TA CUN - 7691-(05-03-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 7691-(05-03-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
-
'1 k TiL 4' DI Cu$DIiIWA $OOtt, 1). .' aro cinco (5) de rail noyeoientor etota y ei, (19i6)- 1i agitra4o Ponentes isA. ALVARO LSCO)' LU$-..m Reí. hiciø $. 7691e' OJUOL iWIT1IAL$. Deusodani.; ARMA LÁhø VDA. Ph ZUDA Cumplido-- ) trLiit., Ie rigor y abiado,e oitde para .eiatnoin, paae t etc si no obervar el Tribunal la ezitencia de oul que ea .n.,eeptb1e de invalidar lo notado, en el joio que .4 inioi6 ente la deiaanda en .ociln 4e plena jurM4iootk preentada por la- ,enora Carmen Leño vudadde Ruda a trav4 de apoderada Jediotal. in la demanda .,. pide que ,e decrete l& nulidad4e la reAeluotone. ø,. 0552 4. 1974 -22 de abrily 2434 4e igual año31 de meo. dictada por la Casa de nueldea de Retiro da la Poliofa Naoienal y por el Kiniter]. de Defena 1iaoLol, repuotivam.nte, y que, - en vf& de re',tableoer el derecho que n e tima violado con la negativa del soto enjuiciado, e diga que la actora f e acreedora a egukr recibiendo, a partir 4.1 22 de noviembre di 1971, la pen-iSn msa-rea1 .0-tttuuva de .,u difunto marido Gregorio Rueda Alvares, en .a oondiot6m de obiendo, a partir 4.1 22 de noviembre di 1971, la pen-iSn msa-rea1 .0-tttuuva de .,u difunto marido Gregorio Rueda Alvares, en .a oondiot6m de oyuge up4rtit., y de por vida, oouforum lo predios el decrete-ley 2340de 1971 y 3 de diciembre-. garra el liblit lo iguienta, ç )4 0 1 $ '1.- Por loa uvioio, pretnde a la soi&i Colore-2 - JsaioiG no. 7491 .- biana .n el rano poliotv• darante m. de 15 la 11irecat6 general de la Policía Nactnel le reoonboi& al eor.0r.gsrio ttie4atwar, .1 derecho a di.tretar deana p.4k o a.,tgnaik men..a1 de retirs,_en cuantía 4.] 15% del .uelde bioo x prima legale. - ooxpitsble.i pare el grade de Agente, msdiantø re.claci&t IS. 112 4. 20 de abril de 1.934. "2. 1 .e or )regorZo Rueda A1rej fai1e16 el tLa 22 de noviembre de 1.967 9 e-tendo gocaMo de ..0 aignaoi6e deretiro O)fl cargo a la Caja de eae1do 4. Retro de la Policial, d 3vndo ooao beneficiaria y heredera de -u pree.taoi6n -ooial a oa Ora trmen L.eo viuda de Ruede. "3. Le caja de iaoldo5 de Retiro de la Policía3vndo ooao beneficiaria y heredera de -u pree.taoi6n -ooial a oa Ora trmen L.eo viuda de Ruede. "3. Le caja de iaoldo5 de Retiro de la Policíamediante Acuerde Ji, 097 de 18 de abril de 1.968, onfirtnado por el Jini-terto de otsn.ua Wacína1 une iicin dvlmt.mo aiio, lo oaoot6 a. la actora el derecho a diErutar de le aiçna.i&a de retirodel caii.ante, por un trfctno de 40, &e, contador, a partir del 23 de noyieabre de-l.967, de aouerda con .1 .. 12 de la ley 72 de 1.941, vigente en ee momento. '14$. l día 2$ de diciembre di 1.9689 el ..eOr lkre. f,idente de la R.pib1iea eiptdt5 .1 decreto ley 31879 n_&-O de ).a. - faa1tade.de la ley 65 de 1.967, par curo .tfo10 78. dipue q le. Agente. 4e la PoltoL qu« f#lleoibera4 en goce de a4gaacn deretire, trae mittrLan a .e e.po-a e hijo menorso q inv&1tdo. 9 el de reobo percibir por el término 4. 4 sao,, una pea^An pagadera pare) ?e.,oro Pblico • perla Caja de cue1!., de Retiro, ea usantfaigual a la qal venia di-.frutando el oMI-at..
