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TA CUN - 8091-(13-03-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 8091-(13-03-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS -Modificación de denominación de rubros

T1PI(AL AEUWUSATIVO la C~1KAK~

-SCCII PB1EfiASanta F& de Bogot&,D.C., Marzo trece (13) del mil novecientos noventa y siete (2.997).

F. 0. No 034

Expediente NO 8091

Magistrada Ponente : 01CM INES NAVARRETE BARRERO

Demandante GABERNADORA DE CUNDINAMARCA

Observaciones. La Gobernadora del Departamento de Cundinamarca en ejercicio de la facultad que 1. confiere .1 Numeral 10 del Artículo 305 de la Constitución Politica en concordancia con el Articulo 118 y S.S. del Decreto 1333 de 1996, r.miti6 a esta Corporación el Acuerdo No 025 de 1996 por el Concejo Municipal de la Calera 'por medio del cual se modifican las denominaciones de unce rubros en el presupuesto de rentas y gastos d le Vigencia Fiscal de 1996, para que se decide sobre su validez. En Lo pertinente el Acto impugnado ea del siguiente tenor ¡ AJERU0 MUNICIPAL no 025 DE 1996

POR MEDIO DEL CUAL SE NOI)IFICAR LAS DEIWIACIONES DE UNOS RUBROS EN EL PkaWUZST0 DE RENTAS Y CASTOS DE LA VIGENCIA FISCAL DE

1996.

EL CUNCLJO MBIICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES C(CSTITKIONALES

Y LALES, ANTIJL0 314 Y 315 MBERALES 1 Y 10 DE LA COIISTITU-Hoja No 2

Expediente NO 8091

EL CUNCLJO MBIICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES C(CSTITKIONALES

Y LALES, ANTIJL0 314 Y 315 MBERALES 1 Y 10 DE LA COIISTITU-Hoja No 2

Expediente NO 8091

Clon POLITICA, ARTICULO 173, 174 Y 176 11. CODIGO COTE$CIOSO

M3NIflISTRATIVO,Y..

C O N 5 1 D E R A N 9 0 a) Que mediante Sentencia de Mayo 15 de 1996, en expediente 6443, ante la demanda de la Gobernadora de Cundinaarca y con relación a]. Acuerdo Municipal 011 de Marzo de 1995 , con ponencia de la Doctora Beatriz Martínez Quintero de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se declaró la nulidad de dicho Acuerdo,por considerar que viole entre Otros el articulo 355 de la Constitución Politice, al emplear denominaciones que hacen se?a1arnionto a aportes, entre otros al Consejo Nacional de Contralores, a la Asociación de Contralores Municipales, a la Federación Colombiana de Municipios, e la Defensa Civil y dentro del cuerpo mismo del Acuerdo en los gastos de inversión al Disponer pago de Servicios a la Comunidad, capacitación y actualización magisterio, capacitación y asesoria de la comunidad y considerando finalmente ese Tribunal que el Concejo Municipal transgredió sus limites seiSalados en e]. articulo 41 Numeral 3 Ley 136 de 1994. b) Que as deber del Concejo Municipal acatar los fallos judiciales y proveer lo necesario para no reproducir los Actos anulados, haciéndose neceario modificar la denominación de los

e]. articulo 41 Numeral 3 Ley 136 de 1994. b) Que as deber del Concejo Municipal acatar los fallos judiciales y proveer lo necesario para no reproducir los Actos anulados, haciéndose neceario modificar la denominación de los rubros que ten dentro del presupuesto de la vigencia fiscal de 1996 y evidencian contrariedad a la Sentencia citada.

ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: modificar la denominación de los rubros dentrog Expediente No 8091

Hoja NO 3 dentro del Presupuesto de Rentas y Gastos dentro de la vigencia Fiscal de 1996 adoptado mediante el Acuerdo Ho 063 de Diciembre 12 de 1995 y modificado por el. Acuerdo NO 070 de Diciembre de 1995, en sus apartes a saber

