TA CUN - 7854-(06-03-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 7854-(06-03-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
PROYECTO DE PRESUPUESTO -Concepto favorable de planeaci6n departamental
TRIØUNAL A0IWII5RATIVO DE cUNDINMIARCA
-stccioiP~Rk1 Santa Y& de Bogotá, D.C., Marzo soja (6) de mil novecientos noventa y siete (1.997).
F.O. No. 022.
Expediente No. 7654
Magistrada Ponente: Dra, OLGA INES IUVARRTE BARREBO
Demandante: GOBERNADORA DE CUNDINAMARCA
Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que de la Constituci6n y s.s. del Decreto el Acuerdo No. 002 Concejo Municipaol Acuerdo No. 022 de le confiere el Numeral 30 del Artículo 305 Política en concordancia con e]. Artículo 118 1333 de 1.986, remiti6 a esta Corporaci6n del 21 de Febrero de 3.996 proferido por el de Nilo "Por medio del oual se modifica el Noviembre 30 de 1995, mediante el cual se expido el Presupuesto General de Rentas y Gastos del Municipio de Nilo, para la vigencia fiscal de 1996", para que se decida sobre su validez. En lo pertinente el acto impugnado es del siguiente tenor: "ACUERDO NUMERO 002 DE 1996" (21 FEB. 1996) "Por medio del cual se modifica .1. Acuerdo No. 022 de Noviembre 30 de 1995, mediante el cual se expide el. Presupuesto General de Rentas y Gestos del Municipio de Nilo, para la vigencia fiscal de 1996.
"Por medio del cual se modifica .1. Acuerdo No. 022 de Noviembre 30 de 1995, mediante el cual se expide el. Presupuesto General de Rentas y Gestos del Municipio de Nilo, para la vigencia fiscal de 1996. "EL CONCEJO MUNICIPAL DE NILO CUNDINAMARCA, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 313, numeral 5o. de la Constituci6n Política y el articulo 32 numeral 10 de la Ley 136 do 1994, "C O N S 1 D E R A N D O "Que mediante Acuerdo No. 001 de 1996 se modific6 el Programa Municipal de Inversiones con Recursos Provenientes de los In-Hoja No. 2 Expediente No. 7854 gresos Corrientes de la Nación con el fin de dar cumplimiento a la di3trihuci6n de que trat^ el Parigrsfo Transitorio Prinero, del Acto Legislativo No. 1 de 1995 y con el fin de ajustar dicho Plan de Inversión a las nuevas cifras enviadas por el Departamento nacional de Pleneaci6n según oficio No. UDT-DPST1313 de fecha Diciembre 7/95. "Que en consecuencia se hace necesario modificar el Presupuesto General del Municipio, efectuando el ajuste tanto en sus rentes como en sus gestos, incorporando el Programa de Inversiones con las modificaciones efectuadas, para una correcta ejecución presupuestal, para lo cual se deben disminuir o suprimir alguno cub135 y adicionar o abrir otros. «Que de conformidad con el articulo 91, numeral. 3o. de la Ley 136 de 1994, y artículo 266 del Decreto 1333 de 1986, .1 señor
no cub135 y adicionar o abrir otros. «Que de conformidad con el articulo 91, numeral. 3o. de la Ley 136 de 1994, y artículo 266 del Decreto 1333 de 1986, .1 señor Alcalde Municipal presentó a consideración del Concejo el correspondiente proyecto de modificación al Presupuesto. "Por los motivos expuestos, "A C U E R D A "ARTICULO PRIMERO.- Modifiques. el Presupuesto de Rentas e ingresos de]. Municipio de Nilo, para la vigencia fiscal del lo, de Enero, al 31 de Diciembre de 1996, fijado mediante Acuerdo No. 22 de Noviembre 30 de 1995, .1 cual se fija en la suma de
