TA CUN - 8241-(04-12-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 8241-(04-12-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
ACTO DEL ORDEN NACIONAL SIN CUANTIA -Competencia
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA
Sentafé de Bogoti, D. C., cinco (5) de Diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIØERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXPEDIENTE N°. 8179,- NULIDAD Y REST. DEL DERECHO.
DEMANDANTE : JUAN DE LA CRUZ MORALES PIÑEROS.
CONTRA : La MCION -SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.
En la demanda de la referencia solicitan las siguientes DECLARACIONES Y CONDENAS PRIMERA.- Que son nulas las resoluciones 898 del 4 di Agosto de 19959 1608 del 26 de Diciembre 1995 y la 2553 del 19 de Marzo de 1996, en lo que respecta a sus contenidos, al autor, las cuales se anexan y en cuyas partes del el resuelve dicen lo siguiente y que fueron proferidas por el Superintendente Delegado para la Inspección y Vigilancia y el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, a) Resolución N°. del 4 de Agosto de 1995 que canceló la Licencia de Funcionamiento a la Empresa de Vigilancia Privada denominada SERVICIO DE VIGILANCIA SERVITWIJA LTDA, RESUELVE - PRIMERO: Cancelar la Licencia de Funcionamiento a la Empresa SERVICIO DE VIGILANCIA SERVITUNJA LTDA. por infringir el Decreto 256 de 1994 en los arts. ... b) Resolución $0, 1808 de Diciembre de 1995 mediante la cual se resuelve
SERVICIO DE VIGILANCIA SERVITUNJA LTDA. por infringir el Decreto 256 de 1994 en los arts. ... b) Resolución $0, 1808 de Diciembre de 1995 mediante la cual se resuelve el Recurso de Reposición de la empresa RESUELVE - PRIMERO. No revocar la Resolución N°. 898 del 4 de Agosto de 1995,EXP. $0• 8179. - 2 c) Resolución $0 2553 del 19 de Marzo de 1996 con la cual se resuelve el recurso de apelación a la RESUELVE - ARTICULO PRIMERO. Confirma en todas sus partes la Resolución $0 898 de Agosto de 1995, expedida por ... SEGUNDA. Que con fundamento y como con secuencl a de las anteriores declaraciones y a título de RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO se declare que la Nación Co1olana, a través del Ministerio de Defensa Nacional Superintendencia (sic) a restablecer al estado anterior la Licencie de Funcionamiento de le Empresa de Vigilancia y Seguridad Privada SERVICIO DE VIGILANCIA SERVITLJNJA LTDA.0, con el fin de continuar funcionando con domicilio principal en la ciudad de Sentaf de BogotA y sus respectivas modalidades autorizadas con efectividad a la fecha de su cancelación de la Licencie de Funcionamiento. TERCERA.- Que se ordene dar cumplimiento a la Sentencia que ponga fin al presente proceso, en la forma y términos s&IaIados por el Art. 176 del Código Contencioso Administrativo. N• Con toda claridad observa la Sala que se trata de una Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho contra un Acto Administrativo del orden nacional y que carece de cuantía.
176 del Código Contencioso Administrativo. N• Con toda claridad observa la Sala que se trata de una Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho contra un Acto Administrativo del orden nacional y que carece de cuantía. En consecuencia, se remitiri el expediente al Honorable Consejo de Estado por corresponderle su conocimiento privativamente y en única Instancia de conformidad con el Numeral 39. del Artículo 128 del Código Contencioso Administrativo.
POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECC ION
PRIMERA, RESUELVE: 1°.- REMITIR EL EXPEDIENTE AL HONORABLE CONSEJO DE ESTADO PARA SU
CONOCIMIENTO.
Por Secretaría déjense las constancias pertinentes.
COPIESE, NOTIFIQUESE Y CW4PLASE.
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA $°. 150.-