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TA CUN - 7898-(13-02-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 7898-(13-02-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

ACUERDOS MUNICIPALES -Trámite de aprobación

TRIINAL AENTNXSTRATIVO DE CUNDINAMARCA

-sEcCIOPi Santo 76 F6 de BogotA, D.C., Febrero trece (13) de mil novecientos noventa y siete (1997)

F.O.No 011

Expediente No 7898

Magistrada ponete: ia 0UA. IMES RAVMRETE BARRERO

Demandante: GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA

Observaciones. La Goberiadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que le confiero el Numeral 10 del Articulo 305 de la Constitución Política en concordancia ,con el Articulo 118 y s.s. d.1J)ecreto 1333 de 1986, remitió a esta corporación el Acuerdo No 54 de 1995 proferido por el Concejo Municipal de Gema "Por medio del cual se crea el Concejo Municipal de planeación", para que se decide sobre su validez. F.rt lo pertinente el acto impugnado ea del siguiente tenor: MJEIWO No 54 DE 1995 (3oDEDIC1RE) "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL CONCEJO NTCIPAL DE PLANEACIOJP' EL CONCEJO MUNICIPAL DE GAMA CUNDINAMARCA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 340 DE LA COI4STITI3CION POLITICA DE COLOMBIA Y LOS ARTICULOS 812, 34, 3b, de la Ley 152 del 1E dé Julio de 1994,

ACUERDA: Hoja No 2

Expediente No 7898 ARTICULO PRIMERO 1.- Cr6aee el Concejo Municipal da Planeación

ARTICULOS 812, 34, 3b, de la Ley 152 del 1E dé Julio de 1994,

ACUERDA: Hoja No 2

Expediente No 7898 ARTICULO PRIMERO 1.- Cr6aee el Concejo Municipal da Planeación del Municipio de Gama departamento de Cundinamarca. "ARTICULO SEGUNDO ..." "ARTICULO TERCERO..." "ARTICULO CUARTO ..." "ARTICULO QUINTO ..." "ARTICULO SEXTO •.." "ARTICULO SEPTIMO ..." "ARTICULO OCTAVO ..." "ARTICULO NOVENO •.." ARTICULO DECIMO .- El presente Acuerdo rige a partir de SU publicación y sendas copias deben remitiree a revisión Jurídica, Planeación Nacional y Departamental y las dependencias contables y Adainetrativas del Municipio. Dado en el recinto del HOnorable Concejo Municipal de Gama, hoy treinta (30) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995), surtiendo sus debates reglamentarios así:

PRIMER DEBATE POR LA COMISION PRIMERA DICIEMBUE.28 DE 1995

SEGUNDO DEBATE POR LA PLENARIA DEL CONCEJO DICIEMBRE 30 de 1995.

Como normas violad. as se anotaron: Articulo 73 inciso 2 de la Ley 133 de 1994. El concepto de violación es e]. sigiente:

1. El Concejo Municipal de GAMA-CUNDINAMRCA, expidió el Acuerdo No. 54 de 1995, por medio del cual se crea el Concejo Municipal de Planeación, el cual ful sometido y aprobado en los dos debates reglamentarios efectuados en sesiones extraordiNo. 54 de 1995, por medio del cual se crea el Concejo Municipal de Planeación, el cual ful sometido y aprobado en los dos debates reglamentarios efectuados en sesiones extraordinarias los días veintiocho (28) y treinta (30) de Diciembre

de mil novóciemntoø noventa y seis (1995), según consta enHoja No3 Expediente No 77898 la parte final del acto administrativo, cirowiatacia este donde se configura la violación si inciso 2 del Articulo 73 de la Ley 136 de 1994. 1

2. La Ley 136 :d. 1994 en-el incio 2 del Articulo 73 establece: • Loe proyectos de Acuerdo deben dar sometidos a coas ideración de la Plenaria da la Corporación tres dice d.epus de su aprobación en le Comisión respectiva,., E 1 Concejo iun1oipsl de Cace , al aprobar el acto administrativo el 28 y 30 de diciembre de 1995, øontraria 1 citada diosición toda vez y en razón «,-'que omitió el procedimiento allí seftalado, al no dejar .1 intervalo de loe tres (3) diez entre la aprobación d.1 primer debate y el segundo debate,

3. Al no haberse dejado .1 lapso de loe tres (3) dice entre la aprobación en coatejlón y la aprobación en plenaria del acto administrativo, se expidió el miáejn forma irregular el no cumplirse el procedimiento soa1ado en la Ley 136 de 1994.