MIL CIENTO DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS ($11119.494.199.000) MONEDA CORRIENTE, discriminados así: "ARTICULO SEGUNDO.- Modifiques el Articulo segundo del Acuerdo No. 022 de 1995, en el sentido de aprobar para atender los gastos del Municipio de Nilo, Cundinamarca, la suma de: MIL CIENTO CUARENTA MILLONES CUARENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS ($11140.040.348,00), para la vigencia comprendida entre el lo. de Enero y .1 31 de Diciembre de 1996. u Como normas violadas se anotaron: el Artículo 94 del decreto 77 de 1.987 y el Numeral So. del Artículo 313 de la Constituci6n Política. El concepto de violación es el iguiente;
111. El. Acto Administrativo objeto de análisis jurídico expide
77 de 1.987 y el Numeral So. del Artículo 313 de la Constituci6n Política. El concepto de violación es el iguiente;
111. El. Acto Administrativo objeto de análisis jurídico expide
la modificación del Presupuesto do Ingresos y Gastos del Municipio de NILO, para la vigencia fiscalde 1996, sin tener enHoja No. 3 Expediente No. 7854 cuenta que en lo relacionado a los Ingresos corrientes de la ''cn de forzoe inver&. 6n, d~ contar con VtO iUfl) de la uficir.a de pla. ncL6n Departamental. "2. El Artículo 94 dei. Decreto 77 de 1987, dispone: "A su turno .1 Artículo 315 de la Carta Política, en su numeral 50. consagra: "En virtud de las normas transcritas, se observa, que la Corporaoi6n Edilicia de NILO, para la aprobaci6n del PresupuestoGeneral de Rentas y Gestos de su Municipio, no tuvo en cuenta el concepto definitivo de la Oficina de Planeac16ri, tal. como Lo ordena la Ley, por cuanto al analizar el Acuerdo en controversia, los Debates se efectuaron los días 11 de Febrero de 1996, en Co'iiai6n, y 17 de Febrero del mismo año sri plenaria, y el concepto favorable de la Oficina de Plenaci6n Departamental, oficio No. 001500 es de fecha Mayo 07 de 1996, ea decir que no se había emitido el concepto de Planeaci6n para la aprobación del Acuerdo. "siendo de esta manera, el. Concejo Municipal de NILO, aprueba
oficio No. 001500 es de fecha Mayo 07 de 1996, ea decir que no se había emitido el concepto de Planeaci6n para la aprobación del Acuerdo. "siendo de esta manera, el. Concejo Municipal de NILO, aprueba el Presupuesto en la parte de Gestos de Inverei6n en termino anterior, al visto favorable de Plenaci6n Departamental, puesto como se observ6 dicho organismo se pronunci6 con posterioridad a la aprobaci6n del Acto Administrativo mediante el cual se expidió el Presupuesto de Rentas y Gastos. "Así las cosas se vulnera de manera expresa el artículo 94 del decreto 77 de 1987, el cual exige que el Concejo se abstendrá de aprobar el proyecto de presupuesto sino ve acompeiSdo del concepto favorable de Planeación departamental. De todas formas, así sea una atribución del Alcalde presentar oportunamente al Concejo el proyecto de acuerdo sobre el presupuesto, sino lo presenta con el visto bueno de Planeación, la Corporaci6n Edilicia está en la obligación de abstenerse de darle •l tr4mite correspondiente. "3. En raz6n de lo expuesto, el. Honorable tribunal Administrativo de Cundinamarca ae ha pronunciado al respecto sr. varias oportunidades de la siguiente manera: "En consecuencia se solicite a los Honorables Magistrados se sirvan pronunciares sobre la validez del Acuerdo No. 02 de Febrero 21 de 1996, del Municipio de NILO". A la solicitud se le di6 el trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede le Sala a resolver, previas las siguientesHoja No. 4 Expediente No. 7854 cosInaACI01ES:
