🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 8021-(27-02-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 8021-(27-02-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

-- a ? cQ5 -VIA—t dLc á_ TRIBUNAL M1NITaA?IYO ii CIJMDI$ANARGA Bogota, • '•' Febrero veintiite (21) de mil novecisnto. etenta y — me¡" (1.976) .- ?4agi-trado Ponente: A. ALT RO I4C0MPT LUNA.- Ref. Juicio Me. 8021.- ROLUCL,NisS NINlSTILi$..

Demaniente: UOff t1uILLgMO Ph NUlTIAOO Se pide en la demanda incoada por Lede Guillermo P rez l3uitrago en la aooi&n de plena 3uridioct&n por -u apoderado epecial, la, iguienter. o parecida. deebaraoioner por parto del Tribunal, en -en tancia de mrito "Primera: Deol&rare la nulidad y coníguiente re— tableoimiento del doiechD vtolado.por.el Acto Admtnitativo complejo conformado por lare.olucto4, NQ. 3777 del-4 de .eptiembr de1961 9 $l. 3898 del 17 de Julio de l.,74 del Miniterio de Defena Nacional en cuanto negaron para e, actor 11 reconocimiento y pagode r& ju4ede IndemnizaciSn y Pen..ión ¡gen-mal dQ Invalidez cara elactor, y actode trámite contenidoen Acta. de Junta y Con-ojo Médico Ven. 1334 y 1335 del 14 de Noviembre 15 de )iciembro de 1960 repeotivamente, de la anidad Militar, en cuanto dejaron do

actor, y actode trámite contenidoen Acta. de Junta y Con-ojo Médico Ven. 1334 y 1335 del 14 de Noviembre 15 de )iciembro de 1960 repeotivamente, de la anidad Militar, en cuanto dejaron do reconocer fndioe mximo de Invalidez de 21 puntos de INVALIDEZ AB"OLOTA Y Pfl4013TE para el actor, por haber adqjirido en el iervicioy por caua y raz6n del mi-mo gravs$ afecoione. que ).o.INHABILI'P&fM 10RMA ABOLUfA Y P.4LNP. para el deeiapeio de funcione, - como nubofioíal. d.1 .jrcito, como tambih para emprender oua1equier otra actividad remnaerativa n la vida civil ordinaria. "'yegunda: IJec1ra'e ígualmujate que el actor eIttVALIDO fDOLIJTO Y PRMANI31T1 para de..mpñar lafunoione de nuboficial del ij4rcito Nacional como tatnbi&i para ejercer cualequier otra actividad remunerativa en la viva civil y en con-ecuencia el N.oro -- 2 - Jticio I. 8u21 Pibioo por intermedio del MiQi..terode Defena Nacinal, reconoce— r& y pagr4 al actor,-una peai6n mn-ual de Invalidez equivalenteal 1,4 de lo haber guean todo tiempo perciba un ubofjoia1 del— J&rQito_Nacion,1 de nu, mi -so grado y categofi, con inclui6n de

al 1,4 de lo haber guean todo tiempo perciba un ubofjoia1 del— J&rQito_Nacion,1 de nu, mi -so grado y categofi, con inclui6n de toda,. laPrima. y ub.',dio,. Pamílíar y demar. .ruj1emento .a1atia1e, la IN1)JJ4IZACIOXi corre-pondiente e .,u mLxima incapacidad de-de la fecha de retiro, "?eroera& l Mini-teno de »efenr.a Naoioa1, darowopliminto al fallo rer.peotivo dentro del término de lotrenta_— (30) Ufa, iguiunter. a -u ejecutoria, de conformidad con lo dir.pue— te en el Art. 121 del C. c. A." a, potioloner. lar. fundamente a-l: "1..) L0M GUII 'RMO PRZ BUITRABO, preet6 r.ervi— oiQ militareq al Radio de Defeiia Nacional por un lap-o de 19 aiior., harte adquirir el grado de aargento Vicepnirnero, habiendo cído reti— rado con fecha Mayo 16 de 1.961 por INVALIDEZ RELATIVA Y P).RMALJT. "2'.) 1n efecto el actor fue retirado do -u actividad de jubofictal_de1 Xjército Naçiona1, por orden de 1o. Orgax4.mo. Mé— dico Militare,., mediante Actar. de Junta y Cenr.ejo M&iioo W9. 1334y 1335 del 14 4. Noviembre y 15de Deiembre de 1.960, habióndor.ellegado a lan r.igutuntef. oonolur.ioner:

