TA CUN - 84-11096-(12-08-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 84-11096-(12-08-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
O^VJLWI^L.LZAUION DE LA EDUCACION
TRIBUNAL ADÑIÑISTRATIVO DE CUNDINAIIAkcA -SCC ION z 8EStiNDAUB—SECCION. E
W;allt^ ,fA de &)jot, D.C. agosto doc:
Mag. Ponént: Dr. P4EVARDO A. REYES RODRL$UEZ
Juicio No.. 8411096 Demandarte flARIA 1AURORA MORENO DE MORENO
ACTOS MUNICIPALES
A1c1cUa Maçr déSantfé de BQuotá. D.cr...--
La s aiiARtA AURORA MORENO DE MOREN{T con C.C.
NL 21 209 001 i V 1 1cvc po ..ntríndio de , apoderado Y n emrctcio d la .ación cuntttnpi rrt eL art.iu1r J) del C.¿-C.A. pr es ntç dern< a,da 1 28 0e s iepticembre de 1 9tm., ante este rrbunal' pidiefldo ehaganla < ióE:1tc "la. Que se há Qprado el fL'nárnenb juriclice del SiL io Adinrtritvo 1 i ori rGl ic ón LOh la pe$- iián firmU1adk por iri rnmciant.0 e1 '25 de MARZO DE 1.9U3 .,por ecr itu, inedint .a cual i 1 . itb - in r eu ucLirn un U. pig p ct -(cLL)fl 1 por - Lo h& .e h t:iadu rspueta entendi€ndosale. denegada y aj:tad
i 1 . itb - in r eu ucLirn un U. pig p ct -(cLL)fl 1 por - Lo h& .e h t:iadu rspueta entendi€ndosale. denegada y aj:tad p ocbdirniento uber nativo "2a. Gh.e en consecuenc:ia es NULA LA DECISION TACITA de 1a Admi n istr::Lí D.itri€1 por ser vit1tor xa de las dpoc3orr proLeLtt)ra! del v. a1ario,: las pru clones Dci.:1es y » las que reglarLel. derecho du petición. -:
Que el Distri. to Espec.t1 de l3ogotá debe pro fer j. t re1cj,jnçs dentro tJ 1n' nt (0) U ias siyuienta la ej ecutor± de ] u flt;fl(.ja qe pona g fin a uste asunto para su cuifipi £4.t ej ecqcián coni rimá a 1 as pet icic qe a continuación se eprean..1..096 1 4 como.''ton-.eé-j4enciade 1 at dec1aratr.a de nu1dadde 1 peiciór 2a y a título d rstabIecimiento del. derechoe dtd?re al Distrito Especial de bgotá al rec:ondcimiento y 'pagO en favçr de mi mandant de VEINTE C2) chas laborados en Vacationás, por cada uno de lbs siu]ente aos 1 98Ú, 1.81, 1.982, 1983 1 los cuales deberái' ,.lqui.darsie cdr todos los
laborados en Vacationás, por cada uno de lbs siu]ente aos 1 98Ú, 1.81, 1.982, 1983 1 los cuales deberái' ,.lqui.darsie cdr todos los factores que por ley deben tenerse ç Cuenta 01 5a Que igua].mnte en cbnseç.inciad la rbulldad solicitada, mi naudant tiene derechp a re&ju.ste de la PRIMA 1)E NAVIDAI). a part.r de 1.979, intlu,ive teiueñdb en cuenta TODOS ls factores ecldo . d ;liquid'acicn, tales ccmo bon.ificaciories, bzdio, primas deimi%tac..ión y habitaciu. £dí %lborados en vacwnes etc. 116a. Qu en conseuençia tdeneál pagodel Sidi de Transporte efl la cantidad que tala la tay para. los aO 1.979 a 1 98 ipclus.ve" Como fundamento de su acción libelo nandattriq ,os siguirites he¿h6sreláciorvó en su:.. 31 lo. 7.Lciá, dcén, como ertp'l eados erécj ien especial, por ancMto Lftl tienen derecho a das (2) mes ca1es de vacacítmets por arilio laboral, de diez (XQ). me3e exactos El ac esçÓla, comen2'ar& el Frimero de rebrro y termtnel treinta de Noviembre , re, speçtivo (Art.9O Decreto 349 d€ 1 reglmntari cJe 3a Lø B9/92) 1
rebrro y termtnel treinta de Noviembre , re, speçtivo (Art.9O Decreto 349 d€ 1 reglmntari cJe 3a Lø B9/92) 1 3o tji mandarite se Sesempea cçn aor de fl se¡ nza prmi dde l (sc) y en el esalfón ha trupado Vsxguxents posic.tones AIWt ndate, ademá dl suelda b1LQ e lpayan los s4Uiente emQlument.os (sic )' "So A mimandante, en Virtucidel Decre 1135 de 1. 952 se Iø' retonció un reajuste salár.l del 5D/, swbre su sueldo b&sio, 11 64 A mi mandante en irttd de las Resaiuones. que fzan el caledr.o' estzolar dedE 1.979 inclusive, h4, comenzado'1us, labores doc.ents das at del lo. de febre-a de tada o y terminado des dl 3cY de Noibr espectjVarnrite,"7o.. Los días adcipnÁles laborado por el demandante promedio sumar' VEINTE (20) dej..979 inclusiveWO SE Administración Distrital. Juicio Np. 1106 de cada aolectivo, e Vaccions que en para c,ad aPo a partir LEHANPAGADO porla 3c Lo satisfecho a 9i mandánte por conçepto de çaç.iones no se ha irquidado t eniendo en çuenta DS factores que por ley deben tenerse presente, cc n tales propósitos '9 La prima d' navidad pagada a mi mandante., en