e) ?e.,oro Pblico • perla Caja de cue1!., de Retiro, ea usantfaigual a la qal venia di-.frutando el oMI-at.. "5 9,- sa o))edeOtmionto de la norma citada, La Caja de oueldoe deRetizo de la Policía Jacional ep1dt6 •1 Acjjerd 522 de 23 de oePtieínbre de 1.9709 proloagando por de.. ase. a., ha-- te el 23 de noviembre 4. 1.971, .1 derecha poa-ioal t~ le habh re conooido inicialmente a la actora por .1 término do don "69.- 391 Acaerde pruit4o de la Caja de mldode Retiro fue al Kini-tirtu de Det.n.,a Jacioa1 para .0 aprobaoi6n, on%tdad que s:diaete la r.Q1'ioi6n Nºe 201 4. enero 26 de 1.971 9re.olvi5 isrebarlo por aanideru que el decreto 3187 de 1.968 al>- le era aplicable a ej repie.-uat.da por haber fallecido el oaaat. -- 3 - ¡picio J. 7691.— y babere cauado el derecho a la ptn1629 ante, de la oxpe4icinde dicho decreto. Promovida &ooi6n de plena juri.dieci ante elTribunal ¿daini,trativs 40 Cun4inamarca contra la re,olaoia4niç,tetial, eeta entidad mediante ,.nteacia confirmada en toda, ca parte" por al Con.e3o de Matado en fallo 41 19 de eotaWº 4. 1.973,
niç,tetial, eeta entidad mediante ,.nteacia confirmada en toda, ca parte" por al Con.e3o de Matado en fallo 41 19 de eotaWº 4. 1.973, declar& la nulidad de lax'eo1uoi&n 2011 de 1971 del Mini,teri. deDel an,a y a tftulo de xetablecimiento del dereoho, CONPIRMO el Áner do U. 522 de 1970 de la Caja de cualdos de Retiro. Quedé, e# coe omencia, prolongado .1 derecho psÁ,.,ional de mi pederdaate hata el23 de noviembre de 1.971. "82.. La Caja de sueldeo de Retiro de la Pe1ioamediante re,e1ui&n de dioimbre de 1.)73 9 di-pa lo dar cuapljniente a la. noáteaolam de la jnzi,diQoih de lo cntenoies-adminitrativs. "9.- 4#ando "ab-jtidice ante leç Tribun4eAdmi ai,trative, la "itawi&4 jurídica de la actora, ...decir, .0 po4ble derecho a, «osar de la a,ignaci$n de-retiro del cataats por el trmi as de cuatro a0., contarme a le di,pne,to eel deor.t•3187 de1968 9 el Gobierno Nacional en ejercicio de la, facultad., de la ley.- 73. de 'L970 expMS el decreto-ley 2340 de diciembre 3 de 1.971 4 (Nuevo grtatate de Carrera de lo, Agentee de la Peliofa_lacional), -
73. de 'L970 expMS el decreto-ley 2340 de diciembre 3 de 1.971 4
(Nuevo grtatate de Carrera de lo, Agentee de la Peliofa_lacional), -
por cuyo artoale 81 connagró la tran.aiin du la a,igaoi&n deretiro e peni&i de lo, Agente de la Policía Nacional a la viuda — hijo" menor.,, en forma YITALICIA # e, decir,de por vida y mienir,- la viuda permanezca en e.tado de viudas y 11s hijo.w ao.]leguan a lamayerta de edad, exceptuando a lo.-inválido, ab,olte q.- El pargr fo12. de dicho artículo hizo @xJea4va el derecho a quien., vsnfaadi,traando de la pn,ik por 0atituoi$a, por el termino de ouati'e confirme al Ltatuto pre,taot anal anterior. 0 1029Reclamado por mi repre,entada el derecho a que ,e 1a reconociera la pen,i6a pe.,-urtea ea foraavitglioia a partir del 23 de noviembre d.1.971, conforme a lo di,pueto •n e, - precitado decreto 234 0 del mi!.jno aiie, por aplicaoi6a de lo di,pueto en 1. art. 16 7 21 del C.. del 7., la Caja 4. Sje1dse de Retirgde la Policía en reo] tacita confirmada por •1 Nini,terio di Defen,a Nacional, hy acepada«e g aeg8 el derecho pretacional reclamado enforma vitalicia.- 4 - Juicio $. 7691.-
de la Policía en reo] tacita confirmada por •1 Nini,terio di Defen,a Nacional, hy acepada«e g aeg8 el derecho pretacional reclamado enforma vitalicia.- 4 - Juicio $. 7691.- Cita, atmo, le., ..igutonte 1 P Q $ 1 Ç 1 U aGila violadm por el acto aoa..d.: Art.,. 17 y 30 da 1 ..N.; art. t1 del decreto-ley de 1971 y art.. 16 y 21 del C... del T. OII• DL IIUjT.RIO ULIC0i Rendido oportunaeftte :or, 1 ore ?i-o1i 1$. de 1 Cerorao&k, rosas a4ta de1w, moteeaJoie4.. la d.aaadaate .1 dereoo a la atitación peatonal de .ao6711g-' tiL)ocidi, agente (X0 IUJM 4LVAJ. Ceno peehi laer..e en el - .zpdi.cnt., dioa "tk^« %mal ía_la t.