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TA CUN - 85-13386-(21-02-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 85-13386-(21-02-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

c C. 012 - 1)S-0 '

ACCION DE NULIDAD Y RESTABtCIMIETtO - Caduidad

TIUWIAL lsI$?RAiN I UUMaCA

$UXI 1 Søntsfl de Sogot, ,einticustv. de sil astas n~fm y trs. b.V~tol Dr. VAO A. uzsl 1OZ se IT -lts NS 11.1155 NlI) & Caje 4. .1dN' de 1st1 4. 1.. Vusrs,is Wiiitwóó- El eeflor flORO ELISEO ROSERO CRUZ • con Cédula de Ciudadenfa MI 2'861.3.4 de Sogoti por intermedio de apoderado, en ejercicio de la acción consagrada efl .1 articulo $5 del CC.A., prmesnt6 demanda ante seta Corporación sI 28 de jmiio do. 1.985, pera que previae las formalidades legales • se hagá 1es siguientes declaraciones y conds 1,5. declare la aplicación del silencio administrativo para cate caso por haberes agotado 1 vii gubernativa al no contestar 1. Caja de Sueldos de... RetirO de las Fuerzas Militares la petición del demandante dentro de loe trelrios del Decreto 91. da 1.984 y que, coso consecuencia, so ha negado la referida petición de al pátrecin.do de reajuste del Sueldo de Retiro del 85% .1 95% (Acudo, puse, en soctón de restablecimiento del dóreO . que trata ó1,

petición de al pátrecin.do de reajuste del Sueldo de Retiro del 85% .1 95% (Acudo, puse, en soctón de restablecimiento del dóreO . que trata ó1, art. 85 'del C.C.A. víomte',deeíri qué, solicito, adeada, de 1a nulidad di la negativa, en aplicación, del silencio 'administrativo, as rcat.ableaca en su dereCho a mi procurado, o sos, que se declare que tiene derecho a devengar el 95% como sueldo do retiro • cargo de la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares". Como hechos fwdaeentalee 'de la acción propuesta, se enlistaron en .1 libelo demendatorio lee siguientes'Juicio M. 13.388 "1.- Mediante sentencias del Honorable Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca y del Honorable Consejo de tetado, cuyas techas sari: 17 de Junio de 1.181 y 14 da Noviembre del mismo .Rc, rasp..tivsm.at, ae 0rd.n6 aec.ndsr .1 grado 4. $argent. Iyor 4.1 lj4rcito Jaoianal, a mi procurado. 02.- La Caja dé Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militars 416 cuap]J.Mento a los anotados fallos, ~diente Reaoluctdfl 140 0449 del 21 4. Myo de 1.984 en tonas tardf a y parcial.

03. La sentencia del Consejo de tetado tiene fecha de 14 de Noviembre de 1.981 y la Resolucidn dele Caja ea de Marzo 21 de 1.984.

1.984 en tonas tardf a y parcial.

03. La sentencia del Consejo de tetado tiene fecha de 14 de Noviembre de 1.981 y la Resolucidn dele Caja ea de Marzo 21 de 1.984. 144.- Tanto el C.C.A. derogado o reformado (Ley 167 de 1.941) como al vigente (Decreto 01 de 1.064), .1 plazo para dictar Resolucidn para cumplimiento de fallo., ea de 30 (treint dias), art. 176 del Cddtgo vigente. "5.- La ó.ja de eldee de itir'e de la. FUers.c Kilitrss de.or6 4S.d. Si 14 de flovisabre :de 1.981

(sentencia C de 1.) hasta Mar~ 21 de 1.984, 4e cumplimiento del tallo, das eRce y medio después, pero cuyo pago efectivo fue el 30 de Abril de 1.964. "a.- Por Resolucidri N 6931 del 15 de Noviembre dé 1.978, aansd. dól Ministerio de Defeflsa Maconal, le fue aceptado el retiro e mi procurado, con fecha 31 4. Agosto de 1.976. "7.- Como edn no la ha sido reconocido el aumento del 85% .1 93% y como la Caja de Sueldos 4. Retiro de las Fuerzas Militaree demoró 4 de des aRo. y medio en cumplir .1 tallo, solicite que el tiempo desde cuando fue retiradO y hasta cuando ee le pague el 95% jo tenido coma de servicio, ya que la reIncido lboral no termina sinO con el pago efectivo de todas las acreencias laborales.

desde cuando fue retiradO y hasta cuando ee le pague el 95% jo tenido coma de servicio, ya que la reIncido lboral no termina sinO con el pago efectivo de todas las acreencias laborales. Con fecha Julio 25 di 1.984, mi patrocinado sol ictt, por medio, da apódar&, el aumónto de ja a.ignaóidn de retirO, del ø al 93%, solicitud que no he Ido comt6$tado Se citaron como normas transgredidas cori la expedición presunta del acto administrativo desandado, las siguientes: "Art. 121 Ley 167 de 1.941 (antiguo C.C.A) y arta. 176, 177 y 178 DEL C.C.A. actual".- 3 - Juicio M. 13386 ?rttado .l procese conforme a las ritusUdmdaa de ley, en su oportunidad, la Procuradora 12 Judicial dei Tribunal, emitió su concepto de fondo en el átiØo que se debe Oa~r 1. petición 4e la demande en lo atinente a la declaratoria del Silencio Admioistrptivo Negativo y segar las d~ pr.t.naiases propueetu'. No halibidose razones que invaliden la ectuación, se procede a resolver la presente centrov.rsia haciendo previamente las siguientes; 19 solicite d.ólarar, que en el presente caso tuvo operancia el fenómeno del silencio administrativo y que qusd agotada la vis gubernativa ante la aCtitud omisiva de la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares que no dió respuesta a la solicitud elevada por el demandante para que le fuera aumentada (reajustada) su asignación de