çaç.iones no se ha irquidado t eniendo en çuenta DS factores que por ley deben tenerse presente, cc n tales propósitos '9 La prima d' navidad pagada a mi mandante., en cuya liquidación debeci incidir otros factores aditionale a la ríunracin básica coipo las bonificaciones, subiaidibs, prima de alimentación y habitación y los dsdicioales al año lectivo laborados en vacaciones, entre otros cqnceptos, tampóco se Ie tuvieron en cuenta para el reconocimiento y pago de esta pre%tacl.ón 'iQo En tal virtud mi pcderdante elevó' petición al Seor Alcalde Mayor dl DISTRITO ESPECIAL DE 3OOTA, coma Jefé de dmintración Ditrital, el da (sic) para que de conformidad con los mapdatas leale se le paguen los días laboados en vacaciones, y prima de navi.da e le satisfagan teniendo en cuenta los factors que deben incidir en SU: liquidación." La petición fo,mulada .par mi mandante ro ha tenido respuesta alguna. 1 '12o.. 'Sta miru.strac]4n Di'tri.tal con -t proceder violó el dercho, peti±ión y cIaras disposiciones sustantivas, que consagran los derechos reclamados "13o.. subsidio de transporte en la cuan tia que la ley ordena en los aos transcurridos de ...979 a Por disposición del Tribunal ontenida en auto del 9 de noviembre de 19849 .en erito del 7 de diciembre sigui.te visto al fol.0 1Z, p9cisó la .,cuantía y modi.fiió
Por disposición del Tribunal ontenida en auto del 9 de noviembre de 19849 .en erito del 7 de diciembre sigui.te visto al fol.0 1Z, p9cisó la .,cuantía y modi.fiió lgs hechos 3....4. 5, y 10 de la dQR'anda, ac& LA CWjNtIA La .estim aroximadamete en las siQuient:cantidades por cada uno de ' los rcepts `que 'se indicap:002841./80, ju N Vir. VACACIONES wri Reajtste Prima de NAVIDAD 9 900 do V/r. $.ihsidio de Tranporte...... VIr. TOTA. 4 6E0.qc $113. 360, oo •49li2LOS tEC-4OS sealac1os por, :1 providençia como incompletos, deben -quedar así: "El 3o Mi mandante se desemp&a docente de enseFanza 'pr.maria desde e 1 de e,hero -de 1.970 ccrno se o-strará oportunamente. "El 4o.:>, lA mi mandante ademási del ueldo bsico se le pagan los Ijiguientes emolumentos Prima de Alimentación, Prima de habitaCión Subsidios Prima 'de Navidad. "El 5v,. Ami. mandnt r. virtud del decreto 1175 de 1 952 se le recanoció un reajuste salarial del -25"h sabre su sue-ldo básico. "El 10. BOGQTA, MARZQ flE Mi, mandante eleyreclamación -aD.E-. de por conducto del Alcalde Mayor l 25 DE
-25"h sabre su sue-ldo básico. "El 10. BOGQTA, MARZQ flE Mi, mandante eleyreclamación -aD.E-. de por conducto del Alcalde Mayor l 25 DE Como disposiciones violaias con el acto administrativo presunto demandado, aePaló las guientes; f1,10. Ib, Decretos de -1.960; 54 ---de 11`975;_2277 de 1. 979j. Literales d), e e) y f' dl Articulo :6; Decreté 15 de 1.968-; Art Bo DeLrto 1848 d 1 969. ArtiCulo 43 a 50 "2o Ley la de 1.963 a. Artculo 7o, Dcreto 2675 de 1 974. 1042 de 1.979, 4rt.culo o. Decreto 1200 1,30. -becreta. 3148 dá1-968, Ariulo1o. Decreto 1848 -de1--.969 Articulo 31Decreto 1242 da i.977 -. Artículo 25 jAlcaldía Mayor -deBogotá), : rt4o Fara dertar el 9i.lenp Administrativo s apoyo en el artic.ulci 70 de la Ley 24 de 1.947, Artículo 1 del-'rto 2733 de --de 1.9B03 de 1.8O,ArtítulQ10 iter -i -a) .' 271 v,ial ad as- :n de la LC l is ..'del "5o. Coma ,normas directamente. .W observan frtituldi 16. 17, 20 Cnstitucin Nacional, Articulo 9 Trabajo y 21 de la misma obra.