Á reconocida a la •ie1a ha-ta .1 22 de n.vie.br. de 1.971, ~Y. •l Decreto ley 317 d 1.961 habStztoadido el trouAo de ..u.tisaci6n a caatro a.. lo.. qe e amplie~ ron en la teoha ya indicadas la dmads .a canidera que , lo ato. violan le dt,pa.,tG • el p.z4grato 10. cje). orLoalie 81 4.1 Decrete 2340, cte 19719 pero acarre qte dicha røgi..eMaoi .olaiente aomnviolan le dt,pa.,tG • el p.z4grato 10. cje). orLoalie 81 4.1 Decrete 2340, cte 19719 pero acarre qte dicha røgi..eMaoi .olaiente aomnsé a regir el 19 de ene ro de 1.9129 e decir, canadoy para la "& - hora (IL4MJI 1.A) V1U?A DX RUi.1A 1.0 había ,zttniu&do .0 d.seho de - .ia.sitotM de la peai&s, tal oeao puede dedtetr.,e de 1 .iapl. 1.o tora del preeapto oitidø. " M oo.ov.snota, ...te D.paoho...o.n.tdera qaO deben dener.e la. pettotoa.,, 4e la ded y laf . -oltoita al L ?rtb mal, .teMante. W IG~DIO0£ MUDAS , ha trafda tverro. docon.nt.. que abran tete en el exp.dint çci0 r.a lo ant.cedentn ubernattvo.. que e han aliar- ¿adD 1 procee. De etc aedo,- 5 - Juicio WQ. 769]. -- PARA RiOLVR, 2,1 CONIDERA: Hay que partir te la bace de que el derecho e percibir penik de parte del E,tado en .uiítci6n del c6nyuge fallecido
que venia di,frutMola en vida, e,taba in,titufdo por el art. 12 de laley 72 de 1947 como una pretacn en favor de la viuda, mientra, no con traJoe naeva nupoia,, al plazo oxtiativa de de ako', el cual fue prorrogado al de cuatro por el art. 78 del decreto-ley 3187 de 1968, promulgado por el Gobierno Nacional ea nc de la facultado. extraordinaria, que le ocnfiri6 la ley 65 de 1967. ne trataba, puse, de parte de la actora, - de un derecho de crédito -y de una correlativa obligaci&n de la Iaoi6a, o concretamente, del e,tableoimiente publio. "Caja de rjueldoe de Retire .4 de la P1ioa Nacional"- de recibir peri6dicataente y durante cierta lap,@ deterinínade, la psiI.i6a peoimedicha, Ll plazo extintivo tuvo ocurrencia el 23 de noviembre de 1971. 11 derecho dejó de exáL..Ntir ere día, y, obviamente, la eb1igaoin con4guiente. !a cetando extinguido. el derecho y la obligacin fue expedida -y por.teriormcnte entr8 en vigencia-9 entra un nuevo e.tatu •4 -. .4.4.4 •4 .4 te, que dIppene que la, penione, ,u,titutiva, quedan ,upeditada a lacsndioi6n pote.tativa y extintiva te parte de la acreedora de que oontra ga qegundar nupoia,; al plazo indeterminada de la muerte de la viuda, Pero el etatuto co cueeti8n al hizo renacer lo derecho" que ya habíanga qegundar nupoia,; al plazo indeterminada de la muerte de la viuda, Pero el etatuto co cueeti8n al hizo renacer lo derecho" que ya habíanda3ado de exi,tir. célo viene a aplicares a aquella viuda« ceys derecha,, en e] »mente de entrar en vigencia e]. decreto-ley 3187 de 1971 -el la. de enero de 1972-9 a# pé hubieren extinguido can anteri3ridad. Por tanto, habindaøe extinguido el derecha de la ,eIera del difunto ex-agente Rueda ante, de entrar en plenitud la nueva ituacik jurídica ab..tracta, eclaro que la Caja y el jni,terio hicieron bien en negar la petioih dela mi,ma, y encuentra entono., el fribul que no habe vialacik de norma6 - Juici& 1'. 7591.— de caroter jurárquicamente uperior n el acto aot,w1o, en lo cual et p,rfuetaeate conoorde con el criterio -entado por la ditinaida oolab aLtors fi,oiU del Miniterio Plblioo. Negar¿, pse,, la. .t1plica de la desanda. )n ~'rito de lo ezpuepto, el Tribunal AdmiM.trativ de Cundinamarca adttini.trando 3-tiota en nombre de la Repblica de Celo! bis y por awt.riad do la les.
PA bIJA:
(OA$k IJ3 PI&TICZQna zá LA PARTE ACTU11A. çO?lij;, MOTI?IUu, U3] y ,t no fiaeribis y por awt.riad do la les.
PA bIJA:
(OA$k IJ3 PI&TICZQna zá LA PARTE ACTU11A. çO?lij;, MOTI?IUu, U3] y ,t no fiaeriapela, RC}UY el .pedtsnte. Oportwiaots, deuSlvs. el cSadSrO— adstn.i.trstivo a la oficias de orlen.— Aprobada en Acta Mt. 11