y 1335 del 14 4. Noviembre y 15de Deiembre de 1.960, habióndor.ellegado a lan r.igutuntef. oonolur.ioner: "' u.) i1 cargonto 4ioeprimero PiJ BIJITRAG0 Ii0N ]UIIUíRMO preena: a) Prturbaotoner emocionalsr. de moderada intenr.idad QOfl ignó de di-tonta neurovogetativo., e hiperhidro r.in palmar emocional... b.) Fracture dq Colla" del-puño izquierdo con.-olidada en di-rete po-ioi8n vicior.a y con liritaoi&n de la flexi6n palmar máxima c.) Lii itaci6n de la mgviliaad de la rodilla izquie da en grado mínimo ecer.ionada por dolor debido a po-i ble 1e-in menir.cd or6nioas ci.) rintomatología de coliti, parr.itania crónica, —- 3 - Juicio LI; 8o21 .- de tipo amibiano. 20.) ta_lione. aparecieron durante el cervicio .iendc la-de carácter ortopédico, por Qau.-a y razn dÓ, mic'mo, no a..f la.. perturbaione.. neuroyegetativa.. ni la coliti.. parae.itaria no imputable.. al-. mi..mo. 3..) La mi..aa., le producen una incapacidad relativa y permanente que lo inhabilitan para continuar al ..ervioio de la, PP. ML 41.) De aoerdo con el Reglamento de Icapaoidad..., Invalideze, e Indemnizacione, le oorre.pondez

va y permanente que lo inhabilitan para continuar al ..ervioio de la, PP. ML 41.) De aoerdo con el Reglamento de Icapaoidad..., Invalideze, e Indemnizacione, le oorre.pondez a.) tor lan perturbacione emocionale.. neurovegetativaç, el NUMERAL 3-368 INDICE EI; (6). b.) Por la fractura de Collos izquierda, mal coa.oli dada el NULRAL -190 INDICE iflT (7).- o.) "or la liritaci6n de lo, movimiento, de la articulaciSn de la rodilla izquierda en grado vefnimo el NWgIRAL 0-363 INDICE UNQ (i). d.) Por la coliti, para.itaria el NUMIRAL 7-080 INDI E UNO (i). 54.) Dende el pauto de vi-ta urolSgioo no hay lugar a fijar incapacidad ni indemnizaoiSn.' "32 ) )&l actor al reclamar ante el Minitorio de Defen!,a Nacínal el reonocimientoy pago de ..u.. derecho.., por adquirido gravew y smiltiplem afeccione, que -le producen INCAPACIDAD ABQL; TA Y PURX~TE y haber 0ido truncada ..Ii carrera militar par dicha.. afeccione.., mediante lo., acton aou.ado. le fueron negado.. ..udoreoho. 11 - DI-P0qcIOL; VIOLA15: Art. 100 y 110 del decreto 501 de 1955; art... 2'. y 49. del decreto 1403 de 1)56; art... 8'., 11 9 12 y 14 ibidem; art. 17 de la Carta Fundamental.

Art. 100 y 110 del decreto 501 de 1955; art... 2'. y 49. del decreto 1403 de 1)56; art... 8'., 11 9 12 y 14 ibidem; art. 17 de la Carta Fundamental. A la iltutancia ..e le ha dado el trámite condigno; ..e4 - JUiOif) . 8Q21.— allegaron prmeba. de arcter técnico y docuipental, tanto en el juicio en .,f me.,mo coco con lo.., antecedente.. gubernativo.; ..e hicieron lo.. tra..— ladode rigor y .- e ha citftdO para ^entenoía ..in que e ob..erve oau.alalguna que pueda incidir en la validez de lo actuado. Por ello ..e pa-.aa fallar previa la tran..cripciSa del concepto del .-eior Pi.-al 2. de la Corporación que en lo pertinente y a la letra dice: "Il actor pre...tó .-u- ..ervioio., al jrolto Naoíonal, oro ¶iargento Vice—Primero, y por.. padecer de lei&n adquirida durant el ..erviuio fue retirao, tijndo-ele invalidez relativa y permanen— te. Decreto 1403 de 1956, en -u articulo 4., precep— taa que: 'e entiende por igvalijez la incapacidad permanente y total o nea is dejada por le.,ione, o e,tado. patol6gigo., que inhabilitana..olutmmente al paciente para ejercer toda olade trabajo remne— rado, a4 ea civil o miitar.,Cuando el illvlido no puede moTer.. ,e,—