:n de la LC l is ..'del "5o. Coma ,normas directamente. .W observan frtituldi 16. 17, 20 Cnstitucin Nacional, Articulo 9 Trabajo y 21 de la misma obra. -"6o. Reøluciones 167/78, -5 uicib No 11 096 00296/81 y las correspondientes ;982 y 193 de la Secretaría de Educación del Distrito, Especial de —Sogotá, donde ha de ofidIarse para que se alleguen 'a los autos. . f "7o. Los, Decretos y/o esoluciones del Ministeric de Educación precisando el calendario éticular par lo aos 1 978. 1.979. 1,980, 1.981, _1.9á2 y 1.983. al cual, es necesaria oficiar par que sean enviados del Fi., Tribunal .!',., Tramitado el próçeso conforme a la Ley, s eP or a Procuradora .2 en lo Judicial ante esta Corporactón, emitió u conceptó remtiéndose ala decisión del H. Tribunal Administrativo de Cunditamar±a, ya que considera que "no aparecen quebrantados, 1 . ordenamiento jurídico, el patrimonio publico o los derochogarantias. fundamentales",en.el asunto materia dé la litis. No hallándose rgonesque invaliden la actuación, Ese prócede a resolver 'la .presente 'controversia, haciendo prev1amen.,e las siuientes. ÇON S DE fA C 1(3 N Sé demanda 47t Ditrito Especial de Bogotá ante esta jurisdicción pra' que e declare que ha operado el
prev1amen.,e las siuientes. ÇON S DE fA C 1(3 N Sé demanda 47t Ditrito Especial de Bogotá ante esta jurisdicción pra' que e declare que ha operado el fenómeno jurídico del s0sencioadmInistrativo negativo en relación can' la pticiór formulada por la parte actora al Alcalde Mayor de Bogotá, el 25 de marzo de 1.983, solicitándole un...reconocimiento y pago prestacional, por cuanto jno sé te hÁ ' da,db respuesta, entendiéndose que fue negada / acotado el procedimiento gubernativo Que cpflo onecuencia de la determinación anterior s iú declare que es nula la decisión tácita Presuntamente-negativa de la adminjsración distrttal, y a manera de restablecimiento del derectio lesionado, solicita se condene al Distrito Espacial de Jogot al reconocimiento y pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas.eflc hablar' el poder, la. deffiand.t y su hoja de vida htitio Nb. 11.O9& Al dar rspueta a la demanda la apoderad del Distrito se opone a 14s pretensiones la parte actora y propone las excepciores de prescripción de a.lg una s-' Cte 113 prestaciones eLlinada, indebido agotamiento de la va gubernativa, por cuanto las preterisir de la demanda no coinciden con las reclamadas n sede administrativa y la de ineptitud sustanti.va de la demanda porcuafflo fue dirigjda contra el Distrito EspeM debió ercaflirirse contra la ::Na c:jón Analizada la demanda y lo' documentos aconpar.ados