PRESUPUESTO og RENTAS

21000000 EGRESOS

2132105 APORTES CONSEJO NACIONAL DE CONTRALORES

2132106 APORTE ASOCIACION DE CONTRALORES MUNICIPAL

2180112 APORTE FEDERACION COLOMBIANA DE MUNICIPIOS

PREURSLa DIVERSION

2200000 INVERS ION

2211501 PAGO DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD

2211502 CAPACITACION Y ACTUALIZACION MAGISTERIO 2211701 CAPACITACION Y ASESORIA A LA COMUNIDAD En adelante loe siguiente rubros se denominaran de la siguiente manera:

PREurum$TO DE MAZ

21000000 EGRESOS

2132105 CONSEJO NACIONAL DE CONTRALORES

2132106 ASOCIACION DE CONTRALORES MUNICIPAL

2160112 FEDERACION COLOMBIANA DE MUNICIPIOS

PRESUPUESTO 1 IiiVERSION

2132105 CONSEJO NACIONAL DE CONTRALORES

2132106 ASOCIACION DE CONTRALORES MUNICIPAL

2160112 FEDERACION COLOMBIANA DE MUNICIPIOS

PRESUPUESTO 1 IiiVERSION 2211501 CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS EN ASISTENCIA , MANTENIMIENTO, CELADORES Y DEltAS PERSONAL OPERATIVO EN LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES DEL MUNICIPIO

2211502 ACTUALIZACION DE DOCENTES MUNICIPALES

2211701 ACTUALIZACION DE LIDERES COMUNITARIOS PARA FORTALECER

LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL DE MUNICIPIO "ARTICULO 2..." "ARTICULO 3..."Hoja 4

Expediente No 8091 Como normas violadas se anotaron: Artículo 115 de]. Decreto 111 de 1996 , Articulo 84 de le •,ert 84 de la Ley 38 de 1989, Articulo 55 ineiso 6 de la Ley 179 de 1994. EL concepto de violación es el siguiente: 1. - El Concejo Municipal de le Calera, expidió el Acuerdo No 025 te agosto 22 de 1996 , Fc r medio del cual se modifican las denominaciones de unos rubros en el Presupuesto de Rentas y Gastos do la Vigencia fiscal de 1996 y en el Articulo 1 consagró: "Articulo 2. " Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Primera en Sentencia de fecha MAyo 15 de 1996, expediente 6443, Magistrada Ponente Beatriz Martines Quintero, declttró nulos los artículos que se están modificando en este Acuerdo. El Concejo Municipal al cambiar la denonirtaci(n de loe rubros,

trada Ponente Beatriz Martines Quintero, declttró nulos los artículos que se están modificando en este Acuerdo. El Concejo Municipal al cambiar la denonirtaci(n de loe rubros, declarados nulos dentro del Presupuesto de Rentas y Gestos de la Vigencia fiscal de 1996 infringe claramente el estatuto Orgánico del Preipueato (Decreto 111/96), en su artículo 115 establece lo siguiente: "artículo 115 ..." 2.- Según la norma transcrita y por haberse declarado la nulide los artículos establecidos en el artículo primero del Acuerdo aquí impugnado del Presupuesto de Gastos del Municipio de la CALERA de la Vigencia Fiscal de 1996, por parte del Tribunal Administrativo de Cundinamarca el Concejo Municipal no puede cambiar la denominción de dichos rubros por cuanto el Artículo 115 del Decreto 111 de 1996 os muy claro al determinar que si la nulidad afecta algunas apropiaciones, estos deberán ser contracreditadas. 3.- Al haberse declarado nulo los artículos de LA CALERA, que modifican en el Acuerdo objeto de revisión, corresponde al Gobierno Municipal Trasladar dichos reursos y no cambiar su dono-Boje No 5 Expediente NO 6091 minación como lo hizo el Concejo Municipal puesto que la Ley antes citada es muy clara en el procedimiento que se ha de seguir cuando es afectan las apropiaciones como consecuencia de la nulidad ; en tal virtud la Corporación Administrativa tranagrede con este Acuerdo el Articulo 84 de la Ley 38 de 1969 y artículo 55 intieo 6 de la Ley 179 de 1994. Por lo anterlorente expuesto, se eclicte al Honorable Tribugrede con este Acuerdo el Articulo 84 de la Ley 38 de 1969 y artículo 55 intieo 6 de la Ley 179 de 1994. Por lo anterlorente expuesto, se eclicte al Honorable Tribunal, declarar la nulidad del Acuerdo TO 025 de Agosto 26 do 1996, expedida por .1 Concejo Nunioal de LA CALERA - Cundina-. marca. A le soiictud se le d±6 el trámite legal correspondiente y en consecuer.cin , precede le Sale a resolver , previas las siguientes CONSIDERACI0NS : Correepondo a la Sala decidir sobre la validez del Acuerdo No 025 de Agosto de 1996 proferido por si. Concejo Municipel de la Calera teniendo come base el escrito de observaciones presentado por la Seora Gobernadora del Departamento de Cundinamarca. La deeiaidn a tomar estará delimitada por la pretensión de la petición de la Gobernadora, loe hechos enunciados en la mina la indicación de las normas violadas y el concepto de violación como también las pruebas apórtadas a la actuación. Le Sala estudiará los cargos planteados así:Floja No 6 Expediente No 8091 Mediante fallo de Mayo 15 de 1998 proferido dentro del expediente 6443 esta Sección declaró la Nulidad del Acuerdo No 011 de Marzo 11 de 1995"por medio del cual se modifica el decreto 132 de). 31 de diciembre de 1994 que adoptó el Presupuesto de