a..olutmmente al paciente para ejercer toda olade trabajo remne— rado, a4 ea civil o miitar.,Cuando el illvlido no puede moTer.. ,e,— ounduoirae o efectuar lomoto.. pincipale.. de la exi..tenaia ..in la— ayuda permanente cia otra per..,ona "o la denomina QRN INVALIDiZ'. "Al folio 35 de e..te Juicio, obra dictamen -u...orito por el idi&,o Jefe de la lección de Medicina, Seguridad e Higienedel 4ini,terio del Trabajo, que en lo pertinente dice: ce concluye que la- ..eoue1a anatomofuncio-. na1e. que preenta el ..eIor L.ON GUlLLia40 PWWZ BiTITIM70: FRACTURA— D!.,'. COLUa DiZ PUt0 IÍIR.D0 COL3OLIJLAi)A en po4ci8n VIC1t)rA con uiitaci6n del movimiento acentuado de flezi6n de la articulaciSn delarodil]a isuiedapor meaioopaía ornia, pertubact6n emoçiona le.., con ..igno,- de di.-'onia neurovegetativa y .. fntoma.- de oolitjorÓ nica;...lo invalidan e forma total x permanente par de..emíiar-e como .,ub—oficial al ..ervicio de la.. FuerzaMilitare'. "De tal ..,uerte r,e puede ooncluirque el rsqai^ítOindi..penable para obtener el reoonocimiento..pen..iunal ela inoapa ciclad total para el ..,ervicio, no ..-iendo neoe..ario que tal inuapaci— dad oompx'enda tazsbien otra actividad lucrativa.

indi..penable para obtener el reoonocimiento..pen..iunal ela inoapa ciclad total para el ..,ervicio, no ..-iendo neoe..ario que tal inuapaci— dad oompx'enda tazsbien otra actividad lucrativa. "Por el e..o el H. Çon.,ejero de .'tado, Dr. Guillermo Gonz1tz Charry, al decidir un litigio de idntioa naturaleza y del— que fue ponente, zpre !,6: "PInalmente ne debe tener da cuenta que de acuerdo—- 5 - Juicio WI. 8021 .— con te.d.. reiterada de o.ta 5ala, la icpaoidad del. uJeto debe - -er examinada 11 relaoin direQt&con i!U actividades babitua1e, — ecu 1oofico. para lo.. caalá._o,,ti capacitado no e.. apto, de ..uerte qut ri 1a. 1eine orgnioa o perturbacioner fueiona1e. que-pa deaoa lo dejan ea..ituaci8n de impo-tbiliçjad para 4eewpeiar en e.e campo, debe tener.e como inv1ido, a menor de demo..trarre cientffioa indnte queen otra actividad o mediante una tek1itaci&n p,ede proporoionar,e de tnodo.relativo..o completo .!.0 ...ub.4.tenuiaj e.. olaro.- po la viste, que eqa oonclu.i6n no puede tomarme de le,, totmne..- di.cutido'. - Ahora bien; dono del juicio el demandante omprobS que ,e encuentra totalmente incapacitado para el ejoroiuio del — cargo de oub-oficial.dl j1rQio Nacional, pez lo cual, e,3Ca ti.Qa

  • Ahora bien; dono del juicio el demandante omprobS que ,e encuentra totalmente incapacitado para el ejoroiuio del — cargo de oub-oficial.dl j1rQio Nacional, pez lo cual, e,3Ca ti.Qa ita conceptúa que lap rliC q de la demanda e.,tn llamadaa a pro..- porar." CONID1ltA: Ha sido criterio jurirprudenoial barameniado en kap leyea que inr.tituyeron y reglamentaron la pen..i&t de invalidez, de quedebe tenerme en cuenta el ephitu que gui6 al Legi4ador al etablecertal intitaci&t jurfdio&, lo que viene a rer determinante de lo doro — cho que puedan exi,tir y radioar.-e en un çujeto ..egn cada caro conor.- to. I,,e epritu Gn aquel que predica que a lav per-onar. que en un -ervicia determinado, aunque no ea por ecu-a o raz8n del mi..mo 1 que ufra .n u .-alud o en ,u mente una afeooi8n de tal fndo].e, y teniendo tabi4nuncuenta factore, como la edad, la expefiencia, el tipo de trabajo de..empefiado y otro ewejanteR, que no le permita la congrua ..ubri-tencia, er acreedor a la pen.çiSn de invaliduz l criterio e fundamentalmente funcional, e.!. decir 1 que también ha de teneren cuenta la po.-ible ituaci8n de inferioridad en que ..e halle la per.osaa para emprender otro oficio di..tinto que le6 - Juicio Na. 8u21 .-

que también ha de teneren cuenta la po.-ible ituaci8n de inferioridad en que ..e halle la per.osaa para emprender otro oficio di..tinto que le6 - Juicio Na. 8u21 .- permita .0 r.ab4-.tenoia. W110-urge del Art. 2 del decreto 1403 deL.')56.

