera 10 eueldo., bonificaOiOAøq1 vaoaoioneq y doma" pro4aoioaeq oorrepondienteq al cargo deDirector de le Croel del 0rcuito de lonióny deede la vigencia de la roqOlUOtiSfl Nº- 222 de 1974 hata ,,u r.inaerpoacin en el cargo o en otro de igual o quperior categorfa.

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qOlUOtiSfl Nº- 222 de 1974 hata ,,u r.inaerpoacin en el cargo o en otro de igual o quperior categorfa.

  • - Quinto: 00 tendr en cuenta el art. 121 del C.C.A.- 9 - Juicio e. 77.- Para al ournplici.nta de este tallo. cOPL, No'x?lci; y si no fuere apLlads, CONUL?— "I para ant4 el H. Con,Jo de CJiLA Aprobsdo en Áot )i. - AL3&HTO MOIENO OQKZ LUXA lGU,L ANrQMXO CARNA1 ;LARA ?OiO Dk :.3TkO

SUSANA M. DC 9CHEVigR. 11 JAIX19 )1O8Os c;UiXlzO

çjJILIflO PZDPLAZA ZAXIa SILVA AIJI

TAXXO CAS TORO

.eoretariD.

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