Rentes y Gastos del Municipio para la vigencia de 19950 considerando principalmente que es atribución del Legislador regular lo relacionado con el regimn preatacional de los Empleados PIblIcoIk. pero que en el acto declarado Nulo el Concejo lo que dijo fijar la partida presupuestel necesaria para cubrir el rubro de prima de vacaciones y prima de servicios ;adems que se fijaron egresos anuales dentro de los rubros de gastos de funcionamiento y gestos de inversión, contraviniendo el contenido del. Artículo 355 de la Constitución Política; lo anteric' conlievaria a la Nulidad de las respectivas partidas Pero ocurrió que se declaró la Nulidad total del Acuerdo 02.1 de Marzo de 1995 por cuanto se expidió sin contar con el concepto favorable de Pleneación En el presente casa se hace mediante el acto impugando una modificación a la denominación de los rubros dentro del Presuesto de Rentas y Gastos para la vigencia fiscal de 1996, adoptado mediante Acuerdo 063 de Diciembre de 1995 Así las cosas no resulta cierto el planteamiento esbozado en el escrito de observaciones en el sentido de que mediante el acto acueedo dentro de este actuación, se notan haciendo modificaciones a artículos declarados nulos pues el fallo de Nulidad al que se ha aludido se refiere el Presupuesto pera la vigencia fiscal de 1995 y el acto acusado se refiere a la vigencia fiscal de 1906, por lo cual el cargo planteado con relación a la violación del Decreto 131 de 1996 no tiene sentido pues con respecto al presupuesto para la vigencia fiscal de 1996 no se probó que hubiese declaratoria de Nulidad de los Acuerdos

cia fiscal de 1906, por lo cual el cargo planteado con relación a la violación del Decreto 131 de 1996 no tiene sentido pues con respecto al presupuesto para la vigencia fiscal de 1996 no se probó que hubiese declaratoria de Nulidad de los Acuerdos 0 Decretos mediante los cuales se &dopté.Hoja No 7 Expediente No 8091 Por ello se declarará la valides del Acuerdo Cd. 1996 proferido por •1 Concejo Municipal de la Calera. Por lo expuesto , el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA , administrando Justicia en nombre de la Repú- blica de Colombia y por autoridad do la Ley,

VALLA :

1. Declárase la validez del Acuerdo 025 del 22 de Agosto de 1996 proferidoper el Alcalde Municipal de la Calera "Por medio del cual as modifican las denominaciones de unos rubros en a].

Presupuesto de Rentas y Gastos de la Vigencia Fiscal de 19960.

2. Conmniquese esta d.cici6n a la Señora Gobernadora del Departamento al Señor Alcalde, al Señor Presidente del Concejo, al Señor Personero del Municipio de 1 Calera, cOPIESa, N0TXYIJESE.,NUWIJESZ Y cam~

(Discutido y aprobado en ess0n de la fecha. Acta No 033).

DARlO QUIÑONES PIJSILLA ZA21UZ ARTIJZ QUINTERO

Magistrada Magistrada

,GA IRES NAVARRETE BARRERO ERNESTO REY CANTOR

Magistrado MAgistrado

RERIRERTO REYES VARGAS

Magistrado

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