A la solicitud se le di6 el trámite legal correspondiente y, en consecuencia, procede le Sala a resolver, previas las siguientesHoja No. 4 Expediente No. 7854 cosInaACI01ES: Corresponde a la Sala decidir sobre la validez del Acuerdo No. 002 del 21 de Febrero de 1.996 proferido por el Concejo Municipal de Nilo, teniendo como base .l escrito de observaciones presentado por la e&ora Gobernadora del Departamento de Cundinwarca. La decisión a tomar estará delimidada por la pretensión de la petii6n de la Gobernadora, los hechos enunciados en la misma, la indicación de las normas violadas y el concepto de violaci6n, como también 'La& pruebas aportadas a la actuaci6n. La Sala estudiará loe cargos planteados ssi El Acu3rdo citado en el escrito de observaciones de 1. SeFlora Gobernadora del Departamento, modifica •l Acuerdo No 022 de Noviembre 30 de 1995 mediante el cual se expide el presupuesto general de rentas y gastos del Municipio de Nilo, procedimiento que se llevé a cabo sin el lleno de los requisitos por lo que se da la infracción del Artículo 94 del Decreto 77 de 1987 y Articulo 315 numeral 5 de la Constitucién Politica. Si bien es cierto que el Burgomaestre Municipal esta facultado pare presentar en forma oportuna al Concejo Municipal los proyectos de Acuerdo sobre el presupuesto de rentas y gastos del Municipio es también deber del mismo, acompaitarlo del concepto favorable de Planeación Departamental, •vent que de no darseHoja No 5 Expediente No 7854
yectos de Acuerdo sobre el presupuesto de rentas y gastos del Municipio es también deber del mismo, acompaitarlo del concepto favorable de Planeación Departamental, •vent que de no darseHoja No 5 Expediente No 7854 la Corporación Edilicia deberá abstenerse da llevar a cabo el respectivo trAmite aeCm lo normado en el Articulo 94 del Decreto 77 de 1567 y Artículo 315 de la Ccnatitución Politice. Como quiera que se dejó constancia al plé del texto del Acuerdo sobre lee fechas que se llevaron e cabo los debates del proyecto de Acuerdo y que corresponden e los días 11 y 17 de febrero de 1996 en tanto que el concepto favorable de la Oficina de Planeación Departamental se de Mayo 7 de 1996 según oficio No 001500, queda establecido el desconocimiento del aludido precepto legal toda vez que el concepto emitido por la oficina de planeci6n Departamental fue posterior a la imprehecién d. &a Acuerdo en estudio. Por las razoneb que anteceden encuentra la Sala que en efecto la Corporación Edilicia del Municipio da Nilo transgredió 1. normas en mención al dar trAmite al proyecto presentado por el Alcalde Municipal sin el lleno de los requisitos, por alio sed declarará la Nulidad del Acuerdo No 02 dei, 21 de febrero de 1996. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando Justicia en nombre de la Repú- blica de Colombia y por autoridad de la Ley,
TAL LA:
1. Declárase la nulidad del Acuerdo No 02 do febrero 21 de 1996 proferido por el Concejo Municipal de Nilo "Por medio del cual
blica de Colombia y por autoridad de la Ley,
TAL LA:
1. Declárase la nulidad del Acuerdo No 02 do febrero 21 de 1996 proferido por el Concejo Municipal de Nilo "Por medio del cual se modifica el Acuerdo No 022 de Noviembre 30 de 1995 mediante el cualse expide el presupueste general de rentas ygastos del Municipio de Nilo pera la vigencia fiscal de 1996".
2. Comunlquese esta decisión a le sefora Gobernadora del Departamento de Cundinamarca, al. sefior Alcalde, al seflor Presidente del COncejo y al sefLor Personero del Municipio de ChíaHoja Mc 6
Expediente Mc 7854
COP1SK • ÍfOTIFIÇUE&E •COIWNIÇUES Y cUSIPLA$Z.
(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No 031). bARIO Q(JIiiOs P11IU.A flEATRIZ WARTD= (JINTEiIO Magistrado magistrada
GUlA INES NAVARRETE BARRERO ERNESTO REY CANTOR
Magistrada Magistrado
BERINERTO REYES VARGAS
Magistrado