la vis gubernativa ante la aCtitud omisiva de la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares que no dió respuesta a la solicitud elevada por el demandante para que le fuera aumentada (reajustada) su asignación de retiro coso sub-Oticial del ejército retirado en .1 Grado de Sargento Mayor, del 85% en que le tus reconocida al 95% a que aspiraba, contares el grado alcanzado y al tiempo de servicio prestado a la institución; y como consecuencia de tal declaración, anular la decisión tóc ita presuntamente negativa surgida di tal silencio, con .3 consiguiente restablecimiento del derecho a que le sea reajustada y pegada en los precisos tórainos referidos. Sostiene 1 demande que .1 actor tiene derecho .1 reajuste solicitado en rasón de que teniendo en cuenta el tiempo servido efectivamente $ la Institución militar, sumado al que se demoró l Caja de Sueldos de Retiro demandada pera dar cumplimiento a las decisionesJúicio No. 13.386 Judicial proferidas por este Tribunal y .3 M. Consejo de Estado, en las que se ord.n6 al. Sacenso del desandente al grado de Sargento Mayor, transcurrieron aM de 30 605, por le cual la saignacido de retira que le corresponde legilaenta no es del 85% que 1. concedió 1a entidad desandad. sino .1 95% que reclama. T~ 4.1 cual d.befa ocuøsra la Sala si no ce observare que conforme e los prOpios hechos consignados en la desanda y le. realidad que arroja le actuación surtida, 1 acci6n es encuentra En efecto, en el propio libelo, se consigne que

observare que conforme e los prOpios hechos consignados en la desanda y le. realidad que arroja le actuación surtida, 1 acci6n es encuentra En efecto, en el propio libelo, se consigne que el actor eiv6 petición, In via guberosttva, .1 di. 25 de julio de 1.984 solicitando $ la entidad deivarid$da el reajuste ó aumento de su asignación de retiro. Esta afirmación tiene respaldo probatorio en .1 documental visto al folio 2 .coapa6ado con 1 desanda, en el que adesón se expresa que la petición en. 1 ccntenid ya había sido elevada con anterioridad el de julio de 1.984. Pues bien, en estas circunstancias y dado que la administración e abstuvo de darle respuesta a tal petición, resultando irna decisión ficta y presuntamente negativa, el actor csmtraba hasta el di. 25 4e febrero de 1.105 pire instsw.r la ócción propuesta si ce sons id.- ran los precisos tirsirios que para .1 efecto conceden loe arte. 40 y 1.36 del actual COCA.. Elevada la petición .1 25 4e julio de 1.984 enJt4cie.Nø. 13.e vt.uiolm 4.1 $ssretO 01 di 14S4. ese 1 •11Ló di 1 t 4ILiti y e$i ol r1 tip sI 2% 4. ss di 1.IM, s p'tlr 4. 1 1 ib usisil ra 1 sr 1 psslblUdid di • 55 j!jIIiSlM

p'tlr 4. 1 1 ib usisil ra 1 sr 1 psslblUdid di • 55 j!jIIiSlM 12% 4.1 C.C.A., mmt si, 4 wu, .1qui's1 Lruud)u -inb.1 2% di sio di • se 41mM dii ,I1i di 1t$aSs y d'Se uttsts, se el 2% 4. tono al, ps iá'ei$mi& seSM1 si se .IseÓ 1 .sátds, sese y. as 41. i yo - siss tiVilis M tSi p. t1e. as t, t::, 4.sI pisds la .asspsIM di sedssids 4. 1 seSt y p 1 .i de ss di :uv ps'sii.' 4. sifl siu. di las p suissi Si si 1 ;libUl 4.a.s' iNi.. a. 1tb 4. la wi isto. al Trtsl uiaistet1 mss, i4. $di, .a.ssi4. a, i'.tuu jseti.ia di la iupa.Uas 4. sbia y r ast11si di la 1; As - la .sispsl4. di i4.d di 1. as.14.. a. ests, iitbiJ. a disidir si al no en la #osiisasa -6JUICIO no. 33.386 c6pi.se, notiflqu.a., csun1qu.ae y c6mplas. y

-6JUICIO no. 33.386 c6pi.se, notiflqu.a., csun1qu.ae y c6mplas. y en firmó .its providencia, rchfeae el expediente y d.vu4lvanae los cuadernos de antecidentes adaiietr.tivos $ la oficina de eriges. Aprobado en Acta No. /Çd. la fecha.

IVAO A. PI NPIWZ CeCAl L0118010 PINIDA

HAIQANITA PAI.Z De ALIANNACIN ?ILV!! JIi4 OCHOA

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