A la solicitud es le dió el tr,dt$ legal correspondiente y en consecuencia, procede la Sala a resolver previas las siguientes

administrativo, se expidió el miáejn forma irregular el no cumplirse el procedimiento soa1ado en la Ley 136 de 1994. A la solicitud es le dió el tr,dt$ legal correspondiente y en consecuencia, procede la Sala a resolver previas las siguientes C 0$ S 1 D 1 A C 10 N E Corresponde e la. Seta decidir sobre la valides del Acuerdo No 54 de 1995 proferido por e]. Concejo Municipal de Gama, teniendo como base el escrito de Observaciones presentado por le áefiora Gobernadora del. Departamento de Cundinamarca. La decisión tornar estaré delimitada por la pretensión de la petición de la Gobernadora, loe hechos enunciados en la mimes la indicación de Iná normas viciada. y el concepto de violación como también las pru.baó aportadas a la actuación.Hoja No 4 Expediente No 7898 La Sala estudiará los cargos planteados así: La norma citada como infringida es el Atículo 73 de la Ley 136 de 1994, que se refiere al procedimiento de expdiei6n da u Acuerdo, es decir., para qué un proyecto sea Acuerdo, debe aprobares en dos debates, celebrados en distintos di as. El proyecto será presentado en la Sócretaría del Concejo, la que lo rapartirA a al comisión Correspondiente donde ea surtirá el primer debate. La presideflcia del Concejo designará un ponente para primero y segundo debate • El segundo debate le corresponderá a laeei6n plenaria. Así mismo, loe proyectos de Acuerdos deben ser sometidos a consideración de la plearia de la corporación, tres días despu

primero y segundo debate • El segundo debate le corresponderá a laeei6n plenaria. Así mismo, loe proyectos de Acuerdos deben ser sometidos a consideración de la plearia de la corporación, tres días despu de su aprobación :en• la comisión rscpectiva. Ahora bien dentro del orecentcr aludido en el escrito de observaciones de la señora Gobernadora, la Sala observa que realmente el Conóejo Municipal de Gama profirió en forme irregular .1 Acuerdo impugnado, puesto que si leemos la norma en comento vemcc que no se tuvo en cuenta el procedimiento para la expediciórt del aludido acto administrativo por parte del Cabildo Municipal, demostrando además a laSeflora Gobernadora que no se dió cumplimiento al Articulo 73 de la Ley 13f de 1994. Es decir, que el segundo debate fuá antes de los tres días a que se refiere la norma citada. Por 1.0 tanto se declarará la Nulidad del Acuerdo No 54 del 30 de Diciembrede 1995 expedido paz' Concejo Municipal de Gama.

Por lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMTISTRATIVC DE C!11INAMABCA.

SECCION P1IMKRA, administrando Justicia enpombre de la Repblica de Colombia y por autoridad de la Ley, 0Hoja No 5 xpedinte No 7898 PALLAs 1.- Dclarase la nulidad del Acuerdo No 54 del 30 de Diciembre do 1995 proferido por si Concejo Municipal de Gama @Tor medio del cual se crea el Concejo Municipal de Planacj6n". 2.- Counquese esta deciei6n a la SefLora Gobernadora del Depardo 1995 proferido por si Concejo Municipal de Gama @Tor medio del cual se crea el Concejo Municipal de Planacj6n". 2.- Counquese esta deciei6n a la SefLora Gobernadora del Departamento, al meflor Alcalde, al señor presidente de]. Concejo y al Sefor Personero del Municipio de Gama.

COPIESE, mWIQVUZ, C(1JIII0( y aLA.

(Discutido y aprobado en .eeidn de la Fecha. Acta No • 019 )

DARlO QUIfkIlES PDIILLA BEATRU NARTIz QUIN~

Magistrado Magistrado

OLGA IPW.3 ItAVAI7S WIRERO ERPSTO HET CMITCIt

Magistrada Magistrado

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Magistrado

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