ineptitud sustanti.va de la demanda porcuafflo fue dirigjda contra el Distrito EspeM debió ercaflirirse contra la ::Na c:jón Analizada la demanda y lo' documentos aconpar.ados a la misma, as¡ comoI -las pruebas allegadas l informatt.vo, se observa que J.a de mandan rseñ,ora, MAR IA. AURORA MORENO DE MORENO, s dmpePaba como educador.., al servicio de la Secretaría de Educación el DiStrith Especial de Bogotá. En tal condición'd docente eIev&su peticicn al "ALLDE tIAVOR DEL DP3TRITO ESFLCIAL DE I3OGOTA AUGUSTO ayo ¿i SU fa'vbr" de 1 reJute del sueldo, de las vacaciones no difrutads, delsubsidi Mde -tran,8orte .yde la diferencia en cuanto hace relación a la prima de navidad, todo ello de acuerdo lo establecido en la, Ley Est. reclarnáción de 1.983, y, respecto de silencio, arig.inand6 la prcesoi; fue f'ormulaa el día 25 de marzo la misma, l a ádmin.itración guardó accóh que es materia de es te En resumer., el Distrito Especial: de E4cotát.; 'fue 11amado a réconocer y pagar, en seda -dministrativa,' los preterdidbs -derechos labórales de la parte actora, y, ante su presunta iiegativa, originada en -el silencio,"' demandado, ante esta )urisdic1ón para que responda por los msmcseenc4au.nó laac -i óri -ç - ,
su presunta iiegativa, originada en -el silencio,"' demandado, ante esta )urisdic1ón para que responda por los msmcseenc4au.nó laac -i óri -ç - , 1lr acj. tad entonc$ l' , Vi < ,.k çjuburrtila Be den..-guen Is upl . te 1 inrId tt ti 1 ntidad. demandada. En 'cun5tbca 1 iii i e n u e14 part. ictra pue el çrcer ç1'li doctrLt y n tc(l Ct)IldiC1Ln :forgfl1Ó. la Pfiat t c-- i ón qi_té Ó- tgr l.a c .zo:mnitrtivÓ (pre)unt-o de t; ti?n€?- que i pe n o r. - cntra la cW -i se diri.g-J demarld, esto ti . Dittito pt.i1 de BoyOt .IiQ a 1 1 ida :repnder or. el drei:ho preterdido, .i 5se en cUenta que en vitud d lo ~nado por , 1 ji Ley 4, de 1. 9/ tales tbl.tones del Distrito paron aser — rgo y reion bi4cii dc.i lí Nau5n. Ten 111 ndu en ctinta qu la. ta qtJ ofiL.a1mni vnin prLndu las Lidade1 teritQra.l, fue, nado liZçi par l Ley 4.. de 1.975 yque 1 en desarl10 de e fflfO, c1 Décneto 22 de 1 9/7
teritQra.l, fue, nado liZçi par l Ley 4.. de 1.975 yque 1 en desarl10 de e fflfO, c1 Décneto 22 de 1 9/7 1cpc!rIe en Et4 rt-'ulu 7 q tie4do dci prcrl dt,cent earg,z ¿e l ció.i'e pagarán .a tivés della 1n.ci6t1 del pago, das per ap.arfe 3ttØra deh.tÓ rnu,Iare en u momento contra la Nat.ión-Fondó Etutivó í .orti1 iocjqt D..E. y 1 deiIrar\da para er. táteiación deIprcr i}t t a la NtLi un-M ni storio c ó Nacona 1 COtfl9 ti por . C) ' prridt5 a tt sip qu s elevó 1i rec1an1ór d4ID dorLh lgats lv ente 1 (liiiMybr de BcÇt coma at-tor1d-4d polt.i.c del Ditritn tónt .iLe frente al tsr.tu piás no freni.e a l a Na.n remÓ autor'id,ad 1iÇ41d pero este entno cstM ltisnçio p ra recibir 1a tán proput cundo e irtirpuo-,- lo cual impla. da. que sk -1 le ..pro 1 epçiÓ de fa1ta-Me legitima in rr la 'ua(ja iiv y p ende qie eEn mérito :dej, expt 111 Tribun1
impla. da. que sk -1 le ..pro 1 epçiÓ de fa1ta-Me legitima in rr la 'ua(ja iiv y p ende qie eEn mérito :dej, expt 111 Tribun1 Administratiyo de Cundi marca, SecÁn Segunda., Sub-Sección Si,admintrandç, juia en nombre de la Republxa de tolombta y por autoridad de la Ley; 1.- Decltae probado el fenómeno del silencio administraEiyo por part del Dtritø pecald enLégane la c$n& tplM-a d La demandas. Cópi!e, fLquae,. •ccitii.çquese y cirnplaey en firme esi .prov1denci, .rchvese el pdi€nt Aprobdo en Atta, No. 1 d l,a icha