Ahora bien: lo.. ui1tip1e.'. quebranten de nalud que nure el actor, como .e deduce de la lectura de lapericia., médica-, - revela que e n una ínapaotdad tal que le impide continuar al ç.erviciode la PuerzaR Militare,. Y ,i a e.o ..e agrega que e trata de un hornbru que entr$ al bjército el 16 de octubre de 1949 come noldudo y que dealif fue aoendiendo ha4a llegar al grado de largento Tice Primero, cargo en el cual ne le di6 de baja por lo.. male.. que .c han vi-to en la parte enunoiativa de e nte tallo; que naoíd el 19. de mayo de 1931; queu Crudo de in.truoci8n co de tercero de primaria, e.. de concluir que xa invalides ..£ en ab-oluta y permanente, lo qUe le da derecho a la pen-iSn cte invalidez. i1 Tribunal, ue.., ratifica la doctrina que -e haplanteado en ca..o.. anilogo,, a a-te, y di..pondr en "te Pallo lo pedidopor la parto actora.

QkCII ONz In mérito de lo expueto, el Tribunal Adminintrativo de Cundinamarca, admini..trndo jur,tioia cm nombre de la Repb1ica de Copor la parto actora. QkCII ONz In mérito de lo expueto, el Tribunal Adminintrativo de Cundinamarca, admini..trndo jur,tioia cm nombre de la Repb1ica de Colombia y por autoridad de la ley, A L L A : Primero: non nuka, la.. re-olucione. ML.. 3777 de 4 de moptiembre do 1961 y 3898 de 17 ce julio de 19749 del Rini..terió dei)etea..a y lo, Áota. de Junta y Con-ejo Mdjo q NO". 1334 y 1335 de 14 de noviembre y 15 de diciembre de 196u, de la nanídad Militar.

Segundo: Wl meíor largento Vioe Primero del Ij4reito7 - Juicio fi. 8021. .-

(r) LeSn 0ui11rmo Frez 3uitrago ce acreedor de una pen..i&t de invalidez equivalente a] io.% de lo habereque en todo tiempo devengue un - .ubofioial da .0 grado, con inclu..i8n de toda la.. prima.. y ..ub..idio familiar, y a la indeenizoi8n corre.pondienta al tenor del art. 110 de]. - decreto 501 de 19559 y en bae al ndioe le.ional 18 que e~ el que lereulta qsgún 1a prueba. La pen.i&a au de-de la fecha de u reti ro, pero ,e declaran pre,crita, 1a meadaq anteriorec, a treaiO prece dente, 1 23 de abril de 1.973, feoha en que hico nu nolícitad iltina.

ro, pero ,e declaran pre,crita, 1a meadaq anteriorec, a treaiO prece dente, 1 23 de abril de 1.973, feoha en que hico nu nolícitad iltina. e deoontar de la primera ..uaa que -e le pague, lo que haya recibidopor concepto de pen,iu de retiro.

Tercero: no dar cumplimiento a e,te fallo conforme al art. 121 del C.C.;.

COPL, N0TIPIJ8 y pi no fuere apelada, COL'ULé TESE para ante el U. Conejo dts EtadO.- Oportunamente devu1va.e el cuad ern a adiinitrativo y la hoja de vida a la afioina de origen.- CUMPL.Ai.. Aprobado en Acta Ni./3 '

AL3RTO N0'M0 OOLZ ALVAW LC0MPT1 LUNA

YIG'JL ANTONIO CARI,z k,LAWA C. CASTRO

:3U3ANA M. D CRVRRI JAIY. M08.O8 QtJARNIZ.)

AQUILIIk) RODUU F'Á)gAbA hAXI ILVA AMIN

TARICIO CAC).RL$ TORO

.eoreta:o.-

Consultar sobre este documento ...